!Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Voz777 escribió:

El Papa Juan Pablo II "pidió perdón" por los horrores del pasado.
Mi preguntas es, que de los de todos los dias? Son estas artimañas y triquiñelas los frutos dignos de arrepentimiento? Miren:
La diócesis de San Diego se declara en bancarrota ante las demandas por abusos sexuales
[El solo hecho de declararse en bancarrota ya la pone a nivel de cualquier empresa mundana o de cualquier mala paga o mal administrador]

Ya en otro hilo que tú mismo abriste te expliqué lo de la bancarrota http://forocristiano.iglesia.net/showthread.php?t=25890, creo que si en ese tema estuviste de acuerdo con lo que se te explicó, pues así lo manifestaste, deberías de retirar está afirmación que haces sobre que la Iglesia Católica se pone al determinado nivel y que son triquiñuelas o artimañas. Esto dijiste en ese otro tema:

Gracias a cada uno por sus respuestas.


Es cierto, exite una base bílica para ponerse de acuerdo en cómo pagarse lo adeudado. Y aun para dejar pasar y perdonar lo adeudado.

Estoy en el mismo sentir de cada uno. Es claro que para cada problema debe de exitir un remedio o medicina. En este caso la bancarrota o quiebra [palabra que me me enseño Clemente]
http://forocristiano.iglesia.net/showpost.php?p=383841&postcount=10

Lo mismo deberías de hacer con esta afirmación:

La bancarrota, es una salida legal que usan las empresas del mundo.
Que hace la supuesta 'COLUMNA Y BALUARTE DE LA VERDAD" primeramente arrastrandoes por el lodo.....luego negandolo....y ya que es encontrada culpable. como cualquier mundano. se "mete en bancarrota" y cómo si nada pasase?
Con una "COLUMNA Y BALUARTE DE LA VERDAD" asi. Me pregunto:
PARA QUE SE NECESTAN DEMONIOS????..........
VOZ

Ya te expliqué que la quiebra (o bancarrota) no es para dejar de pagar y pareció en el otro hilo que te había quedado bien claro.

Para pagar a los mejores abogados del pais defendiendo a esos viles violadores sexuales sobró dinero. Así como para esconderlos y cambiarlos de ciudad, estado y hasta paises. Para lo único que no les alcanza a los "pobrecitos santos" es para restituir por los daños y perjuicios. Todo, al mismo tiempo que "PIDEN PERDON".

Estuve estudiando el tema y es nuevamente el desconocimiento y el anticatolicismo el que te hace decir cosas sin sentido. La diócesis tenía que contratar abogados PORQUE ELLA FUE DEMANDADA POR LAS PRESUNTAS VICTIMAS, y te reitero que son presuntas (por lo menos los que pones en la nota) ya que de la fecha de publicación al día de hoy no es posible terminar esos procesos ni dictar sentencia y hasta donde he buscado no existe sentencias hasta el momento; pero como tù lo afirmas tienes la obligaciòn de decir por cual corte ha sido condenada la diòcesis a la que haces mención al pago de determinada suma de dinero por indemniazciones sino lo ùnico que puedo decir de lo que dices es que hablas sin bases; pues no ha sido condenada por ninguna corte siempre se ha hablado de negociaciones extrajudiciales.

Ahora si la diócesis fue demandada es obvio que haya contratado abogados y si podía pagarlos es también obvio que haya contratado a los mejores. Si a ti te demandan por el delito que comete un empleado tuyo tienes que contratar un abogado, pues si no la haces la corte va a designar uno de oficio (que todos sabemos que son muy deficientes) y van a acabar condenándote. ¿entiendes el simil? La diócesis se tuvo que defender y para ello tuvo que contratar abogados.

Increible!.....Se comete un crimen [no solo una ofensa contra Dios] sino un crimen que personas laicas llegan a purgar condenas de vida en prision por ellos.
La que se dice "columan y baluarte de la verdad" defiende a los criminales con DINERO [pagando abogados].....despues de que los criminales que fuerón defendidos por la susodicha "columna de la verdad y del SANTO DEPOSITO" son encontrados culpables. Entonces la "columna de la verdad" se declara en bancarrota para evitar asi restituir a las victimas.

Creo que has tocado el punto principal que debería tratarse. Primero te reitero que debes retirar estás afirmaciones sobre que la bancarrota es para no pagar, pues ya te expliqué que esto que afirmas es una falsedad y cuando uno dice falsedades (por ignorancia o por dolo) lo que debe uno hacer es retirar lo dicho y disculparse por la falsedad y por haber levantado un falso.

Te digo que has tocado el punto medular del problema porque no encuentro jurídica ni lógicamente el porqué del que las PRESUNTAS victimas se aferran a cobrar millones de dolares a una diócesis si lo que deberían de estar exigiendo es que los delincuentes sean castigados con muchos años de cárcel por sus fechorías; pero no, a las presuntas victimas que demandaron a la diócesis no les interesa exigir el castigo a los delincuentes, pues si fuera así no hubieran demandado a la diócesis, sino sólo al o a los sacerdotes acusados de violación.

Aquí es claro que no se busca justicia, se busca el dinero, la ganancia económica es lo que se persigue demandado a una diócesis, tan fácil que sería que las victimas no entraran en ninguna negociación con la diócesis y que los sacerdotes fueran enviados a la cárcel. Tú has de saber que a ninguna persona en USA se le exige llegar a una conciliación mediante una compensación económicay dejar a los delincuentes libres, pero si existe esa opción y es lo que están buscando estas personas. Quiero manifestarte nuevamente que no son indemnizaciones ya que aún no se han acabado los juicios, sino que simplemente se estaba buscando la oportunidad de conciliar el asunto prejudicialmente sin necesidad de agotar todo el proceso judicial.

A lo que vinimos:
Este es el punto. Se han cometido un sinfin de crimenes [no son mentirillas rosadas] sino violación de menores.
La ICAR a procalmado por medio de Juan Pablo II que esto esta era una verguenza y una pena. Pidió perdón por ello y por los horrores pasados. Hasta ahí todo bien.
Ahora esto es lo que sucede:
Los criminales han sido juzgados [ni tan solo los llamos sacerdotes] ya que no lo son. Defendiendo a estos criminales la ICAR se ha gastado millones de dolares en los mejores abogados.


Aquí lo dejas bien claro, tu intención es desprestigiar a una agrupación religiosa mediante un argumento amarillista y en el que no tienes ninguna preparación ni bases para sustentarlo. Reconoces que Juan Pablo II hizo bien; pero lo haces para arremetr con más fuerza, o sea intentas poner de tu parte los argumento del extinto papa polaco para afianzar un poco tu alevosa discución.

Dices que los "criminales" han sido juzgados. ¿Cuáles sacerdotes han sido juzgados? La inmensa mayoría no han sido juzgados pues se ha llegado a una conciliación prejudicial y por tanto no hubo juicio. Sin juicio no hay juzgados, ¿entiendes?

Tu dato es totalmente rídiculo. Si la diócesis hubiera pagado MILLONES de dolares en abogados mejor hubiera pagado a las presuntas vicitas y no entraría en tanto escándalo. Millones de dolares jajaja, ¿en què te basas para dar un dato con cifras escàndalosas sin ni siquiera tener seguridad de nada?

La pregunta es esta:

Son frutos de arrepentimiento verdadero y de gran contricción y aflicción de espíritu que la que pidió perdón, PRIMERAMENTE se gaste cientos de milloones de dolares para defender a los que por años había encubiero. Y SEGUNDAMENTE se declare en bancarrota para evitar asi que los juicios continuen y de esa manera no tener que reparar daños ni perjuicios en benefecio de las victimas?

Ahora no son MILLONES sino CIENTOS DE MILLONES DE DOLARES jajajajaja. En tu nota, que con mucho regocijo anuncias en este foro, dice que la diòcesis de los Angeles tuvo que pagar "60 millones de dólares para resolver de forma extrajudicial las demandas planteadas en 45 casos contra 22 de sus sacerdotes" y segùn tù la de San Diego ha pagado CIENTOS DE MILLONES DE DOLARES EN ABOGADOS, aparte de ser tan maquiavèlica, segùn tù, esta diòcesis enloceciò y paga cientos de veces más de abogados que lo que le costaría pagarles a las presuntas vicitimas para que dejen de pelear, es un absurdo del tamaño del odio y de los prejuicios que tienes contra la Iglesia Católica.

LEE LO QUE ESCRIBES POR FAVOR. Tù mismo pusiste que esos 60 millones se paaron de forma extrajudicial, entonces quiere decir que nunca hubo juicio, esas presuntas victimas prefirieron exigir dinero a pedir que un violador estuviera en la càrcel para impedir que siguiera dañando a los demás. Què podemos sacar de esto, que lo ùnico que quiere esta gente es dinero y no justicia.

Es valido pedir perdón. luego seguir encubriendo y defendiendo a los criminales gastandose millones de dolares, y luego que ya no hay defensa, entonces declararse en bancarrota para no restituir a nadie y asi como si nada evadir la justicia?

Este argumento tuyo no tiene ningùn sustento, es solamente lo que ha fabricado tu febril cerebro que està lleno de odio contra la Iglesia, pues ya te dije que tu argumento sobre pagos millonarios a abogados es cosa de tu "traviesa" imaginaciòn y lo de la bancarrota ya te expliquè que no es para dejar de pagar sino exactamente para lo contrario.

Para Petrino Y hielo. ya dejen de desviar el tema. El tema no se trata de voz777 sino de lo que esta pasando en corte y como "la columna de la verdad" se sigue jugando potegiendo a estos crimales con uñas y dientes.
Cualquier cortina de humo mas. Solo revelará su verdadero caracter.

El verdadero caràcter que queda al descubierto es el tuyo, ya que como te hago ver la diòcesis contratò abogados pues ella fue demandada ( o amenzada de ser demandada) por las presuntas victimas, quienes dejando ver que les interesa ganar dinero y no castigar culpables demandan a la diòcesis como si la diòcesis fuera la pederasta. Es el dinero lo que buscan no la justicia, como ya te lo he venido repitiendo.

Al menos en mi ciudad exiten un par de propiedades que valen tres veces lo que la corte de San Diego demanda.
Ya son cinco diocesis. No es solo una. No se donde vives, pero tan solo la venta de una de sus cientos de propiedades en cada estado sería suficiente para cubrir por las demandas. Y no no se me ha ocurrido, ya que por lo regular los abogados cobran al menos un 40% del monto de las demandas y para pagarles a ellos sobra el billete. Asi que no lo creo. Lamentablemente creo que es uan triquiñuela "legal" más.
voz

Ya que sabes datos tan exactos dime por cuanto ha sido demandada la diòcesis de San Diego, ya que sabes el valor de algunas de las propiedades de la diócesis te tu ciudad, ¿o es que tambièn te estás inventando ese dato? Ademàs la corte no demanda, demandan las presuntas victimas.

¿Tambièn sabes que tienen cientos de propiedades? Si este dato que afirmas (sin sustento nuevamente) la bancarrota sòlo servirà para que esos bienes sean vendidos y los acreedores cobren; ya te expliquè lo que es una bancarrota y con tal de no aceptar tu error siguen afirmando que es una triquñuela legal, a pesar de que reconociste que era un medio justo, legal y hasta con fundamento bìblico (tù escribiste eso)

¿Los abogados cobran un 40% del monto de las demandas? Esta nueva fantasìa tuya es la mejor que te he leìdo, si esto fuera asì los demandados afrecerían esas cantidades a sus contrapartes y las contrapartes aceptarían gustosas la mitad de lo que exigen sin necesidad de ir a juicio; lo que es hablar con la ignorancia por delante. :Duel:

Los casos que han sido encontrados como verdaderos es por los que se exige una retribuición. Que haya personas que pretendan el haber sido abusados, no lo dudo. Solo que es muy dificil que ellos pasen todas las invetigaciones pertinentes y mucho menos que cientos de ellos logren "burlar" el detector de mentiras.

¿Cuàles casos han sido encontrados como verdaderos, si los que se han arreglado han sido de forma extrajudicial o aùn no terminan de litigarse? Lo que afirmas es un GRAN MENTIRA Y EN TU NOTA LO PUSISTE, se han arreglado de forma extrajudicial, las PRESUNTAS victimas piden a la diòcesis dinero para no demandar, no es una retribuciòn sino que es una mera negociaciòn que proponen las presuntas victimas para no ir ante una corte, no digas mentiras. No ha habido investigaciones pertinentes pues lo que se quiere es dinero y no juicios, ya te dije si fuera asì demandarían sólo al sacerdote y no a la diòcesis.

Cuando una persona se declara en bancarrota, lo único que tiene que hacer es deviar los fondos "esconderlos"....se le permite mantener una propiedad, la cual no declararå en bancarrota. O sea la declara "intocable".

Qué fácil es para ti afirmar que la Iglesia Católica recurre al fraude. Realmente crees en lo que dices, si no fueras tan ignorante en este tema te darías cuenta lo difícil que es hacer lo que tu dices que es muy fácil. Ademàs en el colmo de la ignorancia dices un absurdo garrafal: las propiedades no se declaran en bancarrota, sino que son los propietarios de áquellas los que lo hacen. De plano lo que tiene uno que leer, no se si dan ganas de reir por tan grandes absurdos o de llorar por tan grandes prejuicios.

Estas equivocado. Este tema no es sobre los abusos sexuales. Sino cómo las parroquias se han gastado millones de dolares en los mejores abogados del pais defendiendo a os que ya han sido encontrados culpables de violación sexual. Y como se declaran en bancarrota para que los juicios no continuen y asi no cumplir con las restituciones a los afectados.

Este tema està entonces basado en muchas mentiras tuyas, pues nadie se ha gastado millones de dolares (o por lo menos no tienes forma alguna de saberlo pero la mera cifra es absurda) y los abogados defienden a la diòcesis demandadas, ademàs mientes nuevamente al decir que han defendido a los que se han encontrado culpables si tu mismo escribiste en la nota que copiaste que los pagos han sido de forma extrajudicial o sea fuera de juicio.

Ademàs mientes nuevamente afirmando que la banarrota es para no pagar sino que es todo lo contrario.
¿Cuàles restituciones? ¿Què tiene que restituir la Iglesia? restituir es devoler algo, la Iglesia no tiene nada que devolver. Si lo que quiere decir es que la Iglesia debe indemnizar primero deberìa de haber un juicio pero esta gente no quiere juicios ha amenazado a dichas diòcesis que en caso de que no les paguen las sumas que piden se iràn a juicio.


De ahi la pregunta: Es el gastarce millones y millones en abogados para defender lo indefendibe un fruto de arrepentimiento......y luego que se prueba la culpabilidad, decir:

Se ababo el dinero, estamos en quiebra y nos vamos a la bancrrota, evitando asi que el juicio continue y evadiendo de esta manera el restituir los montos de las demandas.

Otra gran mentira tuya fruto de tu gran ignorancia. Una bancarrota no impide que un juicio siga, no tiene nada que ver un proceso judicial por violaciòn con el de quiebra; hablas por hablar, o màs bien escribes por escribir pues no sabes ni lo que dices. Que sigan los juicios y que en caso de encontrar culpables a los sacerdotes que los metan a la càrcel ¿o es que la integridad sexual de los menores SUPUESTAMENTE violados está a la venta? si lo que se quiere es justicia que pida justicia y no dinero.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Voz777 escribió:

Nadie esta reclamando que los sacerdotes usan abogados. Lo que yo estoy preguntando es si es justo, que las parroquias usen millones de dolares en abogados defensores [ya son cinco] e inmediatamente probados culpables anuncien que estan en la quiebra. Que pasa pues? Tan solo había milloones de dolares a favor de los criminales? Ya que las cinco parroquias tienen en comun haber llenado bancarrota despues de encontrados culpables y el que existia encubrimietno por los altos lideres en los casos juzgados.

Expresa ante todo quien lee este tema cuál diócesis ha sido encontrada culpable y posteriormente se ha declarado en quiebra, pues el que afirma debe probar. Si tu información es tan privilegiada te pido que me digas el nombre de la diócesis y la corte que la condenó. Espero que sepas que el pago extrajudicial no significa que haya sido condenado nadie, sino que simplemente se pagó para no ir a juicio.

qui las cinco diocesis, tienen en comun que los que sueltan la lana ya sabian de los caso y los había encubierto hasta por 30 años. Para que gastarce milones de dolares negando algo que de sobra concían y de paso dejar sin dinero a los afectados. Me explico..?



