¿Porqué la Iglesia Católica prohíbe a sus fieles debatir públicamente?

Dijo Daniel Brion
“En definitiva, ¿Será que alguno está molesto porque haya católicos que puedan defender su fe públicamente y sin problemas de demostrar la Verdad que brilla SOLA?

No Daniel. Solo reflexionar...

Por ejemplo, de acuerdo a tu comentario, se me ocurre reflexionar sobre la pregunta:

¿Porqué hasta hace pocos años el católico NO TENÍA PERMITIDO defender su fe públicamente y sin problemas de demostrar que la suya es una verdad que brilla sola, SI ES realmente UNA VERDAD QUE BRILLA SOLA?

Si la verdad católica brilla sola... ¿Porqué las Biblias católicas son “comentadas” al comienzo de cada capítulo..?

Solo reflexionar...

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Originalmente enviado por Luis Fernando:
<STRONG>Jetonius:
Claro, como que desde hace algunos siglos a esta parte hace lo que se le da la regaladísima gana.

Luis:
Y lo que te rondaré morena
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Supongo que ésta debe de ser una forma jocosa de asentir...

<STRONG>
Jetonius:
Tengo la incómoda impresión de que el argumento empleado se parece al de los abogados, con 50 % de la legislación y la jurisprudencia a favor y 50 % en contra.

Luis:
Bueno, la Biblia a veces tiene esas cosas. Por ejemplo, en el libro de Proverbios encontramos lo siguiente en dos versículos consecutivos:
Prov 26,4
No respondas al necio según su necedad, no sea que te iguales a él también tu
Prov 26,5
Responde al necio según su necedad, para que no se juzgue sabio en sus ojos

¿Qué? ¿cómo lo ve?
50% de la jurisprudencia bíblica a favor de responder al necio según su necedad y 50% de la jurisprudencia bíblica en contra
</STRONG>

Notable ejemplo de exégesis ... Ocurre que el libro de Proverbios no dicta "leyes" sino normas prácticas de sabiduría o conocimiento aplicado, y deja, como en este caso, librado al discernimiento del creyente cómo ha de proceder en cada ocasión. En cambio el Código de Derecho Canónico es una ley que hasta hace poco prohibía lo que hoy (tácitamente) permite.


<STRONG>
Jetonius:
El argumento de 2 Juan no se aplica a disputas públicas sino a la comunión y a la admisión en la propia casa.

Luis:
No, mire, no prohibe sólo recibir al hereje en casa, sino ni tan siquiera saludarlo.
</STRONG>

Claro, pero el saludo implica aceptación en la comunión, que es lo que dije antes.

<STRONG>
Pero aparte del texto bíblico tenemos el testimonio de Ireneo que comentaba lo siguiente acerca de lo que ocurrió cuando el apóstol Juan iba camino de unos baños públicos y se enteró que andaba por allá el hereje gnóstico Cerinto. Ireneo, que fue informado por Policarpo, discípulo directo de Juan de este suceso, cita así las palabras del apóstol:
"¡Vámonos hermanos y a toda prisa, no sea que los baños en donde está Cerinto, el enemigo de la verdad, caigan sobre su cabeza y nos aplasten!".

Así que parece que el discípulo amado no era precisamente partidario de discutir públicamente con los herejes de su tiempo.
</STRONG>

Pasando por alto que se trata de una fuente extracanónica, yo diría por las palabras de Juan que más bien temía que el castigo reservado a Cerinto le alcanzase por accidente.

Además, en estos casos no se trata simplemente de debatir con personas con quienes se puede dialogar, sino de "enemigos declarados de la verdad".

<STRONG>
Pablo tampoco parece muy partidario de andar con contemplaciones con los que causan divisiones (Tit 3,9-10), lo cual se podría aplicar perfectamente al protestantismo que es el paradigma de la división doctrinal y eclesial.
</STRONG>

Si esto es cierto, a partir del Vaticano II la Iglesia de Roma está desoyendo explícitamente el mandato paulino.

<STRONG>
Sin embargo, ya hemos visto que Pedro nos pide que demos explicaciones sobre nuestra fe y Judas habla de defender ardientemente la fe dada a los santos.
</STRONG>

Claro, pero Pedro también establece la circunstancia y forma en que esto se ha de hacer: con mansedumbre y reverencia, a todo el que pida razón de la esperanza que hay en nosotros (lo que no impida que nos apartemos de enemigos declarados y contumaces con quienes no es posible tal clase de diálogo). Pero el antiguo CDC prohibía sin tal condicionamiento.

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Por tanto, en este tema la Iglesia puede hoy decidir que se siga una línea de actuación y mañana otra sin por ello apartarse ni un milímetro de las recomendaciones bíblicas.
</STRONG>

Sólo por un empleo arbitrario de las Escrituras, no mediante una exégesis y armonización adecuadas de todos los textos pertinentes.

<STRONG>
Jetonius:
Por supuesto que una institución (la Iglesia de Roma u otra cualquiera) tiene perfecto derecho a decidir qué es más conveniente para sus miembros. Lo que me sigo preguntando es por qué el cambio de actitud (y, según Luis, del "texto base").

Luis:
Porque así le ha parecido bien a la Iglesia.
</STRONG>

Exacto; esta es la única respuesta que se puede dar. Le ha parecido bien a la jerarquía eclesiástica. Y mañana puede parecerle mal, y así hasta el infinito.

<STRONG>
Jetonius:
Sinceramente no me molesta, escandaliza ni me hace reir este cambio. Más bien me llama la atención que los propios católicos no parezcan sorprendidos por él. ¿o será que la inmensa mayoría de los hijos de Roma no se ha dado aún por enterada?

Luis:
Pues no hay razón alguna para que nos sorprendamos de lo ocurrido. Y tampoco me parece fundamentalísimo que todos los católicos se conozcan al pie de la letra los cambios del código de derecho canónico</STRONG>

En realidad, vista la actitud que quienes están enterados de los hechos adopta, casi parecería conveniente para la causa romana que cuanto menos conociesen tales cambios mejor... Así pueden continuar creyendo lo de Roma semper eadem.

Bendiciones en Cristo,

Jetonius

<{{{><
 
Jetonius
Cierto, el canon actual no habla del tema. Solamente le estaba prohibido a los fieles hasta 1983. Ahora ya no. Sería bueno saber la razón del cambio... Otra pregunta: Ya que la Internet no existía en su forma actual a principios de la década de 1980, ¿piensa usted que queda excluida por la letra del Código?

Aunque el canon es limitativo y no enunciativo, puede servir de base para todo tipo de "publicación" y si para el criterio del fiel colaborar con una pagina anti catolica o antivalores morales, hay razón justa o razonable, bien puede hacerlo.

No veo que el citado comentario agregue mucho más que la opinión del comentarista acerca de los presuntos motivos de la restricción. Yo simplemente cité el artículo (sin comentarlo) porque me pareció pertinente a la discusión, y en este libro III el que regula la participación de laicos y clérigos. No dije que significase exactamente lo mismo que el artículo 1325 que al parecer era muy correcto hasta principios del siglo XX pero que en el nuevo CDC simplemente se suprimió

Permiteme decirte que eso que afirmas es falso, tu dijiste que lo que decía Daniel era una verdad a medias, dando así a entender que si había un canon que prohibía la discución con no catolicos, ¿o me equivoco?.

Y esto lo afirmo por que señalas que Daniel tenía que haber mencionado este canon y no lo había hecho, dando así a entender que Daniel lo había escondido para ocultar esa prohibición.

Estoy de acuerdo, pero como le expresé a Daniel Brion sería muy bueno saber por qué tal discusión era motivo de prohibición hasta 1983 y no después.
En otras palabras, según la ley canónica vigente hasta 1983 la Iglesia mandaba que los católicos evitasen disputar y aun conferenciar con acatólicos sin licencia de la Santa Sede o al menos del Ordinario local. ¿Cuál era la causa de aquella prohibición y cuál la de la actual amplitud?

La causa es logica, una cosa es predicar el evangelio y otra discutir.

Si pensamos que a los protestantes se les entrena para atacar catolicos y no para predicar el evangelio, podemos ver alguna luz para contestar tu pregunta.

La mayoría de los protestantes estan aleccionados para confundir catolicos, para llenar de rencor a la gente en contra de la Iglesia de Cristo, la idea de la Iglesia era la de excluir a este tipo de gente de los circulos catolicos, pero el nuevo Código, confiando en la Luz del Espiritu Santo, deja a los fieles que discutan sobre lo que quieran.

Y a mí me maravilla que le pueda resultar más sorprendente la ignorancia confesa de un miembro obviamente educado de su Iglesia que la ignorancia supuesta de quien no pertenece a ella. ¡Sorprendente!

Me sorprende que le digas a alguien ignorante, dando a entender que tu no lo eres, mientras que tu tambien ignoras supinamente la exegesis jurídica.

Esta presentación está fechada el 23 de enero de 1986. Si bien no es posible hacer una estadística con un caso aislado, como el de Daniel, tal parece que la brillante perspectiva que quince años atrás nos pintaba don Juan Sánchez y Sánchez no pasó de ser una expresión de deseo.

La Iglesia Colica se esta preocupando mas por el crecimiento espiritual que por enseñarles derecho canonico a los fieles, para eso existimos abogados.

PAZ EN LA TIERRA)
No tiene por que haber reglamentación alguna, dado que el Código es claro al respecto,

(Jetonius)

Lo que dice es muy extraño, pues si fuera tan claro no sería necesario recurrir a citas de canonistas para establecer la vera interpretación, ni que el mismo Código en el mismo artículo, § 2, previese explícitamente tal reglamentación para los clérigos.

Es claro para quien entiende algo de exegesis jurídica.

Me parece que tu eres medico y hay conceptos que son claros para ti, dada tu formación, y que para mi no lo son, pero si no eres jurista lo que tengo que hacer es darte comentarios para que entiendas la teleología del canon.

Y sobre los clerigos es diferente, dado que un comentario dado por ellos se podría entender como opinion de la Iglesia y crear confusión.


Es realmente tranquilizador y reconfortante que la Iglesia Católica les reconozca aquí a sus fieles los mismos derechos de que gozan todos los demás ciudadanos. Todo un progreso

A mi no me sorprende que sea así, la Iglesia siempre ha sido punta de lanza en derechos, por algo el derecho de mas de la mitad del mundo se basa en su derecho y en el romano, o sea la familia romano canonica a la cual perteneces.

Muy impresionante, pero no hace falta semejante curriculum vitae para saber que está permitido lo que la ley no prohíbe. Mucho más interesante sería escuchar, de la boca del profesor Benlloch Poveda u otro ilustre canonista, las razones por las cuales estas limitaciones alcanzan a clérigos y miembros de institutos religiosos pero no a los laicos.

