El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Para agradar al Emperador. Así de simple.
Buen ejercicio de "logica".

Solo que, con la misma lógica debes preguntarte:
Si el primado de la Sede Romana se basaba en la sucesión petrina y que eso era admitido por toda la cristiandad, ¿por que y para que se promulgó el canon tercero de Constantinopla?
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Luis Fernando dice:
En Nicea no se nombra siquiera a Constantinopla en los cánones. Sólo se habla de la jurisdicción de Alejandría y Antioquía (usando Roma como referencia) y se eleva a la condición de patriarcado a la iglesia de Jerusalén, que hasta entonces había estado bajo la jurisdicción del metropolitano de Cesárea (la razón es que tras la destrucción de Jerusalén en el siglo I, allá no quedó iglesia alguna y no fue hasta finales del siglo II cuando vemos a un obispo de Jerusalén participando en sínodos)

Es cierto. Aunque como bien citaste, la Iglesia de Jerusalen estuvo sin un obispo debido a las persecuciones romanas y judias. Recordemos que no fue sino hasta la segunda diaspora y la caida del movimiento de Simon Bar-Kojbak que los judios terminaron sus persecuciones del cristianismo de manera material (aunque con el Talmud siguieron profanando y maldiciendo el nombre de JesuCristo)

Aunque tienes razon, la razon de la elevacion de Constantinopla como Patriarcado es por razones seculares e imperiales, puesto que los emperadores sucesivos en Constantinopla deseaban tener no solo poder en asuntos politicos, sino en asuntos religiosos, de ahi la constante tension entre Roma y Constantinopla por la Primacia que finalmente se romperia en 1055 DC.

Recordemos que el primer cisma de Oriente en el siglo VI (si no me equivoco con la fecha) ocurrio presisamente por asuntos imperiales.
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Buen ejercicio de "logica".

Solo que, con la misma lógica debes preguntarte:
Si el primado de la Sede Romana se basaba en la sucesión petrina y que eso era admitido por toda la cristiandad, ¿por que y para que se promulgó el canon tercero de Constantinopla?

Para agradar al Emperador. Así de simple.

Sin embargo, de la Sede Apostólica se dijo lo siguente en:
- El concilio de Éfeso:
«No es dudoso para nadie y es cosa conocida en todos los tiempos que el Santo y bienaventurado Pedro, Príncipe y Jefe de los apóstoles, columna de la fe y fundamento de la Iglesia católica, recibió de nuestro Señor Jesucristo, Salvador y Redentor del género humano, las Ilaves del reino, y que el poder de atar y desatar los pecados fue dado a ese mismo apóstol, quien hasta el presente momento y siempre vive en sus sucesores y ejerce por medio de ellos su autoridad»
(Felipe, delegado papal en el concilio. Nadie contradijo sus palabras)

- El Tercer concilio de Constantinopla:
«El soberano Príncipe de los apóstoles combatía al lado nuestro, pues tenemos en nuestro favor su imitador y su sucesor en su Sede. No se veía al exterior -mientras se leía la carta del Pontífice Romano- más que el papel y la tinta, y era Pedro quien hablaba por boca de Agatón»
(acta 18 del concilio)

- II concilio de Lyon:
"La Santa Iglesia romana posee también el soberano y pleno primado y principal sobre la Iglesia católica universal, y reconoce con verdad y humildad haber recibido este primado y principado con la plenitud del poder del Señor mismo, en la persona del bienaventurado Pedro, príncipe o jefe de los apóstoles, y de quien el Pontífice romano es el sucesor. Y por lo mismo que está encargado de defender, antes que las demás, la verdad de la fe, también cuando se levantan dificultades en puntos de fe, es a su juicio al que las demás deben atenerse"

Y si me pongo a citar Padres de la Iglesia, ni te cuento.
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Sobre algunos farzantes que ahora pomdrán en dudad,no solo un Canón ,sino todos los que nos les convengan.De todas formas esta visto que con esa clase de engaño la ICR se quedará solita.


Con respecto a su pregunta, el Canon XXVIII del Concilio de Calcedonia, si bien fue un canon estrictamente disciplinario y no de naturaleza dogmática, ha sido quizás unos de los cánones mas célebres de dicho Concilio, aunque nunca deberemos olvidar que los mas importantes en realidad han sido los de contenidos dogmáticos.

Para mi es una sorpresa que alguien pueda poner en duda la existencia de dicho canon, puesto que causó bastante polémica en su época, vuelvo a repetir, mas por sus implicancias de política eclesiástica. Pero sin más le transcribo un fragmento de un artículo de la Enciclopedia Católica, para que usted pueda constatar con mayor facilidad que no sólo los ortodoxos reivindicamos su existencia.

Con Afecto en Cristo
Archimandrita Gorazd
-Vicario Apostólico para Sud América-
Iglesia Ortodoxa Autocefala de Montenegro