Haber sumemos esto:


Me juzgan soy encontrado culpable por obra y encubrimiento: ME DECLARO EN BANCARROTA. [primera diocesis]


Me juzgan soy encontrado culpable por obra y encubrimiento: ME DECLARO EN BANCARROTA. [segunda diocesis]

Me juzgan soy encontrado culpable por obra y encubrimiento: ME DECLARO EN BANCARROTA [tercera diocesis]

Me juzgan soy encontrado culpable por obra y encubrimiento: ME DECLARO EN BANCARROTA [cuarta diocesis]

Me juzgan soy encontrado culpable por obra y encubrimiento: ME DECLARO EN BANCARROTA [quinta diocesis]

Lo mismo, te pido que me digas el nombre de la diócesis y la corte que la condenó.
Las diócesis son la de Portland, Oregon; Spokane, Washington; Davenport, Iowa y Tucson, Arizona, lo que quiero es que me digas de dónde sacas que han sido condenadas.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

No hay espectáculo más terrible que la ignorancia en acción

Si lo hay.
El tratar de tapar con un dedo aquellas Diocesis y no solo en USA, que se han visto envueltas en el escándalo de sacerdotes pederastas,
La ignorancia es disculpable. No lo es lo que se trata de disimular mediante una berborrea dialéctica con dimes y diretes apelando a peculiaridades jurídicas de un determinado país. (la jurisprudencia no es la misma en todo el mundo) Eso no es de recibo y quienes lo hacen no merece ninguna consideración.
Están mostrando cual es su auténtico talante.

Observese la falacia se Clemente:
Estuve estudiando el tema y es nuevamente el desconocimiento y el anticatolicismo el que te hace decir cosas sin sentido. La diócesis tenía que contratar abogados PORQUE ELLA FUE DEMANDADA POR LAS PRESUNTAS VICTIMAS, y te reitero que son presuntas (por lo menos los que pones en la nota) ya que de la fecha de publicación al día de hoy no es posible terminar esos procesos ni dictar sentencia y hasta donde he buscado no existe sentencias hasta el momento; pero como tù lo afirmas tienes la obligaciòn de decir por cual corte ha sido condenada la diòcesis a la que haces mención al pago de determinada suma de dinero por indemniazciones sino lo ùnico que puedo decir de lo que dices es que hablas sin bases; pues no ha sido condenada por ninguna corte siempre se ha hablado de negociaciones extrajudiciales

Así, que, solo se trata de negociaciones extrajudiciales. ¿Y por que hay estas negociaciones?

¿Y eso de LAS PRESUNTAS VICTIMAS a que responde? Unos padres católicos envían a sus hijos a la parroquia (o aprueban que vaya a ella, sea por la razón que fuere) y seguidamente acusan a un honrado sacerdote de abusar sexualmente de su hijos.

¿Por que entonces el cambio de parroquia (en incluso de país, por lo menos uno de ellos) si era inocente?

Por último Sr Clemente.
¿Que se consigue en la judicatura de esros Estados el declararse en quiebra?
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Tobi escribió:

No hay espectáculo más terrible que la ignorancia en acción

Si lo hay.
El tratar de tapar con un dedo aquellas Diocesis y no solo en USA, que se han visto envueltas en el escándalo de sacerdotes pederastas,

Tú actuas siempre pensando que la mejor defensa es el ataque. Dime en qué lugar de todo lo que he escrito he dicho que no ha habido escandalos por sacerdotes pederastas y que las diócesis han sido envueltas en dichos escándalos. Lo que he dicho es todo lo contrario, he dicho que las supuestas victimas han demandado a las diócesis, o amenazado con hacerlo, para sacar dinero en vez de tratar de que si existen dichos delitos el culpable vaya a la cárcel. El escándalo es tan grande que se conoce en todo el mundo y pederastas existen, desgraciadamente, en todos lados; pero este escándalo es precioso para los que le tienen fobia irracional a la Iglesia Católica.

Tobi escribió:
La ignorancia es disculpable.

La ignorancia no es disculpable, pues uno es ignorante hasta donde quiere serlo; pero lo peor es que un ignorante hable de lo que no sabe y todavía es mucho peor atacar en base a lo que uno ignora. Bien decía Heráclito:

No está bien ocultar la propia ignorancia, sino descubrirla y ponerle remedio

Si tú o el que abrió este tema quieren atacar a la Iglesia Católica por las cuestiones de las bancarrotas o quiebras lo primero que deberían de hacer es estudiar un poco al respecto, pues de lo contrario lo único que queda al descubirto es su ignorancia y su deseo de desprestigiar a toda costa a alguien o a algo, como dijo Arturo Graff:

La sabiduría y la razón hablan; la ignorancia y el error ladran

o el gran Luther King:

Nada en el mundo es más peligroso que la ignorancia sincera y la estupidez concienzuda

Yo creo que por situaciones como esta Demófilo dijo que:

No es poca ciencia aprender a soportar las tonterías de los ignorantes


Tobi escribió:
No lo es lo que se trata de disimular mediante una berborrea(sic) dialéctica con dimes y diretes apelando a peculiaridades jurídicas de un determinado país. (la jurisprudencia no es la misma en todo el mundo) Eso no es de recibo y quienes lo hacen no merece ninguna consideración.

En otro hilo de discusión, que también abrió voz777 sobre la lícitud de la bancarrota y que tú leíste, ya les hablé del procedimiento concursal en USA y hasta les pusé un link a un artículo del Boletín Mexicano de Derecho Comparado del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en donde se habla de los concursos de acreedores de cinco legislaciones y entre ellos se habla del procedimiento que establece la Ley de Quiebras en Estados Unidos, lo que pasa es que te dio flojera leerlo o no le entendiste. Pongo aquí también el link:
http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/95/art/art6.htm
Entonces, como puedes observar, yo no estoy hablando sólo en base a la legislación (jurisprudencia es otra cosa) de un determinado país.

Además si por explicar con conocimiento de causa es para tí verborrea y no merezco ninguna consideración, dime como quisieras que debatiera. A lo mejor te gustaría que dijera que todo lo que dces tú y voz777 es cierto, pero lamentablemente no puedo hacerlo ya que lo que dicen son puros absurdos nacidos de su ignorancia.

Tobi escribió
Están mostrando cual es su auténtico talante

Claro que lo he dejado demostrado y ustedes también, yo no me atrevo a hablar de lo que ignoro y mucho menos a atacar en base a mi ignorancia y ustedes si se atreven, yo creo que por discuciones como estas Alberto Moravia sentenció que:
El ignorante tiene valor; el sabio miedo.
Pues para afirmar algo siendo totalmente ignorante sobre el tema necesita mucho valor.

Tobi escribió:
Observese la falacia se Clemente

Haces esa afirmación y luego nunca dices en dónde mentí sino que te sueltas a hacer una rafaga de preguntas, ya te dije que necesitas un cursillo de redacción.

Tobi escribió:
Así, que, solo se trata de negociaciones extrajudiciales. ¿Y por que hay estas negociaciones?

Si conocieras un poco del sistema legal de USA te darías cuenta que lo primero que se hace es tratar de llegar a un arreglo extrajudicial antes de que las partes decidan ir directamente al juicio. Nuevamente tu ignorancia es la que habla y te hace quedar en ridiculo.

Tobi escribió:
¿Y eso de LAS PRESUNTAS VICTIMAS a que responde? Unos padres católicos envían a sus hijos a la parroquia (o aprueban que vaya a ella, sea por la razón que fuere) y seguidamente acusan a un honrado sacerdote de abusar sexualmente de su hijos.

Nuevamente tengo que hablar a tu ignorancia. A lo mejor nunca has oído hablar de LA PESUNCIÓN DE INOCENCIA. Este principio que utilzan todos los países democráticos establece que toda persona es inocente hasta que por medio de un proceso judicial previamente establecido se le demuestre lo contrario. Por eso hablé de PRESUNTAS VICTIMAS, ya que no existen sentencias que digan lo contrario, por lo menos en lo que voz777 publicó aquí con morboso deleite.

Tobi escribió
¿Por que entonces el cambio de parroquia (en incluso de país, por lo menos uno de ellos) si era inocente?

Esto que dices no tiene relación alguna con el tema que abrió voz777, o sea es off topic; pero te reitero que mientras no haya una sentencia judicial que establezca la culpabilidad de alguien sólo hay presunción de inocencia y por tanto sólo presuntas victimas.

Tobi escribió:
Por último Sr Clemente.
¿Que se consigue en la judicatura de esros Estados el declararse en quiebra?

¿Quieres clases de derecho concursal? Ya te deje un link para que lo leas y he explicado reiteradamente lo que se busca con un proceso concursal
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Tobi escribió:



Tú actuas siempre pensando que la mejor defensa es el ataque. Dime en qué lugar de todo lo que he escrito he dicho que no ha habido escandalos por sacerdotes pederastas y que las diócesis han sido envueltas en dichos escándalos. Lo que he dicho es todo lo contrario, he dicho que las supuestas victimas han demandado a las diócesis, o amenazado con hacerlo, para sacar dinero en vez de tratar de que si existen dichos delitos el culpable vaya a la cárcel. El escándalo es tan grande que se conoce en todo el mundo y pederastas existen, desgraciadamente, en todos lados; pero este escándalo es precioso para los que le tienen fobia irracional a la Iglesia Católica.



La ignorancia no es disculpable, pues uno es ignorante hasta donde quiere serlo; pero lo peor es que un ignorante hable de lo que no sabe y todavía es mucho peor atacar en base a lo que uno ignora. Bien decía Heráclito:



Si tú o el que abrió este tema quieren atacar a la Iglesia Católica por las cuestiones de las bancarrotas o quiebras lo primero que deberían de hacer es estudiar un poco al respecto, pues de lo contrario lo único que queda al descubirto es su ignorancia y su deseo de desprestigiar a toda costa a alguien o a algo, como dijo Arturo Graff:



o el gran Luther King:



Yo creo que por situaciones como esta Demófilo dijo que:






En otro hilo de discusión, que también abrió voz777 sobre la lícitud de la bancarrota y que tú leíste, ya les hablé del procedimiento concursal en USA y hasta les pusé un link a un artículo del Boletín Mexicano de Derecho Comparado del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM en donde se habla de los concursos de acreedores de cinco legislaciones y entre ellos se habla del procedimiento que establece la Ley de Quiebras en Estados Unidos, lo que pasa es que te dio flojera leerlo o no le entendiste. Pongo aquí también el link:
http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/95/art/art6.htm
Entonces, como puedes observar, yo no estoy hablando sólo en base a la legislación (jurisprudencia es otra cosa) de un determinado país.

Además si por explicar con conocimiento de causa es para tí verborrea y no merezco ninguna consideración, dime como quisieras que debatiera. A lo mejor te gustaría que dijera que todo lo que dces tú y voz777 es cierto, pero lamentablemente no puedo hacerlo ya que lo que dicen son puros absurdos nacidos de su ignorancia.



Claro que lo he dejado demostrado y ustedes también, yo no me atrevo a hablar de lo que ignoro y mucho menos a atacar en base a mi ignorancia y ustedes si se atreven, yo creo que por discuciones como estas Alberto Moravia sentenció que:

Pues para afirmar algo siendo totalmente ignorante sobre el tema necesita mucho valor.



Haces esa afirmación y luego nunca dices en dónde mentí sino que te sueltas a hacer una rafaga de preguntas, ya te dije que necesitas un cursillo de redacción.



Si conocieras un poco del sistema legal de USA te darías cuenta que lo primero que se hace es tratar de llegar a un arreglo extrajudicial antes de que las partes decidan ir directamente al juicio. Nuevamente tu ignorancia es la que habla y te hace quedar en ridiculo.



Nuevamente tengo que hablar a tu ignorancia. A lo mejor nunca has oído hablar de LA PESUNCIÓN DE INOCENCIA. Este principio que utilzan todos los países democráticos establece que toda persona es inocente hasta que por medio de un proceso judicial previamente establecido se le demuestre lo contrario. Por eso hablé de PRESUNTAS VICTIMAS, ya que no existen sentencias que digan lo contrario, por lo menos en lo que voz777 publicó aquí con morboso deleite.



Esto que dices no tiene relación alguna con el tema que abrió voz777, o sea es off topic; pero te reitero que mientras no haya una sentencia judicial que establezca la culpabilidad de alguien sólo hay presunción de inocencia y por tanto sólo presuntas victimas.



¿Quieres clases de derecho concursal? Ya te deje un link para que lo leas y he explicado reiteradamente lo que se busca con un proceso concursal

Se sigue con la misma berborrea y con matices de dialéctica barata.
Yo soy un ignorante, no hay duda. Ignoraba que la culpabilidad la determina un tribunal. En mi supina ignorancia creia que lo que determinaba la culpabilidad eran las pruebas y testimonios aportados frentes a unos hechos.
En mi ignoráncia no puedo entender cómo a alguien que posteriormente se mostró que era incocente y que fue ejecutado con la pena capital. Pero, de inocente nada, era cupable porque lo determinó un tribunal. Otros casos y despues de largos años encarcelado un culpable por determinación de un tribunal se demostró que era inocente de los cargos. Se presenta una reclamación y se abre una investigación. Pero entonces el reo ya no es un presunto inocente, sino presunto culpable. Será inocente si lo determina un tribunal a la medida de Clemente. Y si el presunto culpable deja de serlo, solo le queda exclamar "A mi que me quiten lo bailado" Gocé de una estupenda celda carcelaria, el Estado me alimento y me lo pased bomba sin dar golpe.

Para mostrarme esto, junto con mi ignoranciam me coloca un sin fi de citas del tal o del cual y así muestra su sabiduría. ¡¡¡Que bien!!!
Así, que no me queda mas remedio que pònerle una sola cita: Creo que es de la ley de las doce tablas. Seguro que la gran sabiduría de nuestro Clemente se las sabe de memoria.

Summum jus, summa injuria.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Ya en otro hilo que tú mismo abriste te expliqué lo de la bancarrota http://forocristiano.iglesia.net/showthread.php?t=25890, creo que si en ese tema estuviste de acuerdo con lo que se te explicó, pues así lo manifestaste, deberías de retirar está afirmación que haces sobre que la Iglesia Católica se pone al determinado nivel y que son triquiñuelas o artimañas. Esto dijiste en ese otro tema:


Exacto, y eso lo mantengo. Lo que dije es que es una triquiñuela legal. Y la puse "legal" por el gran abuso que se le da en mi pais. Yo se que parece algo complicado esto de la bancarrota en letras o en papel. En America es tan sencillo como cambiarse de zapatos. Lo de ponerse a nivel lo mantengo. Por el hehco de que las diocesis que han llenado bancarrota tienen en comun que ya había conocimiento previo de los actos delictivos de los sacerdotes. Y es con ello en mente.



Lo mismo deberías de hacer con esta afirmación:



Ya te expliqué que la quiebra (o bancarrota) no es para dejar de pagar y pareció en el otro hilo que te había quedado bien claro.

Se que conoces algo de quiebra o bancarrota. Priemramente tienens que ser un abogado cerificado en cada uno de los estados donde las dicoesis han ido a la bancarrota, para que sepas como se maneja cada una de las juridicciones. Cada estado varia un poco. Y de hecho se tiene que pasar un examen de certificación. Aunque no dudo que la UNAM te este enseñando bien las leyes de tu estado [o quizá de México] la realidad es que para en lo que a mi pais respecta estas muy limitado. Mas si a eso le añades la "pesa" de que tu juicio ya no es neutral. si no procatólico. Por ese hehco ni tan siquiera pudieses fungir como jurado en mi pais, mucho menos como abogado. Las sumas mde dinero, son limitadas ya que no se podrá nunca pagar el monto de las demandas, sino que los fondos serán repartidos en costos de cortes, abogados criminales, abogados de bancarrota, y hasta el tecladeo de la secretaria del juez. Además que al llenarse el capítulo de bancarrota, automaticamente se da un limite de tiempo para que se haga el numero de demandas que se van a llevar a cabo. Despues de eso, no se puede levantar otra demanda, sin tener que pasar por medio siglo de procedimientos. Se impone un limite para demandar y los fondos disponibles son repartidos entre todos los gastos, afectados y otros. Así que tambien en ello estas en un error. Lo siento.


