Paternum, licet pro catholica fidei veritate et publicatae haeresis errore libenter amplexi, ecclesiam in qua episcopus fuerat constitutus tenere permissimus; recepturi etiam in nostram communionem quum sedes apostolica rescripserit; reliqui, qui ex provincia Gallicia ad concilium convenerant et in Symphosii semper communione duraverant, accepta forma a concilio missa, si suscripserint, etiam ipsi in caelestis pacis contemplatione consistant; expectantes pari exemplo quid Papa, qui nunc est, quid sanctus Simpliciamus Mediolanensis episcopus reliquique ecclesiarum rescribant sacerdotes; si autem subscriptionem formae, quam missimus, non dederint, ecclesias quas detinent non retineant neque his communicent qui reversi de synodo, datis professionibus ad suas ecclesias reverterunt.
Podemos acoger gustosamente a Paterno a causa de su verdadera fe católica y de su abjuración pública de su error, y le permitimos que continúe rigiendo la iglesia en la que había sido nombrado obispo, y le recibiremos también en nuestra comunión cuando conteste la Sede Apostólica; y los demás que de la provincia de Galicia habían venido al concilio, y habían permanecido siempre en comunión con Sinfosio, si recibiendo la fórmula enviada por el concilio la firmaren, también ellos quedarán gozando de la paz del cielo, esperando de modo semejante qué es lo que determinará el Papa actual, qué san Simpliciano, obispo de Milán, y los demás obispos de las iglesias, pero si no quisieren firmar la fórmula que les hemos enviado no continuarán rigiendo las iglesias que detentan, ni estarán en comunión con ellos los que regresando del sínodo volvieren después de su profesión de fe a sus iglesias.
O sea a Paterno quien lo restituye en su cargo no es el concilio sino la sede apostolica.