Cuando le contestaste a Daniel, no pensabas que estuviera permitido, antes al contrario.

Las razones a las limitaciones a clerigos e instituos ya te la dí, un sacerdote que habla, habla con la autoridad y respaldo de la Santa Iglesia, por eso esta mas regulado que un laico, que simplemente puede escribir su criterio personal.

Tal vez convendría aclarar para muchos de los demás foristas que una excomunión latae sententiae es aquella en la que se incurre en el momento mismo en que se cometen algunas faltas graves condenadas previamente por la Iglesia. Este tipo de excomunión no requiere una condena expresa dirigida a la persona en cuestión. Por ejemplo, aunque no me quita el sueño, yo mismo me encuentro en tal condición pues técnicamente soy para la Iglesia de Roma tanto hereje como cismático. Esto es claro.

Gracias por aclararlo, por que puede que alguien no lo entendiera.

Sobre tu persona (sólo en el caso de que te hayan bautizado en la Iglesia Catolica), verdaderamente estas excomulgado por hereje y cismatico.

Yo diría más prudentemente que algunos de estos individuos no son ya católicos por haber incurrido en excomunión latae sententiae (cosa que, dado el aparente desconocimiento del Código entre los propios fieles, probablemente tanto ellos como sus clientes ignoren). Sin embargo, pueden encontrarse muchos ejemplos de individuos que se dedican a actividades muy cuestionables y de hecho emplean íconos y símbolos de la Iglesia Católica, a quienes no les alcanza tal forma de excomunión. Por ejemplo, un curandero que emplee métodos carentes de eficacia; o un parapsicólogo que apele a supuestas capacidades superiores de la mente humana para asesorar a sus clientes; todo ello sin negarse a la sujeción al papa ni rechazar la comunión con los católicos, ni negar pertinazmente ninguna verdad de las que han de creerse con fe divina y católica.

En resumen, muchos de quienes cuelgan por allí un cuadrito de Jesús, María o algún santo para dar credibilidad a sus discutibles prácticas son técnica y efectivamente miembros de la Iglesia Católica, por mucho que les disguste a usted y a Daniel.


Permiteme que no este de acuerdo contigo pero quien lucra con la ignorancia de la gente apoyandose de la fe de esta, esta cayendo en herejia, pero esto sería cuestión de otro tema.

Como a diferencia de usted no tengo dudas de la honestidad de Daniel Sapia (Juan 8:32), creo que rectificará su pregunta inicial, que sería más apropiadamente formulada como sigue:

¿Por qué la Iglesia Católica prohibía hasta tiempos recientes las discusiones privadas y públicas de católicos con acatólicos y ya no lo hace?

Probablemente lo haga, pero ya no le servira para su mercadotecnia protestante y anticatolica.

*********************************

Juan 8.32
Respecto al tema del epígrafe (abierto por mi) deseo hacer algunos comentarios y reflexiones.
En principio declaro que al momento de abrir el tema, no sabía que este canon había sido derogado y aggiornado por la Curia Vaticana. De todas maneras, tal situación no afecta el sentido e intención de la apertura del mencionado tema. A lo sumo sólo su tiempo verbal, a saber: “¿Porqué la Iglesia Católica prohibía a sus fieles debatir públicamente?”

No mientas, ya Daniel Brion te lo había aclarado en un tema anterior.

¿Esa es la verdad que pregonas en tu malintencionada pagina?

Y ahora quieres que creamos que solo lo haces para invitarnos a la reflexión.

La medida era (mala o buena) para evitar que los fieles se relacionaran con gente que dedica su vida a atacar a la Iglesia de Cristo.

Gente que autodenominandose "cristianos", vive para levantar falsos, metir, atacar y desptrestigiar a la Iglesia fundada por Cristo.

Para evitar la relación con gente que su único interes es la destruir lo que Cristo instituyó.

Pero ahora, Su Santidad Juan Pablo II, junto con el Colegio Cardenalicio, han modificado LAS REGLAS y se permite debatir con quien sea.

Y siendo sinceros creo que a los protestantes les convenian mas las normas anteriores que las actuales.

Lo peor de todo es que intentas tachar de cobardes a los miemgbro de la única Iglesia que desde que Cristo la fundo sigue regalando a la humanidad la sangre de millones de martires.

China actualmente sigue deramando sangre y encerrando a catolicos que llevan la Palabra a esos lugares y tu que tu vida esta dedicada a atacar, solamente haces eso, atacar.

Sigue Daniel Sapia, pero nunca podrás con lo que creó Cristo.

Hechos 5

34 Entonces un fariseo llamado Gamaliel, doctor de la ley, con prestigio ante todo el pueblo, se levantó en el Sanedrín. Mandó que se hiciera salir un momento a aquellos hombres,

35 y les dijo: «Israelitas, mirad bien lo que vais a hacer con estos hombres.
36 Porque hace algún tiempo se levantó Teudas, que pretendía ser alguien y que reunió a su alrededor unos cuatrocientos hombres; fue muerto y todos los que le seguían se disgregaron y quedaron en nada.
37 Después de éste, en los días del empadronamiento, se levantó Judas el Galileo, que arrastró al pueblo en pos de sí; también éste pereció y todos los que le habían seguido se dispersaron.

38 Os digo, pues, ahora: desentendeos de estos hombres y dejadlos. Porque si esta idea o esta obra es de los hombres, se destruirá;
39 pero si es de Dios, no conseguiréis destruirles. No sea que os encontréis luchando contra Dios.» Y aceptaron su parecer.
40 Entonces llamaron a los apóstoles; y, después de haberles azotado, les intimaron que no hablasen en nombre de Jesús. Y les dejaron libres.
41 Ellos marcharon de la presencia del Sanedrín contentos por haber sido considerados dignos de sufrir ultrajes por el Nombre.


Y así Daniel Sapia, la Iglesia de Cristo a la que tengo el infinito honor de pertenecer, lleva algo mas de dos mil años.

Preguntate que pasa con las sectas que han salido de ella, se siguen dividiendo y la mia firme en la Piedra sobre la que fue fundada.


A Cristo por María.
 
Dijo Jetonius

Como a diferencia de usted no tengo dudas de la honestidad de Daniel Sapia (Juan 8:32), creo que rectificará su pregunta inicial, que sería más apropiadamente formulada como sigue:

¿Por qué la Iglesia Católica prohibía hasta tiempos recientes las discusiones privadas y públicas de católicos con acatólicos y ya no lo hace?

Querido Jetonius, es un gusto saludarte.
Muchas gracias por tus comentarios hacia mi persona.

Ha sido de bendición para mi leer tus palabras, especialmente cuando comprobé que, a pesar de leer RECIEN este comentario tuyo, ya anteriormente había modificado mi pregunta inicial, tal cual vos sospecharía que lo haría

Aprovecho para enviarte un abrazo fraternal, y un saludo para tu querida familia.

Dios te bendiga y te guarde
 
Juan 8:32

"Respecto al tema del epígrafe (abierto por mi) deseo hacer algunos comentarios y reflexiones.
En principio declaro que al momento de abrir el tema, no sabía que este canon había sido derogado y aggiornado por la Curia Vaticana. De todas maneras, tal situación no afecta el sentido e intención de la apertura del mencionado tema. A lo sumo sólo su tiempo verbal, a saber: “¿Porqué la Iglesia Católica prohibía a sus fieles debatir públicamente?”.."

PAZ EN LA TIERRA

"No mientas, ya Daniel Brion te lo había aclarado en un tema anterior"

Uff, no te apures PAZ EN LA TIERRA. ¿Cómo puedes tener tan veloz tu dedo acusador?

Yo no miento. Si me deseas creer, bienvenido sea. Mis profundísimas intenciones están expuestas al los ojos de mi Redentor. A Él me someto en paz, porque conoce lo que pensé, lo que pienso y lo que pensaré.

cuando Daniel Brion me compartió su link, reconozco que no le presté la atención que debería haberle prestado. Intenté buscarlo una sola vez, y como me pareció un sitio bastante poco sencillo (y encima en inglés) reconozco haber pensado que Daniel Brion "tal vez" se hubiera confundido.. (nadie es perfecto). Al día siguiente encontre en una librería de "todo por 2 pesos" un Código de Derecho Canónico, y al consultar el 1235 comprobé lo que decía un sacerdote apologista católico en 1955. Sin mayores averiguaciones, planté el epígrafe con el tiempo de verbo "presente".

Si a vos te parece que mi intención NO ES reflexionar, sino sencillamente "tirar bombas" contra el catolicismo, eres libre de dar tu personal opinión de la manera más acertada que te parezca.

A mi me sigue pareciendo como que cuando las respuestas no son sencillas ni cómodas, el argumento del ofendido está a la orden del día.

¿Esa es la verdad que pregonas en tu malintencionada pagina?

Y ahora quieres que creamos que solo lo haces para invitarnos a la reflexión.

Tienes derecho a creer lo que mejor te parezca, PAZ.

La medida era (mala o buena) para evitar que los fieles se relacionaran con gente que dedica su vida a atacar a la Iglesia de Cristo.

Gente que autodenominandose "cristianos", vive para levantar falsos, metir, atacar y desptrestigiar a la Iglesia fundada por Cristo

A ver si te entiendo: ¿querés decir que querían evitar el contacto con gente que los pudiera hacer pensar... mostrándoles que estaban parados sobre la arena...?

Porque coincidirás conmigo que el mismo Cristo dijo que para quien está fundamentado en la Roca, soportará firme la venida de "las aguas".. ¿no?

Y siendo sinceros creo que a los protestantes les convenian mas las normas anteriores que las actuales.

Lo peor de todo es que intentas tachar de cobardes a los miemgbro de la única Iglesia que desde que Cristo la fundo sigue regalando a la humanidad la sangre de millones de martires

Pocas cosas considero más desacertadas que «suponer» lo que el otro piensa...

Gracias por tus opiniones.
 
Originalmente enviado por Juan 8:32:
No Daniel. Solo reflexionar...

Por ejemplo, de acuerdo a tu comentario, se me ocurre reflexionar sobre la pregunta:

¿Porqué hasta hace pocos años el católico NO TENÍA PERMITIDO defender su fe públicamente y sin problemas de demostrar que la suya es una verdad que brilla sola, SI ES realmente UNA VERDAD QUE BRILLA SOLA?

Porque desde los tiempos en que cualquiera puede libremente examinar/interpretar la Escritura se dicen tropecientas falsedades respecto de la fe.

¿Conducta acertada? Dios dirá, puesto que no es mi pronblema ni mi realidad.

