LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

María fue una simple humana, nunca tuvo ni tendrá ningún poder, los demonios se le ríen en la cara.

"A mi Madre ni con el pétalo de una rosa"

Si quieres activar la ira del SEÑOR la vía más fácil es irrespetar a su Mamá.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Manuel sm; Saludos de Paz a Todos.

Caminante_7; DIOS te Bendiga.

Maria no compite con Jesucristo, le asiste.

En la Biblia; no se dice que maría haya asistido a Jesús: durante su ministerio; ¿ Podrías darme un texto de la Biblia donde diga que actualmente le asista?

Manuel sm; Bendiciones a Todos, Paz a Vosotros Hermanos.
:Noooo::Noooo::Noooo::Noooo::Noooo::Noooo::Noooo:

Le asistió 9 meses en su vientre antes de nacer, le asistió en todo lo que necesitó hasta que cumplió su mayoría de edad a los 26.

Le asistió al acompañarlo durante su crucifixión.

Por su intermedio se hicieron algunos milagros como por ejemplo el de las bodas de Canaan.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Ningún Estado, excepto el vaticano, no anda bautizando en nombre de la fe católica.

Si los archivos considerados hechos históricos se removieran hubieran menos católicos.

Usted nos a dicho que es jesuita, y que los jesuitas son los peores traidores de la fe católica, por lo tanto califica de lo que Usted mismo señala, y sin embargo sigue siendo católico, aunque ningún católico que yo sepa, excepto por mi a comprobado que lo es.


<a href="http://s1177.photobucket.com/user/brujitalinda1/media/Novo/LosJesuitas.jpg.html" target="_blank"><img src="http://i1177.photobucket.com/albums/x352/brujitalinda1/Novo/LosJesuitas.jpg" border="0" alt="Los Jesuitas photo LosJesuitas.jpg"/></a>


Talvez voy a misa este Domingo a recibir la Eucaristía, y que alguien me archive en video para traerlo aquí.

: )

aparte de comportarse como un cobarde tansvestista, y un refugiado tras las faldas de su difunta mujer, ahora se sale con semejante imbecilidad.

si ni siquera cree que Jesus haya existido como personaje histórico, que sentido tiene que vaya a misa a recibir lo que PARA EL CATÓLICO, es el Cuerpo y la Sangre de NSJ. ....

la verdad que este tipo repugna.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

aparte de comportarse como un cobarde tansvestista, y un refugiado tras las faldas de su difunta mujer, ahora se sale con semejante imbecilidad.

si ni siquera cree que Jesus haya existido como personaje histórico, que sentido tiene que vaya a misa a recibir lo que PARA EL CATÓLICO, es el Cuerpo y la Sangre de NSJ. ....

la verdad que este tipo repugna.


Estas palabras expresan como afectan estos puntos a algunos por aquí.
El silencio es una respuesta.

: )
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Pues es que de hecho con que caigas en esas tres condiciones sencillamente estas fuera de la Iglesia de manera ipsofacta sin necesidad de juicio de Ex-Comunión. Como dije, es un Estado Espiritual, no un Estado Legal.

Pax.


Y que autoridad tiene Usted ?

: )
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

hey socio!!!

podrias recordarme la cita es de la tradicion que hablaba de que los humanos pueden ser Dioses?
me gustaria leerla mas a fondo

Gracias de antemano


Aqui le va, un placer.

46-.png


Leer mas / fuente.
PRIMERA PARTE LA PROFESIÓN DE LA FE / Catecismo de la iglesia Católica.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

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:musico8:
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Amigo Odyceticus
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¿Se das cuenta de lo que dices? ni siquiera yo mismo puedo removerme.

¿Y para que está escrito todo lo puedo en Cristo que me fortaleze?


A los 45 de años de edad fué cuando verdaderamente vine a Cristo, despues de haber leido Apocalisis cap. 17 completo, y no había otra que le ganara el puesto de ese verso A la iglesia catolica, entonces luego leí en el siguiente capitulo lo siguiente :


Apocalipsis 18:1
Después de esto vi a otro ángel descender del cielo con gran poder; y la tierra fue alumbrada con su gloria.

2 Y clamó con voz potente, diciendo: Ha caído, ha caído la gran Babilonia, y se ha hecho habitación de demonios y guarida de todo espíritu inmundo, y albergue de toda ave inmunda y aborrecible.

3 Porque todas las naciones han bebido del vino del furor de su fornicación; y los reyes de la tierra han fornicado con ella, y los mercaderes de la tierra se han enriquecido de la potencia de sus deleites.