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En la decimoquinta sesión (31 de Octubre), el Concilio adoptó y aprobó veintiocho cánones disciplinarios. Los delegados papales, sin embargo, también como los comisionados imperiales, abandonaron la sesión al principio, previendo probablemente, que debía definirse primero la posición jerárquica del Obispo de Constantinopla, como realmente ocurrió en el canon 28.
Aprobó los cánones que provinieron de los sínodos anteriores
Determinó castigos severos en contra de quienes confirieran órdenes o posiciones eclesiásticas por dinero, o recibieran tales órdenes o posiciones con ese mismo motivo, y actuaran como intermediarios en tales transacciones
El tercero prohibió el tráfico seglar a todos los eclesiásticos, excepto en el interés de menores, huérfanos, y otras personas necesitadas
Prohibió la erección de un monasterio u oratorio sin el permiso del propio Obispo, recomendando a los monjes una vida de retiro, mortificación y oración, y prohibiendo el recibo de esclavos sin el permiso del Superior
Inculcó los cánones de los sínodos precedentes, referentes al traslado de Obispos y clérigos de una ciudad a otra
Recomendó que nadie debía ser ordenado, a menos que fuese asignado a un oficio eclesiástico. Aquellos que fuesen ordenados en contrario a esta providencia, no debían ejercer dicho oficio
Prohibió a los eclesiásticos desempeñarse en el arte militar o en un servicio seglar
Decretó que los clérigos de las casas de caridad, monasterios, u oratorios de mártires, debían sujetarse al Obispo de su territorio
Ordenó que los eclesiásticos debían conducir sus asuntos legales sólo ante el Obispo, el sínodo de la provincia, el Exarca o el Obispo de Constantinopla
Prohibió a los eclesiásticos registrarse en las iglesias de diferentes lugares
Ordenó que los pobres y necesitados, cuando viajasen, debían estar provistos de cartas de recomendación de las iglesias
Prohibió a los Obispos obtener de los emperadores el título de metropolitano en perjuicio del verdadero metropolitano de esa provincia
Prohibió a los clérigos extranjeros ejercer su oficio a menos que tuviesen cartas de recomendación de su respectivo Obispo
Prohibió a los clérigos menores casarse con mujeres heréticas o entregar a sus hijos en matrimonio a herejes
Ordenó que ninguna diaconisa se ordenase por debajo de los cuarenta años, y que a ninguna de ellas se le permitiese abandonar ese cargo y casarse
Prohibió el matrimonio de vírgenes o monjes consagrados a Dios
Ordenó que las parroquias en los distritos rurales debían permanecer bajo la jurisdicciones de sus respectivos Obispos; pero si una nueva ciudad fuese construida por el emperador, su organización eclesiástica debía determinarse por el Estado
Prohibió las organizaciones secretas en la Iglesia, principalmente entre clérigos y monjes
Ordenó que los Obispos de una provincia debían reunirse dos veces al año en un sínodo regular
Prohibió de nuevo la transferencia de un eclesiástico de una ciudad a otra, excepto en el caso de necesidad grave
Ordenó que las reclamaciones en contra de los Obispos o clérigos solo debían oírse luego de una investigación sobre el carácter del acusador
Prohibió a los eclesiásticos apropiarse de los bienes de un Obispo muerto
Prohibió a los clérigos y monjes vivir temporalmente en Constantinopla sin que mediase el permiso de su Obispo
Ordenó que los monasterios, una vez establecidos, siempre con una propiedad adecuada, no debían convertirse a otros propósitos
Ordenó que el metropolitano debía ordenar los Obispos de su provincia dentro de los tres meses posteriores a su elección
Ordenó que la propiedad eclesiástica no debía administrarse únicamente por el Obispo, sino por un procurador especial
Decretó severas penas en contra del rapto de mujeres
Ratificó el tercer canon del Concilio de Constantinopla (381), y decretó que puesto que la ciudad de Constantinopla fue honrada con el privilegio de tener al emperador y el Senado dentro de ella, su Obispo también debía tener prerrogativas especiales y ser el segundo en rango, después del Obispo de Roma. En consecuencia él debía consagrar los tres Obispos de las diócesis del Ponto, Asia y Capadocia
Este último canon provocó otra sesión del Concilio, la decimosexta, el 1 de Noviembre. Los delegados papales protestaron en contra de este canon, alegando que tenían instrucciones especiales del Papa León I en ese aspecto; que el canon violaba las prerrogativas de los Patriarcas de Alejandría, Antioquía y Jerusalem, y era contrario a los cánones (VI y VII) del Concilio de Nicea. Sus protestas, sin embargo, no fueron escuchadas, y el Concilio persistió en mantener este canon en sus Actas. Con este incidente se cerró el Concilio de Calcedonia.

Al cierre de las sesiones, el Concilio escribió una carta al Papa León I, en la que los Padres le informaron de lo que se había hecho, y le agradecieron la exposición de Fe Cristiana contenida en su epístola dogmática; hablaron de los delegados como si ellos hubiesen presidido en su nombre, y le solicitaron la ratificación de las materias disciplinarias aprobadas, particularmente el canon 28. Esta carta fue enviada a los delegados papales, quienes partieron pronto a Roma, después de la última sesión del Concilio. Cartas similares se escribieron al Papa León en Diciembre, por el emperador Marciano y Anatolio de Constantinopla. En respuesta, el Papa León protestó vivamente en contra del canon 28 y lo declaró nulo ya que estaba en contra de las prerrogativas de los Obispos de Antioquía y Alejandría, y en contra de los decretos del Concilio de Nicea. Igualmente, las protestas estaban contenidas en las cartas escritas el 22 de Mayo al Emperador Marciano, la Emperatriz Pulqueria, y Anatolio de Constantinopla. Por otra parte, el Papa ratificó las Actas del Concilio de Calcedonia, pero solo en lo que se refería a materias de fe. Esta aprobación está contenida en las cartas escritas el 21 de Marzo, del 453, a los Obispos que tomaron parte en el Concilio; por esta razón, el Concilio de Calcedonia, al menos para las primeras seis sesiones, llegó a ser un sínodo ecuménico, y fue considerado como tal por todos los cristianos, tanto en el tiempo del Papa León como después de Él. El Emperador Marciano emitió varios edictos (7 de Febrero, 13 de Marzo, y 28 de Julio del 452), en los cuales aprobó los decretos del Concilio de Calcedonia, prohibiendo todo tipo de discusión sobre cuestiones de fe, prohibiéndoles a los seguidores de Eutiques a tener sacerdotes de su corriente, a vivir en monasterios, a mantener reuniones, a heredar, a testar cualquier cosa a sus seguidores, o unirse al ejército. Los clérigos seguidores de Eutiques, hasta esta fecha ortodoxos, y los monjes de sus monasterios, debían de ser expulsados del territorio romano, tanto como donde estuvieran los maniqueístas. Los escritos de Eutiques debían de ser quemados, sus autores, o aquellos quienes los difundían, debían de ser castigados con confiscaciones y destierros. Finalmente Eutiques y Dioscoros fueron desterrados. El primero murió poco después, mientras que el último vivió hasta el año 454 en Gangra, Paflagonia.

El Concilio de Calcedonia con su definición dogmática, no puso fin a la controversia sobre las naturalezas de Cristo (Bardenhewer, Patrologie, 2nd ed., 321-22). En Palestina, Siria, Armenia, Egipto y otros países, muchos monjes y eclesiásticos rehusaron aceptar las definiciones de Calcedonia, y hasta nuestros días se encuentran Monofisistas. (Ver Dioscoros, Jacobitas, Eutiquianismo, Monofisita)

FRANCIS J. SCHAEFER


Saludos.-
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Sigue en pie lo obvio:
Si el canon 3 del primer concilio de Constantinopla dejó definida para toda la Iglesia la primacía de la sede de Constantinopla sobre el resto de patriarcados orientales, ¿para qué era necesario el canon 28 de Calcedonia?

Los argumentos a favor de la primacía de Constantinopla NUNCA podían ser objeto de fe. Ni entonces ni ahora.

Nada que ver con los argumentos, reconocidos por los Padres de la Iglesia y por los propios padres conciliares de Calcedonia, sobre la primacía de la conocida (y eso ya es un dato) como Sede Apostólica.

Canon III del Segundo el Concilio Ecuménico:

El Obispo de Constantinopla, sin embargo, tendrá la prerrogativa de honor después del Obispo de Roma; porque Constantinopla es la Nueva Roma.


¿para qué era necesario el canon 28 de Calcedonia?

respuesta:

Según Pavlov estas prerrogativas de honor para "ambos" jerarcas (Roma y Constantinopla) poco a poco evolucionaron hacia prerrogativas de poder real por sobre los otros Metropolitanos ordinarios: en el primer caso (Roma) por vía de la costumbre y en el segundo caso (Constantinopla) por vía de la legislación Imperial" Así las leyes de Emperadores Honorio y Teodosio le concedieron los derechos de última instancia al obispo de la nueva capital con respecto a las disputas entre obispos de territorios vecinos en la región del Illyricum, así como sobre las diócesis de Asia, Pontus y Fracia los cuales fueron confirmados por el Concilio de Calcedonia (Cánones 9 y 17) el cual concedió el derecho de apelación al exarca diocesano o al obispo de la Ciudad Capital.

este canon(III) no dice nada sobre la supremacía de Roma o Constantinopla sobre los asuntos administrativos o judiciales de los demás Patriarcados; no obstante, el Obispo de Constantinopla actuó de tal manera que la interpretación literal del canon se tornó inaceptable, desde que los obispos de la capital comenzaron a ejercer su verdadera autoridad más allá de los límites de Constantinopla.

Espero le quede claro a LF.el porque del Canón 28.


El Canon 28 de Calcedonia habla del reconocimiento de la desigualdad de honor entre los dos jerarcas nombrados (el de Roma que tiene el primer lugar y el de Constantinopla el segundo), sin embargo, según Pavlov, fueron igualados en términos de derechos y poderes; es decir, les concedió tres diócesis a Constantinopla con el derecho para ordenar los metropolitanos para dichas diócesis, así como para consagrar obispos para los cristianos de distintas nacionalidades (bárbaros) de esas -nuevas- diócesis. Este canon se volvió la piedra angular en materia de elevación y preeminencia de la Sede de Constantinopla.

Si bien quedó claro que el patriarca de Constantinopla quedaba en un plano de absoluta igualdad canónica con el resto de sus patriarcas hermanos, los Cánones 9 y 17 abrieron una alternativa para el Patriarcado de Constantinopla, es decir una posibilidad bastante amplia para interferir en los asuntos de otros patriarcas, así como, de facto, una extensión de su autoridad por sobre ellos.

Así el Concilio de Calcedonia estableció a los patriarcas como un tercer nivel administrativo y judicial dentro de la Iglesia: iguales en autoridad pero con diferentes rangos de honor: Roma, Constantinopla, Alejandría, Antioquia y Jerusalén. El Canon 36 del Concilio en Trullo alinea a los patriarcas en la misma sucesión con respecto al honor, pero completamente iguales en poder.

Arz. Gregory
Obispo emérito de Sitka y Alaska



Saludos
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Yo no sé si es que el coeficiente intelectual de algunos no les llega para entender que una cosa es negar la existencia de un canon, y otra el negar la ratificación oficial del mismo por aquel a quien se considera como autoridad última para ratificar cualquier canon.

Oye, con lo fácil que es usar la cabeza para pensar.
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Yo no sé si es que el coeficiente intelectual de algunos no les llega para entender que una cosa es negar la existencia de un canon, y otra el negar la ratificación oficial del mismo por aquel a quien se considera como autoridad última para ratificar cualquier canon.

Oye, con lo fácil que es usar la cabeza para pensar.

Lo mismo vengo diciendo hace rato.pero parece que no te quieres enterar.
para que estes más en la actualidad....,ya no se usa lo del CI,pertenece a otro paradigma educativo antiguo.ahora se usa las inteligencias Multiples.jeje

Fijense todos los Foristas el Papa LF,ha ratificado la existencia del Canón,solo que este Papa no lo reconoce.Ahorase preguntará este caballero,¿como llegará a unirse a los ortodoxos si les niega los hechos históricos?.Luego por
lógica deductiva,lo de suspuestos avances ecuménicos, es pura fantasia.
sí que son los nuevos teologos de la Icar...jeje.

saludos
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Canon III del Segundo el Concilio Ecuménico:

El Obispo de Constantinopla, sin embargo, tendrá la prerrogativa de honor después del Obispo de Roma; porque Constantinopla es la Nueva Roma.


¿para qué era necesario el canon 28 de Calcedonia?

respuesta:

Según Pavlov estas prerrogativas de honor para "ambos" jerarcas (Roma y Constantinopla) poco a poco evolucionaron hacia prerrogativas de poder real por sobre los otros Metropolitanos ordinarios: en el primer caso (Roma) por vía de la costumbre y en el segundo caso (Constantinopla) por vía de la legislación Imperial" Así las leyes de Emperadores Honorio y Teodosio le concedieron los derechos de última instancia al obispo de la nueva capital con respecto a las disputas entre obispos de territorios vecinos en la región del Illyricum, así como sobre las diócesis de Asia, Pontus y Fracia los cuales fueron confirmados por el Concilio de Calcedonia (Cánones 9 y 17) el cual concedió el derecho de apelación al exarca diocesano o al obispo de la Ciudad Capital.

este canon(III) no dice nada sobre la supremacía de Roma o Constantinopla sobre los asuntos administrativos o judiciales de los demás Patriarcados; no obstante, el Obispo de Constantinopla actuó de tal manera que la interpretación literal del canon se tornó inaceptable, desde que los obispos de la capital comenzaron a ejercer su verdadera autoridad más allá de los límites de Constantinopla.

Espero le quede claro a LF.el porque del Canón 28.

JE, genial. O sea que el canon 28 de Calcedonia, más extenso y claro que el de Constantinopla, se hizo para limitar a este último.
Glorioso. Sobre todo cuando lo que el Papa León quería era salvaguardar los derechos de Antioquía y Alejandría respecto a Constantinopla. Derechos que eran lesionados por ese canon 28.

El Canon 28 de Calcedonia habla del reconocimiento de la desigualdad de honor entre los dos jerarcas nombrados (el de Roma que tiene el primer lugar y el de Constantinopla el segundo), sin embargo, según Pavlov, fueron igualados en términos de derechos y poderes; es decir, les concedió tres diócesis a Constantinopla con el derecho para ordenar los metropolitanos para dichas diócesis, así como para consagrar obispos para los cristianos de distintas nacionalidades (bárbaros) de esas -nuevas- diócesis. Este canon se volvió la piedra angular en materia de elevación y preeminencia de la Sede de Constantinopla.

Ese canon sigue dando problemas hoy en la Iglesia Ortodoxa, porque es en el que se basa el actual Patriarca de Constantinopla para reinvindicar su jurisdicción sobre las iglesias ortodoxas en aquellos países donde no hay iglesias autocéfalas.


Si bien quedó claro que el patriarca de Constantinopla quedaba en un plano de absoluta igualdad canónica con el resto de sus patriarcas hermanos, los Cánones 9 y 17 abrieron una alternativa para el Patriarcado de Constantinopla, es decir una posibilidad bastante amplia para interferir en los asuntos de otros patriarcas, así como, de facto, una extensión de su autoridad por sobre ellos.

Así el Concilio de Calcedonia estableció a los patriarcas como un tercer nivel administrativo y judicial dentro de la Iglesia: iguales en autoridad pero con diferentes rangos de honor: Roma, Constantinopla, Alejandría, Antioquia y Jerusalén. El Canon 36 del Concilio en Trullo alinea a los patriarcas en la misma sucesión con respecto al honor, pero completamente iguales en poder.

Arz. Gregory
Obispo emérito de Sitka y Alaska
Saludos

Eso dice el Arzobispo Gregory, que es de la Iglesia ortodoxa rusa, pero no es lo que dice el Patriarca de Constantinopla, con el cual no se pone de acuerdo el Patriarca de Moscú.

Así que cuando se pongan de acuerdo sobre los límites del canon III de Constantinopla y el XXVIII de Calcedonia, que nos digan.
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Lo mismo vengo diciendo hace rato.pero parece que no te quieres enterar.
para que estes más en la actualidad....,ya no se usa lo del CI,pertenece a otro paradigma educativo antiguo.ahora se usa las inteligencias Multiples.jeje

Fijense todos los Foristas el Papa LF,ha ratificado la existencia del Canón,solo que este Papa no lo reconoce.Ahorase preguntará este caballero,¿como llegará a unirse a los ortodoxos si les niega los hechos históricos?.Luego por
lógica deductiva,lo de suspuestos avances ecuménicos, es pura fantasia.
sí que son los nuevos teologos de la Icar...jeje.

saludos

Caballero, si usted me leyera se habría enterado de que finalmente Roma, en un error más político-eclesial que otra cosa, acabó ratificando en el 869, siglos después de Calcedonia, a Constantinopla como segunda en el rango. Y si me leyera, se habría enterado de que hasta ese instante, ninguna colección de cánones realizada por autores ortodoxos recogían el canon 28, lo cual era una señal clara e inequívoca de que el Patriarca Anatolio de Constantinopla sabía lo que se decía cuando reconoció que la aprobación de todos los cánones dependía del Papa León.
Y si me leyera, sabría que precisamente en ese reconocimiento que Roma hizo de Constantinopla iba unido al hecho de que el Papa estaba despojando del patriarcado a uno que lo había ocupado ilegítimamente, y reponiendo en su lugar al legítimo patriarca. Y si me leyera, sabría que ese reconocimiento iba unido a la firma por parte de los obispos orientales de la fórmula del Papa Hormisdas que, cosas de la vida, se parece mucho al dogma de la infalibilidad papal:
“Prima salus est, regulam rectae fidei custodire et a constitutis Patrum nullatenus deviare. Et quia non potest Domini Nostri Jesu Christi praetermitti sententia dicentis: Tu es Petrus et super hanc petram aedificabo ecclesiam meam. Haec quae dicta sunt rerum probantur effectibus, quia in sede apostolica immaculata est semper Catholica conservata religio"
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Luis Fernando;378764]JE, genial. O sea que el canon 28 de Calcedonia, más extenso y claro que el de Constantinopla, se hizo para limitar a este último.
Glorioso. Sobre todo cuando lo que el Papa León quería era salvaguardar los derechos de Antioquía y Alejandría respecto a Constantinopla. Derechos que eran lesionados por ese canon 28.

Los problemas de León,a mí no me interesa,solo pretendia dos cosas:
Una demostar que el canón 28 y tercero existen,cosa que ya esta demostrada por el mismo LF,ahora al Papa no le queda más remedio que tragarse su orgullo,jejej.
Y Segundo que dichosos Canón nunca fueron deregados,y persisten por vía
de la realidad histórica8Prueba A),ya sea o no por influencia de los personajes citados en mí post anterior,de los cuales existen cartas de comprobación.-(prueba B)




Ese canon sigue dando problemas hoy en la Iglesia Ortodoxa, porque es en el que se basa el actual Patriarca de Constantinopla para reinvindicar su jurisdicción sobre las iglesias ortodoxas en aquellos países donde no hay iglesias autocéfalas.

Esas cosas las arreglan ellos.lo otro que estamos debatiendo es lo que nos interesa.



Eso dice el Arzobispo Gregory, que es de la Iglesia ortodoxa rusa, pero no es lo que dice el Patriarca de Constantinopla, con el cual no se pone de acuerdo el Patriarca de Moscú.

Pues el Arzobispo es una muy buena persona.no dudo que llegará a buen puerto,ademas estos reconocen la canonicidad del Patriarca,pero solo de honor,además los Cnones explican muy bien la custión de las iglesias Autocefalas.- (este tema es de otro debate)



Así que cuando se pongan de acuerdo sobre los límites del canon III de Constantinopla y el XXVIII de Calcedonia, que nos digan.[/
QUOTE]

Los limtes ya estan definidos gace siglos. perode aue te avisen a tí? por que habrian de avisarte? ¿acaso eres tu un alto personaje del Vaticano?


saludos
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Caballero, si usted me leyera se habría enterado de que finalmente Roma, en un error más político-eclesial que otra cosa, acabó ratificando en el 869, siglos después de Calcedonia, a Constantinopla como segunda en el rango. Y si me leyera, se habría enterado de que hasta ese instante, ninguna colección de cánones realizada por autores ortodoxos recogían el canon 28, lo cual era una señal clara e inequívoca de que el Patriarca Anatolio de Constantinopla sabía lo que se decía cuando reconoció que la aprobación de todos los cánones dependía del Papa León.
Y si me leyera, sabría que precisamente en ese reconocimiento que Roma hizo de Constantinopla iba unido al hecho de que el Papa estaba despojando del patriarcado a uno que lo había ocupado ilegítimamente, y reponiendo en su lugar al legítimo patriarca. Y si me leyera, sabría que ese reconocimiento iba unido a la firma por parte de los obispos orientales de la fórmula del Papa Hormisdas que, cosas de la vida, se parece mucho al dogma de la infalibilidad papal:
“Prima salus est, regulam rectae fidei custodire et a constitutis Patrum nullatenus deviare. Et quia non potest Domini Nostri Jesu Christi praetermitti sententia dicentis: Tu es Petrus et super hanc petram aedificabo ecclesiam meam. Haec quae dicta sunt rerum probantur effectibus, quia in sede apostolica immaculata est semper Catholica conservata religio"

Y si leyera con más atención sabria que este es un tema perdido para usted,no hay suceción pètrina,despues de comprobar que efectivamente existieron 5 etnarquias,dentro de ellas hablamos de la de constantinopla.Se ha puesto ejemplo tanto de las iglesias anti-calcedonicas,como de las ortodoxas,todas ellas autocefalas,con ascendencia histórica.solo Roma tiene la necesidad de cuando se ven acorralados ,tanto por la historia como por la biblia de inventarse la suceción Petrina.

saludos
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Quien exige a los demás un coeficiente mental (¿sabrá lo que es eso?) ha escrito esta frase:
Para agradar al Emperador. Así de simple.

Este es el peor de los insultos a los "padres concliares" encabezados por Atanasio.
Su C.I. no le permite razonar y le pregunto: ¿Por que, y por la misma regla de agradar, los cristianos no agradaron a Neron, Domiciano, Trajano y al resto que persiguieron a los cristianos?

Otra falta de "coeficiente". Cuado debatiamos que el concilio de Constanza estuvo por encima de los papas, salió con el cuento de Gregorio XII. Ahora se desgañita apelando a resoluciones conciliares del pasado para que estos justifiquen la sucesión apostólica de la sede romana.

Pero todso esto se va al pairo con las afirmaciones de Gregorio I Magno.
"Quien apetezca el obispado Universal será el precursor del anticristo".

Este obispo de Roma en su carta a Eulogio le objetó enérgicamente el haberse dirigido a él
"con esa presuntuosa denominación, llamandome Papa universal. Os ruego que no me deis más este título, porque lo que se da a otro fuera de lo justo requiere que sea tomado de lo vuestro. Yo no deseo distinguirme por título, sino por virtudes. Además, no juzgo que sea un honor para mi lo que causa detrimiento a la honra de mis hermanos... Déjense las palabras que alimentan la vanidad e hieren la caridad"

Y para más falacia el Vaticano I falsificó la palabras de Gregrio Magno para justificar la infalibilidad papal y su obispado universal.

Gregorio Magno fué profético. Leon I el precursor, Pio IX el anticristo. ¿Que, pues, pueden ser sus sucesores?
Bendiciones andres291
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Quien exige a los demás un coeficiente mental (¿sabrá lo que es eso?) ha escrito esta frase:
Este es el peor de los insultos a los "padres concliares" encabezados por Atanasio.

No necesariamente. Habiendo un emperador cristiano, defensor de aquellos que un día fueron perseguidos, es hasta cierto punto normal querer agradarle.

Su C.I. no le permite razonar y le pregunto: ¿Por que, y por la misma regla de agradar, los cristianos no agradaron a Neron, Domiciano, Trajano y al resto que persiguieron a los cristianos?

¿Quizás porque aquellos perseguían a la Iglesia y los emperadores cristianos no?
Va a ser por eso, sí.

Otra falta de "coeficiente". Cuado debatiamos que el concilio de Constanza estuvo por encima de los papas, salió con el cuento de Gregorio XII. Ahora se desgañita apelando a resoluciones conciliares del pasado para que estos justifiquen la sucesión apostólica de la sede romana.

Con el cuento dice..... es que me parto. Tobi, es obvio que el título de este epígrafe ha quedado reducido a la nada, así que para cuento el tuyo intentando desmontar aquello que lleva 20 siglos en pie: la confesión de la Iglesia sobre la sucesión de Pedro en la Sede Apostólica de Roma.

Pero todso esto se va al pairo con las afirmaciones de Gregorio I Magno.

Este obispo de Roma en su carta a Eulogio le objetó enérgicamente el haberse dirigido a él


Y para más falacia el Vaticano I falsificó la palabras de Gregrio Magno para justificar la infalibilidad papal y su obispado universal.

Gregorio Magno fué profético. Leon I el precursor, Pio IX el anticristo. ¿Que, pues, pueden ser sus sucesores?
Bendiciones andres291

Je, iba a responderte a lo de Gregorio Mango, pero haré algo mejor:
http://forocristiano.iglesia.net/showthread.php?t=11850

He ahí el epígrafe donde Gabaón te dejó mirando a la luna en todo lo relacionado con Gregorio Magno.

Recomiendo vivamente a todos los católicos la lectura de ese epígrafe. Es genial.
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

No necesariamente. Habiendo un emperador cristiano, defensor de aquellos que un día fueron perseguidos, es hasta cierto punto normal querer agradarle.



¿Quizás porque aquellos perseguían a la Iglesia y los emperadores cristianos no?
Va a ser por eso, sí.

Con el cuento dice..... es que me parto. Tobi, es obvio que el título de este epígrafe ha quedado reducido a la nada, así que para cuento el tuyo intentando desmontar aquello que lleva 20 siglos en pie: la confesión de la Iglesia sobre la sucesión de Pedro en la Sede Apostólica de Roma.
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Tobi
Así que vente siglos.
No amiguete, desde el 1050 hasta hoy no hay beinte siglos. Ni siquiera sabes sumar.

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Je, iba a responderte a lo de Gregorio Mango, pero haré algo mejor:
http://forocristiano.iglesia.net/showthread.php?t=11850

He ahí el epígrafe donde Gabaón te dejó mirando a la luna en todo lo relacionado con Gregorio Magno.

Recomiendo vivamente a todos los católicos la lectura de ese epígrafe. Es genial.

Tambien yo lo recomiendo a los católicos. Hay muchos católicos que no han perdido la capacidad de razonar.
¿Genial? Done vez la genialidad? Me da la sensación que solo has leido la primera parte, es decir, la escrita por Gabaon y no mi replica a la misma.
Helo aqui.

De Gabaón

Cita:
Sigamos con la historia y con referencia a Gregorio I Magno:

Lo primero que hay que considerar es que la Iglesia de Roma, situada en la cabeza del mundo romano, era el centro natural de comunicaciones y, por tanto de relación entre las Iglesias cristianas.
Ante esta realidad práctica veamos cual fue el auténtico testimonio de Gregorio Magno.
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Tobi
Por el momento ya nos dice cual era la importancia real de Roma. Las COMUNICACIONES. De las comunicaciones al primado Pedro, HAY UN BUEN TRECHO
.
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El Cap. III de la Constitución vaticana que trata “Dela naturaleza y razón del primado de Romano Pontífice” Dice así:
“La Iglesia romana, por disposición del Señor, posee el principado de potestad de jurisdicción del Romano Pontífice, que es verdaderamente episcopal , es inmediata. A esta potestad están obligados por el deber de subordinación jerárquica y de verdadera obediencia los pastores y fieles de cualquier rito y dignidad... Ahora bien, tan lejos está esta potestad del Sumo Pontífice de dañar a aquella ordinaria e inmediata potestad de jurisdicción episcopal por lo que los obispos que, puestos por el Espíritu Santo (Hechos 20:28) sucedieron a los Apóstoles, apacientan y rigen, como verdaderos pastores, cada uno la grey que le fue designada; que más bien esa misma es afirmada, robustecida y vindicada por el pastor supremo y universal, según aquello de San Gregorio Magno: “Mi honor es el honor de la Iglesia universal. Mi honor es el sólido vigor de mis hermanos. Entonces soy yo verdaderamente honrado, cuando no se niega el honor que a cada uno es debido”.
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Tobi
Este fué el remedo del Vaticano I. Citar parcialmente a Gregorio Magno.
Pero éste dijo alguna cosilla más como muestro a continuación.

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He aquí mi respuesta:
No me extraña amigo Gabaon que, junto al magisterio de tu Institución, pretendas ampararte en esta cita de Gregorio Magno para afirmar que la primacía universal del papa no daña en nada a la potestad episcopal. Aún más, pretendéis que es afirmada robustecida y vindicada por medio de aquella. Solo que el decreto vaticano se olvida de decirnos CÓMO; y aún los mismos teólogos católicos no ven clara la manera de poder conciliar ambas jurisdicciones
El texto vaticano parece implicar que Gregorio Magno creyó que la exaltación del papa como “Pastor y Doctor de todos los cristianos (Desinger. núm. 1839) o sea: como Pastor supremo y universal” redundaba en honor de los demás obispos.
Pero el verdadero significado de las palabras de Gregorio Magno dicen todo lo contrario.
Las palabra de Gregorio forman parte de una vigorosa protesta formulada en aquellos días en que el honor de los obispos ya estaba siendo disminuido como ocurre siempre que alguno de ellos, como era entonces el caso del Patriarca de Constantinopla, asume para sí excesiva honra y honor. Y Gregorio afirma en su denuncia que rechaza incluso toda exagerada honra que se le confiera a él mismo. En realidad, las palabras de Gregorio son un rotundo mentís, innegable, a las pretensiones romanas de un obispo universal.
Los obispos de Constantinopla habían adoptado el título de OBISPO ECUMÉNICO, o universal. Repetidamente, Gregorio, obispo de Roma, denunció tal título de manera enérgica. He aquí lo que dice en su carta a Eulogio, obispo de Alejandría, de la cual el concilio Vaticano I sacó su referencia: Gregorio objeta a Eulogio el haberse dirigido a él...“con esa presuntuosa denominación llamándome Papa universal. Os ruego que no me deis más este título, porque lo que se da a otro fuera de los justo requiere que sea tomado de lo vuestro. Yo no deseo distinguirme por título, sino por virtudes. Además , no juzgo que sea un honor para mi lo que causa detrimento a la honra de mis hermanos. Mi honor es el de toda la Iglesia. Mi honor es el sólido vigor de mis hermanos. Entonces soy verdaderamente honrado, cuando no se niega el honor que a cada es debido. Porque si Vuestra Santidad me llama a mi Papa Universal, negáis que vos seáis también lo que admitís que yo soy; (Obispo) universal. Déjense las palabras que alimentan la vanidad e hieren la caridad”.


Gregorio escribió otras cartas protestando en contra de la concesión del título de “Pastor Universal” tanto a sí como a cualquier otro prelado. Por ejemplo al emperador Mauricio para que prohibiese al patriarca de Constantinopla la adopción de este Título: “Toda vez que es la causa de Dios y no la mía, y no sólo yo sino toda la Iglesia se halla entregada a la confusión; y como quiera que las leyes sagradas, los sínodos venerables y las palabras de Nuestro Señor, sufren distorsión por la INVENCIÓN de este altisonante lenguaje, rogamos al muy piadoso emperador que sane la herida.... Pero lejos sea de los corazones cristianos es nombre blasfemo por medio del cual se arrebata el honor debido a todos los sacerdotes mientras que uno solo lo toma para sí mismo”
Al final pronunció la dura frase de que quien deseara ser llamado obispo universal es precursor del ANTICRISTO.

La historia esta narrada de manera que denuncia las falsas apetencias del papa Pio IX, y de todos los papas a partir del cisma provocado también por una papa, que impuso al Vaticano I aquello que fue rechazado por Gregorio Magno y encima tuvo, y tenéis, el atrevimiento de usarlo, tergiversando, lo que realmente defendió Gregorio.

La historia fue como fue y como vosotros desearíais que fuese.
Bendiciones



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Tobi
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Cuando cites algo, al menos leelo antes de publicarlo.
Por no haber leido mi réplica caes de nuevo en la patético.
Debatir con Gabaón es un placer. Está muy cerca del auténtico cistianismo y cada vez mas lejos del paganismo romano.
Y en cuento a conocimientos nos le llegas.... (ya sabes lo que sigue)
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Wow, Gabaon si que es un conocedor de san Gregorio el Magno, mira que citar todo esto:

"La Sede Apostólica [Roma], que es la cabeza de todas las iglesias..." (Ep. 13, 1)

"...de acuerdo con la intención de su representación, permitimos que sus costumbres (siempre y cuando no cuestionen el pre-juicio de la fe católica) permanezcan sin problemas, ya sea para constituir primados o en otros puntos; exceptuando a esos que pretenden alcanzar el episcopado entre los Donatistas, nosotros, por todos los medios les prohibimos avanzar a la dignidida de la primacía, aún cuando su puesto parezca señalarlos para esa posición." (Ep. 77)

"Nosotros intervenimos en nombre de Jesucristo Nuestro Señor, y prohibimos por la autoridad del Santo Pedro, príncipe de los apóstoles, en cuyo asiento presidimos sobre esta Iglesia Romana, que cualquier obispo o persona secular..." (Ep. 41)

"Pero nosotros, quienes, aunque indignos, hemos tomado el gobierno de la Sede Apostólica en la silla de Pedro, príncipe de los apóstoles, estamos obligados por el mismo Oficio de nuestro pontificado a resistir al enemigo en general con todos los medios en nuestro poder."(Ep. 48)

"Nosotros, con la ayuda de Cristo, decretaremos más sobre estas cosas, de acuerdo al resultado de nuestras deliberaciones. Pero por el momento, por la autoridad del bendito Pedro, Príncipe de los apóstoles, decretamos que, el decreto de vuestro juicio siendo anulado y hecho de ningún efecto, sean deprivados de la santa comunión por espacio de treinta días, para que imploren perdón a Dios por tan gran transgresión con suma penitencia y lágrimas" (Ep. 6)


Todas estas citas son correctas, se nota que san Gregorio el magno creia firmemente en la Primacia de Roma como sede Apostolica y la Supremacia del Papa como Cabeza de la Iglesia.
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Wow, Gabaon si que es un conocedor de san Gregorio el Magno, mira que citar todo esto:

"La Sede Apostólica [Roma], que es la cabeza de todas las iglesias..." (Ep. 13, 1)

"...de acuerdo con la intención de su representación, permitimos que sus costumbres (siempre y cuando no cuestionen el pre-juicio de la fe católica) permanezcan sin problemas, ya sea para constituir primados o en otros puntos; exceptuando a esos que pretenden alcanzar el episcopado entre los Donatistas, nosotros, por todos los medios les prohibimos avanzar a la dignidida de la primacía, aún cuando su puesto parezca señalarlos para esa posición." (Ep. 77)

"Nosotros intervenimos en nombre de Jesucristo Nuestro Señor, y prohibimos por la autoridad del Santo Pedro, príncipe de los apóstoles, en cuyo asiento presidimos sobre esta Iglesia Romana, que cualquier obispo o persona secular..." (Ep. 41)

"Pero nosotros, quienes, aunque indignos, hemos tomado el gobierno de la Sede Apostólica en la silla de Pedro, príncipe de los apóstoles, estamos obligados por el mismo Oficio de nuestro pontificado a resistir al enemigo en general con todos los medios en nuestro poder."(Ep. 48)

"Nosotros, con la ayuda de Cristo, decretaremos más sobre estas cosas, de acuerdo al resultado de nuestras deliberaciones. Pero por el momento, por la autoridad del bendito Pedro, Príncipe de los apóstoles, decretamos que, el decreto de vuestro juicio siendo anulado y hecho de ningún efecto, sean deprivados de la santa comunión por espacio de treinta días, para que imploren perdón a Dios por tan gran transgresión con suma penitencia y lágrimas" (Ep. 6)


Todas estas citas son correctas, se nota que san Gregorio el magno creia firmemente en la Primacia de Roma como sede Apostolica y la Supremacia del Papa como Cabeza de la Iglesia.

Gregorio jamás pronunció estas palabras. Se trata de una falsificación más de las perqueñadas por el romanismo.

Todo esto se responde con una sola frase y de dos palabras:

Inventa lege
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Gregorio jamás pronunció estas palabras. Se trata de una falsificación más de las perqueñadas por el romanismo.
¿Puedes probar que son falsificaciones, o es "wishful thinking"?
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Gregorio jamás pronunció estas palabras. Se trata de una falsificación más de las perqueñadas por el romanismo.

Todo esto se responde con una sola frase y de dos palabras:

Inventa lege
:musico6:

Recurso archi-conocido en Tobi. Me uno a Elessar: ¿algún antecedente para afirmar que esas citas son falsas, y las del obispado universal son verdaderas?

¿Son falsas porque sí? ¿Porque tú quieres que sean falsas? ¿Porque te arruinan la imagen que tenías de Gregorio Magno? ¿Porque te echan a perder la fiesta?

Bueno, es mejor que te vayas haciendo la idea, porque son verdaderas. El Gregorio Magno que te habías inventado en tu cabeza no existe.
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

:musico6:

Recurso archi-conocido en Tobi. Me uno a Elessar: ¿algún antecedente para afirmar que esas citas son falsas, y las del obispado universal son verdaderas?

¿Son falsas porque sí? ¿Porque tú quieres que sean falsas? ¿Porque te arruinan la imagen que tenías de Gregorio Magno? ¿Porque te echan a perder la fiesta?

Bueno, es mejor que te vayas haciendo la idea, porque son verdaderas. El Gregorio Magno que te habías inventado en tu cabeza no existe.

Lo que es verdero Muchachos católicos, es que Pedro no Fue Nunca Obispo de Roma....salvo te lo inventes en tu cabeza.-

Favor de demostrar lo contrario.-


Ya que eso es lo que estamos debatiendo,a nuestro favor tenemos los Canonones 3,17,28 y la división de las Cincos Sentidos conocidos como las cinco Etnarquias en que se dividieron los limites de las difrentes Iglesias Autocefalas,.


saludos
 
Re: El Concilio de Constanza y el Mito de la Sucesión Apostólica.

Si pedro fue Obispo de Roma,¿Quien Fue Obispo de Jerusalem???

O No lo fue....


saludos