En otro debate estoy aportando el canon 6 del concilio de Nicea, anterior al concilio de cartago donde se hace referencia a la iglesia de Roma en lo particular
6. Que se cumplan las antiguas costumbres adoptadas en Egipto, en Libia y en Pentápolis, que permiten que el obispo de Alejandría tenga poder sobre todas ellas. Porque también el obispo de Roma tiene esta costumbre, al igual que en Antioquia y en otras regiones se guarda la superioridad de las Iglesias. En general que sea conocido que si alguien, sin el permiso del metropolitano es ordenado obispo, el gran Concilio determina que éste no debe serlo. Si una elección realizada por todos los obispos es bendita y de acuerdo con la regla eclesiástica, pero dos o tres se oponen por discrepancias personales, que prevalezca la opinión de la mayoría de los electores.
El canon octavo hace referencia a la iglesia católica en lo general, iglesia a la que pertenecía san Agustín.
8. Acerca de los que antes se llamaban a sí mismos puros, pero que se acercan a la Iglesia Católica y Apostólica, plugo al santo y grande Concilio que, puesto que recibieron la imposición de manos, permanezcan en el clero. Pero ante todo conviene que confiesen por escrito que aceptarán y seguirán los decretos de la Iglesia Católica y Apostólica, es decir, que no negarán la reconciliación a los desposados en segundas nupcias y a los caídos en la persecución, para quienes está establecido el tiempo de arrepentimiento y el plazo de perdón está designado. Es necesario que los así llamados “puros” cumplan en todo lo establecido por la Iglesia Católica. Entonces, en todo pueblo o ciudad donde todo el clero resulte ser ordenado sólo de entre ellos, que mantengan su jerarquía. Si allí donde hay un obispo de la Iglesia Católica, algunos de ellos se unen a la Iglesia, es evidente que el obispo de la Iglesia Ortodoxa tendrá la jerarquía obispal, y los llamados obispos de entre los “puros”, que tengan la jerarquía de un presbítero, salvo que el obispo local decida que éstos participen de la dignidad obispal. Si el obispo no considera esto correcto, que cree para él un lugar de corepíscopo o de presbítero para incorporarlo visiblemente al clero: que no haya dos obispos en una misma ciudad.
Ciertamente no se la llama romana, pero en todo caso la iglesia romana es la comprendida en la parte occidental del imperio romano