Si la verdad católica brilla sola... ¿Porqué las Biblias católicas son “comentadas” al comienzo de cada capítulo..?

Para que no se interpreten "por el espíritu" como se le antoje a ese "espíritu".

Solo reflexionar...

No te creo, Daniel. No te mueve un espíritu reflexivo sino otro distinto.
 
Con el permiso de los foristas, hay un comentario que me parece altamente significativo. ¿Porqué las Biblias católicas son “comentadas” al comienzo de cada capítulo..?
Sencillamente para facilitar la lectura de la Biblia.
¿Saben por qué tiene paralelos?
Para facilitar acceder a otros textos relacionados con el que se está leyendo.
La lectura de la Biblia, tiene como misión fundamental conocer la Palabra de Dios, esta increpa y escruta nuestro interior, luego es el Espiritu el que hace posible la comunicación entre la persona que lee, si esta lo desea, y Dios. En difinitiva posibilita la oración.
Quien tenga oidos, que oiga...
La paz de Cristo.
 
(PAZ EN LA TIERRA)
Jetonius
quote:
Cierto, el canon actual no habla del tema. Solamente le estaba prohibido a los fieles hasta 1983. Ahora ya no. Sería bueno saber la razón del cambio... Otra pregunta: Ya que la Internet no existía en su forma actual a principios de la década de 1980, ¿piensa usted que queda excluida por la letra del Código?

(PAZ...)
Aunque el canon es limitativo y no enunciativo, puede servir de base para todo tipo de "publicación" y si para el criterio del fiel colaborar con una pagina anti catolica o antivalores morales, hay razón justa o razonable, bien puede hacerlo.

(y Jetonius)
Es decir que según su opinión quedaría incluida la Internet (por ser un tipo de “publicación&#8221 ;), pero naturalmente persiste la cláusula de que tal colaboración no está permitida “sin causa justa y razonable” (en el texto del Código la conjunción es copulativa, no disyuntiva). De sus palabras se desprende que es el propio fiel quien decide cuándo la causa es “justa y razonable”.

Sin embargo, en el mismo Título IV (De los instrumentos de comunicación social y especialmente de los libros), un poco antes, se expresa así el Código (negritas añadidas):

823 § 1. Para preservar la integridad de las verdades de fe y costumbres, los pastores de la Iglesia tienen el deber y el derecho de velar que ni los escritos ni la utilización de los medios de comunicación social dañen la fe y las costumbres de los fieles cristianos; asimismo, de exigir que los fieles sometan a su juicio los escritos que vayan a publicar y tengan relación con la fe o costumbres; y también reprobar los escritos nocivos para la rectitud de la fe o para las buenas costumbres.
§ 2. El deber y el derecho de que se trata en el § 1 corresponden a los Obispos, tanto individualmente como reunidos en concilios particulares o Conferencias Episcopales, respecto a los fieles que se les encomiendan; y a la autoridad suprema de la Iglesia respecto a todo el pueblo de Dios.


(Jetonius)
No veo que el citado comentario agregue mucho más que la opinión del comentarista acerca de los presuntos motivos de la restricción. Yo simplemente cité el artículo (sin comentarlo) porque me pareció pertinente a la discusión, y en este libro III el que regula la participación de laicos y clérigos. No dije que significase exactamente lo mismo que el artículo 1325 que al parecer era muy correcto hasta principios del siglo XX pero que en el nuevo CDC simplemente se suprimió

(PAZ...)
Permiteme decirte que eso que afirmas es falso, tu dijiste que lo que decía Daniel era una verdad a medias, dando así a entender que si había un canon que prohibía la discución con no catolicos, ¿o me equivoco?.

(y Jetonius)
Sí, se equivoca y no, no le permito en absoluto que califique mi afirmación como falsa.
Lo que me llamó la atención fue que Daniel, sabiendo que el Código había cambiado, se limitase a citar el mismo número de artículo sin fijarse en dónde aparecía en el nuevo Código, como si el mostrar que el nuevo artículo 1325 no se refería al tema bastase para probar su punto.

(PAZ...)
Y esto lo afirmo por que señalas que Daniel tenía que haber mencionado este canon y no lo había hecho, dando así a entender que Daniel lo había escondido para ocultar esa prohibición.

(y Jetonius)
Pues va demasiado a prisa y supone demasiado. Si no fuera usted tan mal pensado, ya habría entendido (como sí lo entendió de inmediato Daniel Brion y procedió a responderme amablemente) que mi planteo se dirigía al hecho de que si había alguna restricción no había de hallarse en el Libro VI sino en el III del Código (donde antaño estaba el # 1325). Todo lo demás corre por cuenta de usted.
Dicho sea de paso, el siguiente vinculo proporciona acceso a una edición electrónica más práctica del Código: http://www.intratext.com/X/ESL0020.htm

(Jetonius)
quote:

Estoy de acuerdo, pero como le expresé a Daniel Brion sería muy bueno saber por qué tal discusión era motivo de prohibición hasta 1983 y no después.
En otras palabras, según la ley canónica vigente hasta 1983 la Iglesia mandaba que los católicos evitasen disputar y aun conferenciar con acatólicos sin licencia de la Santa Sede o al menos del Ordinario local. ¿Cuál era la causa de aquella prohibición y cuál la de la actual amplitud?

(PAZ...)
La causa es logica, una cosa es predicar el evangelio y otra discutir.

(y Jetonius)
¿Quiere usted decir que hasta 1983 los fieles católicos se limitaban a discutir y ahora predican el Evangelio? De lo contrario, no veo la lógica.

(PAZ)
Si pensamos que a los protestantes se les entrena para atacar catolicos y no para predicar el evangelio, podemos ver alguna luz para contestar tu pregunta.

(y Jetonius)
Yo creo que hay protestantes entrenados para atacar el catolicismo (no a católicos), del mismo modo que existen católicos entrenados para atacar el protestantismo. También creo que no son la mayoría de los protestantes ni la mayoría de los católicos. Pero no veo que ello haya cambiado drásticamente en 1983.

(PAZ...)
La mayoría de los protestantes estan aleccionados para confundir catolicos, para llenar de rencor a la gente en contra de la Iglesia de Cristo, la idea de la Iglesia era la de excluir a este tipo de gente de los circulos catolicos, pero el nuevo Código, confiando en la Luz del Espiritu Santo, deja a los fieles que discutan sobre lo que quieran.

(y Jetonius)
Es decir que a partir de 1983 la Iglesia Católica decidió finalmente confiar en la luz del Espíritu Santo... más vale tarde que nunca.
No hace usted honor a su “nick” en absoluto con su declaración de que la mayoría de los protestantes están aleccionados “para confundir católicos” o “llenar de rencor a la gente” contra la que llama Iglesia de Cristo. Por el contrario, delata un espíritu muy poco irénico. Y esto a pesar de las enseñanzas del Concilio Vaticano II. Me parece que está usted no 20, sino 36 años atrasado.
Ignoro de dónde sacó la idea de que “la mayoría” de los protestantes hace tales cosas. No fue mi experiencia como católico ni la es como protestante. La abrumadora mayoría de las iglesias evangélicas que conozco no hace tal cosa. En nuestra congregación, si un católico nos visita solamente tratamos de las diferencias si él pregunta; y nunca con el objeto de confundir, sino de esclarecer. De hecho, no hace mucho fuimos invitados por el seminario católico local a exponer nuestras creencias y prácticas a los seminaristas.

(Jetonius)
quote:

Y a mí me maravilla que le pueda resultar más sorprendente la ignorancia confesa de un miembro obviamente educado de su Iglesia que la ignorancia supuesta de quien no pertenece a ella. ¡Sorprendente!

(PAZ...)
Me sorprende que le digas a alguien ignorante, dando a entender que tu no lo eres, mientras que tu tambien ignoras supinamente la exegesis jurídica.

(Y Jetonius)
De nuevo “supone”. Yo no di a entender nada. Me basé en mi afirmación en lo dicho por el propio Daniel Brion:
“Respecto del Código de Derecho Canónico MUY POCO conozco.”
“Estimado Jetonius, para quitarle su curiosidad le aclaro el punto.
No conozco NADA del Derecho Canónico y para ser franco nunca tuve necesidad de recurrir a él. Si no lo cité es porque no lo conozco.”

(Las mayúsculas son de Daniel).

Con respecto a que yo ignore “supinamente” la exégesis jurídica, simplemente noto que el diccionario define “ignorancia supina” como ”la que procede de negligencia en aprender o inquirir lo que puede y debe saberse.”.

Por lo demás, aunque no tenga entrenamiento formal en exégesis jurídica, ocurre que además de la materia Medicina Legal, mis responsabilidades académicas, asistenciales, gremiales y otras me han obligado con frecuencia a interpretar leyes, normas y reglamentos.

(Jetonius)
quote:
Esta presentación está fechada el 23 de enero de 1986. Si bien no es posible hacer una estadística con un caso aislado, como el de Daniel, tal parece que la brillante perspectiva que quince años atrás nos pintaba don Juan Sánchez y Sánchez no pasó de ser una expresión de deseo.

(PAZ...)
La Iglesia Colica se esta preocupando mas por el crecimiento espiritual que por enseñarles derecho canonico a los fieles, para eso existimos abogados.