4
Y oí otra voz del cielo, que decía: Salid de ella, pueblo mío, para que no seáis partícipes de sus pecados, ni recibáis parte de sus plagas;

Y como dicen en mi pais "abrí gas y me fuí"

Imaginese usted que despues de haber sido bautizado como catolico, primera comunión y confirmación, mi primeras clases cuando niño haciendo maternar y kinder en un colegio de monjas, luego pasé a un colegio de Padre jesuistas, eso es lo que yo llamo ser sacerdotes militares, ademas de llevar usted la regla para la geometría tienes que llevar las reglas de ellos, todavía creo que me se el rosario completo con todos sus misterios, cantar en el coro, participar en la comunidad cristiana de jovenes, pena que no tengo fotos tocando tamboras alabando a Dios a ritmo merengue.

Yo salía en un carro a recoger personas para llevar a la iglesia, bauticé a mis tres hijos con el chorrito, gracias a Dios que mi hija la mayor recibió al Señor Jesús y fué sumerjida en las agua, entiendase "bautizada como debe ser" y mi segunda hija está en candela, ya vino a Cristo, el día meno pensado será sumerjida en las aguas bautizmales, como quien dice "adios chorrito" ¿sabes porque? porque en las escritura dices "id y predicar el evangelio, y a todo aquel que crea, bautizadle en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo"

Ahora le pregunto a usted, ¿se le predicó el evangelio antes de ser bautizado con el chorrito?
¿creyó usted en ese evangelio que se le predicó para que tomase la decición y bautizarse?

¿O es que por costumbre sus padre le llevaron cuando bebé a mojarse la cabeza?



Dejeme decirle que tengo la promesa por en medio, mi hijo varón con 36 años de edad, lo veré caminando en Cristo también.

Para que tengas una idea, tal como dice en las escrituras "Nadie es profeta en su tierra" todo ha sido desde afuera hacia adentro, mientra yo le predico a Cristo a otros, mis hijos son alcanzados desde afuera por otros, la edad de mis hijos 39-36-33 y todo este proceso en 17 años,

¿Y usted me dices que cree en el Señor Jesucristo y no puede?

Recuerde "todo lo puedo en Cristo que me fortalese" si le es posible le dejo esta canción muy inspiradora por cierto.. escuchela.

http://www.youtube.com/watch?v=GuNcBdVCd0g
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Colosenses 2:9 Porque en él habíta corporalmente toda la plenitud de la Deidad.

1 Tesa 5:23 Y el mismo Dios de paz os santifique por completo; y todo vuestro ser
xxxxxxxxxxxxx espíritu, alma y cuerpo, sea guardado irreprensible para la venida de nuestro Señor Jesucristo.


BENDICIONES MUCHAS _______>>>>>>> _______
xxx :pop:


Muchas gracias, ya no practico el culto, solo que el proceso mencionado no tiene nada que ver con espiritualidad, sino un proceso legal.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Manuel sm; Saludos de Paz a Todos.

Caminante_7; Saludos de Paz a ti;

Le asistió 9 meses en su vientre antes de nacer, le asistió en todo lo que necesitó hasta que cumplió su mayoría de edad a los 26.

Muchas mujeres hicieron lo mismo por sus hijos, ¿eso las hace mas poderosas que Cristo?

Le asistió al acompañarlo durante su crucifixión.

Muchas mujeres acompañaron a Jesús en aquella ocasión, ya por eso ¿son mas poderosas que Jesús?

Por su intermedio se hicieron algunos milagros como por ejemplo el de las bodas de Canaan.

Jesús le replicó: ¿que tengo yo contigo mujer? ni siquiera le dijo madre, ¿porque dices que es mas poderosa?

Manuel sm; Bendiciones a Todos, Paz a Vosotros Hermanos
:9::9::9::9::9::9::9:
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Si durante la carrera el piloto profesional tiene un copiloto el que se lleva los méritos es el piloto. Porque al final es el que lleva el volante.

De la misma manera Jesús es el Redentor y el que tiene el poder, Maria le asiste como Corredentora.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Y que autoridad tiene Usted ?

: )

Ninguna. Solo repito lo que dice el Catecismo y que también dice el Código de Derecho Canónico.

Pax.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Ninguna. Solo repito lo que dice el Catecismo y que también dice el Código de Derecho Canónico.

Pax.


Y se repite...

Puede un catolico dejar de ser un catolico ?

NO.

Porque ?