Estuve estudiando el tema y es nuevamente el desconocimiento y el anticatolicismo el que te hace decir cosas sin sentido. La diócesis tenía que contratar abogados PORQUE ELLA FUE DEMANDADA POR LAS PRESUNTAS VICTIMAS, y te reitero que son presuntas (por lo menos los que pones en la nota) ya que de la fecha de publicación al día de hoy no es posible terminar esos procesos ni dictar sentencia y hasta donde he buscado no existe sentencias hasta el momento; pero como tù lo afirmas tienes la obligaciòn de decir por cual corte ha sido condenada la diòcesis a la que haces mención al pago de determinada suma de dinero por indemniazciones sino lo ùnico que puedo decir de lo que dices es que hablas sin bases; pues no ha sido condenada por ninguna corte siempre se ha hablado de negociaciones extrajudiciales.

Te digo que en mi pais, no podrías fungir ni de jurado. Ya que tu "pesa" ya esta "marcada". La razón de las demandas a las diocesis y no a los curitas, es por el hecho de que estas participarón encubriendolos. LO que pasa es que tu desconoces totalmente las leyes de mi pais. Quiza los boletines que te hacen estudiar en la UNAM sean obsoletos. En mi pais, tanto iglesias, hospitales, agencias de servicio publico, guarderias, compañias contratistas etc.. etc... Son RESPONSABLES por los hehcos de sus: MEDICOS, CURAS, ENFERMERAS, PROFESORES, CHOFERES, OBISPOS, ARZOBISPOS, ABOGADOS, BARREDEROS, COCINEROS, JARDNEROS. Y....uuuuuuuuuuuuunnnnnnnnnnnn larguisimo etcetera. Las diocesis de nuevo acarrean con la responsabilidad de sus "obreros" ya que ellas son las que los pusierón a "trabajar". Los obreros no hicierón bien su obra. alguien inmediatamente superior a ellos lo sabia. Lo ignoró y automaticamente se combierten tanto en complices como responsables. Asi funciona la LEY en mi pais. Si no te gusta, lo siento no hay otra.

Ahora si la diócesis fue demandada es obvio que haya contratado abogados y si podía pagarlos es también obvio que haya contratado a los mejores. Si a ti te demandan por el delito que comete un empleado tuyo tienes que contratar un abogado, pues si no la haces la corte va a designar uno de oficio (que todos sabemos que son muy deficientes) y van a acabar condenándote. ¿entiendes el simil? La diócesis se tuvo que defender y para ello tuvo que contratar abogados
.

Claro. Yo por eso he hecho enfasis todo el tema de que las diocesis donde de antemano se tenía conocimiento previo. no malgastasen sus fondos en abogados y demas. Ya sabian que habia rabo que pisar. Un fruto loable de arrepentimiento hubiese sido admitirlo y hacer retribuición. Una diocesis, no puede ir a la cacel. Por lo cual las demandas se hacen en dinero y para servicios de ayuda a los afectados. A los sacerdotes no se les puede encarcelar. Salvo uno o dos. Ya que se han hecho "ojo de homiga" y otras esqueleto.



Creo que has tocado el punto principal que debería tratarse. Primero te reitero que debes retirar estás afirmaciones sobre que la bancarrota es para no pagar, pues ya te expliqué que esto que afirmas es una falsedad y cuando uno dice falsedades (por ignorancia o por dolo) lo que debe uno hacer es retirar lo dicho y disculparse por la falsedad y por haber levantado un falso.


Eso ya te lo expiqué arriba. Que no conoscas que haya un limite de tiempo para archivar una demanda despues de declararse en bancarrota, y que los dineritos se tengan que repartir ya no solo en los afectados, sino hasta en el jardinero de la corte, no me constituye a mi en falso. De hecho algunas parroquias estaban intentando declararse en bancarrota antes de que se presentáran demandas, una de ellas Spokane y Bostón. [Lo cual limitaría el limete de tiempo. para que las demandas se hicerän] solo que no se pudo.



Te digo que has tocado el punto medular del problema porque no encuentro jurídica ni lógicamente el porqué del que las PRESUNTAS victimas se aferran a cobrar millones de dolares a una diócesis si lo que deberían de estar exigiendo es que los delincuentes sean castigados con muchos años de cárcel por sus fechorías; pero no, a las presuntas victimas que demandaron a la diócesis no les interesa exigir el castigo a los delincuentes, pues si fuera así no hubieran demandado a la diócesis, sino sólo al o a los sacerdotes acusados de violación.

Te expiquê ya como funciona la ley en USA. Ademas no se pueden demandar muertos ni "ojos de hormiga" que quieres que se haga. Por aca por estos lares asi es como funciona. obra, trabaja y se admistra la ley. Quiza una vez graduado de la UNAM te convenga pasar un examen de barra en cada uno de los estados de este pais, Yo cada vez que viajo a otros estados, tengo que averiguar que leyes aplican, para no meterme en problemas. Simplemente meterte a california con unos vidrios polarizados en tu auto, te sale en una multa de miedo. En Arizona, solo los dueños de las empresas constructoras [plomeria, electricidad, AC. ] necesitan una licencia. En california tanto los dueños como los empleados] Es un Off Topic, pero es solo para que tengas una pequeña idea.

Aquí es claro que no se busca justicia, se busca el dinero, la ganancia económica es lo que se persigue demandado a una diócesis, tan fácil que sería que las victimas no entraran en ninguna negociación con la diócesis y que los sacerdotes fueran enviados a la cárcel. Tú has de saber que a ninguna persona en USA se le exige llegar a una conciliación mediante una compensación económicay dejar a los delincuentes libres, pero si existe esa opción y es lo que están buscando estas personas. Quiero manifestarte nuevamente que no son indemnizaciones ya que aún no se han acabado los juicios, sino que simplemente se estaba buscando la oportunidad de conciliar el asunto prejudicialmente sin necesidad de agotar todo el proceso judicial.

En mucho tienes razón, solo que repito asi aqu son las leyes, No se puede llevar a juico a esqueltos ni desaparecidos. Solo a sus empleadores. Los cuales no pueden ser encarcelaso pero si cargar con el muertito. Claro que si es muy injusto que alguna dioces, que de ninguna manera hubiese sabido de los casos de abuso, se le demadará y castigará. En eso te doy toda la razón.



Aquí lo dejas bien claro, tu intención es desprestigiar a una agrupación religiosa mediante un argumento amarillista y en el que no tienes ninguna preparación ni bases para sustentarlo. Reconoces que Juan Pablo II hizo bien; pero lo haces para arremetr con más fuerza, o sea intentas poner de tu parte los argumento del extinto papa polaco para afianzar un poco tu alevosa discución.

Aqui aparece otra vez, el porque en mi pais no podrías ni tan solo ser jurado. Ya que tu mira ya esta apuntadada. Quiza ni los pisos del edifico dode fuese el juicio te permitirían lustrar. Lo siento.

Dices que los "criminales" han sido juzgados. ¿Cuáles sacerdotes han sido juzgados? La inmensa mayoría no han sido juzgados pues se ha llegado a una conciliación prejudicial y por tanto no hubo juicio. Sin juicio no hay juzgados, ¿entiendes?.

Unos han sido encontrados culpables muetos, otros a cuerpo 'desaparecido" a otro ya se lo echarón e prisión. A otro lo pescarón en la Tijuana Mexico. Un par anda por Irllanda. Y para que averigues los otros casos, solo metete a la diocesis del lugar respectivo, asi como a la lista que la Iglesia fué obligada a hacer publica......Se encuentra por toda la internet. Más sencilo no se puede!



Tu dato es totalmente rídiculo. Si la diócesis hubiera pagado MILLONES de dolares en abogados mejor hubiera pagado a las presuntas vicitas y no entraría en tanto escándalo. Millones de dolares jajaja, ¿en què te basas para dar un dato con cifras escàndalosas sin ni siquiera tener seguridad de nada?

Solo la de Bostón anda pidiendo a los fieles que le justen 10 milones para cubir los gastos de abogado. Toda esta información esta en la web. metete a las historias de los casos que estan en bancarrota y tambien a los que han llegado a un acuerdo extrajudicial. Vas a tener que usar tus deditos.


Ahora no son MILLONES sino CIENTOS DE MILLONES DE DOLARES jajajajaja. En tu nota, que con mucho regocijo anuncias en este foro, dice que la diòcesis de los Angeles tuvo que pagar "60 millones de dólares para resolver de forma extrajudicial las demandas planteadas en 45 casos contra 22 de sus sacerdotes" y segùn tù la de San Diego ha pagado CIENTOS DE MILLONES DE DOLARES EN ABOGADOS, aparte de ser tan maquiavèlica, segùn tù, esta diòcesis enloceciò y paga cientos de veces más de abogados que lo que le costaría pagarles a las presuntas vicitimas para que dejen de pelear, es un absurdo del tamaño del odio y de los prejuicios que tienes contra la Iglesia Católica.

Yo no estoy hablando solo de diocesis San Diego. Sino de todas las que han presentado bancarrota asi como las que han tenido arreglos extrajudiciales juntas. No se que sea un arreglo extra judicial en tu pais, pero en USA significa solamente que no lo decidio un juez. Sino que los abogados tanto de los demandantes como los de los demandados llegaón a un acuerdo. Sus honorarios no los paga el sindicato de 'PAYASOS" Asi que tu notita de:

[No hay espectaculo mas trizte [creo] que la ignorancia] te queda muy bien. tanto por lo arriba dicho, por el total desconocimiento que tienes de como es admistrada la ley en mi pais.

LEE LO QUE ESCRIBES POR FAVOR. Tù mismo pusiste que esos 60 millones se paaron de forma extrajudicial, entonces quiere decir que nunca hubo juicio, esas presuntas victimas prefirieron exigir dinero a pedir que un violador estuviera en la càrcel para impedir que siguiera dañando a los demás. Què podemos sacar de esto, que lo ùnico que quiere esta gente es dinero y no justicia.

Ya explicado, al menos tres veces

Este argumento tuyo no tiene ningùn sustento, es solamente lo que ha fabricado tu febril cerebro que està lleno de odio contra la Iglesia, pues ya te dije que tu argumento sobre pagos millonarios a abogados es cosa de tu "traviesa" imaginaciòn y lo de la bancarrota ya te expliquè que no es para dejar de pagar sino exactamente para lo contrario
.

Otra vez tu notita, y decirte que no podrías ni lustrar los pisos del edificio donde se este judiciando, ya que tu juicio por muchas letras y largos que sean estan permeados, y permean vaticano a millas. No podrias fungir nunca como abogado en un caso así. LO siento.

El verdadero caràcter que queda al descubierto es el tuyo, ya que como te hago ver la diòcesis contratò abogados pues ella fue demandada ( o amenzada de ser demandada) por las presuntas victimas, quienes dejando ver que les interesa ganar dinero y no castigar culpables demandan a la diòcesis como si la diòcesis fuera la pederasta. Es el dinero lo que buscan no la justicia, como ya te lo he venido repitiendo.
\

No sabes como la justicia es admistrada en mi pais, por eso tu juicio y tu logia tan errada. Te disculpo!

y que sabes datos tan exactos dime por cuanto ha sido demandada la diòcesis de San Diego, ya que sabes el valor de algunas de las propiedades de la diócesis te tu ciudad, ¿o es que tambièn te estás inventando ese dato? Ademàs la corte no demanda, demandan las presuntas victimas
.

Todo esta en internet, Deperjuicate, usa tus dedos. Repira profundo. Y hasta un abogado graduado de la UNAM debe saber que las cortes ponen el sellos de autotencidad de las demandadas asi como el enforce de ellas. Quiza en tu pais sea diferente. Por mi parte lo unica ley que se de Mexico, es que no puedo llevar armas ni municiones al pasar alla, y esto porque tienen los letreros pegados en la cerca fronteriza. Creo que estamos en el mismo nivel, ni tu sabes de aqui, ni yo se de alla.

¿
Tambièn sabes que tienen cientos de propiedades? Si este dato que afirmas (sin sustento nuevamente) la bancarrota sòlo servirà para que esos bienes sean vendidos y los acreedores cobren; ya te expliquè lo que es una bancarrota y con tal de no aceptar tu error siguen afirmando que es una triquñuela legal, a pesar de que reconociste que era un medio justo, legal y hasta con fundamento bìblico (tù escribiste eso)

¿Los abogados cobran un 40% del monto de las demandas? Esta nueva fantasìa tuya es la mejor que te he leìdo, si esto fuera asì los demandados afrecerían esas cantidades a sus contrapartes y las contrapartes aceptarían gustosas la mitad de lo que exigen sin necesidad de ir a juicio; lo que es hablar con la ignorancia por delante. :Duel:

Las imagenes, y los nombres no mienten, Nunca has andando en USA? Lo de la triquiñuela ya esta explicado. Admito que es la parte demandante la que cobra hasta un 40% del monto de la demanda. Los costos de las decdnas de abogados que las dicoseis usan cobran de 200 a 300 dlls por hora. [cada uno] suma las horas y los años en juicio [tu computadora tiene un calculador]

¿Cuàles casos han sido encontrados como verdaderos, si los que se han arreglado han sido de forma extrajudicial o aùn no terminan de litigarse? Lo que afirmas es un GRAN MENTIRA Y EN TU NOTA LO PUSISTE, se han arreglado de forma extrajudicial, las PRESUNTAS victimas piden a la diòcesis dinero para no demandar, no es una retribuciòn sino que es una mera negociaciòn que proponen las presuntas victimas para no ir ante una corte, no digas mentiras. No ha habido investigaciones pertinentes pues lo que se quiere es dinero y no juicios, ya te dije si fuera asì demandarían sólo al sacerdote y no a la diòcesis.

Obviamente en tu pais y el mio. EXTRAJUDICAL no se administra de la misma manera. Lo siento.


Qué fácil es para ti afirmar que la Iglesia Católica recurre al fraude. Realmente crees en lo que dices, si no fueras tan ignorante en este tema te darías cuenta lo difícil que es hacer lo que tu dices que es muy fácil. Ademàs en el colmo de la ignorancia dices un absurdo garrafal: las propiedades no se declaran en bancarrota, sino que son los propietarios de áquellas los que lo hacen. De plano lo que tiene uno que leer, no se si dan ganas de reir por tan grandes absurdos o de llorar por tan grandes prejuicios.

Creo que tu ojotos católicos no te permiten mirar muy bien lo que lees, mucho menos de este lado de la frontera. Yo solo dije que el que declaraba bancarrota, tenía derecho a no meter en la demanda propiedades las culaes por no estar en la demanda se convertian en 'INTOCABLES' . Las muchs letras se te estan atravesado señor aprendiz de abogado. Otra vez te pongo tu noita del espectaculo de la ignorancia. Ya que desconoces las leyes de Los Estados Unidos de Norteamerica.


Este tema està entonces basado en muchas mentiras tuyas, pues nadie se ha gastado millones de dolares (o por lo menos no tienes forma alguna de saberlo pero la mera cifra es absurda) y los abogados defienden a la diòcesis demandadas, ademàs mientes nuevamente al decir que han defendido a los que se han encontrado culpables si tu mismo escribiste en la nota que copiaste que los pagos han sido de forma extrajudicial o sea fuera de juicio.

Extrajudicial. O sea no lo ordena un juez, sino que se pagan a los abogados una buenisima suma de millones, para que pacten antes de que el juez lo haga. Es lo mismo solo que aveces solo horas antes del sello del juez. Estas seguro que quieres ser abogado? Tan bonito que es Mêxico, porque no te dedicas mejor a guia de turista?......digo......puede ser una buena opción!



Ademàs mientes nuevamente afirmando que la banarrota es para no pagar sino que es todo lo contrario.
¿Cuàles restituciones? ¿Què tiene que restituir la Iglesia? restituir es devoler algo, la Iglesia no tiene nada que devolver. Si lo que quiere decir es que la Iglesia debe indemnizar primero deberìa de haber un juicio pero esta gente no quiere juicios ha amenazado a dichas diòcesis que en caso de que no les paguen las sumas que piden se iràn a juicio.

Explicado arriba una y creo que dos veces mas.

Otra gran mentira tuya fruto de tu gran ignorancia. Una bancarrota no impide que un juicio siga, no tiene nada que ver un proceso judicial por violaciòn con el de quiebra; hablas por hablar, o màs bien escribes por escribir pues no sabes ni lo que dices. Que sigan los juicios y que en caso de encontrar culpables a los sacerdotes que los metan a la càrcel ¿o es que la integridad sexual de los menores SUPUESTAMENTE violados está a la venta? si lo que se quiere es justicia que pida justicia y no dinero.
[/QUOTE]


De nuevo. Desconoces totalmente las leyes de mi pais. Y tu IGNORANCIA de ellas, asi como tus dedos catlicquines me llaman mentiroso como en cinco ocaciones. tambien lo sigues haciendo en las respuestas a otro forista dosnde me inmiscuyes en tus respuetas, lo que por el momento te dejo pasar ya que quiza se deba a que solo empiezas en estos foros. Las reglas no permiten insultar ni hacer agravio a otros foristas. Pot tu ignorancia tanto de las leyes de Los Estados Unidos de Norteamerica asi como las del foro te disculpo.



