Resumen de los Concilios Ecuménicos

Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Muchas veces me he preguntado sobre el tipo de cultura que tienen los católicos de la América Latina./QUOTE]

Vaya que si te gusta moverte por la derecha ¿verdad Tobi? Genial comentario.

Otra frase que muestra que ni el sobrino ni el tiito tienen un mínimo de cultura.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

He aqui la respùesta del reformado
Fuente:


O sea, ¿tanto se vendió esta obra que a los dos años de la primera edción ya aparece la segunda? ¿Y solo para que? ¿Para añadir lo de bautismo? Y menos mal puesto que esta discusión ya apareció en estos foros y LFP me dijo que su edición era del 1962. En total TRES ediciones. Con el tiempo apareceran un centenar d ediciones. :idea:

Hay un adagio en mi pais que dice que es más facil pillar a un mentiroso que a un cojo. ¡¡¡Ah, la sabiduría popular!!! ¡¡¡¡¡¡¡Que rica es!!!!!!!

Lo que no nos dice es que el Sr. nseigi es un romanista que pretende camuflarse, con lo de reformado. ¿Es que le han aplicado la cirujía estética?

Es gracioso que me llamen romanista camuflado nada más porque difiero en las opiniones con alguien... bueno, yo, tales cazas de brujas no voy a hacerles caso ninguno. Soy protestante reformado, que es decir teológicamente calvinista y eclesiásticamente presbiteriano. Y la Iglesia Presbiteriana entona, conoce y cree en el Credo Niceno-Constantinopolitano tal cual ha sido preservado a lo largo de los siglos en la Historia sin cambio alguno; Credo que ningún reformador cuestionó, ni los más radicales, y que es un buen resumen de la fe cristiana.

De todas formas, también tengo una posición como historiador y es que tal credo ha incluido desde siempre el contenido que te he indicado. Yo no aprendí el credo leyéndolo en la obra del señor Dezinger, sino desde otras fuentes que van desde la escuela dominical hasta las muchas fuentes que he leído, muchas de ellas en la patrística y honradamente debo reconocer que no puedo recordar de donde saqué cada dato del mismo modo que no sabría decir en que libro aprendí que 1 + 1 son 2, o que la tierra gira entorno al sol. Pero puedo decir que las fuentes que me he obligado a consultar desde que hemos tenido está discusión apuntan sin heterodoxia alguna a un mismo credo. Muéstrame tu alguna que no.

Espero que reflexiones en los calificativos que me reservaste de un modo tan injusto.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

CONCILIO DE ÉFESO I

Lugar: Éfeso (cerca de la actual Selçuk, Turquía)
Año: 431 d.C
Reconocido por: Ortodoxos, católicos; las iglesias protestantes discrepan.
Tema de discusión: La naturaleza de Cristo.

Este concilio ha sido presentado por la historiografía eclesiástica siempre desde el punto de vista novelesco de las pugnas entre Cirilio y Nestorio sobre ciertas cuestiones que vienen inaugurando lo que luego será conocido como disputas "bizantinas". No obstante resumir el valor de este concilio a una cosa tan estrecha consiste en una gran injusticia.

La discusión a la que más atención le ha dado la historia eclesiástica tradicional era al problema de sí a María habría que considerarla madre de Dios o madre de Cristo (Theotokos o Kristotokos). Nestorio y el Kristotokos fueron rechazados y éste excomulgado, imponiéndose a lo sucesivo la doctrina del theotokos. Veamos un resumen de ambas posiciones con algo más de justicia.

NESTORIANISMO (Doctrina rechazada):

Cree que Jesús tiene dos naturalezas, la divina y la humana, estas dos naturalezas no sólo son totalmente diferentes, sino que constituyen dos personas (prosopon) diferentes.

Para Nestorio Jesús era un hombre en el cual Dios fue a habitar, haciendo morada en él, de tal forma que se podría decir que existen dos Jesús, el que es el hombre y el que el Dios que vive en él. María era la madre del hombre, de la persona humana, pero al no ser madre del Dios que había ido a habitar en él, María no podía ser llamada jamás madre de Dios.