Porque la Iglesia a obstruido el proceso de abandono por aquellos que desean abandonar la Iglesia para siempre.

La ley canónica católica prohibe alterar o remover archivos considerados históricos.

Por lo tanto es imposible dejar de ser católico.


Lo que señala la Arquidiócesis de Dublin:


La Santa Sede confirmó a finales de agosto que se introduzcan modificaciones en el derecho canónico y, como consecuencia, ya no será posible a un defecto formal de la Iglesia Católica. Esto no altera el hecho de que muchas personas pueden desertar de la Iglesia, y seguirá haciéndolo, aunque no a través de un proceso formal. Este es un cambio que afectará a la iglesia en todo el mundo. La Arquidiócesis de Dublín tiene previsto mantener un registro de nota de la voluntad expresada de los que quieren desertar. Los detalles serán comunicados a los involucrados en el proceso cuando se finalicen.

El año pasado, 229 personas se pasaron formalmente de la Iglesia a través de la Arquidiócesis de Dublín. 312 lo han hecho, lo que va del año.




SFS.png



12/10/10 Statement on Formal Defections


Porque la Iglesia a obstruido el proceso de abandono ?

Porque el desbautismo era muy popular entre la gente no-religiosa, atea, agnostica, etc... y la Iglesia estaba perdiendo miembros y los censos catolicos estaban bajando.

Debaptism' certificate gaining popularity among nonreligious



Europeans "De-Baptize" In Growing Numbers, Church Officials Worried
Por tales detalles, el proceso de abandono a sido suspendido.
La iglesia no dejara ir a nadie.

suspension.png



Suspension of the Defection Process

------------------
Catholic Church Says 'De-baptism' Is 'Impossible'

An official from the Roman Catholic Church says that it is "impossible" to undergo "de-baptism" as a growing number of people in Western Europe and the United States request such a process.
Jeannine Marino, program specialist for evangelization & catechesis at the United States Conference of Catholic Bishops, told CP that atheists who seek to be "de-baptized" or "un-baptized" cannot technically do so.

"From the Church's perspective, it is impossible to 'un-baptize' or 'de-baptize' someone because we believe that baptism permanently seals the person to Christ and the Church," said Marino.

"People can stop participating in the Church, but we believe the grace of the sacrament has marked them forever."
Marino explains that with baptism, "no matter how long they have been away from the Church" an individual "can return to the faith."

"If the request to be 'de-baptized' is meant to have one's name removed from the baptismal records, this would not be allowed since the baptismal record is a record of historical facts," said Marino.

"Catholic canon law prohibits records from being substantially altered or deleted."

In Western Europe, the "de-baptize" movement is growing. In 2009, over 100,000 British atheists downloaded "certificates of de-baptism" as a way to disconnecting themselves from the Christian faith once and for all.

In 2010, the Netherlands saw an estimated 2,000 people seek to remove their baptism from official records, and one French newspaper estimates that France sees around 1,000 people annually attempt to be "un-baptized."

Although the "de-baptize" movement can also be found in the United States, according to Jeff Field, director of communications for the Catholic League, they are not growing with the strength that they are in Western Europe.

"There have been groups in the United States that have held de-baptisms, but they haven't caught on," said Field.

"These events go to show that they are not happy enough to ****** a life with no religion, but they feel the need to disparage religion. It says more about their intentions than it does anything else."

"De-baptism," or the act of removing recognition of one's baptism, is treated like a sacrament by some atheist organizations. In the United States, the group American Atheists has overseen "de-baptisms," using a blow dryer on recipients of their ritual.
Regarding how to reach out to those considering "de-baptism," evangelization & catechesis program specialist Marino talked about Pope Benedict XVI declaring a "Year of Faith" that would begin this coming October.

"The Year of Faith is a time for all Catholics to reach out to our missing brothers and sisters and invite them to rediscover the beauty of the Christian experience."



----------------------

CARTA APOSTÓLICA EN FORMA DE «MOTU PROPRIO»
DEL SUMO PONTÍFICE BENEDICTO XVI
CON LA CUAL SE MODIFICAN
ALGUNAS NORMAS DEL CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO


La constitución apostólica Sacrae disciplinae leges, promulgada el 25 de enero de 1983, llamó la atención de todos sobre el hecho de que la Iglesia, en cuanto comunidad al mismo tiempo espiritual y visible, y ordenada jerárquicamente, necesita normas jurídicas «para que el ejercicio de las funciones que le han sido confiadas divinamente, sobre todo la de la sagrada potestad y la de la administración de los sacramentos, se lleve a cabo de forma adecuada». En esas normas es necesario que resplandezca siempre, por una parte, la unidad de la doctrina teológica y de la legislación canónica y, por otra, la utilidad pastoral de las prescripciones, mediante las cuales las disposiciones eclesiásticas están ordenadas al bien de las almas.

