Re: La Inquisicion y Leyendas Negras.
Ya hemos visto cuatro temas importantes.
Parte I: ¿Desmemoria y Rendicion? ¡No! Memoria y Reconciliacion.
Parte II: Antecedentes de la Inquisicion.
Parte III: La Institucion de la Inquisicion.
Parte IV: Proceso y Procedimiento.
Continuemos pues con...
Parte V: Jurisdiccion y Competencia.
Los historiadores del Derecho han subrayado hasta el cansancio que el procedimiento penal del Santo Oficio no era distinto al de otras instancias judiciales puesto que se basaba en el Derecho Común (
Ius Commune) de su epoca. Sin embargo, tenia una peculiaridad: su objeto era perseguir la herejia. Esta se caracterizaba por ser, al mismo tiempo, pecado personal y delito social. Un texto del
Manual de las Inquisidores de Nicholas Eimeric (1376) nos permite entender esta afirmacion:
"¿Consecuencias de la herejia? Por efecto de la herejia se debilidad la Verdad Católica y se apaga en los corazones; perecen las instituciones y los bienes materiales, nacen los tumultos y las sediciones, y se alteran la paz y el orden público. De suerte que cualquier nación que permite en su seno el brote de la herejia se aboca a la subversion y hasta puede desaparecer."
Ante la gravedad de la herejia, la Inquisicion estaba justificada para existir y actuar. Sin embargo, su poder estaba perfectamente delimitado por el Derecho en cuanto a su Jurisdiccion y Competencia.
Jurisdiccion de la Inquisicion.
Jurisdiccion viene del latin
Iuris Diclio o
Iuris Dicleo, que significa
Decir el Derecho o
Declarar el Derecho y significaba la potestad legal que tenia la Inquisicion de investigar, perseguir, censurar y dar sentencia contra la herejia y contra los herejes en determinado territorio. En otras palabras, era el territorio donde la Inquisicion podia ejercer su trabajo.
- En Francia su Jurisdiccion empezo desde 1189 en la Zona de Languedoc (Condado de Tolosa) y se amplio lentamente por toda Francia gracias al Concilio de Tolosa de 1229 y asi seria hasta 1430 fecha en que la Inquisicion en Francia seria abolida y se creara un Parlamente Laico dirigido por Notarios que persiguieran la Herejia como delito social.
- En España su Jurisdiccion comenzo en la Corona de Aragón desde 1249 pero posteriormente con el matrimonio de los Reyes Católicos, la Inquisicion se estableceria en Castilla y Leon desde 1478 y ampliaria su jurisdiccion por toda España tras la Reconquista en 1492 y llevada a America por ordenes del rey Felipe II en febrero de 1569. Seria abolida entre 1810-1821 en America y finalmente seria abolida en 1834 en España.
- En Portugal su Jurisdiccion comenzo en 1492 por presiones de los Reyes Católicos al rey Manuel I. Y se matenia unida al Papa hasta que en 1547 la Inquisicion pasaria a manos de la Corona Portuguesa pero siempre unida al Obispo de Roma y al Santo Oficio Romano. Fue abolida en 1821.
- En Roma (Estados Pontificios) la Congregacion del Santo Oficio seria formulada en 1545 por el Papa Pablo III, tambien se le conoceria como Inquisicion Pontificial que a diferencia de la Inquisicion Episcopal o Inquisicion Medieva, estaba exclusivamente formada por Cardenales y Teologos de la epoca de la ContraReforma.
Poco a poco esta Inquisicion comenzo a centralizar y las demas Inquisiciones (Española y Portuguesa) quedaron atadas y unidas a nivel a ella e hizo de la Inquisicion Romana una Inquisicion para estas permitiendose el recurso de revision de la Sentencia. Es decir, si la Inquisicion en España daba una sentencia el acusado podia inconformarse y llevar su causa hasta Roma.
Competencia de la Inquisicion.
La competencia es la atribución jurídica otorgada a la Inquisicion con respecto a su Jurisdiccion para respecto de determinadas pretensiones procesales con preferencia a los demás órganos de su clase. En otras palabras, la competencia fijaba los límites dentro de los cuales la Inquisicion ejercia su poder.
Competencia de la Inquisicion segun:
El Territorio:Si el acusado vivia o no en territorios donde la Inquisicion tenia Jurisdiccion. De no tener jurisdiccion en dicho territorio la Inquisicion debia entregar al acusado al tribunal competente puesto que un conflicto jurisdiccional podia acarrear conflictos territoriales entre el Papado y la Monarquia como paso en Francia que tras el fin del Cisma de Occidente, se decidio abolir la Inquisicion.
La Confesionalidad: Si el acusado no era cristiano no podia ser procesado. Quedaban fuera de la competencia de la Inquisicion los Judios inconversos que vivian en los territorios donde ejercia el Santo Oficio. Quedaron tambien fuera de la competencia de la Inquisicion los Islamicos que tras la Reconquista de 1492 deseban no convertirse. Quedaron tambien fuera los paganos americanos en la Instruccion XXXVI para Inquisidores de las Indias Españolas cuando se instituyo la Inquisicion en America en 1569. Quedaron tambien fuera los protestantes que desde 1564 a 1600 se establecio en varios capitulos Inquisitoriales de España y Roma que mientras no dieran escandalos publicos podrian practicar su Fe; no se les debia obligar a entrar a las Iglesias ni siquiera a obligar a hacer reverencia ante el Santisimo Sacramento; podian tener toda clase de libros para uso personal pero no les permitira la propaganda y el proselitismo.
La Inquisicion entonces actuaba sobre la heretica pravedad, es decir, las falsas conversiones que ocurrian entre judios, musulmanes y protestantes para alcanzar riquezas personales. Despues del Concilio de Trento, finalizado en 1564, su competencia abarco para investigar casos de bigamia, blasfemia, brujeria, homosexualismo, y curas solicitantes (que seducian mujeres durante el Sacramento de la Confesion) o para adyuvar a los tribunales de la epoca en alguna investigacion Judicial.
BIBLIOGRAFIA:
Inquisicion: Historia Critica. R. Garcia Cárcel y D. Moreno.
La Inquisicion Española. Henry Kamen.
Inquisicion sobre la Inquisicion. y La Inquisición. Las diez sorpresas. Alfredo Junco.
Historia de los heterodoxos españoles. Marcelino Menéndez Pelayo.
La leyenda negra y la verdad histórica: contribución al estudio del concepto de España en Europa. Julian Juderias y Loyot.