DOCTRINA DE CIRILIO (Doctrina aprobada en el Concilio)

Cree igual que Nestorio que Jesús tiene dos naturalezas separadas, que no se mezclan ni se confunden. La diferencia es que rechaza que existan dos personas, cree que Jesús es la reunión perfecta y armónica de ambas naturalezas, algo dispuesto por Dios desde toda la eternidad y que culmina en la encarnación.

Considera que Jesús sólo puede ser una persona, negarlo sería hacer de Jesús un doble ser que es algo que la Escritura no refleja en absoluto. Sostiene que Cristo supo ser Dios sin dejar de ser hombre y supo ser hombre sin dejar de ser Dios, de tal forma, que sólo era una persona: sin que su divinidad o humanidad entrasen nunca en conflicto ni una degradase a la otra ni la otra a la una...

Por esta razón se afirmó que María era madre de Dios, entendiéndose que María es madre de Dios por que es madre de Jesús; aunque ella no haya aportado absolutamente nada de la naturaleza divina. Es como si alguien fuese portugués y español, aunque la madre fuese la que aportase la identidad española, no dejaría de ser también la madre de un portugués.

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¿Qué es importante para la Iglesia protestante en esta primera parte del Concilio?

El meollo de la cuestión no trata sobre María, la Iglesia protestante ha creído desde siempre que debatir esta cuestión desde ese punto es un flaco favor a lo que realmente intenta comunicar este concilio. Lo importante, lo que hay de fondo, es que Nestorio se equivocaba en su concepción de Jesús y que la buena doctrina es:

1. Que Jesús es una sola persona y no dos. Que aunque tiene dos naturalezas, divina y humana, sin confusión o mezcla, estas tampoco están enfrentadas ni separadas hasta el punto de que haya que hablar de dos jesuses distintos. O de un mero hombre subrodinado en el cual habita Dios, pues tanto la humanidad como la divinidad de Jesús gozan de la misma importancia que es radicalmente imprescindible para que el plan de nuestra salvación tenga sentido.

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Pero en este concilio incluso se habló de un tema muchísimo más importante y que es en la teología protestante fundamental, se trata de la condena al Pelagianismo

Los Pelagianos sostenían que con los méritos propios era posible la salvación, este puede ser un resumen de su doctrina. La iglesia de entonces basándose en la autoridad de San Agustín que había debatido este asunto contra ellos, recomienda en dicho concilio que se siga la doctrina de Agustín y condena el Pelagianismo.

Así se sostiene por este concilio:

2Cap. 1. En la prevaricación de Adán, todos los hombres perdieron «lanatural posibilidad» e inocencia, y nadie hubiera podido levantarse, pormedio del libre albedrío, del abismo de aquella ruina, si no le hubiera levantado la gracia de Dios misericordioso.

Nota: La doctrina agustina fue importantísima, asienta sin lugar a dudas los siguientes dogmas que luego, la reforma protestante sostendrá como banderas de su doctrina:

1. El hombres está irremediablemente condenados desde su nacimiento, sin la natural posibilidad de salvarse,

2. Sólo por la Gracia de Dios y no por el libre albedrío de cada hombre puede el ser humano alcanzar la salvación.


Ambas verdades de fe son parte del CONCILIO ECUMÉNICO DE ÉFESO.

3 Cap. 2. Nadie es bueno por sí mismo, si por participación de sí, no se lo concede Aquel que es el solo bueno.

El concilio acepta ratificando a San Agustín también que el ser humano es incapaz incluso de ser bueno por sí mismo, necesita de la gracia de Dios para poder serlo.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Nseigi un gustazo saludarte, es bueno encontrar un buen protestante en estos dias, pues no dudo que seas Cristiano pero pocas veces encuentro un buen protestante.

Un deleite leerte y aprender de ti.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Seguimos con la descripción de los concilios.

