Victoria a medias para los Testigos de Jehová
Circuito de Boston dicta que pueden entrar a urbanizaciones cerradas
Las urbanizaciones cerradas tendrán que adoptar medidas para permitir la entrada de Testigos de Jehová, siempre que estos de identifiquen como religiosos.
Por Limarys Suárez Torres / [email protected]
El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston determinó que a los Testigos de Jehová se les debe permitir la entrada a las urbanizaciones con control de acceso siempre y cuando se identifiquen como religiosos en la entrada.
Esto significa una victoria a medias para los Testigos de Jehová quienes reclamaban que sus derechos constitucionales, como lo es el proselitismo religioso de puerta a puerta, son violados al denegarle la entrada a urbanizaciones con control de acceso.
No obstante, el Circuito falló en contra del planteamiento de los demandantes que sostenían que la Ley de Acceso Controlado es inconstitucional en su faz y confirmó la decisión del Tribunal Federal de que esa ley es constitucional.
Asimismo el Circuito ordenó al Tribunal Federal a ver la demanda de los Testigos de Jehová en su fondo porque hay señalamientos específicos que realiza el grupo religioso que podrían ser considerados inconstitucionales.
“Este caso es nuevo y difícil. Pero los problemas de delincuencia en Puerto Rico son inusualmente graves y la solución de su legislatura (con la Ley de Acceso Controlado), aunque sea un experimento, se aprobó democráticamente y está lejos de ser irracional”, reza la orden del Primer Circuito.
Según la orden, a pesar de que el Circuito rechaza el ataque a la constitucionalidad de su faz, los precedentes sobre acceso público requieren un estudio sobre la aplicación de la Ley de Acceso Controlado y para eso se necesitan procedimientos adicionales.
El Circuito determinó que el tribunal de distrito tiene que tomar rápidamente medidas para llevar a los municipios y urbanizaciones al cumplimiento de su decisión y estableció que en el caso de urbanizaciones que ya proporcionan regularmente portones abiertos con un guardia, se les debe dejar entrar a los Testigos de Jehová que revelen su propósito de entrada y su identidad.
“No está claro por qué debería tomar un tiempo considerable en estos casos para dar la instrucción necesaria o qué excusa puede ser dada para no hacer un esfuerzo de buena fe en la implementación”, reza la orden.
El Circuito compuesto por los jueces Michael Buddin, Bruce Selya y Kenneth F. Ripple, determinó además que en caso de una urbanización que actualmente permite el acceso sólo a través de una portón cerrada o un “beeper” de control exclusivo de los residentes, los cambios a favor de la entrada pueden tardar más.
“Asegurar el cumplimiento podría parecer una tarea desalentadora, debido al número de urbanizaciones, pero esperamos que el tribunal de distrito rápidamente dirija el acceso abierto a todos los visitantes a menos que la urbanización se ponga en cumplimiento”, reza la orden.
Entre las observaciones con relación a la Ley de Acceso Controlado que hizo el Circuito está la alta incidencia criminal que vive el País y que supera porcentualmente a cualquier estado de la nación norteamericana.
“Puerto Rico, con un ingreso promedio por hogar de un tercio del promedio de Estados Unidos y con menos de la mitad que cualquier otro estado, tiene una tasa de homicidios que cuadruplica el promedio de Estados Unidos y es más del doble que cualquier estado de la nación. Es un punto importante para el tráfico y el trasiego de drogas y ha dado lugar a un gran número de casos de corrupción en la policía local”, señala el Circuito.
FUENTE: El Nuevo Dia
Circuito de Boston dicta que pueden entrar a urbanizaciones cerradas
Las urbanizaciones cerradas tendrán que adoptar medidas para permitir la entrada de Testigos de Jehová, siempre que estos de identifiquen como religiosos.
Por Limarys Suárez Torres / [email protected]
El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de Boston determinó que a los Testigos de Jehová se les debe permitir la entrada a las urbanizaciones con control de acceso siempre y cuando se identifiquen como religiosos en la entrada.
Esto significa una victoria a medias para los Testigos de Jehová quienes reclamaban que sus derechos constitucionales, como lo es el proselitismo religioso de puerta a puerta, son violados al denegarle la entrada a urbanizaciones con control de acceso.
No obstante, el Circuito falló en contra del planteamiento de los demandantes que sostenían que la Ley de Acceso Controlado es inconstitucional en su faz y confirmó la decisión del Tribunal Federal de que esa ley es constitucional.
Asimismo el Circuito ordenó al Tribunal Federal a ver la demanda de los Testigos de Jehová en su fondo porque hay señalamientos específicos que realiza el grupo religioso que podrían ser considerados inconstitucionales.
“Este caso es nuevo y difícil. Pero los problemas de delincuencia en Puerto Rico son inusualmente graves y la solución de su legislatura (con la Ley de Acceso Controlado), aunque sea un experimento, se aprobó democráticamente y está lejos de ser irracional”, reza la orden del Primer Circuito.
Según la orden, a pesar de que el Circuito rechaza el ataque a la constitucionalidad de su faz, los precedentes sobre acceso público requieren un estudio sobre la aplicación de la Ley de Acceso Controlado y para eso se necesitan procedimientos adicionales.
El Circuito determinó que el tribunal de distrito tiene que tomar rápidamente medidas para llevar a los municipios y urbanizaciones al cumplimiento de su decisión y estableció que en el caso de urbanizaciones que ya proporcionan regularmente portones abiertos con un guardia, se les debe dejar entrar a los Testigos de Jehová que revelen su propósito de entrada y su identidad.
“No está claro por qué debería tomar un tiempo considerable en estos casos para dar la instrucción necesaria o qué excusa puede ser dada para no hacer un esfuerzo de buena fe en la implementación”, reza la orden.
El Circuito compuesto por los jueces Michael Buddin, Bruce Selya y Kenneth F. Ripple, determinó además que en caso de una urbanización que actualmente permite el acceso sólo a través de una portón cerrada o un “beeper” de control exclusivo de los residentes, los cambios a favor de la entrada pueden tardar más.
“Asegurar el cumplimiento podría parecer una tarea desalentadora, debido al número de urbanizaciones, pero esperamos que el tribunal de distrito rápidamente dirija el acceso abierto a todos los visitantes a menos que la urbanización se ponga en cumplimiento”, reza la orden.
Entre las observaciones con relación a la Ley de Acceso Controlado que hizo el Circuito está la alta incidencia criminal que vive el País y que supera porcentualmente a cualquier estado de la nación norteamericana.
“Puerto Rico, con un ingreso promedio por hogar de un tercio del promedio de Estados Unidos y con menos de la mitad que cualquier otro estado, tiene una tasa de homicidios que cuadruplica el promedio de Estados Unidos y es más del doble que cualquier estado de la nación. Es un punto importante para el tráfico y el trasiego de drogas y ha dado lugar a un gran número de casos de corrupción en la policía local”, señala el Circuito.
FUENTE: El Nuevo Dia