P.D. Te pido que cuándo me respondas, no saques segmentitos aislados de cada aporte, ya que asi te aventajas presentando solo lo que tu queres leer. Lo que desvirtualiza el contenido total del mensaje. asi como lel caracter del debatiente. Tambien te pido que seas corto, ya que esta es una exepción que hice al contestarte. Las unicas respuestas largas que debato es cuando se da palabra de Dios no adulterada.


Saludos
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Esto me divierte mucho, la verdad encontrar este foro fue una suerte para mí. Me paso tantas horas en mi notebook escribiendo sobre mis investigaciones que escribir en el foro me ayuda cuando estoy cansado y me divierte; pero bueno ahora a contestar el mensaje que más risa me ha dado:


voz777 escribió:

Exacto, y eso lo mantengo. Lo que dije es que es una triquiñuela legal. Y la puse "legal" por el gran abuso que se le da en mi pais. Yo se que parece algo complicado esto de la bancarrota en letras o en papel. En America es tan sencillo como cambiarse de zapatos. Lo de ponerse a nivel lo mantengo. Por el hehco de que las diocesis que han llenado bancarrota tienen en comun que ya había conocimiento previo de los actos delictivos de los sacerdotes. Y es con ello en mente

No mantienes nada, te estás contradiciendo totalmente con lo que dijiste en otro tema y en este; tú dijiste en ese tema lo siguiente:

Es cierto, exite una base bílica para ponerse de acuerdo en cómo pagarse lo adeudado. Y aun para dejar pasar y perdonar lo adeudado.

Estoy en el mismo sentir de cada uno. Es claro que para cada problema debe de exitir un remedio o medicina. En este caso la bancarrota o quiebra [palabra que me me enseño Clemente]

Y ahora dices que es una triquiñuela legal. Ahora no puede haber una triquiñuela legal, ya que si es legal no es triquiñuela, escribe con coherencia.

Me imagino que cuando dices que en "América" es fácil recurrir a la quiebra te refieres a Estados Unidos, sino te recuerdo que América es un continente que contiene un par de países más; claro que cualquiera puede intentar declararse en quiebra, los acreedores y el juez serán el que determine las formas como se haran los pagos.

Siguen en la misma necedad de que la quiebra es para NO PAGAR y ya te expliqué una veintena de veces que es para lo contrario es para SI PAGAR. Es la última vez que te lo explico pues esto parace no tener fin.

Se que conoces algo de quiebra o bancarrota.

No se algo, se lo suficiente para decirte que TÚ NO SABES NADA.

Priemramente tienens que ser un abogado cerificado en cada uno de los estados donde las dicoesis han ido a la bancarrota, para que sepas como se maneja cada una de las juridicciones.

De dónde sacas esa afirmación? ah ya sé la sacas de tu desesperación causada por exceso de ignorancia. La quiebra como proceso judicial es el mismo, lo que cambian son algunos de los procedimientos. Me imagino que sabes que no es lo mismo un proceso a un procedimiento judicial, si no sabes la diferencia te la dejo de tarea, además TU IGNORANCIA SOBRE EL TEMA NO TE PERMITIÓ CONOCER QUE LOS ÚNICOS JUZGADOS COMPETENTES PARA CONOCER DE PROCESOS DE QUIEBRAS SON LOS FEDERALES Y NO LOS LOCALES, ya vez, conozco mejor yo el derecho del país donde tu vives que tú mismo.

Pero el argumento es por sí mismo absurdo, o sea que por no ser un abogado certificado en determinado lugar es un impedimento para que yo conozca los procesos legales, jajajaja, eso es rídiculo. Un médico alemán no tiene licencia para practicar su profesión en México, por ejemplo, pero eso no lo quita sus conocimientos en medicina.

Cada estado varia un poco

Ah varía un poco y por ese poco ya no puedo hablar de las quiebras, jajaja es hilarante tu razonamiento.

Y de hecho se tiene que pasar un examen de certificación.

En ningún momento dije que yo quiero ir a litigar a USA, así que no tengo porque hacer ningún examen, lo que si te digo es que el derecho lo conozco aún y cuando no haya hecho un examen allá. La verdad tu argumento se nota desesperado, demuestro tu ignorancia y tratas de hacerme quedar como el ignorante, dice una paremía mexicana "ahora si, los patos tirándole a las escopetas" jajaja.

Aunque no dudo que la UNAM te este enseñando bien las leyes de tu estado [o quizá de México] la realidad es que para en lo que a mi pais respecta estas muy limitado.

Lástima que tu argumento no sirva en este caso, primero no estudié en la UNAM, segundo habemos juristas que hacemos investigaciones de derecho comparado, si no sabes que significa son investigaciones en las que se muestra como manejan distintos sistemas jurídicos las diferentes cuestiones que conforman el corpus jurídico de dichos países. En lo personal hago investigaciones de derecho comparado (especialmente entre países de tradición romano-canónica y los del common law, aunque también entre países de derecho teocrático como los países islamicos), investigaciones de historia del derecho y de sociología jurídica, además algo de antropología jurídica, pero en esta area soy aún muy límitado.

Así que aún y cuando no vivo en USA conozco bien de lo que estoy hablando y no hablo por hablar como lo hace tú que aún y cuando vives en USA no tienes ni la más remota idea de lo que es el derecho y ya te lo he comprobado.

Mas si a eso le añades la "pesa" de que tu juicio ya no es neutral. si no procatólico. Por ese hehco ni tan siquiera pudieses fungir como jurado en mi pais, mucho menos como abogado.

Ya esperaba esto de ti. Cuando no pueden vencer mediante argumentos válidos ni basarse en datos o conocimientos contundentes se escudan en argumentum ad hominem (off topic: este es un buen ejemplo Tobi de razonamientos de este tipo). No voz777 te equivocas mi juicio no esta afectado de parcialidad ya que todo lo que te he dicho lo baso en el derecho y tú todo lo que afirmas está basado en tú ignorancia y prejuicios.

Por ese hehco ni tan siquiera pudieses fungir como jurado en mi pais, mucho menos como abogado.

¿Estás seguro? el hecho por el que no puedo (ni quiero) ser jurado en tu país es porque no soy ciudadano de ese país, no por el hecho de mis creencias religiosas; pero nuevamente tu ignorancia te pierde: la religión no es impedimento para fungir como jurado o abogado.

Las sumas mde dinero, son limitadas ya que no se podrá nunca pagar el monto de las demandas, sino que los fondos serán repartidos en costos de cortes, abogados criminales, abogados de bancarrota, y hasta el tecladeo de la secretaria del juez. Además que al llenarse el capítulo de bancarrota, automaticamente se da un limite de tiempo para que se haga el numero de demandas que se van a llevar a cabo. Despues de eso, no se puede levantar otra demanda, sin tener que pasar por medio siglo de procedimientos. Se impone un limite para demandar y los fondos disponibles son repartidos entre todos los gastos, afectados y otros. Así que tambien en ello estas en un error. Lo siento.

No lo sientas, mejor estudia un poco te tu legislación ya que está diciendo puras barabaridades. En USA, durante un proceso concursal, primero se pagan a los acreedores preferentes y los abogados no son acreedores preferentes, ya deja de decir bárbaridades que sólo estás quedando en rídiculo.

Te recomiendo si quieres aprender un poco para no quedar en rídiculo que leas el Bankruptcy Code, y para demostrar que no tienes ni la más minima idea de lo que afirmas esta ley es federal, o sea es aplicable a todo USA no a determinados estados, si conoces un poco de federalismo sabrás que hay leyes de aplicación local y leyes de apliación federal, o sea que tu argumento sobre que tendrá que conocer yo la forma de cada estado es una mentira tuya nacida de tu ignorancia y de tu desesperación porque deje ventilada tu ignorancia y mala fe.

Te digo que en mi pais, no podrías fungir ni de jurado. Ya que tu "pesa" ya esta "marcada". La razón de las demandas a las diocesis y no a los curitas, es por el hecho de que estas participarón encubriendolos

Entonces en tu país sólo los anticatólicos como tú pueden ser jurados? jajaja. Perón pero me hacen reir tus argumentos. Lo que dices es el colmo de la ignorancia y de la falta de lógica al razonar: LAS DIÓCESIS NO PUEDEN ENCUBRIR A NADIE PORQUE NO SON SERES HUMANOS, Y SÓLO LOS SERES HUMANOS PUEDEN ENCUBRIR A ALGUIÉN. Puede encubrir un obispo pero la diócesis NO. Si este es el caso que demanden a los encubridores pero no a la diócesis; pero tú sabes porque no lo hacen, no lo hacen porque a la diócesis le pueden exigir dinero.

LO que pasa es que tu desconoces totalmente las leyes de mi pais. Quiza los boletines que te hacen estudiar en la UNAM sean obsoletos.

La conozco mejor que tú y me he dado cuenta de ello por tus afirmaciones llenas de ignorancia, ni siquiera conocías el ambito espacial de válidez del Bankruptcy Code, con eso te digo todo. De nada te sirve estar allá pues yo estando en México conozco más de las leyes que te rigen a ti, que íronia.

En mi pais, tanto iglesias, hospitales, agencias de servicio publico, guarderias, compañias contratistas etc.. etc... Son RESPONSABLES por los hehcos de sus: MEDICOS, CURAS, ENFERMERAS, PROFESORES, CHOFERES, OBISPOS, ARZOBISPOS, ABOGADOS, BARREDEROS, COCINEROS, JARDNEROS. Y....uuuuuuuuuuuuunnnnnnnnnnnn larguisimo etcetera.

Este argumento además de ser mentira contradice tu mismo argumento anterior, pues primero dices que se demanda a las diócesis por ser encubridoras y ahora dices que porque son responsables de sus trabajadores; trata de ser coherente al escribir.

Digo que es mentira lo que dices pues no existe ley ni jurisprudencia norteamericana que avale lo que dices. Dime entonces por qué en el sonado caso de pederastía de Michael Jackson no se demandó a su disquera. Piensa lo que escribes. Dime en que ley norteamericana te basas para asegurar que los hechos delictivos de los trabajadores son responsabilidad de sus empleadores; pero dime en cual ya que nunca basas tus argumentos en nada.

Las diocesis de nuevo acarrean con la responsabilidad de sus "obreros" ya que ellas son las que los pusierón a "trabajar". Los obreros no hicierón bien su obra. alguien inmediatamente superior a ellos lo sabia. Lo ignoró y automaticamente se combierten tanto en complices como responsables. Asi funciona la LEY en mi pais. Si no te gusta, lo siento no hay otra.

Te repito dime a cual ley te refieres ¿o es una que tu imaginación legisló? Es una locura lo que dices, si fuera así ten cuidado ya que si llegaras a tener un empleado doméstico y resulta violador te van a quitar hasta la camisa por las demandas, que locura.

Claro. Yo por eso he hecho enfasis todo el tema de que las diocesis donde de antemano se tenía conocimiento previo. no malgastasen sus fondos en abogados y demas. Ya sabian que habia rabo que pisar. Un fruto loable de arrepentimiento hubiese sido admitirlo y hacer retribuición. Una diocesis, no puede ir a la cacel. Por lo cual las demandas se hacen en dinero y para servicios de ayuda a los afectados. A los sacerdotes no se les puede encarcelar. Salvo uno o dos. Ya que se han hecho "ojo de homiga" y otras esqueleto.

Esta respuesta tuya no tiene nada que ver con mi comentario. Yo te dije que la diócesis al ser demandada, o amenzada con ser demandada, tenía que contratar abogados. Lo peor de todo son dos argumentos aberrantes que defiendes: el primero es que sin ser juzgados ya das por hecho de que son culpables (que bueno que no eres juez) y el segundo es que pienses que se tenga que hacer una retribución económica por un delito. ¿Esa es tu idea de justicia? Si hay delito que vaya a la cárcel el delincuente y no que esten tratando de ganar dinero fácil.

Eso ya te lo expiqué arriba. Que no conoscas que haya un limite de tiempo para archivar una demanda despues de declararse en bancarrota, y que los dineritos se tengan que repartir ya no solo en los afectados, sino hasta en el jardinero de la corte, no me constituye a mi en falso. De hecho algunas parroquias estaban intentando declararse en bancarrota antes de que se presentáran demandas, una de ellas Spokane y Bostón. [Lo cual limitaría el limete de tiempo. para que las demandas se hicerän] solo que no se pudo.

Las demandas no se archivan, se interponen ante el juzgado. Se archivan cuando concluye el proceso. Es mentira que exista un tiempo para demandar en caso de la quiebra, ya que son juicios independientes el de violación a menores que el juicio de quiebra. Lo que hay un tiempo procesal es para que los acreedores deduzcan sus derechos ante el juez de la causa. El tiempo te preocupa a ti pero a ellos no, pues entonces dime por qué pierden tiempo en negociaciones con la diócesis en lugar de denunciar directamente por violación y por encubrimiento, lo que pasa es que si lo hacen lo más seguro es que van a perder la oportunidad de ganarse una jugosa cantidad de dolares.

Te expiquê ya como funciona la ley en USA. Ademas no se pueden demandar muertos ni "ojos de hormiga" que quieres que se haga. Por aca por estos lares asi es como funciona. obra, trabaja y se admistra la ley. Quiza una vez graduado de la UNAM te convenga pasar un examen de barra en cada uno de los estados de este pais, Yo cada vez que viajo a otros estados, tengo que averiguar que leyes aplican, para no meterme en problemas. Simplemente meterte a california con unos vidrios polarizados en tu auto, te sale en una multa de miedo. En Arizona, solo los dueños de las empresas constructoras [plomeria, electricidad, AC. ] necesitan una licencia. En california tanto los dueños como los empleados] Es un Off Topic, pero es solo para que tengas una pequeña idea.

Son muy "enriquecedoras" tus anecdotas de viajes jajaja; pero si regresamos a nuestro tema tú nunca me has explicado como funciona ninguna ley pues nunca me has hablado de ninguna en especifico y mucho menos la que rige el tema que ahora debatimos, ni siquiera sabías que su ambito de válidez espacial es el federal y te atreviste a decirme que era diferente en cada estado... Yo no necesito examinarme pues te estoy demostrando que conozco de lo que estoy hablando y ya tres veces lo has admitido; pero tu si necesitas aprender a no hablar de lo que ignoras.

En mucho tienes razón, solo que repito asi aqu son las leyes, No se puede llevar a juico a esqueltos ni desaparecidos. Solo a sus empleadores. Los cuales no pueden ser encarcelaso pero si cargar con el muertito. Claro que si es muy injusto que alguna dioces, que de ninguna manera hubiese sabido de los casos de abuso, se le demadará y castigará. En eso te doy toda la razón.

Otra vez lo mismo, dime en que ley te basas especificamente para afirmar esta aberración jurídica, según tú la legislación gringa castiga a los empeadores de criminales muertos jajaja, que aburdo tan grande y que mentira tan colosal.

Aqui aparece otra vez, el porque en mi pais no podrías ni tan solo ser jurado. Ya que tu mira ya esta apuntadada. Quiza ni los pisos del edifico dode fuese el juicio te permitirían lustrar. Lo siento.

Ah es que vives en el país de tu imaginacióin porque en Estados Unidos las creencias religiosas no son impedimento para ser jurado, ni abogado, ni juez; estudia tu derecho y no digas necedades.

Unos han sido encontrados culpables muetos, otros a cuerpo 'desaparecido" a otro ya se lo echarón e prisión. A otro lo pescarón en la Tijuana Mexico. Un par anda por Irllanda. Y para que averigues los otros casos, solo metete a la diocesis del lugar respectivo, asi como a la lista que la Iglesia fué obligada a hacer publica......Se encuentra por toda la internet. Más sencilo no se puede!

Repito mi pregunta: ¿Cuáles sacerdotes de la diócesis de San Diego han sido encontrados culpables? Si está en internet dimelo.


Solo la de Bostón anda pidiendo a los fieles que le justen 10 milones para cubir los gastos de abogado. Toda esta información esta en la web. metete a las historias de los casos que estan en bancarrota y tambien a los que han llegado a un acuerdo extrajudicial. Vas a tener que usar tus deditos.