IV CONCILIO ECUMÉNICO
Ciudad: Calcedonia, actual Kadyköy (Turquía)
Año: 451 d.C
Tema a tratar: Naturaleza de Cristo.

En este concilio se intentó combatir las ideas del monofisismo y del nestorianismo, ambos extremos heréticos desde la teología ortodoxa.

El nestorianismo había sido condenado en el concilio anterior, el de Éfeso, pero al combatirlo algunos habían caído en la posición contraria: el monofisimo. Los nestorianos afirmaban que en Cristo había dos naturalezas distintas y dos personas distintas, por un lado estaba el hombre y por otro lado el Dios, hasta el punto de que ambas naturalezas y personas hacían que hubiese dos cristos distintos. Al combatir esta idea la Iglesia había caído en afirmar lo contrario (aunque no explícitamente) al decir que sólo había una naturaleza la de "Dios encarnado" y una sola persona la de Cristo. San Cirilio de Alejandría había contribuido en su apologética a hacer pensar de esta manera.

La Iglesia debía encontrar una fórmula más precisa que superase el debate y que cuadrase con las Escrituras y la Tradición. Era una tarea complicada desde la filosofía del momento (y la del nuestro también) pero precisa y muy necesaria para evitar una división en la Iglesia entre monofisistas y nestorianos, que poco a poco ya iba fraguándose.

El emperador Marciano (de oriente) al que tampoco le interesaba en absoluto un cisma en la iglesia apela al concilio y este se celebra el año 451 d.C en la región de Bitinia, en la ciudad de Calcedonia, muy cerca de Constantinopla (actual Estambul)

El concilio resuelve: (no se reproducen los cánones del concilio, los puntos han sido puestos, por mí según criterios didácticos, como las ideas principales de dicho concilio. Si queréis el texto pertinente a cada una de estas ideas os lo facilitaré tan pronto como pueda)

1. En Cristo hay DOS naturalezas, la del hombre que es perfectamente humana y la de Dios que es perfectamente divina y corresponde a la Segunda Persona de la Trinidad, el Hijo. El verbo de Dios se encarnó y tomo naturaleza humana, pero no dejó de ser Dios ni tampoco Dios se mezcló en la naturaleza de un hombre o el hombre dejó de ser hombre ni se mezcló en la naturaleza de Dios. Ambas naturalezas coexisten por igual sin mezcla ni división, perfectas y puras.

2. Pero la existencia de dos naturalezas no implica en Jesús la existencia de dos personas distintas, sino que Cristo siempre se manifestó como una sola persona en la cual no existió división de pareceres ni tampoco conflicto permanente ni causa de conflicto. Cristo es una sola persona, aunque posea ambas naturalezas unidas en dicha reunión: su persona.

3. El Nestorianismo es herético al decir que hay dos personas en Cristo y el monofisismo es herético al negar la integridad de la persona humana de Dios y al decir que sólo hay una naturaleza.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

4. Este concilio también aprobó canónicamente la equiparación de la sede de Roma con la de Constantinopla. Algo que levantó las protestas del papado romano. Esta equiparación fue hecha en el canon 28.

El texto en inglés de dicho canon:

Following in all things the decisions of the holy Fathers, and acknowledging the canon, which has been just read, of the One Hundred and Fifty Bishops beloved-of-God (who assembled in the imperial city of Constantinople, which is New Rome, in the time of the Emperor Theodosius of happy memory), we also do enact and decree the same things concerning the privileges of the most holy Church of Constantinople, which is New Rome. For the Fathers rightly granted privileges to the throne of old Rome, because it was the royal city. And the One Hundred and Fifty most religious Bishops, actuated by the same consideration, gave equal privileges (ἴσα πρεσβεῖα) to the most holy throne of New Rome, justly judging that the city which is honoured with the Sovereignty and the Senate, and enjoys equal privileges with the old imperial Rome, should in ecclesiastical matters also be magnified as she is, and rank next after her; so that, in the Pontic, the Asian, and the Thracian dioceses, the metropolitans only and such bishops also of the Dioceses aforesaid as are among the barbarians, should be ordained by the aforesaid most holy throne of the most holy Church of Constantinople; every metropolitan of the aforesaid dioceses, together with the bishops of his province, ordaining his own provincial bishops, as has been declared by the divine canons; but that, as has been above said, the metropolitans of the aforesaid Dioceses should be ordained by the archbishop of Constantinople, after the proper elections have been held according to custom and have been reported to him.

