Llamado de atención sobre la infalibilidad papal

30 Noviembre 1998
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Amigos foristas:

Este material está destinado principalmente para los foristas católicos, aunque pienso que puede ser de interés para los no-católicos también.

Es de actualidad debido a los frecuentes documentos doctrinarios que se originan en el Vaticano, como el reciente DOMINUS IESUS.

Los católicos debemos conocer con exactitud la extensión y los límites de la "infalibilidad papal", para no caer en el error en ningún sentido:

Ni creer que el Papa (y el Magisterio Romano) "nunca se equivoca", ni tampoco lo opuesto.

Principalmente, debemos saber que "la infalibilidad del Papa deriva de la Iglesia, y no al revés".

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Llamado de atención sobre la infalibilidad


Ultimamente parece haberse postulado, en declaraciones públicas del cardenal Ratzinger y del Papa Juan Pablo II, que los católicos, y en particular los teólogos, presten un asentimiento irrevocable a las enseñanzas del magisterio no definidas con juicio solemne o mediante acto definitivo.

Es decir, se pretende, al parecer, que los actos del magisterio no infalible del Papa sean aceptados como si fueran infalibles.

Esto plantea problemas muy graves e importantes para la vida de la Iglesia, para el porvenir de la Fe cristiana y para el servicio de la causa del Reino de Dios.

Ello nos mueve a exponer muy brevemente algunas reflexiones sobre la problemática cuestión (vexata quaestio) del magisterio papal y la infalibilidad.

La fe cristiana apostólica nos lleva a confiar en que Dios no abandona a su Iglesia en el mantenimiento de la "fe en Cristo Jesús" (Gal 3,26), de la "fe activa por el amor" (Gal 5,6). Esto nos impulsa a vivir nuestra propia fe en comunión eclesial, sin enquistarnos en una subjetividad arriscada e intemperante.

Pero la última garantía no está ni en nosotros, ni en los "pastores", ni en la comunidad. Está en el Espíritu y en la misteriosa presencia de Jesús.

Sobre la base de esta actitud de fe, aceptamos la definición que de la infalibilidad del Papa promulgó el Concilio Vaticano I, analizando cuidadosamente los términos con que viene expresada.

El Papa es infalible solamente cuando define ex cathedra, es decir, actuando como maestro universal y entendiendo usar de toda la plenitud de su potestad. Pero no basta esto.

En segundo lugar, la materia de las posibles definiciones está delimitada objetivamente (independientemente de la intención subjetiva del Papa).
Ha de tratarse de fe y costumbres: es decir, de algo perteneciente a la revelación transmitida por los apóstoles (cfr. Conc. Vaticano II, LG 25c).
En tercer lugar, el Concilio Vaticano I no dice directamente que el Papa, cuando define ex cathedra sobre cuestiones de fe y costumbres, es infalible.

Se limita a decir que, en aquellos casos (y sólo en ellos), el Papa goza de la misma infalibilidad de que está dotada la Iglesia.

Por tanto, no se define la infalibilidad de la Iglesia a partir de la del Papa, sino la segunda a partir de la primera. Y esto nos parece que tiene profundo sentido teológico.


Ahora bien, nos parece que, a la luz de todo el Nuevo Testamento, podría afirmarse que la infalibilidad conceptual de la Iglesia, en la medida en que existe, solo atañe a aquellas verdades centrales y fundamentales, con las que se puede decir que queda en pie o cae la sustancia misma de la fe cristiana.

Podrían servir de ejemplo las expresiones de 1 Jn 2, 22-23 y 4,2-3.

Pensamos que deben tenerse en cuenta las dificultades que la filosofía y la teoría del lenguaje plantean a la posibilidad de establecer proposiciones irrevocables e irreformables, por encima de cualquier condicionamiento cultural e histórico de su valor significativo.

Nos parece, en conclusión, que la definición de la infalibilidad del Papa por el Concilio Vaticano I, bien entendida y analizada a fondo, es más bien una definición de no-infalibilidad.
El Papa, salvo algunos casos contadisimos, no es infalible.

Lo que se plantea entonces es una cuestión muy práctica.
¿Qué valor tienen para los fieles católicos las enseñanzas oficiales pero no infalibles del Papa, que se llaman actos de su magisterio ordinario?

