Re: Estimado Ricardo.
Re: Estimado Ricardo.
Re: Estimado Ricardo.
jajaja! Muchas gracias Ricardo por sus respuestas y su sentido del humor!
No pretendo convertir el jugo de naranja en sangre.
Analicemos un poco las conclusiones a las que hemos llegado a partir del ejemplo...
En los dos casos planteados la orden es: "No debes comer...".
¿Se debe limitar la orden exclusivamente a ese acto?
Rápidamente uno pudiera pensar que si. Pero claramente vimos que no es así. Todo depende de las RAZONES por las que se da la orden.
En el primer caso, la razón es exclusivamente dietética... (Entiéndase por dietética: Método terapéutico fundado en los regímenes alimentarios y también parte de la higiene que prescribe la alimentación adecuada para conservar la salud. Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.).
Y como esa es la única razón de la orden, se debe limitar exclusivamente a ese acto. Usted no puede comerlas, pero puede usarlas de cualquier otra forma que se le ocurra. (Por ejemplo el tenis-naranja jajaja)
Ahora notemos como cambian las cosas, cuando la orden es la misma, pero las RAZONES son otras.
En el segundo caso, la razón de la orden era que su esposa había RESERVADO ESAS NARANJAS para un uso en particular (preparar la torta).
¿Podemos decir en este caso que la orden "no debes comer..." se debe limitar exclusivamente a ese acto?
Las respuestas sensatas que usted dio, indican que no. En este caso, el conocimiento que tiene usted de la razón por la que su esposa le pidió que no comiera las naranjas, le permite discernir sin mucho esfuerzo que un acto totalmente diferente al mencionado en la “prohibición” (jugar al tenis con estas) es inapropiado.
Como usted mismo comento, con la sinceridad y claridad que lo caracterizan, si tratara de justificarse ante su esposa con el argumento de que su orden era “No comer…” y comer implica la introducción de alimentos por la boca para su masticación, deglución y digestión en el estómago. Y lo que usted hizo no es ni remotamente parecido, puesto que lo único que hizo fue golpearlas con una raqueta de tenis….eso sonaria absurdo y hasta infantil y lo único que conseguiría sería aumentar el malestar de su esposa.
Por todo lo expuesto creo que una prohibición del tipo: “no debes comer…” puede limitarse a ese acto o ser más abarcativa e implicar otros, incluso totalmente diferentes, en función de las RAZONES por las que se da tal prohibición.
Si no tenemos en cuenta estas últimas, podemos correr el riesgo de limitarnos a aplicar “la letra” de la orden y pasar por alto totalmente su verdadero espíritu.
Por lo expuesto, estoy convencido que mas que preguntarnos si comer=transfundir, debemos preguntarnos...¿Por que razón/es Dios prohibio comer sangre?
De esta menera estaremos mas cerca de percibir su voluntad, en lugar de limitarnos a obedecer la letra de un precepto./QUOTE]
¡Interesante enfoque justino! Lo único que te faltó agregar fue: ¡El que tiene oídos que escuche!
Saludos...