(y Jetonius)
¿Iglesia Colica? Mmm
Con respecto a su explicación, tal parece pues que, relegando el Código a “cosa de abogados”, tácitamente contradice lo dicho por el Consultor Sánchez y Sánchez, para quien la amplia difusión del Código entre los católicos era “un rayo de luz esperanzada”, “un gran bien para la Iglesia”, “una bendición de Dios”, para quien la canónica era una parte muy importante de la cultura cristiana, y quien aplaudía a aquellos católicos sencillos que aspiraban a conocer la normativa de la Iglesia “cumpliendo con una obligación que consideran sagrada”.
Compare además sus palabras con las de Juan Pablo II en la Constitución Apostólica Sacræ Disciplinæ Leges (negritas añadidas):
Al dirigir hoy el pensamiento al comienzo del largo camino, o sea, al 25 de enero de 1959 y a la misma persona de Juan XXIII, promotor de la revisión del Código, debo reconocer que este Código ha surgido de una misma y única intención, que es la de reformar la vida cristiana. Efectivamente, de esta intención ha sacado el Concilio [Vaticano II] sus normas y su orientación.
....
Surge otra cuestión: qué es el Código de Derecho Canónico. Para responder correctamente a esta pregunta hay que recordar la lejana herencia de derecho contenida en los libros del Antiguo y del Nuevo Testamentos, de la cual toma su origen, como de su fuente primera, toda la tradición jurídica y legislativa de la Iglesia.
...
Siendo eso así, aparece suficientemente claro que la finalidad del Código no es en modo alguno sustituir en la vida de la Iglesia y de los fieles la fe, la gracia, los carismas y sobre todo la caridad. Por el contrario, el Código mira más bien a crear en la sociedad eclesial un orden tal que, asignando la parte principal al amor, a la gracia y a los carismas, haga más fácil el crecimiento ordenado de los mismos en la vida tanto de la sociedad eclesial como también de cada una de las personas que pertenecen a ella.
...
Y es que, en realidad, el Código de Derecho Canónico es del todo necesario a la Iglesia. Por estar constituida a modo de cuerpo también social y visible, ella necesita normas para hacer visible su estructura jerárquica y orgánica, para ordenar correctamente el ejercicio de las funciones confiadas a ella divinamente, sobre todo de la potestad sagrada y de la administración de los sacramentos; para componer, según la justicia fundamentada en la caridad, las relaciones mutuas de los fieles cristianos, tutelando y definiendo los derechos de cada uno; en fin, para apoyar las iniciativas comunes que se asumen aun para vivir más perfectamente la vida cristiana, reforzarlas y promoverlas por medio de leyes canónicas.
...
Y a fin de que todos puedan informarse más fácilmente y conocer a fondo estas disposiciones antes de su aplicación, declaro y dispongo que tengan valor de ley a partir del primer día de Adviento de este año 1983.
Tal parece que Juan Pablo II no divide del modo que usted lo hace el crecimiento espiritual del derecho canónico... ¿Ha sometido usted sus escritos a la aprobación de su obispo?


(PAZ EN LA TIERRA)
No tiene por que haber reglamentación alguna, dado que el Código es claro al respecto,
(Jetonius)
Lo que dice es muy extraño, pues si fuera tan claro no sería necesario recurrir a citas de canonistas para establecer la vera interpretación, ni que el mismo Código en el mismo artículo, § 2, previese explícitamente tal reglamentación para los clérigos.

(PAZ...)
Es claro para quien entiende algo de exegesis jurídica.

(y Jetonius)
Notable recurso a la autoridad del especialista... Es decir que a los cristianos sencillos de los que hablaba Sánchez y Sánchez de poco les aprovechará el Código.

(PAZ...)
Me parece que tu eres medico y hay conceptos que son claros para ti, dada tu formación, y que para mi no lo son, pero si no eres jurista lo que tengo que hacer es darte comentarios para que entiendas la teleología del canon.

Y sobre los clerigos es diferente, dado que un comentario dado por ellos se podría entender como opinion de la Iglesia y crear confusión.

(y Jetonius)
¿Y este comentario sobre los clérigos es de la pluma de......................................................... ..........................................................................................................................................................
.................................................................................................................................................................................... .................................................................................................................................................................................... ..............................................................? (rellenar con el nombre y curriculum vitæ del canonista correspondiente)

Le pregunto porque no entiendo por qué ha de ser diferente que un clérigo católico o un laico católico que observe el # 227, inspirado por el espíritu evangélico, atento a la doctrina propuesta por el magisterio de la Iglesia, y que evite presentar en materias opinables su propio criterio como doctrina de la Iglesia. ¿O una doctrina correcta es menos correcta si la enuncia un laico?
Y por otra parte, el # 823 arriba citado establece como derecho y deber de los obispos el exigir que los fieles sometan a su juicio los escritos a publicar que se relacionen con asuntos de fe y costumbres.

(Jetonius)
quote:
Es realmente tranquilizador y reconfortante que la Iglesia Católica les reconozca aquí a sus fieles los mismos derechos de que gozan todos los demás ciudadanos. Todo un progreso

(PAZ...)
A mi no me sorprende que sea así, la Iglesia siempre ha sido punta de lanza en derechos, por algo el derecho de mas de la mitad del mundo se basa en su derecho y en el romano, o sea la familia romano canonica a la cual perteneces.

(y Jetonius)
Sí, como cuando Bonifacio VIII –que era un distinguido canonista- declaró solemnemente que era de absoluta necesidad para la salvación de toda criatura estar sujeta al Romano Pontífice...
Y sin ir tan lejos, le sugiero que antes de hablar de “puntas de lanza” de los derechos modernos repase las enseñanzas de los papas del siglo XIX y comienzos del XX. La verdad es que la Iglesia Católica venía resistiendo obstinadamente los cambios del mundo moderno, aún los legítimos, como lo demuestra el simple “botón de muestra” de que no se les permitía a los fieles debatir ni conferenciar públicamente con “acatólicos” hasta 1983.


(Jetonius)
quote:
Muy impresionante, pero no hace falta semejante curriculum vitae para saber que está permitido lo que la ley no prohíbe. Mucho más interesante sería escuchar, de la boca del profesor Benlloch Poveda u otro ilustre canonista, las razones por las cuales estas limitaciones alcanzan a clérigos y miembros de institutos religiosos pero no a los laicos.

(PAZ...)
Cuando le contestaste a Daniel, no pensabas que estuviera permitido, antes al contrario.

(y Jetonius)

Su interpretación es errónea y por tanto su conclusión es inválida. Esto ya lo he aclarado más arriba.

(PAZ...)
Las razones a las limitaciones a clerigos e instituos ya te la dí, un sacerdote que habla, habla con la autoridad y respaldo de la Santa Iglesia, por eso esta mas regulado que un laico, que simplemente puede escribir su criterio personal.

(y Jetonius)
Puede el laico escribir su criterio personal siempre y cuando aclare que de esto se trata (# 227). ¿y un sacerdote no puede, cumpliendo con la misma condición? ¿Y no puede, por otra parte, un laico exponer correctamente la doctrina de la Iglesia?


(Jetonius)
quote:

Tal vez convendría aclarar para muchos de los demás foristas que una excomunión latae sententiae es aquella en la que se incurre en el momento mismo en que se cometen algunas faltas graves condenadas previamente por la Iglesia. Este tipo de excomunión no requiere una condena expresa dirigida a la persona en cuestión. Por ejemplo, aunque no me quita el sueño, yo mismo me encuentro en tal condición pues técnicamente soy para la Iglesia de Roma tanto hereje como cismático. Esto es claro.


(PAZ...)
Gracias por aclararlo, por que puede que alguien no lo entendiera.
Sobre tu persona (sólo en el caso de que te hayan bautizado en la Iglesia Catolica), verdaderamente estas excomulgado por hereje y cismatico.

(y Jetonius)
Ese es precisamente mi caso. Bautizado en la Iglesia Católica y educado por franciscanos (con medalla de oro en Religión).

(Jetonius)
Yo diría más prudentemente que algunos de estos individuos no son ya católicos por haber incurrido en excomunión latae sententiae (cosa que, dado el aparente desconocimiento del Código entre los propios fieles, probablemente tanto ellos como sus clientes ignoren). Sin embargo, pueden encontrarse muchos ejemplos de individuos que se dedican a actividades muy cuestionables y de hecho emplean íconos y símbolos de la Iglesia Católica, a quienes no les alcanza tal forma de excomunión. Por ejemplo, un curandero que emplee métodos carentes de eficacia; o un parapsicólogo que apele a supuestas capacidades superiores de la mente humana para asesorar a sus clientes; todo ello sin negarse a la sujeción al papa ni rechazar la comunión con los católicos, ni negar pertinazmente ninguna verdad de las que han de creerse con fe divina y católica.
En resumen, muchos de quienes cuelgan por allí un cuadrito de Jesús, María o algún santo para dar credibilidad a sus discutibles prácticas son técnica y efectivamente miembros de la Iglesia Católica, por mucho que les disguste a usted y a Daniel.

(PAZ...)
Permiteme que no este de acuerdo contigo pero quien lucra con la ignorancia de la gente apoyandose de la fe de esta, esta cayendo en herejia, pero esto sería cuestión de otro tema.

(y Jetonius)
Claro que se lo permito, estimado jurista. Usted es libre de expresar sus opiniones particulares. Sin embargo, no es cuestión de otro tema.
Veamos... El antiguo Código de Derecho Canónico definía “hereje” como quien después de haber recibido el bautismo, conservando el nombre de crsitiano, niega pertinazmente alguna de las verdades que han de ser creídas con fe divina y católica o la pone en duda (# 1325 § 2). El nuevo, análogamente, define “herejía” como la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma (# 751).

Según Ludwig Ott, “cuando un bautizado niega o pone en duda deliberadamente un verdadero dogma, cae en pecado de herejía” (Manual de Teología Dogmática, Ed. Revisada. Barcelona, Herder, 1969, p. 31).

J. Wilhem explica:

El creyente [católico] acepta el depósito completo tal como es propuesto por la Iglesia; el hereje acepta sólo tales partes de él según según se le recomiendan a su propia aprobación. Las creencias heréticas pueden ser ignorancia del verdadero credo, juicio erróneo, aprehensión y comprensión imperfectas de los dogmas: en ninguno de éstos tiene la voluntad un papel aprecuable, por lo cual una de las condiciones necesarias para la pecaminosidad –la libre elección- está faltando y tal herejía es meramente objetiva, o material. Por otra parte la voluntad puede libremente inclinar al intelecto a adherirse a creencias declaradas falsas por la divina autoridad docente de la Iglesia ... La herejía así voluntaria es imputable al sujeto y conlleva un grado variable de culpa; es llamada formal, porque al error material le añade el elemento informativo de “deseada libremente”. Para hacer formal una herejía se requiere pertinacidad, esto es, adhesión obstinada a una creencia particular.

J. Wilhem , Heresy. The Catholic Encyclopedia, vol. VII, 1910.

En resumen, para que exista herejía formal deben cumplirse ciertas condiciones:

1. Debe tratarse de un bautizado
2. Debe existir negación o duda sobre un dogma de la Iglesia
3. Tal negación o duda han de ser pertinaces.
4. Y además deben ser voluntarias

Ahora bien, para usted cae en pecado de herejía “quien lucra con la ignorancia de la gente apoyandose de la fe de esta” . Para mí, quien hace esto podrá ser un estafador y ejercer ilegalmente la medicina, pero esto no le constituye en un hereje. De modo que sería muy ilustrativo que citase las opiniones de distinguidos canonistas que sustenten su opinión.

(Jetonius)

Como a diferencia de usted no tengo dudas de la honestidad de Daniel Sapia (Juan 8:32), creo que rectificará su pregunta inicial, que sería más apropiadamente formulada como sigue:
¿Por qué la Iglesia Católica prohibía hasta tiempos recientes las discusiones privadas y públicas de católicos con acatólicos y ya no lo hace?

(PAZ...)
Probablemente lo haga, pero ya no le servira para su mercadotecnia protestante y anticatolica.