Pero nuevamente no me respondes, dime en qué te basas para hacer tus afirmaciones de que los abogados cobran millones de dolares. No tengo porque buscarlo yo ya que tu eres el que lo afirmas; pero como siempre nunca sustentas nada de lo que afirmas.

Yo no estoy hablando solo de diocesis San Diego. Sino de todas las que han presentado bancarrota asi como las que han tenido arreglos extrajudiciales juntas. No se que sea un arreglo extra judicial en tu pais, pero en USA significa solamente que no lo decidio un juez. Sino que los abogados tanto de los demandantes como los de los demandados llegaón a un acuerdo. Sus honorarios no los paga el sindicato de 'PAYASOS" Asi que tu notita de:

[No hay espectaculo mas trizte (sic)[creo] que la ignorancia] te queda muy bien. tanto por lo arriba dicho, por el total desconocimiento que tienes de como es admistrada la ley en mi pais.

:lol:

Ojalá pudieras ver la risa que me causaste con este comentario. Primero que nada tú tema es sobre la Diócesis de San Diego; pero ahora como tu cifra fue tan ilógica ya metes a todas la del mundo y si hubiera en marte también hubieras hablado de la diócesis de Marte jajaja; pero nunca dices en que te basas para decir que los abogados han cobrado cientos de millones de dolares, DIME EN QUÉ TE BASAS, nunca he visto una aseveración tuya apoyada en datos serios, nunca sólo escribes lo que tus prejuicios e ignorancia te dictan.
Te reitero que conozco más de derecho estadounidense que tú y te lo he demostrado.
Triste es con "s" no con "z".

Ya explicado, al menos tres veces

No has explicado nada, simplemente has escrito incoherencias y mentiras lo que ya he demostrado. Contesta pues ¿por qué las victimas piden dinero a la diósesis si ya te expliqué que una diócesis no puede ser acusada de encubrimiento?

Otra vez tu notita, y decirte que no podrías ni lustrar los pisos del edificio donde se este judiciando, ya que tu juicio por muchas letras y largos que sean estan permeados, y permean vaticano a millas. No podrias fungir nunca como abogado en un caso así. LO siento.

No sientas nada voz777, bueno si siente tu enorme ignorancia pues con decir que estoy permeado de Vaticano no se te quita lo ignorante, mejor estudia y te daras cuenta que estás haciendo el ridiculo, mi conocimiento de derecho es inmensamente mayor al tuyo y ¿sabes por qué? por que tu conocimiento de derecho es nulo.

No sabes como la justicia es admistrada en mi pais, por eso tu juicio y tu logia tan errada. Te disculpo!

A un comentario tan directo no pudiste sino contestar con esta salida fácil. Contesta pues porque las presuntas victimas, quienes dejando ver que les interesa ganar dinero y no castigar culpables demandan a la diòcesis como si la diòcesis fuera la pederasta. Es el dinero lo que buscan no la justicia, como ya te lo he venido repitiendo.

Todo esta en internet, Deperjuicate, usa tus dedos. Repira profundo. Y hasta un abogado graduado de la UNAM debe saber que las cortes ponen el sellos de autotencidad de las demandadas asi como el enforce de ellas. Quiza en tu pais sea diferente. Por mi parte lo unica ley que se de Mexico, es que no puedo llevar armas ni municiones al pasar alla, y esto porque tienen los letreros pegados en la cerca fronteriza. Creo que estamos en el mismo nivel, ni tu sabes de aqui, ni yo se de alla.

Tú no sabes ni de aquí ni de allá ya te demostré que no conocías ni de oídas el nombre de la ley que se aplica en caso de quiebra en tu país, eso demuestra tu enorme ignorancia. Además no contestas mi pregunta, con todo respeto no me interesa ni los sellos de autenticidad ni que no conozcas la ley de México, solamente te pregunté: "y que sabes datos tan exactos dime por cuanto ha sido demandada la diòcesis de San Diego, ya que sabes el valor de algunas de las propiedades de la diócesis te tu ciudad, ¿o es que tambièn te estás inventando ese dato? Ademàs la corte no demanda, demandan las presuntas victimas " No contestas porque no lo sabes simplemente te inventas las cosas.

Las imagenes, y los nombres no mienten, Nunca has andando en USA? Lo de la triquiñuela ya esta explicado. Admito que es la parte demandante la que cobra hasta un 40% del monto de la demanda. Los costos de las decdnas de abogados que las dicoseis usan cobran de 200 a 300 dlls por hora. [cada uno] suma las horas y los años en juicio [tu computadora tiene un calculador]

Primero decías que cobran un porcentaje, ahora dices que cobran por hora. Si no sabes de lo que estás hablando reconocelo, nadie se va a enojar, a lo mejor unos se rien de ti; pero de todos modos desde ahora varios nos estamos rienndo. Ahora dime como es que sabes lo que le cobran los abogados las diócesis. (inventillos te tu imaginación traviesa, jajaja).

Obviamente en tu pais y el mio. EXTRAJUDICAL no se administra de la misma manera. Lo siento.

Jajaja, extrajudicial aquí en USA y en China significa fuera de juicio y para hacer los arreglos fuera de juicio no hay administraciones ni leyes ni reglamentos, jajaja.

Creo que tu ojotos católicos no te permiten mirar muy bien lo que lees, mucho menos de este lado de la frontera. Yo solo dije que el que declaraba bancarrota, tenía derecho a no meter en la demanda propiedades las culaes por no estar en la demanda se convertian en 'INTOCABLES' . Las muchs letras se te estan atravesado señor aprendiz de abogado. Otra vez te pongo tu noita del espectaculo de la ignorancia. Ya que desconoces las leyes de Los Estados Unidos de Norteamerica.

Vamos a ver tú escribiste:

Cuando una persona se declara en bancarrota, lo único que tiene que hacer es deviar los fondos "esconderlos"....se le permite mantener una propiedad, la cual no declararå en bancarrota. O sea la declara "intocable".

No es mi problema que no sepas redactar y escribas cosas diferentes a las que quieras expresar. OTRA MENTIRA DE VOZ777, creo que en unos pocos mensajes se pordrán contar 777 mentiras. Los acreedores son los que dicen cuales son los bienes del quebrado, si es que éste ha tratado de ocultar alguno. Es un juicio y en los juicios litigiosos como los de este tipo existen dos partes y en este caso la parte acreedora o demandante tiene derecho a decir cuales son los bienes de quien se declara en quiebra. Lee tus leyes para que las comentes sin decir absurdos.

Extrajudicial. O sea no lo ordena un juez, sino que se pagan a los abogados una buenisima suma de millones, para que pacten antes de que el juez lo haga. Es lo mismo solo que aveces solo horas antes del sello del juez. Estas seguro que quieres ser abogado? Tan bonito que es Mêxico, porque no te dedicas mejor a guia de turista?......digo......puede ser una buena opción

Jajaja extrajudicia significa fuera de juicio, ya te lo dije y se hace antes de empezar el juicio, pues en caso de que el juicio haya empezado aùn cuando haya convenios entre las partes serìa un convenio judicial. Y no no quiero ser abogado, pues abogado ('ad vocare' advocatu ) es el que se dedica a cuidar de los intereses de las partes en litigio, yo soy un jurista dedicado a la investigaciòn acàdemica.

Explicado arriba una y creo que dos veces mas.

Ni has explicado nada ni me dice que debe restituir la Iglesia y por què debe hacer, ya te expliquè que restituir es devolver, dime què es lo que tiene que devolver la Iglesia.

De nuevo. Desconoces totalmente las leyes de mi pais. Y tu IGNORANCIA de ellas, asi como tus dedos catlicquines me llaman mentiroso como en cinco ocaciones. tambien lo sigues haciendo en las respuestas a otro forista dosnde me inmiscuyes en tus respuetas, lo que por el momento te dejo pasar ya que quiza se deba a que solo empiezas en estos foros. Las reglas no permiten insultar ni hacer agravio a otros foristas. Pot tu ignorancia tanto de las leyes de Los Estados Unidos de Norteamerica asi como las del foro te disculpo

Tù no tienes nada que disculparme pues todo lo que te he dicho lo he hecho con fundamentos, ademàs no me amenaces pues el ùnico que tiene potestad en el foro para decidir que es insulto y que no lo es insulto es el Webmaster; ademàs por què no dices las veces que en este mensaje tù me llamas ignorante siendo que èl ignorante eres tù y por què no dices que me has acusado de imparcial porque no defiendo tus aportes amarillistas. Decir a alguien mentiroso cuando se le sorprende diciendo una mentira no es insulto es LA VERDAD.

P.D. Te pido que cuándo me respondas, no saques segmentitos aislados de cada aporte, ya que asi te aventajas presentando solo lo que tu queres leer. Lo que desvirtualiza el contenido total del mensaje. asi como lel caracter del debatiente. Tambien te pido que seas corto, ya que esta es una exepción que hice al contestarte. Las unicas respuestas largas que debato es cuando se da palabra de Dios no adulterada.

Concedido lo que me pides; pero tambièn te pido que me contestes lo que te pregunto y no te salgas por la tangente; pues en este tema te preguntè varias cosas y no me las contestaste y sobre todo te pido que fundamentes tus aseveraciones. Las preguntas son ¿Por què cantidad se demandò a la diòcesis de San Diego? ¿En què te basas o cómo sabes cuanto están cobrando los abogados? ¿En qué te basas para decir que las diócesis están pagando cientos de millones de dolares en abogados? ¿En que leyes estadounidenses te has basado para decir todas las cuestiones legales que has vertido en esta discución, te lo pregunto pues tu dices conocer el derecho de tú pais?Sobre la longitud de mis respuestas te digo que están dadas dependiendo de lo que tenga que debatir, además como yo si fundamento mis respuestas tienen que ser más largas que las tuyas. Si no me quieres responder yo entenderé que no tienes defensa para lo que te digo y no hay problema aquí discute el que quiere hacerlo a nadie se le obliga.


Saludos
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Me parece que la ICR (y con ella gran parte de la institucionalidad religiosa de la actualidad, incluidas muchas denominaciones protestantes) si estàn en bancarrota, bancarrota moral y espiritual, el vaticano harìa bien en por lo menos reconocerlo y luego buscar una soluciòn.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Esto me divierte mucho, la verdad encontrar este foro fue una suerte para mí. Me paso tantas horas en mi notebook escribiendo sobre mis investigaciones que escribir en el foro me ayuda cuando estoy cansado y me divierte; pero bueno ahora a contestar el mensaje que más risa me ha dado:


voz777 escribió:



No mantienes nada, te estás contradiciendo totalmente con lo que dijiste en otro tema y en este; tú dijiste en ese tema lo siguiente:



Y ahora dices que es una triquiñuela legal. Ahora no puede haber una triquiñuela legal, ya que si es legal no es triquiñuela, escribe con coherencia.

Me imagino que cuando dices que en "América" es fácil recurrir a la quiebra te refieres a Estados Unidos, sino te recuerdo que América es un continente que contiene un par de países más; claro que cualquiera puede intentar declararse en quiebra, los acreedores y el juez serán el que determine las formas como se haran los pagos.

Siguen en la misma necedad de que la quiebra es para NO PAGAR y ya te expliqué una veintena de veces que es para lo contrario es para SI PAGAR. Es la última vez que te lo explico pues esto parace no tener fin.



No se algo, se lo suficiente para decirte que TÚ NO SABES NADA.



De dónde sacas esa afirmación? ah ya sé la sacas de tu desesperación causada por exceso de ignorancia. La quiebra como proceso judicial es el mismo, lo que cambian son algunos de los procedimientos. Me imagino que sabes que no es lo mismo un proceso a un procedimiento judicial, si no sabes la diferencia te la dejo de tarea, además TU IGNORANCIA SOBRE EL TEMA NO TE PERMITIÓ CONOCER QUE LOS ÚNICOS JUZGADOS COMPETENTES PARA CONOCER DE PROCESOS DE QUIEBRAS SON LOS FEDERALES Y NO LOS LOCALES, ya vez, conozco mejor yo el derecho del país donde tu vives que tú mismo.

Pero el argumento es por sí mismo absurdo, o sea que por no ser un abogado certificado en determinado lugar es un impedimento para que yo conozca los procesos legales, jajajaja, eso es rídiculo. Un médico alemán no tiene licencia para practicar su profesión en México, por ejemplo, pero eso no lo quita sus conocimientos en medicina.



Ah varía un poco y por ese poco ya no puedo hablar de las quiebras, jajaja es hilarante tu razonamiento.



En ningún momento dije que yo quiero ir a litigar a USA, así que no tengo porque hacer ningún examen, lo que si te digo es que el derecho lo conozco aún y cuando no haya hecho un examen allá. La verdad tu argumento se nota desesperado, demuestro tu ignorancia y tratas de hacerme quedar como el ignorante, dice una paremía mexicana "ahora si, los patos tirándole a las escopetas" jajaja.



Lástima que tu argumento no sirva en este caso, primero no estudié en la UNAM, segundo habemos juristas que hacemos investigaciones de derecho comparado, si no sabes que significa son investigaciones en las que se muestra como manejan distintos sistemas jurídicos las diferentes cuestiones que conforman el corpus jurídico de dichos países. En lo personal hago investigaciones de derecho comparado (especialmente entre países de tradición romano-canónica y los del common law, aunque también entre países de derecho teocrático como los países islamicos), investigaciones de historia del derecho y de sociología jurídica, además algo de antropología jurídica, pero en esta area soy aún muy límitado.

Así que aún y cuando no vivo en USA conozco bien de lo que estoy hablando y no hablo por hablar como lo hace tú que aún y cuando vives en USA no tienes ni la más remota idea de lo que es el derecho y ya te lo he comprobado.



Ya esperaba esto de ti. Cuando no pueden vencer mediante argumentos válidos ni basarse en datos o conocimientos contundentes se escudan en argumentum ad hominem (off topic: este es un buen ejemplo Tobi de razonamientos de este tipo). No voz777 te equivocas mi juicio no esta afectado de parcialidad ya que todo lo que te he dicho lo baso en el derecho y tú todo lo que afirmas está basado en tú ignorancia y prejuicios.



¿Estás seguro? el hecho por el que no puedo (ni quiero) ser jurado en tu país es porque no soy ciudadano de ese país, no por el hecho de mis creencias religiosas; pero nuevamente tu ignorancia te pierde: la religión no es impedimento para fungir como jurado o abogado.



No lo sientas, mejor estudia un poco te tu legislación ya que está diciendo puras barabaridades. En USA, durante un proceso concursal, primero se pagan a los acreedores preferentes y los abogados no son acreedores preferentes, ya deja de decir bárbaridades que sólo estás quedando en rídiculo.

Te recomiendo si quieres aprender un poco para no quedar en rídiculo que leas el Bankruptcy Code, y para demostrar que no tienes ni la más minima idea de lo que afirmas esta ley es federal, o sea es aplicable a todo USA no a determinados estados, si conoces un poco de federalismo sabrás que hay leyes de aplicación local y leyes de apliación federal, o sea que tu argumento sobre que tendrá que conocer yo la forma de cada estado es una mentira tuya nacida de tu ignorancia y de tu desesperación porque deje ventilada tu ignorancia y mala fe.



Entonces en tu país sólo los anticatólicos como tú pueden ser jurados? jajaja. Perón pero me hacen reir tus argumentos. Lo que dices es el colmo de la ignorancia y de la falta de lógica al razonar: LAS DIÓCESIS NO PUEDEN ENCUBRIR A NADIE PORQUE NO SON SERES HUMANOS, Y SÓLO LOS SERES HUMANOS PUEDEN ENCUBRIR A ALGUIÉN. Puede encubrir un obispo pero la diócesis NO. Si este es el caso que demanden a los encubridores pero no a la diócesis; pero tú sabes porque no lo hacen, no lo hacen porque a la diócesis le pueden exigir dinero.



La conozco mejor que tú y me he dado cuenta de ello por tus afirmaciones llenas de ignorancia, ni siquiera conocías el ambito espacial de válidez del Bankruptcy Code, con eso te digo todo. De nada te sirve estar allá pues yo estando en México conozco más de las leyes que te rigen a ti, que íronia.



Este argumento además de ser mentira contradice tu mismo argumento anterior, pues primero dices que se demanda a las diócesis por ser encubridoras y ahora dices que porque son responsables de sus trabajadores; trata de ser coherente al escribir.