A fin de garantizar más eficazmente tanto esta necesaria unidad doctrinal como la finalidad pastoral, a veces la autoridad suprema de la Iglesia, después de ponderar las razones, decide los cambios oportunos de las normas canónicas, o introduce en ellas alguna integración. Esta es la razón que nos lleva a redactar la presente Carta, que concierne a dos cuestiones.​
En primer lugar, en los cánones 1008 y 1009 del Código de derecho canónicosobre el sacramento del Orden, se confirma la distinción esencial entre el sacerdocio común de los fieles y el sacerdocio ministerial y, al mismo tiempo, se pone en relieve la diferencia entre episcopado, presbiterado y diaconado. Ahora, en cambio, después de que, habiendo oído a los padres de la Congregación para la doctrina de la fe, nuestro venerado predecesor Juan Pablo II estableció que se debía modificar el texto del número 875 del Catecismo de la Iglesia católica,con el fin de retomar más adecuadamente la doctrina sobre los diáconos de la constitución dogmática Lumen gentium (n. 29) del concilio Vaticano II, también Nos consideramos que se debe perfeccionar la norma canónica que atañe a esta misma materia. Por lo tanto, oído el parecer del Consejo pontificio para los textos legislativos, establecemos que las palabras de dichos cánones se modifiquen como se indica sucesivamente.

Además, dado que los sacramentos son los mismos para toda la Iglesia, compete únicamente a la autoridad suprema aprobar y definir los requisitos para su validez, y también determinar lo que se refiere al rito que es necesario observar en la celebración de los mismos (cf. can. 841), todo lo cual ciertamente vale también para la forma que debe observarse en la celebración del matrimonio, si al menos uno de los contrayentes ha sido bautizado en la Iglesia católica (cf. cann. 11 y 1108).​
El Código de derecho canónico establece, sin embargo, que los fieles que se han separado de la Iglesia por "acto formal", no están sujetos a las leyes eclesiásticas relativas a la forma canónica del matrimonio (cf. can. 1117), a la dispensa del impedimento de disparidad de culto (cf. can. 1086) y a la licencia requerida para los matrimonios mixtos (cf. can. 1124). La razón y el fin de esta excepción a la norma general del canon 11 tenía como finalidad evitar que los matrimonios contraídos por aquellos fieles fuesen nulos por defecto de forma, o bien por impedimento de disparidad de culto.

Con todo, la experiencia de estos años ha mostrado, por el contrario, que esta nueva ley ha generado no pocos problemas pastorales. En primer lugar, ha parecido difícil la determinación y la configuración práctica, en los casos particulares, de este acto formal de separación de la Iglesia, sea en cuanto a su sustancia teológica, sea en cuanto al aspecto canónico. Además, han surgido muchas dificultades tanto en la acción pastoral como en la praxis de los tribunales. De hecho, se observaba que de la nueva ley parecían derivar, al menos indirectamente, una cierta facilidad o, por decir así, un incentivo a la apostasía en aquellos lugares donde los fieles católicos son escasos en número, o donde rigen leyes matrimoniales injustas, que establecen discriminaciones entre los ciudadanos por motivos religiosos; además, esa nueva ley hacía difícil el retorno de aquellos bautizados que deseaban vivamente contraer un nuevo matrimonio canónico, después del fracaso del anterior; por último, omitiendo otras cosas, para la Iglesia muchísimos de estos matrimonios se convertían de hecho en matrimonios denominados clandestinos.

Considerado todo esto, y evaluados cuidadosamente los pareceres tanto de los padres de la Congregación para la doctrina de la fe y del Consejo pontificio para los textos legislativos, como también de las Conferencias episcopales que han sido consultadas sobre la utilidad pastoral de conservar o abrogar esta excepción a la norma general del canon 11, ha parecido necesario abolir esta regla introducida en el cuerpo de las leyes canónicas actualmente vigente.

Establecemos, por lo tanto, eliminar del mismo Código las palabras: «y no se ha apartado de ella por acto formal» del canon 1117, «y no se ha apartado de ella por acto formal» del canon1086 §1, como también «y no se haya apartado de ella mediante un acto formal» del canon1124.

