Re: Pregunta a protestantes..
El pelagianismo y san Agustín
Uno de los factores que más propició la reflexión teológica sobre el tema de la gracia divina fue el pelagianismo. Pelagio sostenía que todo mal solo podía imputarse a la libertad humana. La gracia es la acción externa en la historia que lleva al hombre a responder a Dios teniendo por modelo a Jesucristo. Sin embargo, no habría gracia “interna” o no se podría sostener una libertad humana si Dios actúa también en el interior del hombre para moverlo a hacer el bien.<SUP id=cite_ref-2 class=reference>[3]</SUP>
A esta interpretación se opuso fuertemente san Agustín quien subrayó el daño del pecado original y la absoluta necesidad de la gracia divina para poder hacer el bien y vivir de acuerdo con los mandamientos. Esta gracia divina es concedida al hombre sin ningún mérito de su parte, gratuitamente (de ahí, precisamente su nombre: gratia).<SUP id=cite_ref-3 class=reference>[4]</SUP> Además es consecuencia de la presencia del Espíritu Santo.<SUP id=cite_ref-4 class=reference>[5]</SUP> Sin embargo, la acción de la gracia no suprime la libertad del hombre porque actúa por atracción, por amor.
El Concilio de Cartago del año 418 hizo eco a estas afirmaciones de san Agustín:
Quienquiera que dijere que la gracia de Dios, por la que el hombre es justificado por medio de Jesucristo nuestro Señor, vale solo para la remisión de los pecados que ya han sido cometidos, pero no como auxilio, para que no se cometan, sea anatema
Acerca de los frutos de los mandamientos hablaba el Señor pues no dijo: “Sin mí obraréis con dificultad” sino “Sin mí no podéis hacer nada” (Jn 15, 5)
El pelagianismo y san Agustín
Uno de los factores que más propició la reflexión teológica sobre el tema de la gracia divina fue el pelagianismo. Pelagio sostenía que todo mal solo podía imputarse a la libertad humana. La gracia es la acción externa en la historia que lleva al hombre a responder a Dios teniendo por modelo a Jesucristo. Sin embargo, no habría gracia “interna” o no se podría sostener una libertad humana si Dios actúa también en el interior del hombre para moverlo a hacer el bien.<SUP id=cite_ref-2 class=reference>[3]</SUP>
A esta interpretación se opuso fuertemente san Agustín quien subrayó el daño del pecado original y la absoluta necesidad de la gracia divina para poder hacer el bien y vivir de acuerdo con los mandamientos. Esta gracia divina es concedida al hombre sin ningún mérito de su parte, gratuitamente (de ahí, precisamente su nombre: gratia).<SUP id=cite_ref-3 class=reference>[4]</SUP> Además es consecuencia de la presencia del Espíritu Santo.<SUP id=cite_ref-4 class=reference>[5]</SUP> Sin embargo, la acción de la gracia no suprime la libertad del hombre porque actúa por atracción, por amor.
El Concilio de Cartago del año 418 hizo eco a estas afirmaciones de san Agustín:
Quienquiera que dijere que la gracia de Dios, por la que el hombre es justificado por medio de Jesucristo nuestro Señor, vale solo para la remisión de los pecados que ya han sido cometidos, pero no como auxilio, para que no se cometan, sea anatema
Canon 3
Acerca de los frutos de los mandamientos hablaba el Señor pues no dijo: “Sin mí obraréis con dificultad” sino “Sin mí no podéis hacer nada” (Jn 15, 5)