Digo que es mentira lo que dices pues no existe ley ni jurisprudencia norteamericana que avale lo que dices. Dime entonces por qué en el sonado caso de pederastía de Michael Jackson no se demandó a su disquera. Piensa lo que escribes. Dime en que ley norteamericana te basas para asegurar que los hechos delictivos de los trabajadores son responsabilidad de sus empleadores; pero dime en cual ya que nunca basas tus argumentos en nada.



Te repito dime a cual ley te refieres ¿o es una que tu imaginación legisló? Es una locura lo que dices, si fuera así ten cuidado ya que si llegaras a tener un empleado doméstico y resulta violador te van a quitar hasta la camisa por las demandas, que locura.



Esta respuesta tuya no tiene nada que ver con mi comentario. Yo te dije que la diócesis al ser demandada, o amenzada con ser demandada, tenía que contratar abogados. Lo peor de todo son dos argumentos aberrantes que defiendes: el primero es que sin ser juzgados ya das por hecho de que son culpables (que bueno que no eres juez) y el segundo es que pienses que se tenga que hacer una retribución económica por un delito. ¿Esa es tu idea de justicia? Si hay delito que vaya a la cárcel el delincuente y no que esten tratando de ganar dinero fácil.



Las demandas no se archivan, se interponen ante el juzgado. Se archivan cuando concluye el proceso. Es mentira que exista un tiempo para demandar en caso de la quiebra, ya que son juicios independientes el de violación a menores que el juicio de quiebra. Lo que hay un tiempo procesal es para que los acreedores deduzcan sus derechos ante el juez de la causa. El tiempo te preocupa a ti pero a ellos no, pues entonces dime por qué pierden tiempo en negociaciones con la diócesis en lugar de denunciar directamente por violación y por encubrimiento, lo que pasa es que si lo hacen lo más seguro es que van a perder la oportunidad de ganarse una jugosa cantidad de dolares.



Son muy "enriquecedoras" tus anecdotas de viajes jajaja; pero si regresamos a nuestro tema tú nunca me has explicado como funciona ninguna ley pues nunca me has hablado de ninguna en especifico y mucho menos la que rige el tema que ahora debatimos, ni siquiera sabías que su ambito de válidez espacial es el federal y te atreviste a decirme que era diferente en cada estado... Yo no necesito examinarme pues te estoy demostrando que conozco de lo que estoy hablando y ya tres veces lo has admitido; pero tu si necesitas aprender a no hablar de lo que ignoras.



Otra vez lo mismo, dime en que ley te basas especificamente para afirmar esta aberración jurídica, según tú la legislación gringa castiga a los empeadores de criminales muertos jajaja, que aburdo tan grande y que mentira tan colosal.



Ah es que vives en el país de tu imaginacióin porque en Estados Unidos las creencias religiosas no son impedimento para ser jurado, ni abogado, ni juez; estudia tu derecho y no digas necedades.



Repito mi pregunta: ¿Cuáles sacerdotes de la diócesis de San Diego han sido encontrados culpables? Si está en internet dimelo.




Pero nuevamente no me respondes, dime en qué te basas para hacer tus afirmaciones de que los abogados cobran millones de dolares. No tengo porque buscarlo yo ya que tu eres el que lo afirmas; pero como siempre nunca sustentas nada de lo que afirmas.



:lol:

Ojalá pudieras ver la risa que me causaste con este comentario. Primero que nada tú tema es sobre la Diócesis de San Diego; pero ahora como tu cifra fue tan ilógica ya metes a todas la del mundo y si hubiera en marte también hubieras hablado de la diócesis de Marte jajaja; pero nunca dices en que te basas para decir que los abogados han cobrado cientos de millones de dolares, DIME EN QUÉ TE BASAS, nunca he visto una aseveración tuya apoyada en datos serios, nunca sólo escribes lo que tus prejuicios e ignorancia te dictan.
Te reitero que conozco más de derecho estadounidense que tú y te lo he demostrado.
Triste es con "s" no con "z".



No has explicado nada, simplemente has escrito incoherencias y mentiras lo que ya he demostrado. Contesta pues ¿por qué las victimas piden dinero a la diósesis si ya te expliqué que una diócesis no puede ser acusada de encubrimiento?



No sientas nada voz777, bueno si siente tu enorme ignorancia pues con decir que estoy permeado de Vaticano no se te quita lo ignorante, mejor estudia y te daras cuenta que estás haciendo el ridiculo, mi conocimiento de derecho es inmensamente mayor al tuyo y ¿sabes por qué? por que tu conocimiento de derecho es nulo.



A un comentario tan directo no pudiste sino contestar con esta salida fácil. Contesta pues porque las presuntas victimas, quienes dejando ver que les interesa ganar dinero y no castigar culpables demandan a la diòcesis como si la diòcesis fuera la pederasta. Es el dinero lo que buscan no la justicia, como ya te lo he venido repitiendo.



Tú no sabes ni de aquí ni de allá ya te demostré que no conocías ni de oídas el nombre de la ley que se aplica en caso de quiebra en tu país, eso demuestra tu enorme ignorancia. Además no contestas mi pregunta, con todo respeto no me interesa ni los sellos de autenticidad ni que no conozcas la ley de México, solamente te pregunté: "y que sabes datos tan exactos dime por cuanto ha sido demandada la diòcesis de San Diego, ya que sabes el valor de algunas de las propiedades de la diócesis te tu ciudad, ¿o es que tambièn te estás inventando ese dato? Ademàs la corte no demanda, demandan las presuntas victimas " No contestas porque no lo sabes simplemente te inventas las cosas.



Primero decías que cobran un porcentaje, ahora dices que cobran por hora. Si no sabes de lo que estás hablando reconocelo, nadie se va a enojar, a lo mejor unos se rien de ti; pero de todos modos desde ahora varios nos estamos rienndo. Ahora dime como es que sabes lo que le cobran los abogados las diócesis. (inventillos te tu imaginación traviesa, jajaja).



Jajaja, extrajudicial aquí en USA y en China significa fuera de juicio y para hacer los arreglos fuera de juicio no hay administraciones ni leyes ni reglamentos, jajaja.



Vamos a ver tú escribiste:



No es mi problema que no sepas redactar y escribas cosas diferentes a las que quieras expresar. OTRA MENTIRA DE VOZ777, creo que en unos pocos mensajes se pordrán contar 777 mentiras. Los acreedores son los que dicen cuales son los bienes del quebrado, si es que éste ha tratado de ocultar alguno. Es un juicio y en los juicios litigiosos como los de este tipo existen dos partes y en este caso la parte acreedora o demandante tiene derecho a decir cuales son los bienes de quien se declara en quiebra. Lee tus leyes para que las comentes sin decir absurdos.



Jajaja extrajudicia significa fuera de juicio, ya te lo dije y se hace antes de empezar el juicio, pues en caso de que el juicio haya empezado aùn cuando haya convenios entre las partes serìa un convenio judicial. Y no no quiero ser abogado, pues abogado ('ad vocare' advocatu ) es el que se dedica a cuidar de los intereses de las partes en litigio, yo soy un jurista dedicado a la investigaciòn acàdemica.



Ni has explicado nada ni me dice que debe restituir la Iglesia y por què debe hacer, ya te expliquè que restituir es devolver, dime què es lo que tiene que devolver la Iglesia.



Tù no tienes nada que disculparme pues todo lo que te he dicho lo he hecho con fundamentos, ademàs no me amenaces pues el ùnico que tiene potestad en el foro para decidir que es insulto y que no lo es insulto es el Webmaster; ademàs por què no dices las veces que en este mensaje tù me llamas ignorante siendo que èl ignorante eres tù y por què no dices que me has acusado de imparcial porque no defiendo tus aportes amarillistas. Decir a alguien mentiroso cuando se le sorprende diciendo una mentira no es insulto es LA VERDAD.



Concedido lo que me pides; pero tambièn te pido que me contestes lo que te pregunto y no te salgas por la tangente; pues en este tema te preguntè varias cosas y no me las contestaste y sobre todo te pido que fundamentes tus aseveraciones. Las preguntas son ¿Por què cantidad se demandò a la diòcesis de San Diego? ¿En què te basas o cómo sabes cuanto están cobrando los abogados? ¿En qué te basas para decir que las diócesis están pagando cientos de millones de dolares en abogados? ¿En que leyes estadounidenses te has basado para decir todas las cuestiones legales que has vertido en esta discución, te lo pregunto pues tu dices conocer el derecho de tú pais?Sobre la longitud de mis respuestas te digo que están dadas dependiendo de lo que tenga que debatir, además como yo si fundamento mis respuestas tienen que ser más largas que las tuyas. Si no me quieres responder yo entenderé que no tienes defensa para lo que te digo y no hay problema aquí discute el que quiere hacerlo a nadie se le obliga.


Saludos


Por lo pronto y para que sigas riendo con ganas, te pego esta información. Si no dominas el Ingles, lo siento. suficiente gente que lo domina lee el foro, y ellos miraran si existen o no variaciones en las leyes estatales en cuanto a bancarrota se refiere.

Ya miraremos si en verdad "sabes" todo, o simplemente eres un graduado de la universidad de "CANTINFLAS".

Recuerda que tu caballito de batalla es que yo soy un metiroso un ignarante y que tu desde haya desde tu pizarrón de pueblo "legislas" todo el globo terrestre incluyendo AMERICA y cada uno de sus estados.


Web posted and Copyright © December 1, 2005, American Bankruptcy Institute.


This month's Update continues the series of articles examining BAPCPA in detail.

Web posted and Copyright © December 1, 2005, American Bankruptcy Institute.

ne of the most talked-about provisions of the Bankruptcy Abuse Prevention and Consumer Protection Act of 2005 (BAPCPA) is its limitation on the homestead exemption. Specifically, newly created 11 U.S.C. §522(p) provides generally that a debtor's claim of homestead is limited to $125,000 in value if the homestead was acquired within 1,215 days pre-petition.

This provision was enacted, in part, to prevent pre-bankruptcy asset planning by which debtors were acquiring homesteads for the primary purpose of taking advantage of certain states' favorable homestead laws. Some states, including Florida, Iowa, Kansas, South Dakota, and Texas, have no cap on the value of a homestead that may be exempted under state law. Whether coincidental or not, several of these jurisdictions have tended to see a pattern of purchases of expensive homesteads made sufficiently in advance of bankruptcy filings to qualify for the state law exemptions.1

In re McNabb
Shortly after the enactment of BAPCPA,2 an Arizona bankruptcy court published an opinion that significantly circumscribed the applicability of the §522(p) limitation. In re McNabb, 326 B.R. 785 (Bankr. D. Ariz. 2005). Under 11 U.S.C. §522, debtors may elect to avail themselves of either the federal exemptions provided in the Bankruptcy Code, or the exemptions available to them under state law, unless the state has passed a law that prohibits such an election. More than two-thirds of the states have "opted out" of the federal exemptions and do not permit such an election. The McNabb court held that the newly enacted $125,000 limitation in subsection (p) only applied in states where the debtor could elect either the federal or state exemptions, and not in states that have "opted out" from the federal exemptions.


The net effect of the McNabb ruling was to render the newly legislated homestead limitation applicable only in Texas and Minnesota—the only two states that have not chosen to opt out of the federal exemptions and that permit homestead exemption claims in excess of $125,000. Notably, based on the McNabb ruling, §522(p) would be inapplicable to Florida, a notorious debtor safe-haven that has an unlimited homestead exemption but has opted out of the federal exemptions.


The basis for Judge Randolph J. Haines' holding in McNabb was his strict reading of §522(p), which states that the $125,000 cap applies only "as a result of electing under subsection (b)(3)(A) to exempt property under state or local law." In opt-out states, however, debtors may not "elect" state exemptions, as those are the only exemptions available to them. Judge Haines found the statutory language unambiguous and, while perhaps a drafting glitch by Congress, it was a flaw for Congress to correct.

Although he found the statutory language clear, Judge Haynes recognized that he could look to the statute's legislative history if his interpretation would lead to absurd results. He concluded, however, that the result espoused by his interpretation was consistent with the pre-BAPCPA statutory scheme that had existed under the Code and its various predecessors. Further, Judge Haines determined the legislative history to be "virtually useless" and said that it provided no clue to the intended significance of the "as a result of electing" language. Finally, Judge Haines concluded that if Congress had intended to apply the cap to all state exemptions, whether by election or by default, in both opt-in and opt-out states, there would have been no need to refer to an election at all. Judge Haines found support for this reading in other provisions of BAPCPA, which apply unambiguously to all state exemptions, regardless of whether or not they resulted from an election. Nonetheless, Judge Haines did acknowledge that "it makes little sense to limit the cap to the few remaining opt-out states, nor to permit debtors to shield assets by obtaining a homestead in some other state merely because that state precludes the alternative of claiming far less generous federal exemptions."

Judge Haines' ruling was supported by a strict application of rules of statutory construction, and certainly noted an obvious flaw in the BAPCPA language drafted by Congress. But this strict reading was not free from doubt, and it set the stage for an inevitable controversy over interpreting and applying the amendments and legislative history.

In re Kaplan
On Oct. 6, 2005, a Florida bankruptcy court issued an opinion contrary to McNabb, holding that the $125,000 homestead exemption cap contained in §522(p) applies to all state law homestead exemptions regardless of whether it was the debtor or the state legislature that elected state law exemptions. In re Kaplan, 331 B.R. 483 (Bankr. S.D. Fla. 2005). In Kaplan, Judge Robert A. Mark acknowledged the drafting flaw in §522(p) noted by Judge Haines, but focused heavily on the legislative intent of Congress. Judge Mark remarked that the statutory language regarding "electing" state law exemptions was ambiguous as to whether it was meant to refer specifically to the debtor's election, or was meant to apply to debtors who were utilizing the state law exemptions under §522(b)(3), whether they had a choice or not. Judge Mark explained that even if a strict reading of the statute appeared to limit the homestead exemption cap to non-opt-out states, the legislative history of BAPCPA should still be considered, since contrary legislative intent is clearly expressed.

Unlike Judge Haines, who in McNabb stated that the legislative history "is virtually useless as an aid to understanding the language and intent," Judge Mark noted several passages in the legislative history that, in the aggregate, overwhelmingly reflect Congress' intent that the homestead exemption cap should apply without qualification to all state law exemptions. Ultimately, Judge Mark ruled that the $125,000 homestead cap did apply to debtors who purchase homesteads in Florida within 1,215 days pre-petition. Finally, Judge Mark noted that in the near future, courts would have to deal with "the scores of other issues arising under [BAPCPA]" and hoped that courts in Florida would rule uniformly to enforce the homestead exemption cap for debtors who purchased homesteads within 1,215 days pre-petition.

In re Virissimo
Only weeks later, another court jumped into the fray. On Oct. 31, 2005, a Nevada bankruptcy judge issued an opinion in In re Virissimo, __ B.R. __, 2005 WL 2854341 (Bankr. D. Nev. 2005), which, like Kaplan, concludes that the homestead cap applies in all states, not just the opt-out states. In Virissimo, Judge Linda B. Riegle found that the "electing" language of 11 U.S.C. §522(p) can be construed as referring to the election to claim property as exempt. To the extent the statute is ambiguous, she found, as Judge Mark did in Kaplan, that the legislative history clearly demonstrates an intention to apply the cap to all debtors, not just those who reside in the opt-out states. In light of the conflict with McNabb, the bankruptcy court has certified the Virissimo decision for direct appeal to the Ninth Circuit Court of Appeals under the new provisions added to 28 U.S.C. §158(d) authorizing such certifications. In re Virissimo, ___ B.R. ___, 2005 WL 2854376 (Bankr. D. Nev. 2005). In looking to see which interpretation may hold sway in the higher courts, it may be worthwhile to review the recent Supreme Court decision in Exxon Mobil Corp. v. Allapattah Services Inc., 125 S.Ct. 2611 (2005), which dealt with a similar issue of reconciling a statute with its legislative history. The Allapattah case coincidentally was decided on June 23, 2005, the same day as the decision in the McNabb case. The Supreme Court was confronted with a similar scenario where the plain language of a statutory amendment (in this case, dealing with the law of supplemental jurisdiction) appeared to mandate a result different than that which the legislative history suggested was intended.

In Allapattah, the amended statute omitted one of the exceptions to supplemental jurisdiction contained in the original statute, so that the language of the amended statute appeared to expand supplemental jurisdiction over a category of actions that had been excluded under prior case law. The legislative history, on the other hand, indicated that Congress intended the amendment only to address "one small change" to existing practice, much narrower than what would be caused by giving effect to the plain language. A 5-4 majority of the Supreme Court concluded that the statute was not ambiguous and rejected "at the very outset" the notion that the court should "look to other interpretive tools, including the legislative history." It went on to criticize legislative history as "often murky, ambiguous and contradictory," with a tendency to be an exercise in "looking over a crowd and picking out your friends." The Supreme Court accordingly gave effect to the "plain text" of the statute, notwithstanding that it appeared to be inconsistent with the result suggested by the legislative history.

It would be interesting to see whether the Supreme Court would likewise find the language of §522(p) to be unambiguous, as Judge Haines did in McNabb. If so, the Allapattah decision would suggest that the court should not even consider the legislative history giving rise to its passage and instead conclude, as in Allapattah, that if there was an "unintentional drafting gap...it is up to Congress rather than the courts to fix it." On the other hand, if the Supreme Court found the language of §522(p) to be ambiguous, as the judges did in Kaplan and Virissimo, then it would evaluate whether the statute should be interpreted to implement congressional intent to limit homestead exemptions even in opt-out states such as Florida.

Conclusion
Congress wanted to create a uniform federal exemption law to limit the homestead exemption for debtors that purchased a homestead within 1,215 days pre-petition, and to take away debtors' ability to seek refuge by purchasing homesteads in states with favorable homestead exemption laws. Due to flawed legislative drafting, however, Congress merely shifted that advantage to those jurisdictions that do not permit an election between state and federal exemptions—or, at least, those whose courts will interpret §522(p) strictly without looking to legislative intent. While Florida and other jurisdictions with favorable homestead exemptions may no longer be a debtors' paradise for some, they can still be for others, and bankruptcy judges and litigants alike around the country are left wrestling with the unclear state of the law regarding this issue. Congress has created uniformity—a uniform mess.


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Footnotes
1 For instance, Article X, §4 of the Florida Constitution permits the owner of a homestead to claim the entire value of the homestead as exempt, subject only to limitation as to the physical size of the property and the requirement that the property be intended for use as the debtor's residence. Under pre-BAPCPA law, the debtor could take advantage of the Florida exemption as long as his or her domicile had been in Florida for 180 days prior to filing, or for a longer portion of the prior 180 days than in any other place. 11 U.S.C. §522(b)(2)(A). Return to article

2 Most BAPCPA amendments become effective in cases filed on or after Oct. 17, 2005, 180 days after its enactment. However, there are exceptions to the general rule, including §522(p), which applies to all cases filed on or after the date of enactment, April 20, 2005. Return to article


Te ayude poquito coloreando y aliniando algunas palabras claves de los primeros parrafos, mismas que se repiten en todo el reporte. Aqui solo habla de Homestead [propietades, lotes, etc] despues si no me da pereza te pongo las variaciones en leyes de manutencion y pago estudiantiles. eso si me da el sentir.

Por lo pronto "ajajajajajajteate" con esto.!

Sinceramente tuyo voz777.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Aqui solo habla de Homestead [propietades, lotes, etc]
"Homestead" no son "propiedades, lotes, etc.". Legalmente, "homestead" es la propiedad designada por el propietario como su propia vivienda, propiedad que es protegida para que el deudor no se quede de patitas en la calle si es que se declara en bancarrota.

Tengo entendido (y si no que Clemente me corrija) que dado que la demandada es la diócesis (una persona jurídica) y no un individuo (una persona natural) la figura de "homestead exception law" no aplica (sería absurdo declarar que la diócesis tiene una propiedad como "su hogar")
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

"Homestead" no son "propiedades, lotes, etc.". Legalmente, "homestead" es la propiedad designada por el propietario como su propia vivienda, propiedad que es protegida para que el deudor no se quede de patitas en la calle si es que se declara en bancarrota.

Tengo entendido (y si no que Clemente me corrija) que dado que la demandada es la diócesis (una persona jurídica) y no un individuo (una persona natural) la figura de "homestead exception law" no aplica (sería absurdo declarar que la diócesis tiene una propiedad como "su hogar")

Mi español no es el mejor, pero Clemente dice que no exiten diferencias ni variaciones en los estados, ya miramos que muchos estados han decidido hacer "wipe out" la ley federal y poner la suya propia. Asi que por mucho que te ayude Clemente, de cualquier manera de fallarón sus "folletitos" de la UNAM.

"wipe out" significa: Borrar, no tomar en cuenta, deshecharlos, 'ni mirarlos siquiera" Otra descipción sería "borrados de la memoria" Lo siento Clemente!!!


En esta materia te has sacado un cero. Pero si un 10 en mucho parrlotello!
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Otra materia donde vas a tener que estudiar mucho, si no quieres que te repruebe es en la leyes de liabilidad en AMERICA.


Tu me acusas de mentiroso, inventador, ignorante y no se cuantas mas, y dices que TU eres un jurista que sabe todo de "comun law" y "Folklaw" y me dice que miento al decir que los empleadores en AMERICA son responsbles por actos de sus empleados.


Si no dominas el ingles, tu computador viene con un traductor. Y no te preocupes, bastantes foristas leen el foro y sabran si eres un experto en "comun law" o si eres un graduado de la 'CANTINFLAS UNIVERSITY"

He aqui, la ley en New Mexico, uno de los estados de AMERICA. La mayoría de los estados tienen las mismas leyes, aunque algunos de ellas mas severas.


Recuerda, tu dijiste que me "patina el coco" y que de ignorancia me como 10 tacos.







EMPLOYER LIABILITY FOR EMPLOYEE CONDUCT:
When Does An Employer Have to Pay?


by
Lisa Mann
Modrall, Sperling, Roehl, Harris & Sisk, P.A.




Employers are well familiar with the fact that they are being sued for the acts of their employees. In increasing numbers of cases, however, employers are being confronted with lawsuits against their employees. The employees then usually turn to the employer, requesting the employer to pay for the defense of the lawsuit and, if an adverse result ensues, for any damages assessed against the employee. Such expenses can obviously mount into high dollar figures. When will an employer be liable for the acts of its employees? When does an employer have to provide its employees with the costs of defense? When does the employer have to indemnify the employee for any adverse judgment? These questions are, unfortunately, not always susceptible to simple answers.

Employer Liability for the Acts of Employees

New Mexico law provides that an employer will be held liable for the acts of its employees when those acts are within the course and scope of employment. The New Mexico Uniform Jury Instruction, given in all such cases where this is an issue, defines an act as falling within the "scope of employment" if:

(1) It was something fairly and naturally incidental to the employer's business assigned to the employee; and

(2) It was done while the employee was engaged in the employer's business with the view of furthering the employer's interest and did not arise entirely from some external, independent and personal motive on the part of the employee.

UJI 13-407 NMRA 1998. Thus, a bar was held liable when its doorman employee assaulted a patron in the bar parking lot. Medina v. Graham's Cowboys, Inc., 113 N.M. 471, 827 P.2d 859 (Ct. App. 1992).

Not every act of an employee is necessarily taken in the course and scope of his or her employment. For example, a hotel escaped liability when an on-duty employee sexually assaulted a child on the hotel premises. The New Mexico Court of Appeals recognized that an innkeeper/employer was not an insurer of a patron for injuries inflicted by an employee. In that case, it was clear that the employee had acted outside the scope of his employment, so the employer could not be held liable for the employee's wrongful acts.

Whether or not the employer is held liable for the wrongful acts of its employee, the employer may be requested to provide a defense for an employee who is sued individually (with or without the employer), and may be asked to pay any judgment obtained against the employee. New Mexico law does not require private employers to provide a defense or to indemnify employees who are sued for acts alleged to have occurred in the course and scope of employment. Nevertheless, there are good reasons for employers to consider providing a defense and/or indemnification to their employees.

First, when management employees are sued for actions taken in the course of their employment, the employer may feel that it is simply unfair to expect the employee to defend himself or herself against the litigation. As an example, if a personnel director is sued for having terminated a former employee, the employer may choose to provide a defense for the personnel director, who terminated the former employee at the direction of management. In that case, the interests of the employer and the personnel director are clearly aligned, whether the employer is named in the lawsuit or not.

Conversely, however, when a supervisor is sued for sexually harassing a subordinate employee, the employer may refuse to provide a defense and would refuse to indemnify the supervisor in the event an adverse judgment is obtained. Even in California, which requires employers to defend and indemnify employees, the employer is not required to indemnify a sexual harasser, even if the alleged acts occurred during work hours and on the employer's premises. The California court's reasoning is consistent with New Mexico law concerning the course and scope of employment: requests for sexual favors and inappropriate touchings are motivated for strictly personal reasons completely unrelated to the performance of the employee's job. For those reasons, sexual harassment is uniformly found to be conduct outside the scope of employment.

The question whether an employee's conduct occurs within the course and scope of employment also arises when an employer makes a claim that insurance coverage applies for the defense and/or indemnification of pending litigation. In one case from Ohio, Mumford v. Interplast, Inc., 696 N.E.2d 259 (Ohio App. 1997), for example, a group of employees went to a bar after work. The employees used company credit cards to buy drinks for Mumford, an under-age employee; then one of the employees took Mumford to a hotel and attempted to have sex with her. The same employee then took Mumford back to her car, which was parked at the company parking lot, and instructed her to remove her car from the parking lot, even though he knew she was intoxicated. Mumford took her car out of the parking lot and hit a utility pole, sustaining injuries. She sued the employees and her employer who, in turn, sued its insurance company, claiming that the insurance company had a duty to defend and indemnify the employer and its employees under a comprehensive business liability policy. The insurance company denied liability for defense or indemnification, on the grounds that the complaint failed to establish that the employees committed any negligent acts within the scope of their employment. The court agreed that the fact that the individually named employees paid for their drinks with a company credit card was insufficient to establish that the acts were within the scope of their employment. Accordingly, the individual employees were not "insureds" as defined under the insurance policy, and the insurance company had no duty to defend or indemnify them. Similarly, the insurance company had no duty to defend or indemnify the employer for Mumford's injuries as a result of her automobile accident, because her travel from her place of employment, hours after her work shift ended, was not related to her employer's business. 696 N.E.2d at 266-67.

Conversely, in Parish of Christ Church v. Church Ins. Co., 166 F.3d 419 (1st Cir. 1999), a church parish sought insurance coverage for an action brought by an ex-employee claiming defamation, invasion or privacy and employment discrimination in connection with the termination of her employment. The insurance policy excluded personal injury as a result of an offense "directly or indirectly related to the employment" of the person injured. The court found no duty to defend or indemnify, because it found that defamatory statements providing an explanation for termination or directed to performance were "related to" employment. Accordingly, the policy exclusion precluded insurance coverage and the insurance company had no duty to defend or indemnify the church parish in connection with the ex-employee's litigation against her employer. 166 F.3d at 421.

In dealing with insurance questions, the courts distinguish between the duty to defend and the duty to indemnify, finding the duty to defend broader and more easily implicated than the duty to indemnify. In one case from Florida, for example, an employer sued its insurer for its failure to defend and indemnify under a general liability insurance policy. The plaintiff sued the employer for injuries sustained when one of the employer's employees got into a fistfight during business hours. The appellate court found that there was no duty to indemnify the employer because the fistfight was an intentional battery that was motivated by purely personal concerns. The appellate court did not disturb the lower court's finding that because the complaint alleged that the employee was acting within the course and scope of employment, the insurance company had breached its duty to provide a defense to the employer.

The question of whether insurance coverage is available for employment-related claims necessarily involves an examination of the kind of insurance coverage purchased by the employer. The newer Employment Practices Liability Insurance policies are designed to provide coverage for various types of employment-related conduct. Even these policies, however, may contain exclusions for acts committed with dishonest, fraudulent, criminal or malicious purpose or intent, and/or punitive damages. Alternatively, an employer may seek coverage under commercial general liability ("CGL") policies or employers' liability policies. These policies also may contain exclusions or definitions that preclude coverage for employment-related claims. Thus, the covered entity may be construed as excluding individual employees, but including the employer itself.

In one case, for example, an employee sued her employer and its president for sexual harassment committed by the president. The company then sought coverage for defense and indemnification for itself and its president under its CGL and employers' liability policies. The court agreed that the CGL policy did not cover the claims, because of an exclusion for bodily injury to an employee arising out of and in the course of his employment. However, under the employers liability insurance policy, the insurer was required to pay all sums the employer was required to pay as damages because of bodily injury to the employer's employees. The policy excluded "bodily injury intentionally caused or aggravated by you," and "damages arising out of ... harassment, ... discrimination against or termination of any employee[.]" Because there was no evidence that the employer intended to harass the plaintiff, and liability was imposed on the employer for a hostile work environment, the court found that the employers' liability policy exclusion did not specifically exclude coverage for vicarious liability resulting from hostile workplace sexual harassment. Accordingly, the court found it reasonable for the employer to expect coverage for its vicarious liability resulting from the intentional torts of its employee. Although the court found that there was no coverage for any liability found against the company president for harassment, the insurer did have a duty to defend both the company president and the company, because the duty to defend was broader than the duty to indemnify. Schmidt v. Smith, 684 A.2d 66, 76-77 (N.J. Super. 1996), aff'd, 713 A.2d 1014 (N.J. 1998).

Private employers faced with litigation against employees are well-advised to place their insurance carriers on notice immediately of the existence of such claims. Even when they have done so, the employer may well have to decide whether it will provide a defense and/or indemnify the employee, assuming insurance coverage may not be available. Even when employers believe that they want to defend their employees, they should consider informing those employees that the employer reserves the right not to pay any judgment, or to seek reimbursement for attorneys' fees. Such a "reservation of rights" letter may be essential, in the event an adverse judgment ultimately results.

New Mexico Public Employers Must Defend and Indemnify

The New Mexico Tort Claims Act requires public employers to provide "a defense, including costs and attorneys' fees, for any public employee" whose liability is sought for a tort or constitutional violation committed by the public employee while acting within the scope of his duty. § 41-4-4(B) NMSA (1999 Supp.). The same Act also requires the employing governmental entity to pay any judgment or settlement entered against a public employee for tort or constitutional violation, if the employee was acting within the scope of his duty, § 41-4-4(D), and even to pay an award of punitive damages, subject to the same qualification. § 41-4-4(C). These duties (defense and indemnification) continue even after employment has terminated, if the events on which liability is based occurred during the employee's period of employment. § 41-4-4(G), (H).

To enable governmental entities to indemnify and provide a defense as required under the Tort Claims Act, the statute provides for the creation of a public liability fund to be overseen by State Risk Management. NMSA §§ 41-4-23 - 41-4-25. That public liability fund covers the risks specified in the Tort Claims Act. State Risk Management is then charged with overseeing the public liability fund. NMSA §§ 15-7-2, 15-7-3; 41-4-23 - 41-4-25.

Because the public employer's duty to defend and indemnify its employees is specified by statute, there is usually little controversy over whether the New Mexico public employer must provide a defense to an employee. In one case, however, San Miguel County brought an action against its sheriff, and the sheriff asserted that the County was liable for his attorneys' fees in defending against the action, relying on the New Mexico Tort Claims Act. Bd. of County Commissioners of San Miguel County v. Risk Management Div., 120 N.M. 178, 899 P.2d 1132 (1995). The New Mexico Supreme Court found that the Tort Claims Act did not apply, because by its terms, it was the exclusive remedy for actions for damages against the government. Accordingly, the Act did not interfere with "the traditional right" to bring an action against a government official for failure to perform a required duty, and the sheriff had no right to a defense or indemnification by State Risk Management. 120 N.M. at 181, 899 P.2d at 1135.

As in the private employer context, the question that is more likely to arise is whether the employee was acting within the scope of his duty. That question frequently arises in cases analyzing whether the Tort Claims Act's waiver of immunity applies. In those cases, an injured plaintiff seeks to impose liability on a governmental entity and/or its employee for the acts of the employee. Because the New Mexico Tort Claims Act does not waive sovereign immunity for acts taken by state employees that are not within the scope of their duties, the governmental entity may seek to dismiss the claim on the grounds that sovereign immunity was not waived for that act. For example, in Rivera v. New Mexico Highway and Transportation Dep't, 115 N.M. 562, 855 P.2d 136 (Ct. App.), cert. denied, 115 N.M. 545, 854 P.2d 872 (1993), a construction company employee brought a claim against the State Highway and Transportation Department to recover for injuries sustained when he was struck by a vehicle on the highway after the Department's employee threw container of water on him, in violation of the Department's rules prohibiting horseplay. In that case, the Court found that the employee's horseplay did not take place in the course and scope of his employment, because it could not "be seen as remotely furthering the employer's interest". 115 N.M. at 565, 855 P.2d at 139.