Por eso, habiendo oído al respecto a la Congregación para la doctrina de la fe y al Consejo pontificio para los textos legislativos y pedido también el parecer de nuestros venerables hermanos cardenales de la santa Iglesia romana responsables de los dicasterios de la Curia romana, establecemos cuanto sigue:

Art 1. El texto del canon 1008 del Código de derecho canónico se ha de modificar de manera que, de ahora en adelante, resulte así:
«Mediante el sacramento del Orden, por institución divina, algunos de entre los fieles quedan constituidos ministros sagrados, al ser marcados con un carácter indeleble, y así son consagrados y destinados a servir, según el grado de cada uno, con nuevo y peculiar título, al pueblo de Dios».

Art. 2. El canon 1009 del Código de derecho canónico de ahora en adelante tendrá tres parágrafos, en el primero y en el segundo de los cuales se mantendrá el texto del canon vigente, mientras que en el tercero el nuevo texto se redactará de manera que el canon 1009 §3 resulte así:

«Aquellos que han sido constituidos en el orden del episcopado o del presbiterado reciben la misión y la facultad de actuar en la persona de Cristo Cabeza; los diáconos, en cambio, son habilitados para servir al pueblo de Dios en la diaconía de la liturgia, de la palabra y de la caridad».

Art. 3. El texto del canon 1086 §1 del Código de derecho canónico queda modificado así:​
«Es inválido el matrimonio entre dos personas, una de las cuales fue bautizada en la Iglesia católica o recibida en su seno, y otra no bautizada».

Art. 4. El texto del canon 1117 del Código de derecho canónico queda modificado así:​
«La forma arriba establecida se ha de observar si al menos uno de los contrayentes fue bautizado en la Iglesia católica o recibido en ella, sin perjuicio de lo establecido en el canon1127 §2».

Art. 5. El texto del canon 1124 del Código de derecho canónico queda modificado así:​
«Está prohibido, sin licencia expresa de la autoridad competente, el matrimonio entre dos personas bautizadas, una de las cuales haya sido bautizada en la Iglesia católica o recibida en ella después del bautismo, y otra adscrita a una Iglesia o comunidad eclesial que no se halle en comunión plena con la Iglesia católica».

Cuanto hemos deliberado con esta carta apostólica en forma de motu proprio, ordenamos que tenga firme y estable vigor, no obstante cualquier disposición contraria aunque sea digna de particular mención, y que se publique en el comentario oficial Acta Apostolicae Sedis.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 26 del mes de octubre del año 2009, quinto de nuestro pontificado.​
BENEDICTUS PP. XVI
© Copyright 2008 - Libreria Editrice Vaticana
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

In response to this, the Church in Ireland released the following statement to RTE News:

The Holy See confirmed at the end of August that it was introducing changes to Canon Law and as a result it will no longer be possible to formally defect from the Catholic Church. This will not alter the fact that many people can defect from the Church, and continue to do so, albeit not through a formal process. This is a change that will affect the Church throughout the world. The Archdiocese of Dublin plans to maintain a register to note the expressed desire of those who wish to defect. Details will be communicated to those involved in the process when they are finalised. Last year 229 people formally defected from the Church through the Archdiocese of Dublin. 312 have done so, so far this year.

Traduzione:

La Santa Sede confirmó a finales de agosto que estaba introduciendo cambios en el Derecho Canónico y, como consecuencia, ya no será posible a un defecto formal de la Iglesia Católica. Esto no altera el hecho de que muchas personas pueden desertar de la Iglesia, y seguirá haciéndolo, aunque no a través de un proceso formal. Este es un cambio que afecta a la Iglesia en todo el mundo.​
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Y se repite...

Puede un catolico dejar de ser un catolico ?

NO.

Porque ?

Porque la Iglesia a obstruido el proceso de abandono por aquellos que desean abandonar la Iglesia para siempre.

La ley canónica católica prohibe alterar o remover archivos considerados históricos.

Por lo tanto es imposible dejar de ser católico.


Lo que señala la Arquidiócesis de Dublin:


La Santa Sede confirmó a finales de agosto que se introduzcan modificaciones en el derecho canónico y, como consecuencia, ya no será posible a un defecto formal de la Iglesia Católica. Esto no altera el hecho de que muchas personas pueden desertar de la Iglesia, y seguirá haciéndolo, aunque no a través de un proceso formal. Este es un cambio que afectará a la iglesia en todo el mundo. La Arquidiócesis de Dublín tiene previsto mantener un registro de nota de la voluntad expresada de los que quieren desertar. Los detalles serán comunicados a los involucrados en el proceso cuando se finalicen.

