Re: Una pequeña experiencia
Solo que me gustaría puntualizar una cosa. Penitencia se puede entender en un sentido general a la actitud de un pecador de dolerse por sus pecados, de estar resuelto a no pecar más y a reparar lo dañado. Es la actituid de Zaqueo cuando se convierte. Eso es penitencia en un sentido amplio, es una virtud.
En un sentido más restringido, se aplica la palabra penitencia especificamente a la reparación del daño causado, que en justicia uno debe realizar. No capté bien en qué sentido hablaba de penitencia el texto de Trento que trajiste.
Bueno, pero el asunto es que, según la teología catolica, para el perdón de los pecados es necesario el arrepentimiento, dolor por los pecados y firme resolucion de no volever a cometerlos, y con este sentimiento recibir la absolución sacramental. Para recibir esta absolución no es estrictamente necesario haber hecho penitencia previa en el sentido de haber hecho actos de reparación.
Entonces, cuando dices que el perdon de los pecados exige penitencia y arrepentimiento, yo estoy de acuerdo si tomamos penitencia en el sentido amplio, como actitud penitente.
Por otro lado, la indulgencia efectivamente me libera de parte de la pena temporal merecida por los pecados, tal como tú dices.
Saludos
Si, yo creo que sí.Petrino,
Deja ver si entendi:
Entonces, para que los pecados sean perdonados, debe haber una penitencia y arrepentimiento.
Sin embargo, la indulgencia, te quita la penitencia (pero no libra a alguien que no se ha arrepentido).
Se podria decir que la indulgencia salva a las personas de tener que cumplir con una penitencia.
¿He entendido bien?
Solo que me gustaría puntualizar una cosa. Penitencia se puede entender en un sentido general a la actitud de un pecador de dolerse por sus pecados, de estar resuelto a no pecar más y a reparar lo dañado. Es la actituid de Zaqueo cuando se convierte. Eso es penitencia en un sentido amplio, es una virtud.
En un sentido más restringido, se aplica la palabra penitencia especificamente a la reparación del daño causado, que en justicia uno debe realizar. No capté bien en qué sentido hablaba de penitencia el texto de Trento que trajiste.
Bueno, pero el asunto es que, según la teología catolica, para el perdón de los pecados es necesario el arrepentimiento, dolor por los pecados y firme resolucion de no volever a cometerlos, y con este sentimiento recibir la absolución sacramental. Para recibir esta absolución no es estrictamente necesario haber hecho penitencia previa en el sentido de haber hecho actos de reparación.
Entonces, cuando dices que el perdon de los pecados exige penitencia y arrepentimiento, yo estoy de acuerdo si tomamos penitencia en el sentido amplio, como actitud penitente.
Por otro lado, la indulgencia efectivamente me libera de parte de la pena temporal merecida por los pecados, tal como tú dices.
Saludos