Lo voy a traducir literalmente para los que no controláis mucho de inglés (yo tampoco se mucho, pero echaré mano del diccionario)

"Siguiendo en todas estas cosas la decisión de los santos Padres y reconociendo el canon, que se acaba de leer, de estos 150 obispos amantes de Dios (que se reunieron en la Ciudad Imperial de Constantinopla, que es la Nueva Roma, en tiempos del emperador Teodosio, de feliz memoria) nosotros también mandamos que se apruebe y decrete las mismas cosas concernientes a los privilegios de la más santa Iglesia de Constantinopla, la cual es la nueva Roma. Del mismo modo que los Padres correctamente garantizaron los privilegios del trono de la vieja Roma, pues esta era la ciudad imperial. Ahora los 150 obispos más ortodoxos, actuaron con la misma consideración, dando los mismos privilegios (ἴσα πρεσβεῖα) al más santo trono de la Nueva Roma, justamente por considerar que la ciudad es honrada con la soberanía del Senado y que disfruta de los mismos privilegios que la antigua Roma imperial, en los asuntos religiosos debe ser magnificada como ésta, y la siguiente en su rango de modo que en el Ponto, Asia, y en la Diócesis de Tracia, sólo los metropolitanos y también sus obispos de dichas diócesis al igual que los bárbaros (los de fuera), deben ser ordenados por el trono más sagrado antes nombrado de la Iglesia de Constantinopla, cada metropolitano de dichas diócesis, junto con los obispos de sus provincias, ordenando a sus propios obispos provinciales, como ha sido declarado por los divinos cánones, pero ateniéndose a que, como se ha dicho, los metropolitanos de la anteriormente dicha diócesis deben ser ordenados por el arzobispo de Constantinopla, después de que las elecciones fuesen celebradas según la costumbre y se le haya comunicado a él"
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

He aqui la respùesta del reformado
Fuente:


O sea, ¿tanto se vendió esta obra que a los dos años de la primera edción ya aparece la segunda? ¿Y solo para que? ¿Para añadir lo de bautismo? Y menos mal puesto que esta discusión ya apareció en estos foros y LFP me dijo que su edición era del 1962. En total TRES ediciones. Con el tiempo apareceran un centenar d ediciones. :idea:

Hay un adagio en mi pais que dice que es más facil pillar a un mentiroso que a un cojo. ¡¡¡Ah, la sabiduría popular!!! ¡¡¡¡¡¡¡Que rica es!!!!!!!

Lo que no nos dice es que el Sr. nseigi es un romanista que pretende camuflarse, con lo de reformado. ¿Es que le han aplicado la cirujía estética?


¿A dos años de su primera edición? Cada vez más grosero, cada vez más rídiculo, la primera edición es de 1854, de la editorial Herder, solamente en la Biblioteca de la Complutense de Madrid hay una edición de , 1951, 1953, 1963 y 2006, como se puede ver aquí: http://cisne.sim.ucm.es/search~S6*s...,7,B/exact&FF=adenzinger+heinrich+ed+lit&1,5,

Por lo pronto aquí está la de 1963, que es la que cita Nseigi:

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Aquí esta el link de la Biblioteca de la Complutense: http://cisne.sim.ucm.es/record=b1411784~S6*spi

A lo mejor ahora nos dirán que la Complutense es un "romanista" disfrazado. Esto más que en lo rídiculo, raya en lo grotesco. Mejor que siga el tema que promete ser muy interesante, sin las fobias patológicas de algunos foristas, para eso está su tema anclado en el que se le ha evidenciado una docena de veces su ignorancia.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Dejalo Clemente a lo mejor se siente solo, mira que su epigrafe de Constanza nacio muerto y no tiene ni el 10% de post que tienen sus visitas registradas, lo cual demuestra que el epigrafe esta muerto y quien entre ahi es por error, o entra y se aburre, o sencillamente ve que ya esta terminado ese asunto.