(y Jetonius)
Si usted es abogado, como dice, espero que al menos no sea juez . Su tribunal no me ofrecería garantías mínimas de ecuanimidad.

A Cristo por el Espíritu Santo

Jetonius

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Originalmente enviado por FOROFORO:
<STRONG>Con el permiso de los foristas, hay un comentario que me parece altamente significativo. ¿Porqué las Biblias católicas son “comentadas” al comienzo de cada capítulo..?
Sencillamente para facilitar la lectura de la Biblia.
¿Saben por qué tiene paralelos?
Para facilitar acceder a otros textos relacionados con el que se está leyendo.
La lectura de la Biblia, tiene como misión fundamental conocer la Palabra de Dios, esta increpa y escruta nuestro interior, luego es el Espiritu el que hace posible la comunicación entre la persona que lee, si esta lo desea, y Dios. En difinitiva posibilita la oración.
Quien tenga oidos, que oiga...
La paz de Cristo.</STRONG>

Entre los errores condenados en la Constitución Dogmática Unigenitus por Clemente XI (papa, 1700-1721) están los siguientes:

79. Útil y necesario es en todo tiempo, en todo lugar y a todo género de personas estudiar y conocer el espíritu, la piedad y los misterios de la Sagrada Escritura.

80. La lectura de la Sagrada Escritura es para todos.

...

83. Es ilusión querer persuadirse que el conocimiento de los misterios de la religión no debe comunicarse a las mujeres por la lectura de los Libros Sagrados...

(Denzinger 1429, 1430, 1433)

De manera análoga, en el Decr. de gratia el papa Pío VI (1775-1799) enseñó:

67. La doctrina de quesólo la verdadera imposibilidad excusa de la lectura de las Sagradas Escrituras y de que por sí mismo se delata el oscurecimiento que del descuido de este precepto ha caído sobre las verdades primarias de la religión, es falsa, temeraria, perturbadora de la tranquilidad de las almas y ya condenada en Quesnel (v. 1429)

(Denzinger 1567)

Su sucesor, Pío VII (1800-1823) se lamentaba:

Ahora bien, si nos dolemos que hombres muy conspicuos por su piedad y sabiduría han fallado no raras veces en la interpretación de las Escrituras, ¿qué no es de temer si éstas son entregadas para ser libremente leídas, traducidas a cualquier lengua vulgar, en manos del vulgo ignorante, que las más de las veces no juzga por discernimiento alguno, sino llevado de cierta temeridad? ...
Por lo cual, con cabal sabiduría mandó nuestro predecesor Inocencio III ... lo que sigue: "Mas los arcanos misterios de la fe no deben ser corrientemente expuestos a todos, como quiera que no por todos pueden ser corrientemente entendidos, sino sólo por aquéllos que pueden concebirlos con fiel entendimiento ... Porque es tan grande la profundidad de la Escritura divina, que no sólo los simples e iletrados, mas ni siquiera los prudentes y doctos bastan plenamente para indagar su inteligencia...

(Denzinger 1604, 1605)

Por otra parte, en la encíclica Inter præcipuas no se avergonzaba Gregorio XVI (1831-1846)de escribir:

A este fin, esos mismos socios bíblicos no cesan de calumniar a la Iglesia y a esta Santa Sede de Pedro, como si de muchos siglos acá estuviera empeñada en alejar al pueblo fiel del conocimiento de las Sagradas Escrituras; siendo así que existen muchísimos y clarísimos documentos del singular empeño que aun en los mismos tiempos modernos han mostrado los Sumos Pontífices...

(Denzinger 1631)

En el mismo lugar recuerda este papa que por autoridad de Benedicto XIV (1740-1758) se permitió "la lectura de aquellas versiones vulgares que hubieran sido aprobadas por la Sede Apostólica o publicadas con notas tomadas de los Santos Padres de la Iglesia o de varones doctos y católicos..." (cf. Denzinger 1602).

El Concilio Vaticano II, por su parte, fue más allá:

Es conveniente que los cristianos tengan amplio acceso a la Sagrada Escritura...

De igual forma el santo Concilio exhorta con vehemencia a todos los cristianos, en particular a los religiosos, a que aprendan el sublime conocimiento de Jesucristo (Flp. 3,8) con la lectura frecuente de las Escrituras. Porque el desconocimiento de las Escrituras es desconocimiento de Cristo (San Jerónimo)...

Constitución Dogmática Dei Verbum sobre la divina revelación, 22, 25.

De lo que puede apreciarse una evolución en la actitud de la Iglesia de Roma con respecto al acceso de los fieles a las Escrituras. Sin embargo, para que los libros sagrados les aprovechen, manda el mismo Concilio que las ediciones "estén provistas de las explicaciones necesarias y suficientes para que los hijos de la Iglesia se familiaricen sin peligro y provechosamente con las Sagradas Escrituras y se penetren de su espíritu" (ibid).

En pocas palabras, entonces, las notas presentes en las ediciones católicas tienen por objeto establecer las interpretaciones que el Magisterio de la Iglesia Católica considera correctas. Es una consecuencia lógica de la doctrina según la cual el católico no puede interpretar las Escrituras sino del modo en que el Magisterio ha establecido.

Bendiciones en Cristo,

Jetonius

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A Jetonius:
El Concilio Vaticano II, por su parte, fue más allá:

Es conveniente que los cristianos tengan amplio acceso a la Sagrada Escritura...

De igual forma el santo Concilio exhorta con vehemencia a todos los cristianos, en particular a los religiosos, a que aprendan el sublime conocimiento de Jesucristo (Flp. 3,8) con la lectura frecuente de las Escrituras. Porque el desconocimiento de las Escrituras es desconocimiento de Cristo (San Jerónimo)...

Constitución Dogmática Dei Verbum sobre la divina revelación, 22, 25.

De lo que puede apreciarse una evolución en la actitud de la Iglesia de Roma con respecto al acceso de los fieles a las Escrituras. Sin embargo, para que los libros sagrados les aprovechen, manda el mismo Concilio que las ediciones "estén provistas de las explicaciones necesarias y suficientes para que los hijos de la Iglesia se familiaricen sin peligro y provechosamente con las Sagradas Escrituras y se penetren de su espíritu" (ibid).

En pocas palabras, entonces, las notas presentes en las ediciones católicas tienen por objeto establecer las interpretaciones que el Magisterio de la Iglesia Católica considera correctas. Es una consecuencia lógica de la doctrina según la cual el católico no puede interpretar las Escrituras sino del modo en que el Magisterio ha establecido.

Bendiciones en Cristo,


Antetodo gracias por su docto escrito.
Conozco por mis años de vida la Iglesia Católica desde hace años. El giro que ha dado en cuanto el acceso de los laicos en todos los aspectos relacionados en la vida de la Iglesia ha sido copérnico. Este giro indica que todas las estructuras de la Iglesia están abiertas a todos los católicos

La Iglesia Católica tiene una parte referente a los dogmas que es inmutable y tiene otra parte que es adaptable a los tiempo porque Cristo vino a redimir al hombre, mejor dicho a todos los los hombres sin exclusión del tiempo en que viviera, por ello se dice que es Señor de la vida y de la historia. El hombre que nació en el Siglo XIX tenía unas condiciones íntimas y externas distintas al hombre de hoy, por ejemplo no conocía ni la aviación, ni la energía nuclear, ni la penicilina, ... empezó a conocer algunos medicamentos, las máquina de vapor, ...
Le pregunto: ¿Son iguales las necesidades de uno y otro?. ¿Acaso la ética en su aspecto externo, no en el doctrinario, es igual en el siglo XIX que en nuestros días?.
O sencillamente la sociedad en que Cristo vivió que existía la esclavitud es igual a nuestra sociedad donde se ha abolido la esclavitud y su ejercicio es contrario a los derechos humanos. Luego al leer la Biblia hemos de tener en cuenta a la población a que iba dirigida para que sea más fácil entenderla. Por fortuna la acción del Espiritu no está condicionada al tiempo porque "actua" donde y como quiere.
La grandeza y la suerte del cristianismo es tener a un Dios que es hombre a la vez, lo cual permite que el creyente se acerque con más facilidad a su Dios que sabe que intercede por él ante Dios Padre.
No me parece de agrado el ataque frontal que se le hace a la Iglesia Católica diciendo que es acomodaticia a sus intereses cuando habría que estar contentos porque facilita que quien quiera conocerla puede acercarse a sus fuentes y muestra humildad la jerarquia al reconocer la necesidad de adaptación a los tiempos para seguir cumpliendo con su misión que es anunciar el reino de Dios, esta es una misión de la Iglesia o de los católicos.
La paz de Cristo.
 
Originalmente enviado por FOROFORO:
<STRONG> A Jetonius:
El Concilio Vaticano II, por su parte, fue más allá:

Es conveniente que los cristianos tengan amplio acceso a la Sagrada Escritura...

De igual forma el santo Concilio exhorta con vehemencia a todos los cristianos, en particular a los religiosos, a que aprendan el sublime conocimiento de Jesucristo (Flp. 3,8) con la lectura frecuente de las Escrituras. Porque el desconocimiento de las Escrituras es desconocimiento de Cristo (San Jerónimo)...

Constitución Dogmática Dei Verbum sobre la divina revelación, 22, 25.

De lo que puede apreciarse una evolución en la actitud de la Iglesia de Roma con respecto al acceso de los fieles a las Escrituras. Sin embargo, para que los libros sagrados les aprovechen, manda el mismo Concilio que las ediciones "estén provistas de las explicaciones necesarias y suficientes para que los hijos de la Iglesia se familiaricen sin peligro y provechosamente con las Sagradas Escrituras y se penetren de su espíritu" (ibid).

En pocas palabras, entonces, las notas presentes en las ediciones católicas tienen por objeto establecer las interpretaciones que el Magisterio de la Iglesia Católica considera correctas. Es una consecuencia lógica de la doctrina según la cual el católico no puede interpretar las Escrituras sino del modo en que el Magisterio ha establecido.

Bendiciones en Cristo,


Antetodo gracias por su docto escrito.
Conozco por mis años de vida la Iglesia Católica desde hace años. El giro que ha dado en cuanto el acceso de los laicos en todos los aspectos relacionados en la vida de la Iglesia ha sido copérnico. Este giro indica que todas las estructuras de la Iglesia están abiertas a todos los católicos

(Jetonius)
No estoy muy seguro de qué quiere decir con eso de que "todas las esctructuras de la Iglesia están abiertas a todos los católicos". De todos modos, concuerdo con usted en lo del cambio notable en cosas tales como la valoración del papel de los laicos, de la importancia de la lectura asidua y consagrada de las Escrituras, del diálogo y la cooperación con no católicos, etc.

