Desalojo de menores de la Institución Heraldos del Evangelio por el Vaticano.
El Vaticano determinó en un decreto que “todos los menores de edad admitidos a cualquier título en la asociación privada de Heraldos del Evangelio o que residan en casas, colegios o internados de la misma asociación, o en las sociedades de vida apostólica Virgo Flos Carmeli y Regina virginum, al final del año lectivo deben volver con sus familias y ser confiados a sus respectivos padres”.
Tras ser notificados, los Heraldos presentaron un recurso solicitando que la decisión se revierta, presentando lo que consideran son “irregularidades e ilegalidades” del decreto.
El decreto, con fecha 22 de junio de 2021, está firmado por el prefecto de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, el Cardenal brasileño João Braz de Aviz, y está dirigido al Cardenal Raymundo Damasceno Assis, Arzobispo Emérito de Aparecida, nombrado comisario pontificio para los Heraldos del Evangelio en 2019.
Según el documento, la medida busca “permitir a los más jóvenes la indispensable relación con las familias y tiene el objetivo de prevenir cualquier situación que pueda favorecer posibles abusos de conciencia y plagio contra menores”.
El decreto usa el término “plagio” en el sentido que esta palabra tiene en italiano pero no en portugués, es decir someter a una persona a un modo total de sujeción, según indica el Código Penal Italiano.
El Cardenal Aviz afirma que la decisión se tomó “a la luz de las informaciones recibidas por la Sede Apostólica, teniendo en cuenta las numerosas comunicaciones aquí enviadas por los padres de los niños y jóvenes insertos en la órbita de la Asociación Heraldos del Evangelio, en las que se lamenta que las familias de origen son, la mayoría de las veces, excluidas de la vida de sus hijos, y que el contacto con los padres no está suficientemente garantizado”.
El Cardenal dice que consideró también “el tipo de disciplina excesivamente rígida practicada en las comunidades de los Heraldos del Evangelio”.
La decisión de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica fue comunicada a los Heraldos por el Cardenal Raymundo Damasceno en un decreto con fecha 10 de agosto de 2021.
“Que el Secretario General de la Asociación Internacional de Fieles de Derecho Pontificio Heraldos del Evangelio, en común acuerdo con los directores de las casas donde residan menores, definan y me den a conocer los procedimientos prácticos y las medidas específicas para que la decisión sea cumplida dentro de los plazos establecidos”, afirmó el comisario pontificio.
La oficina de prensa de los Heraldos dijo a ACI Digital, agencia en portugués del Grupo ACI, que de las “tres entidades agrupadas bajo el nombre de Heraldos del Evangelio” citadas por el decreto de la Santa Sede, es decir, la Sociedad Clerical de Vida Apostólica Virgo Flos Carmeli, la Sociedad Femenina de Vida Apostólica Regina Virginum y la Asociación Privada Internacional de Fieles de Derecho Pontificio Heraldos del Evangelio, solo esta última acoge “menores adolescentes, con autorización escrita de los padres o los responsables, los cuales detentan la patria potestad”.
Indicó además que “esta asociación no posee colegios o internados” y que los colegios de los Heraldos “son instituciones civiles y autónomas, inspiradas en el carisma de los Heraldos del Evangelio, cuya patrocinadora se llama INEDAE, Instituto Educacional Arautos do Evangelho”.
Tras ser notificados del decreto de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, los Heraldos del Evangelio presentaron un recurso el día 15 de agosto.
En el documento dirigido al Cardenal Braz de Aviz, los Heraldos dicen “no estar de acuerdo con una decisión equivocada”. Según los Heraldos, “ninguno de los responsables” de la asociación “fue llamado a confrontar las denuncias” ni se les “concedió la posibilidad de defensa”.
Asimismo afirman que “igualmente no fueron escuchados los principales responsables legales de la educación de los menores, es decir, los padres de aquellos que por la autoridad de la patria potestad, están hospedados en casas de los Heraldos del Evangelio”.
Según los Heraldos, las denuncias hechas ante la Congregación de la Santa Sede fueron enviadas “en gran parte por personas que no son ni han sido padres de menores cuya formación ha sido encomendada” a la Asociación.
Además dicen que las personas que hicieron las denuncias también las presentaron “a las autoridades civiles brasileñas”. La oficina de prensa de los Heraldos indicó que la investigación sobre abusos físicos y psicológicos cometidos contra menores de edad “ya fue juzgada y archivada” por el Tribunal de Justicia de Sao Paulo el 24 de agosto de 2021.
“Dichas acusaciones, ya escrutadas por la justicia civil, resultaron improcedentes”, indicó la oficina de prensa de los Heraldos.
Un grupo de padres de alumnos que se hospedan en las casas de los Heraldos del Evangelio realizó una petición que reunió 2.583 firmas, presentada a la Santa Sede el 2 de septiembre, según informó la oficina de prensa de los Heraldos.
En el documento, los firmantes desafían la decisión del Cardenal Braz de Aviz. En su opinión, esta medida viola el “derecho natural” de los padres sobre la educación de los hijos, así como la legislación canónica y civil que “garantiza el ejercicio de la patria potestad”. Por eso dicen no aceptar la decisión de que los menores vuelvan a sus hogares al final del año lectivo.
En un dictamen sobre el decreto de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, los juristas Dircêo Torrecillas Ramos e Ives Gandra da Silva Martins afirman que este “interfiere en los asuntos ajenos al derecho canónico, a saber, la formación intelectual, moral y religiosa de menores de edad en Brasil”.
En su opinión, la decisión “ingresa en un campo cuya reglamentación y respectiva tutela son de atribución de las autoridades civiles brasileñas”.
De acuerdo a los juristas, el decreto “viola la Ley Mayor y las demás leyes infraconstitucionales brasileñas, contraría la potestad de los padres, el deseo de los hijos y no tiene en consideración cursos que terminan en diciembre y otros en septiembre, en perjuicio de todos”.
Asimismo declaran que “existen órganos públicos, en especial las secretarías estatales de educación, los consejos tutelares y el ministerio público, que tienen atribuciones específicas para fiscalizar la regularidad de la vida escolar de niños y adolescentes”.
También indican que hasta el momento estos órganos “no han encontrado nada que confirme las sospechas genéricas constatadas” en la decisión de la Congregación del Vaticano.
El decreto de la Santa Sede fue divulgado por la prensa brasileña el 3 de septiembre, concretamente por el sitio Metrópoles, que tituló su noticia así: “
Vaticano manda cerrar los colegios de los Heraldos del Evangelio después del año lectivo”.
En una nota al respecto, los Heraldos calificaron la información como “falsa” e indicaron que “esta prerrogativa es atribución de los órganos vinculados al Ministerio de Educación, las secretarías estatales y municipales de educación, después del debido proceso legal”.
A su turno, el Instituto Educacional Arautos do Evangelho (INEDAE)
afirmó en una nota que los colegios citados por Metrópoles son administrados por el INEDAE, que es una “persona jurídica de derecho privado”.
“Como institución docente, el INEDAE está sujeto a la autorización y evaluación de la calidad por parte del poder público (Constitución Federal. Art. 209), no del poder eclesiástico”, indicó.
Traducido por Walter Sánchez Silva. Publicado originalmente en ACI Digital
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