Saludos ¿Te llego mi correo? Porque si no es asi significa que la conspiracion jesuita impide nos mensajeamos.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Seguimos con el Concilio de Calcedonia

Ahora voy a poner un pequeño resumen de cada uno de los cánones de salieron de dicho concilio:

Canon 1: Da autoridad plena a todos los cánones de los concilios anteriores

Canon 2: Prohíbe la simonimia, que consiste en el pago de dinero u otros beneficios a cambio de bienes espirituales.

Notas:
(ver el epígrafe que abrió Eidher de Enlace TV... desde Calcedonia (desde antes ya en el Nuevo Testamento) nos han advertido de esta plaga... Durante mucho tiempo la Iglesia ha practicado la simonimia, por ejemplo ésta fue una de las causas de la Reforma Protestante, la venta de indulgencias suponía una forma encubierta de simonimia.


Canon 3: Prohíbe a los obispos que participen o posean negocios seculares.

(Otro tanto del canon anterior), durante la Edad Media y posteriormente en declive los obispos han concentrado grandes riquezas y poder político, atendiendo no sólo a cosas espirituales sino también a negocios mundanos. Ésta fue otra de las causas de la Reforma

Canon 4: Sitúa a los obispos como autoridad superior al monacato que se encuentre en sus diócesis, los monasterios deben contar con la aprobación de los obispos para ser abiertos.

El monacato, ya desde tiempos tempranos, amenazó en muchas ocasiones la independencia de la Iglesia regular. Durante la Edad Media, monacatos como el de Cluny rivalizaron en poder y prestigio con la misma Roma.

Canon 5: Recuerda a la Iglesia que los obispos en sus viajes deben atenerse a la ley canónica.

Era costumbre ya en la Iglesia Primitiva que los obispos de sedes importantes se metiesen en los asuntos de otras diócesis, limitando la independencia de ciertos episcopados. Este canon igual que el de concilios anteriores recuerda que éstos obispos deben atenerse a las disposiciones reguladoras de la Iglesia.

Canon 6: Prohíbe al clero que cambie de diócesis.

Evitando el éxodo de sacerdotes y obispos a otras diócesis más ricas o donde creen que tienen mejores oportunidades de promoción personal, también garantiza la independencia de los episcopados

Canon 7: Prohíbe al clero servir en el ejército.

Canon 8: Las casas de pobres quedan bajo la jurisdicción de los obispos.

Canon 9: Limita y regula el derecho de acusación de mala práctica a los obispos.

Este canon sigue en la línea de anteriores concilios de intentar limitar el derecho de acusación a los obispos por parte de gente apartada de la Iglesia y mediante juicios

Canon 10: En la línea del canon 6, el décimo prohíbe a los clérigos pertenecer a varias diócesis.

Canon11: Disposiciones para la entrega de documentos de viaje para personas pobres.

Canon 12: Prohíbe divisiones provinciales para nuevas iglesias, manteniendo el orden establecido.

Canon 13: Prohíbe que el clero oficie sin la recomendación del obispo en la diócesis o en otras.

Canon 14: Regula el papel de las mujeres de los cantores y lectores.

Canon 15: Requiere que las diaconisas tengan al menos 40 años.

Canon 16: Prohíbe a los monjes y monjas el matrimonio, bajo la pena de excomunión.

Los sacerdotes (presbíteros o ancianos) y diáconos sí podían casarse.

Canon 17: Prohíbe a las parroquias rurales que cambien de obispado.

Canon 18: Prohíbe y castiga todo tipo de conspiraciones contra la independencia de los obispos.

Canon 19: Obliga a los obispos a realizar sínodo dos veces al año.

Canon 20: Excepciones canónicas para aquellos clérigos que deben viajar o son expulsados a otras ciudades.

Canon 21: Regula las acusaciones a los obispos, debiendo ser ante el obispo.

Canon 22: Prohíbe la incautación de los bienes de un obispo muerto.

Canon 23: Permite la expulsión de los extranjeros que causen problemas en Constantinopla.

Canon 24: Afirma que los monasterios deben ser permanentes, no temporales.

Canon 25: Los nuevos obispos deben ser ordenados dentro de los tres meses después de su elección.

Canon 26: Las catedrales (iglesia del obispo) deben contar con un administrador que dé cuenta de los bienes de la Iglesia.

Canon 27: Prohíbe el llevarse a las mujeres antes del matrimonio con el pretexto de casarse luego.

Canon 28: Equipara la sede de Roma con la de Constantinopla.

Comentarios en el anterior mensaje mío

Son dudosos:

Canon 29: Un obispo indigno no puede ser degradado de su dignidad, pero sí obligado a retirarse.

Canon 30: Concede tiempo a los Egipcios a considerar su condena de Tomé Leo.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Seguimos en el II Concilio de Constantinopla

Fue celebrado en Constantinopolis, en la actual Estambul (capital de Turquía), en el año 553. Fue presidido por el Patriarca Bizantino Eutiquio y convocado por el emperador Justiniano.


Voy haciendo un resumen de cada canon:

Canon 1: Se anatemiza a quienes nieguen que el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo comparten una misma sustancia o naturaleza divina. Así como también a quienes nieguen las personas de la trinidad etc... En definitiva a quienes nieguen la doctrina trinitaria.

Canon 2: Anatemiza a quienes nieguen que hubo dos nacimientos de Cristo, uno del Padre antes del tiempo y otro de María.

Canon 3: Anatemiza a quienes crean que hubo dos Cristos diferentes, uno el verbo y otro el hombre.

Canon 4: Este canon anatemiza a quienes hablan de cualquier unión de las naturalezas de Cristo que no sea la hipostática (es decir, la composición en la persona de Cristo). Anatemiza a quienes creen que las naturalezas se fusionan y a quienes creen que las naturalezas yacen divididas comprometiendo así la singularidad de la persona de Cristo.

Canon 5: Condena a quienes afirman que hay más de una hispóstasis o persona de Cristo.

Canon 6: Anatemiza a quienes nieguen la verdad y el sentido propio de la Theotokos (Madre de Dios)

Canon 7: Condena la idea de que porque existan dos naturalezas entonces tengan que existir dos personalidades o personas.

Canon 8: Condena la idea de que la encarnación signifique la mezcla de la naturaleza divina con la humana.

Canon 9: Condena la adoración separada de la humanidad y la divinidad de Cristo (dos adoraciones) como también condena la adoración de un Cristo donde ambas naturalezas se hayan mezclado.

Canon 10: Condena a quienes nieguen que el Jesús que fue crucificado no era Dios.

Canon 11: Anatemiza a quienes no anatemicen a Arrio, Eunomio, Macedonio, Apolinar, Nestorio, Eutiques y Orígenes.

Canon 12, 13 y 14: Anatemiza a Teodoro de Mopsuesta, Teodoreto, Ibas, Nestorio y demás herejes que se hayan opuesto a los concilios y a los santos padres.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Seguimos en el II Concilio de Constantinopla

Fue celebrado en Constantinopolis, en la actual Estambul (capital de Turquía), en el año 553. Fue presidido por el Patriarca Bizantino Eutiquio y convocado por el emperador Justiniano.


Voy haciendo un resumen de cada canon:

Canon 1: Se anatemiza a quienes nieguen que el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo comparten una misma sustancia o naturaleza divina. Así como también a quienes nieguen las personas de la trinidad etc... En definitiva a quienes nieguen la doctrina trinitaria.

Canon 2: Anatemiza a quienes nieguen que hubo dos nacimientos de Cristo, uno del Padre antes del tiempo y otro de María.

Canon 3: Anatemiza a quienes crean que hubo dos Cristos diferentes, uno el verbo y otro el hombre.

Canon 4: Este canon anatemiza a quienes hablan de cualquier unión de las naturalezas de Cristo que no sea la hipostática (es decir, la composición en la persona de Cristo). Anatemiza a quienes creen que las naturalezas se fusionan y a quienes creen que las naturalezas yacen divididas comprometiendo así la singularidad de la persona de Cristo.

Canon 5: Condena a quienes afirman que hay más de una hispóstasis o persona de Cristo.

Canon 6: Anatemiza a quienes nieguen la verdad y el sentido propio de la Theotokos (Madre de Dios)

Canon 7: Condena la idea de que porque existan dos naturalezas entonces tengan que existir dos personalidades o personas.

Canon 8: Condena la idea de que la encarnación signifique la mezcla de la naturaleza divina con la humana.

Canon 9: Condena la adoración separada de la humanidad y la divinidad de Cristo (dos adoraciones) como también condena la adoración de un Cristo donde ambas naturalezas se hayan mezclado.

Canon 10: Condena a quienes nieguen que el Jesús que fue crucificado no era Dios.

Canon 11: Anatemiza a quienes no anatemicen a Arrio, Eunomio, Macedonio, Apolinar, Nestorio, Eutiques y Orígenes.

Canon 12, 13 y 14: Anatemiza a Teodoro de Mopsuesta, Teodoreto, Ibas, Nestorio y demás herejes que se hayan opuesto a los concilios y a los santos padres.

En resumen este Concilio refuerza los concilios anteriores, en especial el de Calcedonia, anatemizando tanto las posturas monofisistas como las nestorianas.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

III Concilio de Constantinopla: (Concilio Trullano)

Lugar: Constantinopolis. (Estambul, actual Turquía)
Año: 680-1
Tema a tratar: Tema cristológico, condena del Monotelismo (una variación del monofisismo que creía que en Cristo existía una sola voluntad u operatividad: la divina)

Resumen:

Voy hacer un resumen conciso de la materia que se trató y de las definiciones que se dieron: (Los puntos son míos, los he puesto para dar estructura)

1. En primer lugar se define (más bien se aclara nuevamente): que las naturalezas de Cristo no se hayan confundidas y que ambas mantienen sus propiedades.

2. Es propio de cada naturaleza el tener una voluntad u operación natural, y no una mezcla de ambas voluntades o sólo la voluntad divina.

3. La voluntad humana (en realidad toda la naturaleza humana) no se opone ni se contradice en nada a la divina, es en todo dócil y está perfectamente sometida a la divina; pero este sometimiento no la anula ni la hace desaparecer. "Porque he bajado del cielo., no para hacer mi voluntad, sino la voluntad del Padre, que me ha enviado"

4. La voluntad humana como la divina le son propias a Cristo de igual forma, son ambas voluntades voluntades del Verbo. Al no existir contradición ni oposición entre sus voluntades, la voluntad del hombre es voluntad de Dios, y la voluntad de Dios es voluntad del hombre, pero aún así no se confunden (monofisismo) ni tampoco viven separadas haciendo que existan dos personas (nestorianismo).

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Como protestantes, la temática de este concilio y sus resoluciones son admisibles por completo. No hay nada que objetar. Sus conclusiones están calrísimas en la Sagrada Escritura. Cristo deja clarísimo que posee una voluntad humana, en todo sometida al Padre. Y sabiendo que jamás pecó, sabemos que jamás su voluntad humana contradijo a la divina con lo que ambas están en Cristo sin separación o divorcio, ni tampoco confundidas en una sola voluntad.
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Excelente Tema Nseigi.

Dios te bendiga
 
Re: Resumen de los Concilios Ecuménicos

Nseigi me ha surgido una duda:

¿La Iglesia Reformada hasta cual concilio ecumenico acepta? esto porque al leer un poco el siguiente Concilio ecumenico es el de Nicea II y ahi se proclama la veneracion de imagenes (aunque solo iconos, no estatuas)

Salu2