(FOROFORO)
La Iglesia Católica tiene una parte referente a los dogmas que es inmutable y tiene otra parte que es adaptable a los tiempo porque Cristo vino a redimir al hombre, mejor dicho a todos los los hombres sin exclusión del tiempo en que viviera, por ello se dice que es Señor de la vida y de la historia. El hombre que nació en el Siglo XIX tenía unas condiciones íntimas y externas distintas al hombre de hoy, por ejemplo no conocía ni la aviación, ni la energía nuclear, ni la penicilina, ... empezó a conocer algunos medicamentos, las máquina de vapor, ...
Le pregunto: ¿Son iguales las necesidades de uno y otro?. ¿Acaso la ética en su aspecto externo, no en el doctrinario, es igual en el siglo XIX que en nuestros días?.
O sencillamente la sociedad en que Cristo vivió que existía la esclavitud es igual a nuestra sociedad donde se ha abolido la esclavitud y su ejercicio es contrario a los derechos humanos. Luego al leer la Biblia hemos de tener en cuenta a la población a que iba dirigida para que sea más fácil entenderla. Por fortuna la acción del Espiritu no está condicionada al tiempo porque "actua" donde y como quiere.
La grandeza y la suerte del cristianismo es tener a un Dios que es hombre a la vez, lo cual permite que el creyente se acerque con más facilidad a su Dios que sabe que intercede por él ante Dios Padre.

(Jetonius)
Cierto es que los avances científicos y tecnológicos generan nuevos desafíos, muchos de ellos éticos; pero con toda sinceridad, no veo cómo las máquinas de vapor, la aviación, la penicilina o la energía nuclear han de influir en la importancia de la lectura de la Biblia en la vida de fe.
La Escrituras han existido desde mucho antes del siglo XIX (de hecho, sus partes más recientes, el NT, datan del siglo I de nuestra era) y sin embargo, por siglos la Iglesia Católica restringió el acceso de los fieles a su lectura.

(FOROFORO)
No me parece de agrado el ataque frontal que se le hace a la Iglesia Católica diciendo que es acomodaticia a sus intereses cuando habría que estar contentos porque facilita que quien quiera conocerla puede acercarse a sus fuentes y muestra humildad la jerarquia al reconocer la necesidad de adaptación a los tiempos para seguir cumpliendo con su misión que es anunciar el reino de Dios, esta es una misión de la Iglesia o de los católicos.
La paz de Cristo.</STRONG>

(Jetonius)
No siempre es fácil discernir el límite entre una lícita adaptación y lo acomodaticio. En lo personal, creo que ambas cosas se dan en la Iglesia Católica.

Por ejemplo, Gregorio XVI habló de "aquella sentencia absurda y errónea, o más bien, aquel delirio de que la libertad de conciencia ha de ser afirmada y reivindicada para cada uno" (Encíclica Mirari vos arbitramur, Denzinger 1613; negritas añadidas).

En cambio el nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, basado en documentación más reciente enseña:
"Toda persona humana, creada a imagen de Dios, tiene el derecho natural de ser reconocida como un ser libre y responsable. El derecho al ejercicio de la libertad es una exigencia inseparable de la dignidad de la persona humana, especialmente en materia moral y religiosa." (#1738; negritas añadidas).

¿Cómo puede ser hoy una "exigencia inseparable de la dignidad de la persona humana" lo que para el mismo magisterio ayer era un "delirio" absurdo y erróneo?

Bendiciones en Cristo,

Jetonius

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Juan 8:32
¿Porqué hasta hace pocos años el católico NO TENÍA PERMITIDO defender su fe públicamente y sin problemas de demostrar que la suya es una verdad que brilla sola, SI ES realmente UNA VERDAD QUE BRILLA SOLA?

Daniel Brion
Porque desde los tiempos en que cualquiera puede libremente examinar/interpretar la Escritura se dicen tropecientas falsedades respecto de la fe.

Las respuestas a la reflexión original abre el camino para otras reflexiones...
Daniel, cuando decís “desde los tiempos que cualquiera puede libremente examinar la Escritura” me surge la siguiente pregunta ¿porqué motivo antes de “esos tiempos” no se podía examinar libremente la Escritura? Escrito está: “Escudriñad las Escrituras...” (Juan 5:39), “diariamente examinaban las Escrituras...” (Hechos 17:11), “y que desde niño conoces las Sagradas Escrituras..” (2° Timoteo 3:15), “Examinadlo todo..” (1° Tesalonicenses 5:21). ¿Quién prohibió la lectura de la Biblia por siglos? ¿Cuál era la pena para quien cometía tal “pecado”? Si “las Sagradas Escrituras nos pueden hacer sabios para salvación por la fe en Cristo Jesús” (2° Timoteo 3:15) y si “toda la Escritura, es inspirada por Dios, y útil para enseñar, redargüir e instruir en justicia a fin de que el hombre de Dios sea perfecto” (2° Timoteo 3:16-17) ¿Con qué razón más poderosa que la del mismo Dios alguien entendió que la gente no debía leerlas?

Además, que se digan “tropecientas falsedades respecto de la fe” no es algo nuevo, ni algo que Dios no haya considerado advertir en la misma Escritura. Muchos textos hablan de esta lamentable realidad, tan vigente hoy como en la época apostólica. Ya lo dijo el apóstol Pablo en Gálatas 1:8 “Mas si aun nosotros, o un ángel del cielo, os anunciare otro evangelio diferente del que os hemos anunciado, sea anatema...” o 2° Pedro 2:1-3 “Pero hubo también falsos profetas entre el pueblo, como habrá entre vosotros falsos maestros, que introducirán encubiertamente herejías destructoras, y aun negarán al Señor que los rescató, atrayendo sobre sí mismos destrucción repentina. Y muchos seguirán sus disoluciones, por causa de los cuales el camino de la verdad será blasfemado, y por avaricia harán mercadería de vosotros con palabras fingidas..” (el domínico Juan Tetzel, por ejemplo)

“¿Conducta acertada?...”

Es lo que intentamos reflexionar...

Dios dirá, puesto que no es mi pronblema ni mi realidad.

... y si lo deseas, tienes el derecho de no inmiscuirte.

Juan 8:32:
“Si la verdad católica brilla sola... ¿Porqué las Biblias católicas son “comentadas” al comienzo de cada capítulo..?”

Daniel Brion:
Para que no se interpreten "por el espíritu" como se le antoje a ese "espíritu".

.. por eso la Iglesia te dice (y obliga) como debes interpretarlo... (Catecismo N° 88)
No veo que dejen espacio para que el Espíritu Santo te confirme nada. Más bien parecería que te dijeran :

“Mira, el Espíritu Santo ya nos lo ha confirmado a nosotros. Y si quieres pertenecer a la única Iglesia verdadera fundada por Cristo, y la única que dispone de todos los medios para ir al cielo, pues... debes creer sin cuestionar..so pena de ser declarado hereje, cismático o apóstata...”

Juan 8:32
“Solo reflexionar...”

Daniel Brion:
“No te creo, Daniel. No te mueve un espíritu reflexivo sino otro distinto.”

Tal vez esa respuesta te deje tranquilo. Yo creo, más bien, que es una (nueva) salida elegante a un tema que te resulta incómodo realizarle una imparcial y profunda reflexión.

Además...¿Das a entender que estoy mintiendo? ¿Me acusás de mentiroso?
Daniel, qué fácil es ver en los otros el “mal comportamiento cristiano”, el “juicio”, la “impiedad”...
Si nos midiéramos a nosotros mismos con la misma vara que medimos a los demás...

Dios te bendiga
Te mando un abrazo
 
Con el permiso de los foristas, hay un comentario que me parece altamente significativo. ¿Porqué las Biblias católicas son “comentadas” al comienzo de cada capítulo..? Sencillamente para facilitar la lectura de la Biblia.

¿En serio?
Yo creo que para facilitar la lectura de la Biblia alcanzó con traducirla a lenguajes vulgares y entendibles para el pueblo. (Cosa que estuvo mucho tiempo prohibido). Es al menos curiosa la situación de que quien por mucho tiempo buscó COMPLICAR la lectura de la Escritura, ahora ponga “comentarios” para FACILITARLA.

Yo creo que, más bien, estos comentarios tiene que ver con lo afirmado en el Catecismo N° 88

¿Saben por qué tiene paralelos?
Para facilitar acceder a otros textos relacionados con el que se está leyendo.

De acuerdo. Aquí se conoce con el nombre de “concordancia”. En lo personal me resultan muy útiles.

La lectura de la Biblia, tiene como misión fundamental conocer la Palabra de Dios... Quien tenga oidos, que oiga...

Si es así ¿Te preguntaste porqué, durante tantísimo tiempo (la mayor parte de la historia de la Iglesia) alguien de tu misma fe (Católica Romana) tenía escasísimas posibilidades de poder cumplir con tan fundamental misión?

Ensayo una respuesta: Porque a la Jerarquía Eclesiástica Romana no le parecía una misión tan fundamental, como a vos te parece hoy...

¿Porqué no le parecía?
Esa es otra pregunta...

Los tiempos cambian...
Los hombres cambian...
Las ideas cambian...
Las Instituciones se aggiornan...

La flor se marchita, la hoja se cae...
Pero la Palabra de Dios permanece para siempre...
(Isaías 40:8)

Bendiciones en Cristo
 
Originalmente enviado por Juan 8:32:

Juan 8:32
¿Porqué hasta hace pocos años el católico NO TENÍA PERMITIDO defender su fe públicamente y sin problemas de demostrar que la suya es una verdad que brilla sola, SI ES realmente UNA VERDAD QUE BRILLA SOLA?

Daniel Brion
Porque desde los tiempos en que cualquiera puede libremente examinar/interpretar la Escritura se dicen tropecientas falsedades respecto de la fe.

Juan 8:32
Las respuestas a la reflexión original abre el camino para otras reflexiones...
Daniel, cuando decís “desde los tiempos que cualquiera puede libremente examinar la Escritura” me surge la siguiente pregunta ¿porqué motivo antes de “esos tiempos” no se podía examinar libremente la Escritura? Escrito está: “Escudriñad las Escrituras...” (Juan 5:39), “diariamente examinaban las Escrituras...” (Hechos 17:11), “y que desde niño conoces las Sagradas Escrituras..” (2° Timoteo 3:15), “Examinadlo todo..” (1° Tesalonicenses 5:21). ¿Quién prohibió la lectura de la Biblia por siglos? ¿Cuál era la pena para quien cometía tal “pecado”? Si “las Sagradas Escrituras nos pueden hacer sabios para salvación por la fe en Cristo Jesús” (2° Timoteo 3:15) y si “toda la Escritura, es inspirada por Dios, y útil para enseñar, redargüir e instruir en justicia a fin de que el hombre de Dios sea perfecto” (2° Timoteo 3:16-17) ¿Con qué razón más poderosa que la del mismo Dios alguien entendió que la gente no debía
leerlas?