El Concilio Vaticano I no se planteó este asunto.
Pero los buenos teólogos de fines del siglo XIX se preocuparon de analizar la cuestión. Y dejaron muy claro que esta enseñanza tiene para los fieles una cierta autoridad.
Pero, por no tratarse de enunciados infalibles, el asentimiento que los fieles pueden prestarles es "opinativo y de suyo expuesto a error" (S. Schiffini, De virtutibus infusio, Friburgo Br., 1904, p.215).
Por eso, "tan pronto aparezcan motivos suficientes para dudar, es prudente suspen der el asentimiento" (Ch. Pesch, Praelectiones dogmaticae, 1, n.521).
No es obligatorio el asentimiento, "tan pronto aparezcan motivos, sean verdaderos o falsos, pero debidos a error inculpable, que persuaden otra cosa" (D. Palmieri, Tractatus d e Romano Pontifice, Prato, 1877, p.632).

Se puede decir, por consiguiente, que el Concilio Vaticano I dejó una doctrina de la infalibilidad papal muy alejada de un espíritu totalitariamente impositivo.

Pero ocurrió que los partidarios de una concepción extremosa de la infalibilidad papal lograron después introducir de hecho en la práctica (por decirlo así, por la puerta falsa) aquella doctrina simplista que hubieran querido ver definida en el Concilio: "el Papa es infalible".

Esta extrapolación de la doctrina de la infalibilidad se produjo, a principios de este siglo, al hilo de la llamada "crisis modernista", bajo San Pio X.

En esa época se esfumó, en el plano operativo, la distinción entre magisterio infalible y magisterio no-infalible.

Teóricamente se admitía la distinción, pero se consideraba como una cuestión puramente académica.

En la práctica se pensaba que había que ejercitar una sumisión absoluta a lo que el Papa dijera, como si fuera siempre infalible.
Roma locuta est, causa finita est.

Nos parece indispensable reaccionar contra tamañas confusiones y exageraciones, que pueden dañar gravemente el porvenir de la Fe y el futuro de la Iglesia.

Queremos hacer una última consideración.
El Concilio Vaticano II ha afirmado que cuando los prelados, "aun estando dispersos por el mundo, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, en el ejercicio del magisterio auténtico en materia de fe costumbres convienen en que una proposición debe ser mantenida definitivamente, enuncian infaliblemente la doctrina de Cristo" (LG 25b).

Aqui el magisterio ordinario estaría dotado del carisma de infalibilidad.
Pero sería muy difícil demostrar que se ha dado esa coincidencia cuando no se trata de las verdades más centrales y fundamentales.

Además tales proposiciones pueden exigir un tratamiento hermenéutico profundo, para buscar el núcleo de verdad en ellas contenido, no obstante posibles ambigüedades y amalgamas con elementos culturales que pueden ser caducos.
En esos casos no se podría defender sensatamente que son proposiciones "irreformables".
Por ejemplo, el magisterio de los prelados ha enseñado durante siglos que había que mantener definitivamente la verdad de los relatos genesíacos de la creación, entendidos por ellos en sentido realista cosmogónico (fundamentalista).

Esta proposición, tomada en bloque, no es infalible, aunque se pueda decir que contiene un núcleo de verdad, accesible por la fe: el misterio inenarrable del Amor Creador (Dios).

Madrid, España, enero de 1996

Firman: José María Díez Alegría, Presidente de la Asociación de Teólogos Juan XXIII y otros 18 miembros de la Asociación: X. Alegre, J. M. Castillo, Juan A. Estrada, C. Floristán, Benjamín Forcano, J. Gómez Caffarena, José M. González Ruiz, J. Llopis, E. Malvido, E. Miret Magdalena, Leticia Sánchez, J. J. Tamayo, R. Velasco, Evaristo Villar, José-Ignacio González Faus, J. Vives, Jesús Bonet, Julio Lois.
 
Otro de los clásicos aportes de Juan Manuel, donde muestra el catolicismo tal y como es, él dice:

Ni creer que el Papa (y el Magisterio Romano) "nunca se equivoca", ni tampoco lo opuesto.

O sea, ni si ni no, sino todo lo contrario, jejejejeje.
Me quedó muy claro Juan Manuel.


Luis Fernando, lee esto y revisa lo que me dijiste sobre la aceptación o no del documento de Ratzinger:

"Lo que se plantea entonces es una cuestión muy práctica.
¿Qué valor tienen para los fieles católicos las enseñanzas oficiales pero no infalibles del Papa, que se llaman actos de su magisterio ordinario?
El Concilio Vaticano I no se planteó este asunto.
Pero los buenos teólogos de fines del siglo XIX se preocuparon de analizar la cuestión. Y dejaron muy claro que esta enseñanza tiene para los fieles una cierta autoridad.
Pero, por no tratarse de enunciados infalibles, el asentimiento que los fieles pueden prestarles es "opinativo y de suyo expuesto a error" (S. Schiffini, De virtutibus infusio, Friburgo Br., 1904, p.215).
Por eso, "tan pronto aparezcan motivos suficientes para dudar, es prudente suspen der el asentimiento" (Ch. Pesch, Praelectiones dogmaticae, 1, n.521).
No es obligatorio el asentimiento, "tan pronto aparezcan motivos, sean verdaderos o falsos, pero debidos a error inculpable, que persuaden otra cosa" (D. Palmieri, Tractatus d e Romano Pontifice, Prato, 1877, p.632).""


Claro, que como esto tampoco es infalible, entonces puedes creer lo que te dé la gana.
 
Juan Manuel, se me olvidó preguntarte: lo que escribiste es infalible???? O mañana pueden decir que lo que dijiste no es así???
 
haaz:

Si lees al final de mi primer mensaje, verás que el escrito no se origina en el Magisterio, sino refleja la postura de una respetable asociación de teólogos católicos, POR SUPUESTO QUE FALIBLES EN SU OPINION.

Qué simples imaginas que son las cosas, haaz !!!
.
 
<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>Originalmente enviado por Juan Manuel:
haaz:

Si lees al final de mi primer mensaje, verás que el escrito no se origina en el Magisterio, sino refleja la postura de una respetable asociación de teólogos católicos, POR SUPUESTO QUE FALIBLES EN SU OPINION.

Qué simples imaginas que son las cosas, haaz !!!
.

[/quote]


HEY!!!!! Y qué fue lo que yo imaginé????? Yo solamente pregunté, pero ahora está claro, eso es solamente una opinión, entonces puede ser cierto cualquier cosa como que el papa es infalible en sí mismo, o lo que escribiste, o cualquier otra opinión al respecto. O sea???? No tenemos nada de nada.
 
Haaz, tienes la capacidad de enrevesar cualquier cosa que escriban los católicos en este foro.
Yo ya no voy a jugar a ese juego.

El Documento Dominus Iesus tiene el sello de la autoridad del Papa. Por tanto, los católicos han de obedecer lo dicho ahí.
 
<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>Originalmente enviado por Luis Fernando:
Haaz, tienes la capacidad de enrevesar cualquier cosa que escriban los católicos en este foro.
Yo ya no voy a jugar a ese juego.

El Documento Dominus Iesus tiene el sello de la autoridad del Papa. Por tanto, los católicos han de obedecer lo dicho ahí.
[/quote]


Oye, dime cuál es el enredo que hice????

Tu dices que "los católicos han de obedecer lo dicho ahí".
Juan Manuel dice que "Nos parece, en conclusión, que la definición de la infalibilidad del Papa por el Concilio Vaticano I, bien entendida y analizada a fondo, es más bien una definición de no-infalibilidad.
El Papa, salvo algunos casos contadisimos, no es infalible.
Lo que se plantea entonces es una cuestión muy práctica.
¿Qué valor tienen para los fieles católicos las enseñanzas oficiales pero no infalibles del Papa, que se llaman actos de su magisterio ordinario?
El Concilio Vaticano I no se planteó este asunto.
Pero los buenos teólogos de fines del siglo XIX se preocuparon de analizar la cuestión. Y dejaron muy claro que esta enseñanza tiene para los fieles una cierta autoridad.
Pero, por no tratarse de enunciados infalibles, el asentimiento que los fieles pueden prestarles es "opinativo y de suyo expuesto a error" (S. Schiffini, De virtutibus infusio, Friburgo Br., 1904, p.215).
Por eso, "tan pronto aparezcan motivos suficientes para dudar, es prudente suspen der el asentimiento" (Ch. Pesch, Praelectiones dogmaticae, 1, n.521).
No es obligatorio el asentimiento, "tan pronto aparezcan motivos, sean verdaderos o falsos, pero debidos a error inculpable, que persuaden otra cosa"

Lo leíste????

Leíste lo que USTEDES escribieron???

El enredo que USTEDES hacen????

Yo no hice ningún enredo, lo que pasa es que la supuesta unidad de ustedes es de mentira. No se ponen de acuerdo ni entre ustedes mismos. Uno dice una cosa y el otro dice otra.

Muéstrame el enredo que YO hice.


Claro, ahora con el cuentito de "yo no voy a jugar ese juego", quieres dejarme a mí los problemas que la contradictoria doctrina católica tiene, pero no es así. DEMUESTRA.
 
Juan Manuel:
Estás de acuerdo con lo que afirma Luis Fernando, que "los católicos han de obedecer lo dicho ahí"?????

Cómo se concilian tus afirmaciones en el escrito con las de Luis Fernando????
 
Juan Manuel tiene razón cuando dice que el dogma de la infalibilidad papal es muy limitado en cuanto a su alcance. Los papas, por lo general, no son infalibles de la misma forma que no lo fue ni Pedro, ni Pablo ni el resto de los apóstoles. Ahora bien, de la misma forma que aceptamos que Pedro, Pablo y etc NECESARIAMENTE tuvieron que ser infalibles en determinadas ocasiones, los católicos aceptamos que el Papa, asistido por el Espíritu Santo, puede ser infalible bajo unas circustancias muy concretas.

Dicho eso, y aunque el Documento Dominus Iesus no tiene el sello de la INFALIBILIDAD PAPAL, sí tiene el sello de la autoridad apostólica papal. Es decir, Dominus Iesus no es, hoy por hoy, un dogma de fe, pero sí es de obligado acatamiento para todos los católicos desde el momento en que es Magisterio de la Iglesia.

Bien, pues verás como todavía no lo entiende el muchacho y nos saca ochocientas preguntas más
 
<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>Originalmente enviado por Luis Fernando:
Juan Manuel tiene razón cuando dice que el dogma de la infalibilidad papal es muy limitado en cuanto a su alcance. Los papas, por lo general, no son infalibles de la misma forma que no lo fue ni Pedro, ni Pablo ni el resto de los apóstoles. Ahora bien, de la misma forma que aceptamos que Pedro, Pablo y etc NECESARIAMENTE tuvieron que ser infalibles en determinadas ocasiones, los católicos aceptamos que el Papa, asistido por el Espíritu Santo, puede ser infalible bajo unas circustancias muy concretas.[/quote]

Todas las enseñanzas conservadas de Pablo, Pedro y los demás Apóstoles de Jesucristo son infalibles, como que forman parte de las Sagradas Escrituras.
Sin embargo, existe una considerable diferencia entre un Apóstol de Jesucristo, comisionado por el Señor como testigo de su resurrección y apoderado plenipotenciario, y cualquier obispo por importante que sea.

La Iglesia de Roma reconoce en el fondo esta diferencia al limitar la asistencia del Espíritu Santo para la infalibilidad papal. En efecto, tal asistencia no se afirma para nuevas revelaciones (como de hecho los Apóstoles las tuvieron) sino que supuestamente es negativa, preservándole del error.

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Dicho eso, y aunque el Documento Dominus Iesus no tiene el sello de la INFALIBILIDAD PAPAL, sí tiene el sello de la autoridad apostólica papal. Es decir, Dominus Iesus no es, hoy por hoy, un dogma de fe, pero sí es de obligado acatamiento para todos los católicos desde el momento en que es Magisterio de la Iglesia.
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Una de las cosas que hace de la supuesta infalibilidad papal algo totalmente inútil salvo como consuelo para ilusos y recurso apologético contra ignorantes, es que habitualmente se requieren expertos para discernir, tras un minucioso examen, una declaración infalible de otra que no lo es. Tales expertos son, por ejemplo, los distinguidísimos teólogos privados que suscriben la ambigua y revisionista declaración ofrecida por Juan Manuel -la cual creo que le robaría la alegría de su reciente beatificación al pobre Pío IX si pudiese leerla.
Tratándose de personas instruidas pero confesamente falibles, solamente pueden balbucear sus opiniones, las cuales pueden ser desautorizadas por el papa (o por Ratzinger) cuando le venga en gana.

De todos modos, concuerdo contigo en que el católico debe asentir a lo que le enseña el magisterio ordinario aunque no haya sido definido ex cathedra. Esto fue establecido por el Concilio Vaticano I:

"[Del objeto de la fe]. Ahora bien, deben creerse con fe divina y católica todas aquellas cosas que se contienen en la palabra de Dios escrita o tradicional, y son propuestas por la Iglesia para ser creídas como divinamente reveladas, ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio."(Denzinger 1792)

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Bien, pues verás como todavía no lo entiende el muchacho y nos saca ochocientas preguntas más
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Por el contrario, es obvio que Haaz percibe muy bien la maraña en que la Iglesia de Roma pretende enredar a sus propios fieles y a los demás hombres, para mantener sus pretensiones de infalibilidad y su ficticia suprema autoridad frente a los hechos bíblicos e históricos.
Las "precisiones" de los teólogos españoles son simplemente un pequeño nudo de la maraña. Y ésta en su conjunto no se resuelve con más enredos, sino aplicándole el tratamiento probadamente eficaz para el nudo gordiano.

Bendiciones en Cristo,

Jetonius
<{{{><
 
<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>Originalmente enviado por Luis Fernando:
Juan Manuel tiene razón cuando dice que el dogma de la infalibilidad papal es muy limitado en cuanto a su alcance. Los papas, por lo general, no son infalibles de la misma forma que no lo fue ni Pedro, ni Pablo ni el resto de los apóstoles. Ahora bien, de la misma forma que aceptamos que Pedro, Pablo y etc NECESARIAMENTE tuvieron que ser infalibles en determinadas ocasiones, los católicos aceptamos que el Papa, asistido por el Espíritu Santo, puede ser infalible bajo unas circustancias muy concretas.

Dicho eso, y aunque el Documento Dominus Iesus no tiene el sello de la INFALIBILIDAD PAPAL, sí tiene el sello de la autoridad apostólica papal. Es decir, Dominus Iesus no es, hoy por hoy, un dogma de fe, pero sí es de obligado acatamiento para todos los católicos desde el momento en que es Magisterio de la Iglesia.

Bien, pues verás como todavía no lo entiende el muchacho y nos saca ochocientas preguntas más
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Como hace siempre nuestro amigo, se quiere desviar de la pregunta y al mejor estilo romano "cantinflear".
Te lo voy a explicar despacito y con puntos, así me entiende mi hija, por lo que creo que no será muy difícil de entender:

1. No estoy hablando de infabilidad papal, lo entendiste???? Por lo tanto no me salgas con eso, ok???
2. Estoy hablando de los documentos que no son "infalibles".
3. Juan Manuel dice que a esos documentos que no son infalibles, "No es obligatorio el asentimiento".
4. Luis Fernando dice que "Dominus Iesus no tiene el sello de la INFALIBILIDAD PAPAL".
5. Del punto 4. se desprende que el documento mencionado en dicho punto cae dentro de la categoría de "no infalible".
6. De 5. y 3. tenemos que para el documento "Dominus Iesus" "no es obligatorio el asentimiento"
7. Luis Fernando dice (y repite) "sí es de obligado acatamiento para todos los católicos desde el momento en que es Magisterio de la Iglesia"
8. De 6. y 7. tenemos que una flagrante contradicción entre lo que dice Luis Fernando (obligado acatamiento) y los teólogos que citó Juan Manuel (no es obligatorio el asentimiento).
9. ¿Quién tendrá la razón?
10. ¿Quiénes son los que se contradicen?
11. ¿Cuál de los dos es doctrina oficial, por no decir infalible?
12. ¿Te equivocaste (otra vez) Luis Fernando?
13. ¿O nos estás diciendo que lo que escribió Juan Manuel está equivocado?


Creo que ahora si quedó claro el punto, verdad Luis Fernando??? La contradicción es tan evidente que me parece difícil que no la hayas percibido desde el principio, pero en fin, espero las respuestas.
 
Estimados coforistas:

He aquí algunas observaciones sobre el documento transcripto por Juan Manuel.

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Llamado de atención sobre la infalibilidad

Ultimamente parece haberse postulado, en declaraciones públicas del cardenal Ratzinger y del Papa Juan Pablo II, que los católicos, y en particular los teólogos, presten un asentimiento irrevocable a las enseñanzas del magisterio no definidas con juicio solemne o mediante acto definitivo.
Es decir, se pretende, al parecer, que los actos del magisterio no infalible del Papa sean aceptados como si fueran infalibles.
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[Del objeto de la fe] . Ahora bien, deben ser creídas con fe divina y católica todas aquellas cosas que se contienen en la palabra de Dios escrita o tradicional, y son propuestas por la Iglesia para ser creídas como divinamente reveladas, ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio. (Constitución Dogmática sobre la fe católica. Sesión III del 24 de abril de 1870, Concilio Vaticano I; Denzinger 1792).

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Esto plantea problemas muy graves e importantes para la vida de la Iglesia, para el porvenir de la Fe cristiana y para el servicio de la causa del Reino de Dios.
Ello nos mueve a exponer muy brevemente algunas reflexiones sobre la problemática cuestión (vexata quaestio) del magisterio papal y la infalibilidad.
La fe cristiana apostólica nos lleva a confiar en que Dios no abandona a su Iglesia en el mantenimiento de la "fe en Cristo Jesús" (Gal 3,26), de la "fe activa por el amor" (Gal 5,6). Esto nos impulsa a vivir nuestra propia fe en comunión eclesial, sin enquistarnos en una subjetividad arriscada e intemperante.
Pero la última garantía no está ni en nosotros, ni en los "pastores", ni en la comunidad. Está en el Espíritu y en la misteriosa presencia de Jesús.
Sobre la base de esta actitud de fe, aceptamos la definición que de la infalibilidad del Papa promulgó el Concilio Vaticano I, analizando cuidadosamente los términos con que viene expresada.
El Papa es infalible solamente cuando define ex cathedra, es decir, actuando como maestro universal y entendiendo usar de toda la plenitud de su potestad. Pero no basta esto.
En segundo lugar, la materia de las posibles definiciones está delimitada objetivamente (independientemente de la intención subjetiva del Papa).
Ha de tratarse de fe y costumbres: es decir, de algo perteneciente a la revelación transmitida por los apóstoles (cfr. Conc. Vaticano II, LG 25c).
En tercer lugar, el Concilio Vaticano I no dice directamente que el Papa, cuando define ex cathedra sobre cuestiones de fe y costumbres, es infalible.
Se limita a decir que, en aquellos casos (y sólo en ellos), el Papa goza de la misma infalibilidad de que está dotada la Iglesia.
Por tanto, no se define la infalibilidad de la Iglesia a partir de la del Papa, sino la segunda a partir de la primera. Y esto nos parece que tiene profundo sentido teológico.
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Es interesante el hecho de que los autores de este escrito, que citan a teólogos privados y manifiestamente falibles, omitan transcribir lo que realmente dice la definición de la infalibilidad papal. Creo que ello se debe a que el texto mismo no le permitiría algunas libertades que se toman. ¿O poseerán sus explicaciones más autoridad que la definición dogmática misma?

Para quien tenga ojos para leer, he aquí la definición de la infalibilidad papal tal como figura en el Denzinger:

“Así, pues, nos, siguiendo la tradición recogida fielmente desde el principio de la fe cristiana, para gloria de Dios Salvador nuestro, para exaltación de la fe católica y salvación de los pueblos cristianos, con aprobación del sagrado Concilio, enseñamos y definimos ser dogma divinamente revelado: Que el Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra –esto es, cuando cumpliendo su cargo de pastor y doctor de todos los cristianos, define por su suprema autoridad apostólica que una doctrina sobre la fe y costumbres debe ser sostenida por la Iglesia universal - , por la asistencia divina que le fue prometida en la persona del bienaventurado Pedro, goza de aquella infalibilidad de que el Redentor divino quiso que estuviera provista su Iglesia en la definición de la doctrina sobre la fe y las costumbres; y por tanto, que las definiciones del Romano Pontífice son irreformables por sí mismas y no por el consentimiento de la Iglesia. (Constitución Dogmática I sobre la Iglesia de Cristo. Sesión IV del 18 de julio de 1870, Concilio Vaticano I; Denzinger 1839; negritas añadidas).

Es una lisa y llana subversión del espíritu y de la letra del texto vaticano decir que la infalibilidad del papa se funda en la infalibilidad de la Iglesia, cuando el texto dice exactamente lo opuesto. En efecto, se dice que la infalibilidad de la Iglesia descansa precisamente en la infalibilidad del “sucesor de Pedro.” Toda la declaración (Denzinger 1832-1840) sostiene esta posición: es en el Papa que descansa la infalibilidad de la Iglesia, y no al revés. Y por si quedara duda, la definición fue bien remachada: “las definiciones del Romano Pontífice son irreformables por sí mismas y no por el consentimiento de la Iglesia.”


<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Ahora bien, nos parece que, a la luz de todo el Nuevo Testamento, podría afirmarse que la infalibilidad conceptual de la Iglesia, en la medida en que existe, solo atañe a aquellas verdades centrales y fundamentales, con las que se puede decir que queda en pie o cae la sustancia misma de la fe cristiana.
Podrían servir de ejemplo las expresiones de 1 Jn 2, 22-23 y 4,2-3.
Pensamos que deben tenerse en cuenta las dificultades que la filosofía y la teoría del lenguaje plantean a la posibilidad de establecer proposiciones irrevocables e irreformables, por encima de cualquier condicionamiento cultural e histórico de su valor significativo.
[/quote]

En caso de ser esto cierto, sería interesante saber quién , cómo y sobre qué criterio va a definir cuáles son las “verdades centrales y fundamentales” pasibles de ser objeto de la “infalibilidad conceptual” de la Iglesia.

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Nos parece, en conclusión, que la definición de la infalibilidad del Papa por el Concilio Vaticano I, bien entendida y analizada a fondo, es más bien una definición de no-infalibilidad.
El Papa, salvo algunos casos contadisimos, no es infalible.
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¡Así que en el fondo Pío IX y sus conciliaristas querían definir la “no infalibilidad” del Papa! Notable conclusión del escrito. Bien, si esto es así, los obispos perdieron el tiempo y Pío IX su dinero en costear el Concilio Vaticano I. No hacía falta tanto para determinar que el papa no es infalible.
Si la idea que los Papas son infalibles sólo en contadísimas ocasiones no ha sido declarada, proclamada, definida y sancionada por un Papa actuando como supremo pastor y doctor, se trata otra afirmación más de las tantas que suelen hacer los teólogos privados.

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Lo que se plantea entonces es una cuestión muy práctica.
¿Qué valor tienen para los fieles católicos las enseñanzas oficiales pero no infalibles del Papa, que se llaman actos de su magisterio ordinario?
El Concilio Vaticano I no se planteó este asunto.
Pero los buenos teólogos de fines del siglo XIX se preocuparon de analizar la cuestión. Y dejaron muy claro que esta enseñanza tiene para los fieles una cierta autoridad.
Pero, por no tratarse de enunciados infalibles, el asentimiento que los fieles pueden prestarles es "opinativo y de suyo expuesto a error" (S. Schiffini, De virtutibus infusio, Friburgo Br., 1904, p.215).
Por eso, "tan pronto aparezcan motivos suficientes para dudar, es prudente suspen der el asentimiento" (Ch. Pesch, Praelectiones dogmaticae, 1, n.521).
No es obligatorio el asentimiento, "tan pronto aparezcan motivos, sean verdaderos o falsos, pero debidos a error inculpable, que persuaden otra cosa" (D. Palmieri, Tractatus d e Romano Pontifice, Prato, 1877, p.632).
Se puede decir, por consiguiente, que el Concilio Vaticano I dejó una doctrina de la infalibilidad papal muy alejada de un espíritu totalitariamente impositivo.
[/quote]

¿Estarán hablando en serio? El Concilio Vaticano I estableció dogmáticamente la obligación de los fieles de creer con fe divina y católica todo lo enseñado como divinamente revelado por el magisterio ordinario; ver la cita de Denzinger 1792 más arriba.
Por lo demás, las opiniones de los teólogos privados que se citan con asentimiento (Schiffini, Pesch, Palmieri) tienen de seguro un peso ínfimo en comparación con una Constitución Dogmática.

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Pero ocurrió que los partidarios de una concepción extremosa de la infalibilidad papal lograron después introducir de hecho en la práctica (por decirlo así, por la puerta falsa) aquella doctrina simplista que hubieran querido ver definida en el Concilio: "el Papa es infalible".
Esta extrapolación de la doctrina de la infalibilidad se produjo, a principios de este siglo, al hilo de la llamada "crisis modernista", bajo San Pio X.
En esa época se esfumó, en el plano operativo, la distinción entre magisterio infalible y magisterio no-infalible.
Teóricamente se admitía la distinción, pero se consideraba como una cuestión puramente académica.
En la práctica se pensaba que había que ejercitar una sumisión absoluta a lo que el Papa dijera, como si fuera siempre infalible.
Roma locuta est, causa finita est.
Nos parece indispensable reaccionar contra tamañas confusiones y exageraciones, que pueden dañar gravemente el porvenir de la Fe y el futuro de la Iglesia.
[/quote]

Estas buenas personas ignoran, o soslayan, el hecho de que la obediencia al magisterio ordinario y falible es tan obligatoria para el católico como la obediencia al magisterio extraordinario e infalible del Papa. De hecho, si sólo tuviese que obedecer este último, tendría muy pocas obligaciones (y no sabría muy bien cuáles son, pues es difícil saber cuáles enseñanzas papales son ex cathedra y cuáles no lo son). .

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Queremos hacer una última consideración.
El Concilio Vaticano II ha afirmado que cuando los prelados, "aun estando dispersos por el mundo, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, en el ejercicio del magisterio auténtico en materia de fe costumbres convienen en que una proposición debe ser mantenida definitivamente, enuncian infaliblemente la doctrina de Cristo" (LG 25b).
Aqui el magisterio ordinario estaría dotado del carisma de infalibilidad.
[/QUOTE[

El punto a recordar aquí es que aún si todos los obispos del mundo se ponen de acuerdo en una proposición doctrinal, ella no sería válida sin el asentimiento papal. En cambio, el papa puede definir doctrina sin necesidad de contar con el asentimiento de los demás obispos. En otras palabras, el papa puede ser infalible por sí mismo, mientras que los obispos solamente lo serían cuando están unánimes y en comunión con el Papa.


Pero sería muy difícil demostrar que se ha dado esa coincidencia cuando no se trata de las verdades más centrales y fundamentales.
Además tales proposiciones pueden exigir un tratamiento hermenéutico profundo, para buscar el núcleo de verdad en ellas contenido, no obstante posibles ambigüedades y amalgamas con elementos culturales que pueden ser caducos.
En esos casos no se podría defender sensatamente que son proposiciones "irreformables".

De nuevo surge el problema para el católico de quién, sino el papa y un concilio, ha de definir cuáles verdades son centrales y fundamentales, y cuáles periféricas y secundarias.

<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>
Por ejemplo, el magisterio de los prelados ha enseñado durante siglos que había que mantener definitivamente la verdad de los relatos genesíacos de la creación, entendidos por ellos en sentido realista cosmogónico (fundamentalista).
Esta proposición, tomada en bloque, no es infalible, aunque se pueda decir que contiene un núcleo de verdad, accesible por la fe: el misterio inenarrable del Amor Creador (Dios).
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¿No es infalible porque lo dice quién? ¿No es infalible aunque haya sido creída y afirmada unánimente y por siglos por el papa y los obispos? ¿No es infalible aunque trate de un asunto doctrinal fundamental como la mismísima obra creadora de Dios?

Sinceramente, mi impresión es que este documento, que presuntamente busca esclarecer, genera más dudas de las que puede responder. Tergiversa declaraciones dogmáticas claras, y propone soluciones poco plausibles.

Bendiciones en Cristo,
Jetonius
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Juan Manuel, ¿tú ves alguna contradicción entre lo que has dicho tú y lo que he dicho yo en este epígrafe?

Yo no

Si tú tampoco, ¿te importaría explicarle el asunto al forista de las mil y una preguntas?
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Gracias
 
Luis Fernando:

No veo ninguna contradicción entre nuestros dichos.

Pero mi experiencia con el "forista de las mil y una preguntas", es que no le satisfacen ni "mil y una respuestas" , si vienen de parte de católicos.

Por eso, paso.

Juan Manuel
 
<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>Originalmente enviado por Juan Manuel:
Luis Fernando:

No veo ninguna contradicción entre nuestros dichos.

Pero mi experiencia con el "forista de las mil y una preguntas", es que no le satisfacen ni "mil y una respuestas" , si vienen de parte de católicos.

Por eso, paso.

Juan Manuel
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Estimados Juan Manuel y Luis Fernando:

A mí también me parece percibir, como a Haaz, cierta discordancia entre las respuestas de ustedes, y me gustaría escuchar de ustedes cómo concilian sus dichos.

Por tanto, si no es mucho pedir, ¿podrían dejar de pasarse la pelota y apuntar de una vez al arco?

Bendiciones en Cristo,

Jetonius
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Luis Fernando y Juan Manuel.

Miren, yo los entiendo clarito, clarito y no existe contradición alguna. Pero para que se preocupan si es obvio que los amigos protes le van a buscar la quinta pata al gato, que no existe.

Que Jesús y la Virgen los bendiga.

abel
 
Hombre, tres respuestas evasivas de antología.

¿No sería autogol, más bien?

Marcela
 
<BLOCKQUOTE><font size="1" face="Helvetica, Verdana, Arial">Comentario:</font><HR>Originalmente enviado por Juan Manuel:

¡¡¡¡ GOOOOOOOOL, GOOOOOOL,
GOOOOOOL DE ABEL !!!!


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Pues lo que es a mí me parece que la pateó afuera, recurso muy empleado por los hermanos catol últimamente.
Es comprensible, porque es difícil imaginar una contestación que no sea contradictoria con al menos una de las posiciones expuestas. Por tanto, es mejor seguir con el peloteo... "Tomala vos, dámela a mí"
¡Valiente estrategia!
En fin, habrá que preguntarle al árbitro o al juez de línea.

PS: Juan Manuel, ¿hiciste ya la consulta que te sugerí?

Bendiciones en Cristo,
Jetonius
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