El año pasado, 229 personas se pasaron formalmente de la Iglesia a través de la Arquidiócesis de Dublín. 312 lo han hecho, lo que va del año.




SFS.png



12/10/10 Statement on Formal Defections


Porque la Iglesia a obstruido el proceso de abandono ?

Porque el desbautismo era muy popular entre la gente no-religiosa, atea, agnostica, etc... y la Iglesia estaba perdiendo miembros y los censos catolicos estaban bajando.

Debaptism' certificate gaining popularity among nonreligious



Europeans "De-Baptize" In Growing Numbers, Church Officials Worried
Por tales detalles, el proceso de abandono a sido suspendido.
La iglesia no dejara ir a nadie.

suspension.png



Suspension of the Defection Process

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Catholic Church Says 'De-baptism' Is 'Impossible'

An official from the Roman Catholic Church says that it is "impossible" to undergo "de-baptism" as a growing number of people in Western Europe and the United States request such a process.
Jeannine Marino, program specialist for evangelization & catechesis at the United States Conference of Catholic Bishops, told CP that atheists who seek to be "de-baptized" or "un-baptized" cannot technically do so.

"From the Church's perspective, it is impossible to 'un-baptize' or 'de-baptize' someone because we believe that baptism permanently seals the person to Christ and the Church," said Marino.

"People can stop participating in the Church, but we believe the grace of the sacrament has marked them forever."
Marino explains that with baptism, "no matter how long they have been away from the Church" an individual "can return to the faith."

"If the request to be 'de-baptized' is meant to have one's name removed from the baptismal records, this would not be allowed since the baptismal record is a record of historical facts," said Marino.

"Catholic canon law prohibits records from being substantially altered or deleted."

In Western Europe, the "de-baptize" movement is growing. In 2009, over 100,000 British atheists downloaded "certificates of de-baptism" as a way to disconnecting themselves from the Christian faith once and for all.

In 2010, the Netherlands saw an estimated 2,000 people seek to remove their baptism from official records, and one French newspaper estimates that France sees around 1,000 people annually attempt to be "un-baptized."

Although the "de-baptize" movement can also be found in the United States, according to Jeff Field, director of communications for the Catholic League, they are not growing with the strength that they are in Western Europe.

"There have been groups in the United States that have held de-baptisms, but they haven't caught on," said Field.

"These events go to show that they are not happy enough to ****** a life with no religion, but they feel the need to disparage religion. It says more about their intentions than it does anything else."

"De-baptism," or the act of removing recognition of one's baptism, is treated like a sacrament by some atheist organizations. In the United States, the group American Atheists has overseen "de-baptisms," using a blow dryer on recipients of their ritual.
Regarding how to reach out to those considering "de-baptism," evangelization & catechesis program specialist Marino talked about Pope Benedict XVI declaring a "Year of Faith" that would begin this coming October.

"The Year of Faith is a time for all Catholics to reach out to our missing brothers and sisters and invite them to rediscover the beauty of the Christian experience."



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CARTA APOSTÓLICA EN FORMA DE «MOTU PROPRIO»
DEL SUMO PONTÍFICE BENEDICTO XVI
CON LA CUAL SE MODIFICAN
ALGUNAS NORMAS DEL CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO


La constitución apostólica Sacrae disciplinae leges, promulgada el 25 de enero de 1983, llamó la atención de todos sobre el hecho de que la Iglesia, en cuanto comunidad al mismo tiempo espiritual y visible, y ordenada jerárquicamente, necesita normas jurídicas «para que el ejercicio de las funciones que le han sido confiadas divinamente, sobre todo la de la sagrada potestad y la de la administración de los sacramentos, se lleve a cabo de forma adecuada». En esas normas es necesario que resplandezca siempre, por una parte, la unidad de la doctrina teológica y de la legislación canónica y, por otra, la utilidad pastoral de las prescripciones, mediante las cuales las disposiciones eclesiásticas están ordenadas al bien de las almas.

A fin de garantizar más eficazmente tanto esta necesaria unidad doctrinal como la finalidad pastoral, a veces la autoridad suprema de la Iglesia, después de ponderar las razones, decide los cambios oportunos de las normas canónicas, o introduce en ellas alguna integración. Esta es la razón que nos lleva a redactar la presente Carta, que concierne a dos cuestiones.​
En primer lugar, en los cánones 1008 y 1009 del Código de derecho canónicosobre el sacramento del Orden, se confirma la distinción esencial entre el sacerdocio común de los fieles y el sacerdocio ministerial y, al mismo tiempo, se pone en relieve la diferencia entre episcopado, presbiterado y diaconado. Ahora, en cambio, después de que, habiendo oído a los padres de la Congregación para la doctrina de la fe, nuestro venerado predecesor Juan Pablo II estableció que se debía modificar el texto del número 875 del Catecismo de la Iglesia católica,con el fin de retomar más adecuadamente la doctrina sobre los diáconos de la constitución dogmática Lumen gentium (n. 29) del concilio Vaticano II, también Nos consideramos que se debe perfeccionar la norma canónica que atañe a esta misma materia. Por lo tanto, oído el parecer del Consejo pontificio para los textos legislativos, establecemos que las palabras de dichos cánones se modifiquen como se indica sucesivamente.

Además, dado que los sacramentos son los mismos para toda la Iglesia, compete únicamente a la autoridad suprema aprobar y definir los requisitos para su validez, y también determinar lo que se refiere al rito que es necesario observar en la celebración de los mismos (cf. can. 841), todo lo cual ciertamente vale también para la forma que debe observarse en la celebración del matrimonio, si al menos uno de los contrayentes ha sido bautizado en la Iglesia católica (cf. cann. 11 y 1108).​
El Código de derecho canónico establece, sin embargo, que los fieles que se han separado de la Iglesia por "acto formal", no están sujetos a las leyes eclesiásticas relativas a la forma canónica del matrimonio (cf. can. 1117), a la dispensa del impedimento de disparidad de culto (cf. can. 1086) y a la licencia requerida para los matrimonios mixtos (cf. can. 1124). La razón y el fin de esta excepción a la norma general del canon 11 tenía como finalidad evitar que los matrimonios contraídos por aquellos fieles fuesen nulos por defecto de forma, o bien por impedimento de disparidad de culto.

Con todo, la experiencia de estos años ha mostrado, por el contrario, que esta nueva ley ha generado no pocos problemas pastorales. En primer lugar, ha parecido difícil la determinación y la configuración práctica, en los casos particulares, de este acto formal de separación de la Iglesia, sea en cuanto a su sustancia teológica, sea en cuanto al aspecto canónico. Además, han surgido muchas dificultades tanto en la acción pastoral como en la praxis de los tribunales. De hecho, se observaba que de la nueva ley parecían derivar, al menos indirectamente, una cierta facilidad o, por decir así, un incentivo a la apostasía en aquellos lugares donde los fieles católicos son escasos en número, o donde rigen leyes matrimoniales injustas, que establecen discriminaciones entre los ciudadanos por motivos religiosos; además, esa nueva ley hacía difícil el retorno de aquellos bautizados que deseaban vivamente contraer un nuevo matrimonio canónico, después del fracaso del anterior; por último, omitiendo otras cosas, para la Iglesia muchísimos de estos matrimonios se convertían de hecho en matrimonios denominados clandestinos.

Considerado todo esto, y evaluados cuidadosamente los pareceres tanto de los padres de la Congregación para la doctrina de la fe y del Consejo pontificio para los textos legislativos, como también de las Conferencias episcopales que han sido consultadas sobre la utilidad pastoral de conservar o abrogar esta excepción a la norma general del canon 11, ha parecido necesario abolir esta regla introducida en el cuerpo de las leyes canónicas actualmente vigente.

Establecemos, por lo tanto, eliminar del mismo Código las palabras: «y no se ha apartado de ella por acto formal» del canon 1117, «y no se ha apartado de ella por acto formal» del canon1086 §1, como también «y no se haya apartado de ella mediante un acto formal» del canon1124.

Por eso, habiendo oído al respecto a la Congregación para la doctrina de la fe y al Consejo pontificio para los textos legislativos y pedido también el parecer de nuestros venerables hermanos cardenales de la santa Iglesia romana responsables de los dicasterios de la Curia romana, establecemos cuanto sigue:

Art 1. El texto del canon 1008 del Código de derecho canónico se ha de modificar de manera que, de ahora en adelante, resulte así:
«Mediante el sacramento del Orden, por institución divina, algunos de entre los fieles quedan constituidos ministros sagrados, al ser marcados con un carácter indeleble, y así son consagrados y destinados a servir, según el grado de cada uno, con nuevo y peculiar título, al pueblo de Dios».

Art. 2. El canon 1009 del Código de derecho canónico de ahora en adelante tendrá tres parágrafos, en el primero y en el segundo de los cuales se mantendrá el texto del canon vigente, mientras que en el tercero el nuevo texto se redactará de manera que el canon 1009 §3 resulte así:

«Aquellos que han sido constituidos en el orden del episcopado o del presbiterado reciben la misión y la facultad de actuar en la persona de Cristo Cabeza; los diáconos, en cambio, son habilitados para servir al pueblo de Dios en la diaconía de la liturgia, de la palabra y de la caridad».

Art. 3. El texto del canon 1086 §1 del Código de derecho canónico queda modificado así:​
«Es inválido el matrimonio entre dos personas, una de las cuales fue bautizada en la Iglesia católica o recibida en su seno, y otra no bautizada».

Art. 4. El texto del canon 1117 del Código de derecho canónico queda modificado así:​
«La forma arriba establecida se ha de observar si al menos uno de los contrayentes fue bautizado en la Iglesia católica o recibido en ella, sin perjuicio de lo establecido en el canon1127 §2».

Art. 5. El texto del canon 1124 del Código de derecho canónico queda modificado así:​
«Está prohibido, sin licencia expresa de la autoridad competente, el matrimonio entre dos personas bautizadas, una de las cuales haya sido bautizada en la Iglesia católica o recibida en ella después del bautismo, y otra adscrita a una Iglesia o comunidad eclesial que no se halle en comunión plena con la Iglesia católica».

Cuanto hemos deliberado con esta carta apostólica en forma de motu proprio, ordenamos que tenga firme y estable vigor, no obstante cualquier disposición contraria aunque sea digna de particular mención, y que se publique en el comentario oficial Acta Apostolicae Sedis.

Dado en Roma, junto a San Pedro, el día 26 del mes de octubre del año 2009, quinto de nuestro pontificado.​
BENEDICTUS PP. XVI
© Copyright 2008 - Libreria Editrice Vaticana

La Santa Sede confirmó a finales de agosto que estaba introduciendo cambios en el Derecho Canónico y, como consecuencia, ya no será posible a un defecto formal de la Iglesia Católica.Esto no altera el hecho de que muchas personas pueden desertar de la Iglesia, y seguirá haciéndolo, aunque no a través de un proceso formal. Este es un cambio que afecta a la Iglesia en todo el mundo.

Simple como eso.

Pax.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

La Santa Sede confirmó a finales de agosto que estaba introduciendo cambios en el Derecho Canónico y, como consecuencia, ya no será posible a un defecto formal de la Iglesia Católica. Esto no altera el hecho de que muchas personas pueden desertar de la Iglesia, y seguirá haciéndolo, aunque no a través de un proceso formal. Este es un cambio que afecta a la Iglesia en todo el mundo.

Simple como eso.

Pax.


Bien ahora no hay duda.

( se guarda en forma de foto de pantalla )
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Bien ahora no hay duda.

( se guarda en forma de foto de pantalla )

Exacto. Sin embargo, se puede desertar a través de procesos no formales como el cisma, la herejía y la apostasía.

Pax.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Se puede desertar, pero no se puede dejar de ser católico.

Al momento de desertar se deja de ser católico. La Iglesia mismo lo dice. Por vías formales no dejas de ser católico, pero puedes dejar de ser católico por vías informales como el Cisma, la Herejía y la Apostasía.

Pax.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Al momento de desertar se deja de ser católico. La Iglesia mismo lo dice. Por vías formales no dejas de ser católico, pero puedes dejar de ser católico por vías informales como el Cisma, la Herejía y la Apostasía.

Pax.


No se puede dejar de ser católico si se decide desertar la iglesia.
Solo las vías formales cuentan.

Por lo tanto toda persona creída hereje y apostata, como los peores traidores de la fe católica, son miembros del cuerpo de la iglesia.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

No se puede dejar de ser católico si se decide desertar la iglesia.
Solo las vías formales cuentan.

Por lo tanto toda persona creída hereje y apostata, como los peores traidores de la fe católica, son miembros del cuerpo de la iglesia.

Por vías formales no se puede desertar de la Iglesia pero por vías informales si se puede desertar de la Iglesia y dejar de ser católico. ¿Cuales son estas vías? El Cisma, la Herejía y la Apostasía.

Pax.
 
Re: LA VIRGEN SANTISIMA ES MAS PODEROSA QUE JESUCRISTO.

Por vías formales no se puede desertar de la Iglesia pero por vías informales si se puede desertar de la Iglesia y dejar de ser católico. ¿Cuales son estas vías? El Cisma, la Herejía y la Apostasía.

Pax.


Siempre seré católico por vías formales.


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