DB:

Estimado Daniel. El problema no se agota en la libre interpretación sino en qie INCLUSO se ha llegado a mutilar la Escritura cuando Lutero y seguidores quitaron los Deterocanónicos. ¿Me explico?

Así y todo he leído en algún lado (y lamento ahora no haberlo copiado) un texto de LFP que daba pruebas que antes de Lutero existían en el seno de la Iglesia traducciones de la Escritura en otras lenguas. Si nos lee, tal vez nos ayude.

****************************************
Juan 8:32
Además, que se digan “tropecientas falsedades respecto de la fe” no es algo nuevo, ni algo que Dios no haya considerado advertir en la misma Escritura. Muchos textos hablan de esta lamentable realidad, tan vigente hoy como en la época apostólica. Ya lo dijo el apóstol Pablo en Gálatas 1:8 “Mas si aun nosotros, o un ángel del cielo, os anunciare otro evangelio diferente del que os hemos anunciado, sea anatema...” o 2° Pedro 2:1-3 “Pero hubo también falsos profetas entre el pueblo, como habrá entre vosotros falsos maestros, que introducirán encubiertamente herejías destructoras, y aun negarán al Señor que los rescató, atrayendo sobre sí mismos destrucción repentina. Y muchos seguirán sus disoluciones, por causa de los cuales el camino de la verdad será blasfemado, y por avaricia harán mercadería de vosotros con palabras fingidas..” (el domínico Juan Tetzel, por ejemplo)

DB:

Pero no se habí NUNCA mutilado ni alterado la Escritura. A partir de allí es no solo un derecho SINO UN DEBER de la Iglesia preservar a sus fieles del error. Y eso PRECISAMENTE es lo que se hizo a partir de Trento.

******************************************

DB:
“¿Conducta acertada?...”

Juan 8:32
Es lo que intentamos reflexionar...

DB:

Enhorabuena. Pero con cuidado. Porque a pesar de ser la Historia una ciencia unos leen a un lado y otros a otro cuando la Historia ES UNA SOLA.

*************************************
DB:
Dios dirá, puesto que no es mi pronblema ni mi realidad.

Juan 8:32:

... y si lo deseas, tienes el derecho de no inmiscuirte.

DB:
Es que el celo por la Iglesia del Señor me consume. En palabras del profeta:

Jr 4,19. - ¡Mis entrañas, mis entrañas!, ¡me duelen las telas del corazón, se me salta el corazón del pecho! No callaré, porque mi alma ha oído sones de cuerno, el clamoreo del combate.

*****************************************

Juan 8:32:
“Si la verdad católica brilla sola... ¿Porqué las Biblias católicas son “comentadas” al comienzo de cada capítulo..?”

Daniel Brion:
Para que no se interpreten "por el espíritu" como se le antoje a ese "espíritu".

Juan 8:32
.. por eso la Iglesia te dice (y obliga) como debes interpretarlo... (Catecismo N° 88)
No veo que dejen espacio para que el Espíritu Santo te confirme nada. Más bien parecería que te dijeran :

“Mira, el Espíritu Santo ya nos lo ha confirmado a nosotros. Y si quieres pertenecer a la única Iglesia verdadera fundada por Cristo, y la única que dispone de todos los medios para ir al cielo, pues... debes creer sin cuestionar..so pena de ser declarado hereje, cismático o apóstata...”

DB:

Tu óptica es desacertada. La Iglesia, de acuerdo al mandato que ha recibido, me presenta la fe para que crea. Yo, en ABSOLUTA libertad he visto, leído, meditado y orado. Y he comprobado que esa fe es la Verdadera. En consonancia he adherido LIBREMENTE y VOLUNTARIAMENTE.

Que la Iglesia advierta que quien crea otras cosas ese ya no está en la fe es una OBLIGACION de su parte, en defensa de la herencia recibida del Señor.

Así lo entiendo.

*****************************************

Juan 8:32
“Solo reflexionar...”

Daniel Brion:
“No te creo, Daniel. No te mueve un espíritu reflexivo sino otro distinto.”

Juan 8:32
Tal vez esa respuesta te deje tranquilo. Yo creo, más bien, que es una (nueva) salida elegante a un tema que te resulta incómodo realizarle una imparcial y profunda reflexión.

DB:

He recogido el guante. Aunque AUN no vea nada de "imparcial". ¿Reconocerás imparcialmente que Lutero y seguidores han quitado de la Escritura que toda la Iglesia usaba hasta ese tiempo los Deuterocanónicos basados en un concilio judío EN PLENA ERA DE LA IGLESIA (Jamnia 90 de nuestra era)?

Te lo pregunto solo para tener idea que tanta imparcialidad nos envuelve.

****************************************
Juan 8:32
Además...¿Das a entender que estoy mintiendo? ¿Me acusás de mentiroso?
Daniel, qué fácil es ver en los otros el “mal comportamiento cristiano”, el “juicio”, la “impiedad”...
Si nos midiéramos a nosotros mismos con la misma vara que medimos a los demás...

DB:
ABSOLUTAMENTE NO. Lo que he manifestado, y aun sostengo, es que NO CREO en que haya otro motivo en este "profunda e imparcial reflexión" que el de intentar desprestigiar a la Iglesia. Mas (y te pido mil disculpas por lo sincero) de alguien que da varios golpes bajos en su página respecto de la Iglesia.

Insisto, aún no puedo creer que tratemos en este excelente nivel nuestras discrepancias y que la misma persona pueda haber pergreñado una página anticatólico de MUY OTRO nivel.

Dios te bendiga grandemente.

Dios te bendiga
Te mando un abrazo

--------------------

Daniel
(Juan 8:32)
 
A Jetonius:
Le agradezco la deferencia que tiene y en especial sus referencias a documentos de la Iglesia Católica.
Le comentaba que los tiempos han cambiado y por consiguiente ante los nuevos tiempos tambien los "desafios" de la sociedad han cambiado.
Sin duda el cambio de la Iglesia Católica ante la lectura de la Biblia es un hecho que debe ser bienvenido, ello no debe estar exento de una reflexión profunda. Solo le diría que los componentes de la Iglesia son personas y por tanto sujetos a las debilidades humanas. ¿Donde mejor que practicar la máxima del amor y el perdón que en la Iglesia Católica?.
Si los laicos no somos capaces de perdonar a los sacerdotes, obispos, etc. y estos a los laicos, mal ejemplo estamos dando y lo que es peor se le está dando cancha al enemigo del cristianismo.
Estoy de acuerdo plenamente que en nuestra sociedad hay nuevos conocimientos y ensayos que ponen en tela actitudes anteriores, le comento algunas. No voy a entrar en el tema del terrorismo porque en España lo padecemos.
Si le comento el desafío científico que supone la clonación, la investigación de las células madres en su vertiente ética, la actitud de un profesional ante la delatación de un caso de corrupción que puede entrañar su pérdida del puesto de trabajo, la paternidad responsable y tantos más casos que superan los límites de este foro.
Tengo el convencimiento que estaríamos muy próximos a la solución moral de todos ellos. ¿No cree que esto une más que otros temas planteados?
Ruego a Dios que dote de discernimiento a las personas que se enfrentan con problemas de conciencia y a quienes les pueden asesorar.
La oración en común hace posible resolver estos temas de conciencia.
Reciba un cordial y afectuoso saludo.
Donde dos o más se reunan en mi nombre
...

La paz de Cristo.
 
Re: ¿Porqué la Iglesia Católica prohíbe a sus fieles debatir públicamente?

¿Porqué la Iglesia Católica prohíbe a sus fieles debatir públicamente?

Leyendo el libro de Apologética Católica “Protestantismo y Biblia” del Sacerdote Fernando Carballo, en la Lección I -El Apologista Católico- página 18-19, dice que “las disputas sobre temas religiosos han de tenerse en privado.”

Seguidamente enuncia 4 bases de la disputa a) PRIVADAMENTE, b) Con caridad, c) Con unción, y d) Con Verdad.

En el punto a) PRIVADAMENTE, agrega:

“Se guardarán los católicos de tener disputas o conferencias, sobre todo públicas, con los acatólicos, sin licencia de la Santa Sede, o si el caso es urgente, del Ordinario local”. Así reza el Cánon 1325 del Código de Derecho Canónico.

Confieso que me llamó mucho la atención. No conocía tal mandato de la Iglesia Católica hacia sus fieles. ¿Conocen esta ordenanza todos los foristas católicos que participan de este y de todos los foros públicos de debate?

El libro del Sacerdote Carballo es del año 1955, y el ejemplar del Código de Derecho Canónico que poseo es del año 1952. ¿Habrá cambiado con el tiempo esta ordenanza? ¿Seguirá vigente? Si aún está vigente.. ¿significa que el forista católico está desobedeciendo los mandatos de su Iglesia?

Aquí va la hoja del Canon 1325 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica Romana
(La Editorial Católica S.A., Madrid – España, 1952, página 499, Imprimatur Fr. Anicetus Franciscus, O.P. Episcopus Salmantinus. Salmanticae, 23 ianuarii 1951)

CDCcanon1325.jpg



Nótese que el motivo de tal ordenanza, según la aclaración n°3 (abajo a la izquierda con borde rojo) dice: ”El motivo de la prohibición del N°3 no es otro que el peligro al que se expone el católico de que esas disputas redunden en perjuicio de la misma fe, porque no sabe defenderla debidamente o porque los adversarios tomen de ellas ocasión para alboroto o para dejarle en ridículo, etc.”

Dejo que cada uno saque sus conclusiones y opine al respecto...


Sin quererlo, en esta misma hoja encontré otra “perlita”, la cual transcribo a continuación (y la pueden ver en la imagen anterior con borde amarillo)

”1325 1°. Todo fiel cristiano tiene que confesar la fe que profesa cuando es preguntado por la autoridad pública, y cuando el no confesarla lleva consigo: a) negación implícita de la misma fe, b) desprecio de la religión, c) injuria de Dios, d) escándalo del prójimo. Fuera de estos casos es lícito, y a veces hasta obligatorio, ocultar o disimular la fe, si de confesarla se puede temer con fundamento que los oyentes prorrumpirán en burlas o blasfemias contra Dios y las cosas santas..”

