Re: A SU EXCELENCIA BOURGET, OBISPO DE MONTREAL
Ya no recuerdo bien por dónde íbamos...
Sobre la sucesión de Pedro... Bueno, pues no parece que los textos bíblicos hablen expresamente de la sucesión de Pedro; pero sí de modo implícito, porque apuntan al futuro: "apacienta" (Juan 21, 15-17) o, con más claridad, Mt 16, 18: "las puertas del infierno no prevalecerán contra ella".
León Magno (que murió en 461) reflexiona sobre estos textos, recogiendo la tradición precedente, y explica la relación entre Cristo y Pedro, y entre Pedro y el obispo de Roma. Ya Esteban I (+ 257) había invocado Mt 16, 18s. para fundamentar la autoridad papal, como atestigua San Cipriano (Ep, 75, 16). León Magno dice que Cristo dio a Pedro una función primacial en el colegio de los apóstoles; y que su autoridad erauna participación en la autoridad - o potestad - del mismo Cristo (Sermo 3, 3). Para león Magno, Pero había recibido la primacía por institución de Cristo mismo (Sermo 3, 4).
Para León Magno, Pedro sigue ejerciendo su autoridad a través de su sucesor en el ministerio; también de un modo místico, porque Pedro continúa gobernando a su Iglesia a través de su vicario, el obispo de Roma (Sermo 3, 2).
Dice que el Papa es, en este sentido, "Petrus ipse", el mismo Pedro. Cristo sigue guiando a la Iglesia mediante una autoridad petrina viviente, que es el obispo de Roma.
Con motivo del Concilio de Calcedonia (451), León Magno recordó que el obispo de Roma es el sucesor del ministerio petrino en la Iglesia por voluntad de Cristo.
De León Magno parten los concilios medievales: II de Lyon y el de Florencia.
Frente a los reformadores, el cardenal Cayetano respondía argumentando tres puntos: Pedro es el primado de los apóstoles; se ha dado una sucesión en esa función; y el obispo de Roma es el sucesor de Pedro.
El Vaticano I, en la Pastor aeternus, no añadió nada nuevo en lo doctrinal, al definir tanto la primacía como la sucesión petrina por derecho divino, es decir, por institución del mismo Cristo.
El Vaticano II repite estas afirmaciones y sitúa el ministerio petrino en el marco de la relación de la cabeza con los miembros del colegio episcopal (cf toda la Lumen gentium).
La finalidad fundamental del Papa no es nombrar cardenales, ni nombrar Obispos, ni ser Jefe del Estado Varicano, ni muchas otras cosas que el Papa, legítimamente, por otra parte, hace. La finalidad fundamental del ministerio del sucesor de Pedro es conservar la Iglesia "en la unidad de la fe y de la comunión". Y esa función la ha ejercido siempre el Papa. Y donde el Papa no es reconocido, la Iglesia se divide; se muestra incapaz de mantener tanto la unidad en la fe como la comunión: la historia así lo atestigua.