Similarly, when an off-duty policeman began chasing an automobile many miles from his precinct, pulled that automobile over by showing his police badge and rifle and then, drove the vehicle without headlights through a fence and into a field, wrecking it and injuring one of the passengers, it was clear that the police officer's conduct was not authorized. Nevertheless, the New Mexico Court of Appeals held that the employee's action, even if unauthorized, would be considered to be in the scope of employment if it:

(1) is the kind the employee is employed to perform;

(2) occurs during a period reasonably connected to the authorized employment period;

(3) occurs in an area reasonably close to the authorized area, and

(4) is actuated, at least in part, by a purpose to serve the employer.

Because application of these factors made it clear that no reasonable jury could conclude that the police officer was acting within the course and scope of his employment when he terrorized the automobile driver and passengers, the court dismissed the claim against the city that employed the police officer.


CONCLUSION

Imposition of liability on employers for the acts of their employees typically turns on whether the employees' actions were taken within the course and scope of employment. That question is not always easily resolved. Sometimes it is necessary to provide a defense to the employee, even when it is ultimately decided that the employee was not acting within the course and scope of employment. By doing so, however, the employer may be able to avoid the adverse consequence of having the employee fail to defend against the lawsuit and adverse findings being made that bind the employer as well. Private employers should review insurance coverage available to them for employment related claims, and consider whether that insurance is adequate. Public and private employers alike should review whether their training adequately informs public employees of prohibited conduct in the workplace.



Lo bueno es que tienes un gran sentido del humor, y se que con esto tambien te "carcajajajajajajareas".


Salud!

P.D. Despues te doy los datos que me pides.....los cuales por pereza en tus dedos no quieres encontrar, estan todos en el internet.

Lo siento si soy muy "INCLEMENTE" contigo "Clemente".
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Mi español no es el mejor, pero Clemente dice que no exiten diferencias ni variaciones en los estados, ya miramos que muchos estados han decidido hacer "wipe out" la ley federal y poner la suya propia.
Lo que Clemente ha dicho es que hay leyes de aplicación federal y de aplicación local, y que los únicos competentes para conocer de procesos de quiebras son los juzgados federales y no los locales. Y lo que has puesto:

Under 11 U.S.C. §522, debtors may elect to avail themselves of either the federal exemptions provided in the Bankruptcy Code, or the exemptions available to them under state law, unless the state has passed a law that prohibits such an election. More than two-thirds of the states have "opted out" of the federal exemptions and do not permit such an election.

significa que los deudores puede elegir entre las excepciones federales o las excepciones permitidas bajo la ley del Estado a menos que el Estado prohiba esa elección. La norma federal es esa, por tanto cada Estado está facultado para permitir o no a los deudores las excepciones federales. Acá no hay ningún "wipe out", la misma ley le permite a los Estados decidir cómo aplicar la norma de excepciones de homestead.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Vaya, vaya

Not every act of an employee is necessarily taken in the course and scope of his or her employment. For example, a hotel escaped liability when an on-duty employee sexually assaulted a child on the hotel premises. The New Mexico Court of Appeals recognized that an innkeeper/employer was not an insurer of a patron for injuries inflicted by an employee. In that case, it was clear that the employee had acted outside the scope of his employment, so the employer could not be held liable for the employee's wrongful acts.
Un hotel no fue encontrado responsable cuando un empleado del hotel abusó sexualmente de un niño en el mismo hotel porque el empleado actuó fuera del ámbito de sus funciones. ¿Por qué entonces las diócesis sí son encontradas responsables por los actos de los sacerdotes abusadores, a pesar de que ellos -los abusadores- actuaron fuera del ámbito de sus funciones?

Esta vez te ha salido el tiro por la culata.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

voz777 escribió:


Por lo pronto y para que sigas riendo con ganas, te pego esta información. Si no dominas el Ingles, lo siento. suficiente gente que lo domina lee el foro, y ellos miraran si existen o no variaciones en las leyes estatales en cuanto a bancarrota se refiere.

Si domino el inglés no te preocupes; aunque te advierto que también el francés y el italiano y los próximos aportes te los voy a hacer en una de esas dos lenguas y te voy a decir que lo siento mucho si no le entiendes, ¿Te parece equitativo?

Aunque antes de que comience a dar respuesta a tu comentario sobre el pegote que pusiste y que por supuesto no entendiste, ya que no sabes ni siquiera la diferencia entre derecho sustantivo y derecho procesal y mezclas a tu antojo dejando que tu ignorancia sea vista a la luz de todos; antes de comentar lo que no entiendes voy a pedirte lo que tu me exigiste: primero contesta lo que te escribí en mi mensaje anterior y especial y específicamente las preguntas que no me has contestado desde varios mensajes antes y que te las puse todas juntas al final de mi mensaje anterior, ¿de acuerdo?

Ah dale una revisada a la ley que te comenté antes puede que antes de que comente lo que pegaste rectifiques tus errores.

Tengo 10 en parloteo con bases jurídicas y tu 10 en copy and paste, sólo que te faltó entender que es lo que copiaste y pegaste.
Eleassar escribió:

"Homestead" no son "propiedades, lotes, etc.". Legalmente, "homestead" es la propiedad designada por el propietario como su propia vivienda, propiedad que es protegida para que el deudor no se quede de patitas en la calle si es que se declara en bancarrota.

Tengo entendido (y si no que Clemente me corrija) que dado que la demandada es la diócesis (una persona jurídica) y no un individuo (una persona natural) la figura de "homestead exception law" no aplica (sería absurdo declarar que la diócesis tiene una propiedad como "su hogar")

voz777 contestó
Mi español no es el mejor, pero Clemente dice que no exiten diferencias ni variaciones en los estados, ya miramos que muchos estados han decidido hacer "wipe out" la ley federal y poner la suya propia. Asi que por mucho que te ayude Clemente, de cualquier manera de fallarón sus "folletitos" de la UNAM.

"wipe out" significa: Borrar, no tomar en cuenta, deshecharlos, 'ni mirarlos siquiera" Otra descipción sería "borrados de la memoria" Lo siento Clemente!!!
En esta materia te has sacado un cero. Pero si un 10 en mucho parrlotello!

Eleassar:
Simplemente no entendió lo que le preguntaste, claro que este señor que se hace llamar voz777 ignora lo que es una persona moral y una física, ya se lo he venido repitiendo desde que dice que una diócesis puede encubrir a alguien, ya le expliqué eso pero no lo entiende. Ahora como no supo de que le estabas hablando te contesta que su español no es el mejor jajaja.

Claro que existen bienes inembargables UNICAMENTE PARA LAS PERSONAS FISICAS como son los necesarios para subsistir; pero este señor no sabe la dierencia entre una cosa y otra por eso mezcla un escrito en el que se habla de excenciones para personas física y lo quiere aplicar a las personas morales como lo es la diócesis que él comenta.

Es lo malo de hablar si saber nada del asunto, fijate que no supo que la legislación en materia de bancarrota es federal y cree que con el escrito que sacó destinados a bancarrotas de personas físicas triunfa en el debate.

Saludos.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Vaya, vaya


Un hotel no fue encontrado responsable cuando un empleado del hotel abusó sexualmente de un niño en el mismo hotel porque el empleado actuó fuera del ámbito de sus funciones. ¿Por qué entonces las diócesis sí son encontradas responsables por los actos de los sacerdotes abusadores, a pesar de que ellos -los abusadores- actuaron fuera del ámbito de sus funciones?

Esta vez te ha salido el tiro por la culata.


Oh que notición....Acaso sera porque el hotel no sabía en este caso del comportamiento sexomaniatico del empleado. A diferecencia de las cinco diocesis en debatate en las cuales hubo enubrimiento y un "movimiento sacerdotal de capilla en capilla" para PROTEJERLOS.


Ahora me toca ami reir. ja.....ja...jajjjjjjjjjjjjjjjjjjjjjjjjjjjaaaaaaaaaaaaaajajajjjajjja.


Ademas si vas a ser el traductor oficial, tienes que traducir todos lo textos. Sino mejor no te contrato! Esa mania de traducir solo segmentos que a parecer convienen, se llama "triquiñela" .......sera que este comportamiento se aprende de los "guias espirituales?
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Oh que notición....Acaso sera porque el hotel no sabía en este caso del comportamiento sexomaniatico del empleado. A diferecencia de las cinco diocesis en debatate en las cuales hubo enubrimiento y un "movimiento sacerdotal de capilla en capilla" para PROTEJERLOS.
El detalle es que en encubrimiento no se ha demostrado en todas las diócesis. Y aún cuando hubiera habido encubrimiento, habría tenido que hacerse una denuncia penal ante el encubridor (en este caso el obispo de la diócesis) en lugar de una demanda judicial a la diócesis misma.

La cuestión sigue dando que pensar. Si un hotel no es legalmente responsable de un abuso sexual cometido por uno de sus empleados en horas de trabajo y en el mismo hotel, ¿por qué se pretende que las diócesis sí lo sean?
Esa mania de traducir solo segmentos que a parecer convienen, se llama "triquiñela"
Te recuerdo que esos textos los pusiste tú. Yo he seleccionado los textos que se contradicen con lo que tú mismo afirmas y los he traducido para que quede clara mi argumentación. Los textos están ahí para el que quiera revisarlos.
.......sera que este comportamiento se aprende de los "guias espirituales?
Lo único que has demostrado en este post es que eres incapaz de rebatir los puntos que he mencionado. Insisto, te salió el tiro por la culata.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

Claro que existen bienes inembargables UNICAMENTE PARA LAS PERSONAS FISICAS como son los necesarios para subsistir; pero este señor no sabe la dierencia entre una cosa y otra por eso mezcla un escrito en el que se habla de excenciones para personas física y lo quiere aplicar a las personas morales como lo es la diócesis que él comenta.
Queda claro entonces que sólo una persona natural (o física) puede declarar un bien inmueble como inembargable bajo la "homestead exception law", mientras que una persona jurídica (o moral) no puede hacerlo.

Muchas gracias por la clarificación.
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

voz777 escribió:




Si domino el inglés no te preocupes; aunque te advierto que también el francés y el italiano y los próximos aportes te los voy a hacer en una de esas dos lenguas y te voy a decir que lo siento mucho si no le entiendes, ¿Te parece equitativo?

Aunque antes de que comience a dar respuesta a tu comentario sobre el pegote que pusiste y que por supuesto no entendiste, ya que no sabes ni siquiera la diferencia entre derecho sustantivo y derecho procesal y mezclas a tu antojo dejando que tu ignorancia sea vista a la luz de todos; antes de comentar lo que no entiendes voy a pedirte lo que tu me exigiste: primero contesta lo que te escribí en mi mensaje anterior y especial y específicamente las preguntas que no me has contestado desde varios mensajes antes y que te las puse todas juntas al final de mi mensaje anterior, ¿de acuerdo?

Ah dale una revisada a la ley que te comenté antes puede que antes de que comente lo que pegaste rectifiques tus errores.

Tengo 10 en parloteo con bases jurídicas y tu 10 en copy and paste, sólo que te faltó entender que es lo que copiaste y pegaste.
Eleassar escribió:



voz777 contestó


Eleassar:
Simplemente no entendió lo que le preguntaste, claro que este señor que se hace llamar voz777 ignora lo que es una persona moral y una física, ya se lo he venido repitiendo desde que dice que una diócesis puede encubrir a alguien, ya le expliqué eso pero no lo entiende. Ahora como no supo de que le estabas hablando te contesta que su español no es el mejor jajaja.

Claro que existen bienes inembargables UNICAMENTE PARA LAS PERSONAS FISICAS como son los necesarios para subsistir; pero este señor no sabe la dierencia entre una cosa y otra por eso mezcla un escrito en el que se habla de excenciones para personas física y lo quiere aplicar a las personas morales como lo es la diócesis que él comenta.

Es lo malo de hablar si saber nada del asunto, fijate que no supo que la legislación en materia de bancarrota es federal y cree que con el escrito que sacó destinados a bancarrotas de personas físicas triunfa en el debate.

Saludos.



No te preocupes por lo de los idiomas, Me encanta que domines otros idiomas. Te felicito. Yo por mi parte solo hablo ingles y español asi como algo de idoma nativoamericano y tambien unas pocas palabras de nahuatl.

no traduce que solo traduce segmentitos de los aportes, los cuales parecen darle al "traductor" la razon.

Se dice: "coyotlaca". Derivado de "coyotl" o "coyotle"....A proposito y ya que nos estamos haciendo buenos amigos me podrias dar un sitio de internet donde pueda aprender nahuatl.......aunque he oido hablar a Rusos, chinos, Polacos, franceses, Suecos y una largo etcetera, la lengua que mas me gusta es el nahuatl. No sabes nahuatl?

Por la informacion que me pides:

"No os apergamineis epidermis antigua!...que os deseo para redoblante!"

traducción: !!No te arruges cuero viejo que te quiero pa' TAMBOR!!....pronto la tendras!.

hata luegito......chao!
 
Re: !Miren que "frutos dignos de arrepentimiento!!

[
QUOTE=Elessar;385023]El detalle es que en encubrimiento no se ha demostrado en todas las diócesis. Y aún cuando hubiera habido encubrimiento, habría tenido que hacerse una denuncia penal ante el encubridor (en este caso el obispo de la diócesis) en lugar de una demanda judicial a la diócesis misma.


El detalle es que en las diocesis que se han declarado en bancarrota, si hubo encubrimiento. Yo nunca he dicho que en todas, o sea las otras 180 diocesis que tienen demandas por abuso sexual. Yo no estoy hablando de las otras 175 sino solamente de estas cinco que si se tenia conocimiento previo por ofiicales de la diocesis. Las otras 175 han sido mas honestas, Ya que la gran mayoria ha hecho lo necesario para arreglar lo desarreglado. [no se como decirlo, ya que yo crei que se decia restituir. Clemente dice que la palabrita esta mal, le voy a hacer caso]


Con respecto al porque no se demanda al encubridor o al pertetador etc. es por la sencilla razón de que la Iglesia Católica esta registrada como una incorporación. Si estuvise registrada como un "Solo Propietario" entonces el encargado de la diocesis seria el demandado.

Las entidades se pueden registrar ya sea como:

Incorporación [INC]
Compañia de liabilidad limitada [LLC]
Entidad Corporativa
O Propietario Individual

La razón por la cual se demanda a la diocesis, es debido al articulo de incorporación. No se si podra cambiar a una liabilidad limitada despues de tantos escandolos. Por lo pronto no creo que lo permitan.

Luego la dioceis es la que licencia a los ministros, o sea que tanto por ley labor, como por el articulo de incorporación es la cara del negocio. Lo siento.

Quizá necesiten un cambio de abogados que le ayuden a registrase de una manera menos riegosa.


La cuestión sigue dando que pensar. Si un hotel no es legalmente responsable de un abuso sexual cometido por uno de sus empleados en horas de trabajo y en el mismo hotel, ¿por qué se pretende que las diócesis sí lo sean?


Por la manera en que el hotel este registrado primeramente, y segundo porque no existía complicidad, digamos del vigilante. Asi de sencillo



Te recuerdo que esos textos los pusiste tú. Yo he seleccionado los textos que se contradicen con lo que tú mismo afirmas y los he traducido para que quede clara mi argumentación. Los textos están ahí para el que quiera revisarlos.

Esta bien, no se contradice, sino que en esa ocasión la corte decidio a favor del hotel. abajito de ese texto puedes leer otro caso donde el empleador y su aseguranza si fueron declarados resposables. Si eres honesto no puedes negarlo.

[
QUOTE]Lo único que has demostrado en este post es que eres incapaz de rebatir los puntos que he mencionado. Insisto, te salió el tiro por la culata.[/QUOTE


No realmente lo unico que demuestra es que tu no sabes como se registra una entidad y el limete de su liabilidad. Esto tambien lo ignora nuestro mutuo amigo Clemente.

Ya me empieza a preocupar Clemente, sinceramente creo que es un buen estudiante. A lo mejor y necesita cambiarse de colegio. Creo que donde esta, solo le estan "chupando" su beca.

Creo que lo voy a mandar a la Oficina de Orientacion Vocacional.


Hasta mañana y no te olvides de decirle a san jorge bendito que cuide a sus animalitos. :Zzzz:

voz