¿Qué diría el apóstol Pablo si se enterara de esta ordenanza impartida por la que se denomina “única iglesia verdadera de Jesucristo”? ¿Hubiera Pablo, o cualquiera de los apóstoles, obedecido esta “santa” ordenanza? ¿Callaron o escondieron ellos, alguna vez, su fe? Si el mismísmo Señor Jesucristo fue blasfemado, escupido, escarnecido, humillado, azotado y finalmente crucificado por no callar la bendita predicación del Evangelio de la gracia de Dios... ¿es lícito que nosotros, cobardemente... la... disimulemos..?

Escrito está: Dijo el apóstol Pablo
“Porque vosotros mismos sabéis, hermanos, que nuestra visita a vosotros no resultó vana; pues habiendo antes padecido y sido ultrajados en Filipos, como sabéis, tuvimos denuedo en nuestro Dios para anunciaros el evangelio de Dios en medio de gran oposición. Porque nuestra exhortación no procedió de error ni de impureza, ni fue por engaño, sino que según fuimos aprobados por Dios para que se nos confiase el evangelio, así hablamos; no como para agradar a los hombres, sino a Dios, que prueba nuestros corazones.” (1° Tesalonicenses 2:1-4)

¿Se puede suponer que quienes escribieron este Canon 1325 son “sucesores” del apóstol Pablo?

Lo que acabamos de leer, forma parte del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica Romana; y no solo lo enseña, sino que lo ordena.

Me gustaría conocer vuestras opiniones de ambos temas.

Bendiciones en Cristo
Daniel
(Juan 8:32)
<><


CON ESTO ya me dieron ganas de ir a comprar libros catolicos tales como este
de el magisterio
ha de estar interesante
 
Re: ¿Porqué la Iglesia Católica prohíbe a sus fieles debatir públicamente?

¿Porqué la Iglesia Católica prohíbe a sus fieles debatir públicamente?

Leyendo el libro de Apologética Católica “Protestantismo y Biblia” del Sacerdote Fernando Carballo, en la Lección I -El Apologista Católico- página 18-19, dice que “las disputas sobre temas religiosos han de tenerse en privado.”

Seguidamente enuncia 4 bases de la disputa a) PRIVADAMENTE, b) Con caridad, c) Con unción, y d) Con Verdad.

En el punto a) PRIVADAMENTE, agrega:

“Se guardarán los católicos de tener disputas o conferencias, sobre todo públicas, con los acatólicos, sin licencia de la Santa Sede, o si el caso es urgente, del Ordinario local”. Así reza el Cánon 1325 del Código de Derecho Canónico.

Confieso que me llamó mucho la atención. No conocía tal mandato de la Iglesia Católica hacia sus fieles. ¿Conocen esta ordenanza todos los foristas católicos que participan de este y de todos los foros públicos de debate?

El libro del Sacerdote Carballo es del año 1955, y el ejemplar del Código de Derecho Canónico que poseo es del año 1952. ¿Habrá cambiado con el tiempo esta ordenanza? ¿Seguirá vigente? Si aún está vigente.. ¿significa que el forista católico está desobedeciendo los mandatos de su Iglesia?

Aquí va la hoja del Canon 1325 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica Romana
(La Editorial Católica S.A., Madrid – España, 1952, página 499, Imprimatur Fr. Anicetus Franciscus, O.P. Episcopus Salmantinus. Salmanticae, 23 ianuarii 1951)

CDCcanon1325.jpg



Nótese que el motivo de tal ordenanza, según la aclaración n°3 (abajo a la izquierda con borde rojo) dice: ”El motivo de la prohibición del N°3 no es otro que el peligro al que se expone el católico de que esas disputas redunden en perjuicio de la misma fe, porque no sabe defenderla debidamente o porque los adversarios tomen de ellas ocasión para alboroto o para dejarle en ridículo, etc.”

Dejo que cada uno saque sus conclusiones y opine al respecto...


Sin quererlo, en esta misma hoja encontré otra “perlita”, la cual transcribo a continuación (y la pueden ver en la imagen anterior con borde amarillo)

”1325 1°. Todo fiel cristiano tiene que confesar la fe que profesa cuando es preguntado por la autoridad pública, y cuando el no confesarla lleva consigo: a) negación implícita de la misma fe, b) desprecio de la religión, c) injuria de Dios, d) escándalo del prójimo. Fuera de estos casos es lícito, y a veces hasta obligatorio, ocultar o disimular la fe, si de confesarla se puede temer con fundamento que los oyentes prorrumpirán en burlas o blasfemias contra Dios y las cosas santas..”

¿Qué diría el apóstol Pablo si se enterara de esta ordenanza impartida por la que se denomina “única iglesia verdadera de Jesucristo”? ¿Hubiera Pablo, o cualquiera de los apóstoles, obedecido esta “santa” ordenanza? ¿Callaron o escondieron ellos, alguna vez, su fe? Si el mismísmo Señor Jesucristo fue blasfemado, escupido, escarnecido, humillado, azotado y finalmente crucificado por no callar la bendita predicación del Evangelio de la gracia de Dios... ¿es lícito que nosotros, cobardemente... la... disimulemos..?

Escrito está: Dijo el apóstol Pablo
“Porque vosotros mismos sabéis, hermanos, que nuestra visita a vosotros no resultó vana; pues habiendo antes padecido y sido ultrajados en Filipos, como sabéis, tuvimos denuedo en nuestro Dios para anunciaros el evangelio de Dios en medio de gran oposición. Porque nuestra exhortación no procedió de error ni de impureza, ni fue por engaño, sino que según fuimos aprobados por Dios para que se nos confiase el evangelio, así hablamos; no como para agradar a los hombres, sino a Dios, que prueba nuestros corazones.” (1° Tesalonicenses 2:1-4)

¿Se puede suponer que quienes escribieron este Canon 1325 son “sucesores” del apóstol Pablo?

Lo que acabamos de leer, forma parte del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica Romana; y no solo lo enseña, sino que lo ordena.

Me gustaría conocer vuestras opiniones de ambos temas.

Bendiciones en Cristo
Daniel
(Juan 8:32)
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logicas razones dan
segun ellos
pero seria bueno otro concilio en nuestros dias
debate con el papa y LOS QUE ELLOS LLAMAN SEPARADOS NO??
 
Re: ¿Porqué la Iglesia Católica prohíbe a sus fieles debatir públicamente?

¿Porqué la Iglesia Católica prohíbe a sus fieles debatir públicamente?

Leyendo el libro de Apologética Católica “Protestantismo y Biblia” del Sacerdote Fernando Carballo, en la Lección I -El Apologista Católico- página 18-19, dice que “las disputas sobre temas religiosos han de tenerse en privado.”

Seguidamente enuncia 4 bases de la disputa a) PRIVADAMENTE, b) Con caridad, c) Con unción, y d) Con Verdad.

En el punto a) PRIVADAMENTE, agrega:

“Se guardarán los católicos de tener disputas o conferencias, sobre todo públicas, con los acatólicos, sin licencia de la Santa Sede, o si el caso es urgente, del Ordinario local”. Así reza el Cánon 1325 del Código de Derecho Canónico.

Confieso que me llamó mucho la atención. No conocía tal mandato de la Iglesia Católica hacia sus fieles. ¿Conocen esta ordenanza todos los foristas católicos que participan de este y de todos los foros públicos de debate?

El libro del Sacerdote Carballo es del año 1955, y el ejemplar del Código de Derecho Canónico que poseo es del año 1952. ¿Habrá cambiado con el tiempo esta ordenanza? ¿Seguirá vigente? Si aún está vigente.. ¿significa que el forista católico está desobedeciendo los mandatos de su Iglesia?

Aquí va la hoja del Canon 1325 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica Romana
(La Editorial Católica S.A., Madrid – España, 1952, página 499, Imprimatur Fr. Anicetus Franciscus, O.P. Episcopus Salmantinus. Salmanticae, 23 ianuarii 1951)

CDCcanon1325.jpg



Nótese que el motivo de tal ordenanza, según la aclaración n°3 (abajo a la izquierda con borde rojo) dice: ”El motivo de la prohibición del N°3 no es otro que el peligro al que se expone el católico de que esas disputas redunden en perjuicio de la misma fe, porque no sabe defenderla debidamente o porque los adversarios tomen de ellas ocasión para alboroto o para dejarle en ridículo, etc.”

Dejo que cada uno saque sus conclusiones y opine al respecto...


Sin quererlo, en esta misma hoja encontré otra “perlita”, la cual transcribo a continuación (y la pueden ver en la imagen anterior con borde amarillo)

”1325 1°. Todo fiel cristiano tiene que confesar la fe que profesa cuando es preguntado por la autoridad pública, y cuando el no confesarla lleva consigo: a) negación implícita de la misma fe, b) desprecio de la religión, c) injuria de Dios, d) escándalo del prójimo. Fuera de estos casos es lícito, y a veces hasta obligatorio, ocultar o disimular la fe, si de confesarla se puede temer con fundamento que los oyentes prorrumpirán en burlas o blasfemias contra Dios y las cosas santas..”

¿Qué diría el apóstol Pablo si se enterara de esta ordenanza impartida por la que se denomina “única iglesia verdadera de Jesucristo”? ¿Hubiera Pablo, o cualquiera de los apóstoles, obedecido esta “santa” ordenanza? ¿Callaron o escondieron ellos, alguna vez, su fe? Si el mismísmo Señor Jesucristo fue blasfemado, escupido, escarnecido, humillado, azotado y finalmente crucificado por no callar la bendita predicación del Evangelio de la gracia de Dios... ¿es lícito que nosotros, cobardemente... la... disimulemos..?

Escrito está: Dijo el apóstol Pablo
“Porque vosotros mismos sabéis, hermanos, que nuestra visita a vosotros no resultó vana; pues habiendo antes padecido y sido ultrajados en Filipos, como sabéis, tuvimos denuedo en nuestro Dios para anunciaros el evangelio de Dios en medio de gran oposición. Porque nuestra exhortación no procedió de error ni de impureza, ni fue por engaño, sino que según fuimos aprobados por Dios para que se nos confiase el evangelio, así hablamos; no como para agradar a los hombres, sino a Dios, que prueba nuestros corazones.” (1° Tesalonicenses 2:1-4)

¿Se puede suponer que quienes escribieron este Canon 1325 son “sucesores” del apóstol Pablo?

Lo que acabamos de leer, forma parte del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica Romana; y no solo lo enseña, sino que lo ordena.

Me gustaría conocer vuestras opiniones de ambos temas.

Bendiciones en Cristo
Daniel
(Juan 8:32)
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un saludo hermno ?no oistes ke fue dicho a los antiguos no hay peor sordo ke el ke no kiera oir y no hay peor ciego ke el ke no kiera ver ?:musico6: :musico6: :musico6: