Estimado Daniel:
Veo con agrado que haya recapacitado de su decisión de confiar todo a la fe e intente discutir fundamentos históricos.
Originalmente enviado por Jetonius:
quote:
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Originalmente enviado por daniel brion:
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daniel:
Es lógico que se trate de refutar el primado de Pedro para desprestigiar a la Iglesia. en todo caso habrá que ver cuantos dogmas han establecido estos Papas errados, o cuantas declaraciones ex-Cátedra para establecer si la infalibilidad REALMENTE ha sido comprobada como falsa. Se declara mil veces que el Papa NO ES INFALIBLE EN EL 100 % DE LOS HECHOS QUE PRODUCE SOLO CUANDO SE DAN DETERMINADAS CONDICIONES.
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El problema es que, desde la definición de la infalibilidad papal en 1870, ni Pío IX ni ninguno de sus sucesores se ha tomado la molestia de esclarecer ex cathedra cuáles enseñanzas específicas de los papas han de ser consideradas ex cathedra.
Salvo por las definiciones solemnes de los dogmas marianos en 1854 y 1950, que son unánimemente tenidos por tales, los propios católicos no pueden decir a ciencia cierta cuáles doctrinas se han enseñado ex cathedra y cuáles no.
Esto torna la presunta infalibilidad en algo de muy poca importancia práctica para el conjunto de las doctrinas que sostiene la Iglesia de Roma; su valor fundamental parece apologético.
daniel:
Bendiciones Jetonius. Pareciera que Ud. cree que la Iglesia es como una suerte de Gobierno al estilo mundano y como tal se la pasara promulgando leyes, decretos, edictos o cosas parecidas, en forma diaria y prolífica.
Sinceramente no lo veo así, no es así.
[/B]
Que yo sepa el Vaticano es una ciudad estado plantada en el medio de Italia. De hecho la Iglesia de Roma ha considerado, luego de la inviabilidad manifiesta de mantener sus otrora vastas posesiones territoriales, conservar al menos esta posesión en particular, que supongo deberá tener su legislación, etc.
Sin embargo, no me refería a esto. Desde luego que la Iglesia de Roma tiene innumerables regulaciones, comenzando por el propio Código de Derecho Canónico, más los decretos papales, de las Congregaciones, encíclicas, bulas, breves, etc.
Lo que me sorprende es que de todas las extensas enseñanzas oficiales de los dos últimos siglos (que en el Denziger ocupan
casi el mismo espacio que las de los dieciocho siglos previos, y no se cuenta a Juan XXIII, Paulo VI , Juan Pablo I ni Juan Pablo II) , solamente en
dos de ellas se haya juzgado necesario poner en juego el presunto carisma de infalibilidad, y ello para establecer doctrinas que
no eran seriamente cuestionadas dentro de la Iglesia de Roma.
(Daniel)
Pocas cosas sobre doctrina habrá sobre las que haya que expedirse ex-cátedra
No concuerdo con usted. Es incomprensible que, teniendo la Iglesia de Roma tan maravilloso carisma, lo mezquine de tal manera como lo hace. Parecería por el contrario lo más razonable que en los 130 a;os transcurridos desde el Concilio Vaticano I, donde se definió la infalibilidad, los papas se hubiesen ocupado de definir
ex cathedra todo lo concerniente a la fe y las costumbres.
En ese tiempo también podrían perfectamente:
1. Haber establecido
ex cathedra cuales enseñanzas de sus predecesores deben considerarse infalibles.
2. Producir un comentario infalible de las Sagradas Escrituras , que evitara las diferencias de interpretaciones entre teólogos y exegetas reconocidamente falibles.
Sin embargo, no han hecho tal cosa ni hay razón para pensar que proyecten hacerlo. Es decir, emplean innecesariamente el supuesto carisma para cosas que todos los católicos aceptan pero al parecer no sirve para resolver cuestiones importantes.
, pero de seguro, ámén de los referidos Dogmas tiene el par de Concilios Vaticanos, I y II, cuyas postulaciones finales deben ser incluídas dentor de la famosa categorío de infalibilidad.
¿De seguro? ¿Es una expresión de deseo o debo tomarlo literalmente? En este último caso, ¿quién ha determinado por ejemplo que el Concilio Vaticano II haya promulgado algún dogma infaliblemente? ¿Podría usted señalar cuál dogma es ese?
Además, una cosa es la infalibilidad propia del papa en uso de sus atribuciones como supremo pastor y maestro, que no requiere el asentimiento de la Iglesia, y otra es la presunta infalibilidad de un Concilio Ecuménico en comunión con el papa.
Para evitar jocosas confusiones es verdad que el Vaticano en sí mismo es un Estado y que tendrá regulaciones diarias como las que comento mas arriba (las cuales ignoro si existirán y en que grado) pero coincidos que no es el tema en discusión.
Se acordó tarde. No hay confusión, y mucho menos «jocosa». Como Israel en la antigüedad, la Iglesia Católica ha querido ser un estado como los demás estados.
Jetonius:
quote:
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daniel:
Leíste lo que escribí. Parece que no. Lo repito. Sobre la infalibilidad papal, la UNICA prueba válida es si un Papa ha hechado para atrás un Dogma o un Concilio. Eso ha ocurrido?. NO. Y eso basta. Porque el Espíritu NO LO PERMITIRA. Si el Papa "X", ha dicho no-se-que del Papa "H", tendrá sus razones. Lo cierto es que el Papa "X" no se ha "equivocado" al proponer un Dogma. Y ESO ES LO QUE NOS ASEGURA LA INFALIBILIDAD: que el Papa es infalible en esos UNICOS Y POCOS CASOS EN QUE DEBE SERLO POR FUERZA.
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Claro, como en las dos únicas definiciones que son ciertamente ex cathedra, a saber la inmaculada concepción y la asuncion corporal de María.
¿Por qué se habría de requerir la infalibilidad para definir algo que la mayoría de los católicos ya creía de todos modos? ¿a título de qué debían ser Pío IX y Pío XII infalibles «por fuerza» para sostener estas cosas?
daniel:
Evidente, para que esas creencias se formulen oficialmente vía el Espíritu Santo y dejen, precisamente, de ser "creencias". Nada mas que eso.
No veo que le resulta tan evidente.
¿De modo que antes de la promulgación no era el Espíritu Santo quien las había inspirado en los fieles? Y si es así, ¿qué objeto tiene la definición oficial?
Por otra parte, no han dejado en absoluto de ser
creencias. La diferencia es que ahora son de asentimiento
obligatorio para todos los católicos.
Jetonius:
quote:
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Maripaz:
El único dogma declarado ex cátedra por el Papa después de 1870 es el de la Asunción de María, el cual lo definió el Papa Pío XII el 1 de noviembre de 1950. Y, sin embargo, cuando habló oficialmente fue para afirmar tan sólo un error, sin apoyo alguno en el Nuevo Testamento sino sólo en la tradición.
daniel:
No es así. ANTES de explicitar el Dogma se dirigió a toda la Iglesia (incluso a los creyentes) para "tomarle el pulso" a su intención y discernir EN EL SENO de la Iglesia si el tal Dogma provenía o no de Dio, porque el Espíritu se manifiesta EN LA IGLESIA. Y ya ven .....
Como usted bien sabe, la consulta a la Iglesia no es vinculante para una definición
ex cathedra, que explícitamente según la misma declaración de infalibilidad del Vaticano I es irreformable en sí y no requiere del consentimiento de la Iglesia.
Lo que causa más curiosidad a cualquier observador con sentido común es que, si el papa de veras posee este carisma, lo poseía desde el principio. Sin embargo, en dieciocho siglos
no parece haberlo puesto en acción aún en medio de controversias doctrinales muy serias, y de hecho la Iglesia de Roma tardó ese mismo tiempo en decidir que el esquivo carisma existía, después de todo.
Si el papa y la Iglesia hubiese reconocido dicho carisma antes de 1870, se hubiese podido evitar, por ejemplo, la disputa secular entre dominicos y franciscanos acerca de la doctrina de la Inmaculada Concepción de María. Sin embargo, ningún papa se expidió
ex cathedra al respecto sino hasta el siglo XIX, cuando la controversia hubo sido zanjada a favor de los franciscanos en el consenso de la Iglesia. En otras palabras, luego de concluida la batalla, cualquiera es general.
(Jetonius)
Por cierto que es así: sin apoyo ni en la Biblia ni en la tradición.
daniel:
Eso manifiesta Ud. Por fuerza deberá basarse en la Escritura y la Tradición. No creerá que el Papa y la Iglesia sean tan ingenuos de exponerse de esa manera, verdad?
¿«Por fuerza»? Veo que se ha aficionado tanto a esta expresión que la emplea muy livianamente.
Lo manifiesto por un hecho
histórico simple e indiscutible: que tal doctrina simplemente
no existe en la Escritura ni en ninguna tradición que pueda atribuirse a los Apóstoles.
Los argumentos esgrimidos por el Concilio Vaticano I son paupérrimos y en modo alguno podrían convencer a quien no creyese de antemano y por otros motivos en la infalibilidad pontificia:
[
Argumentos tomados de los documentos públicos].
[
Argumento tomado del consentimiento de la Iglesia]
En el primero se señala el primado de jurisdicción y autoridad universales del papa (otra doctrina falsa) como justificativo para la suprema potestad del magisterio. Alude vagamente alguno, a “el uso perpetuo de la Iglesia” y las declaraciones de los primeros concilios ecuménicos. Sin embargo, lo más primitivo que puede exhibir es una supuesta profesión del Concilio IV de Constantinopla, de 869-870. Es decir que la más antigua «prueba» que puede darse de esta doctrina supuestamente apostólica data del siglo IX.
Pero allí no concluyen los problemas.
1. La profesión que se cita en Denzinger 1833 no figura en la sección dedicada al Concilio IV de Constantinopla en la misma obra (Denzinger # 336-341).
2. La citada profesión habla de la ortodoxia de la sede romana, pero en modo alguno de su infalibilidad.
3. El canon 21 de IV Constantinopla establece explícitamente (primariamente contra Focio y sus seguidores) que no debe injuriarse a la «sede de Pedro». Sin embargo, continúa, “si reunido un Concilio universal, surgiere todavía alguna duda sobre la Iglesia de Roma, es lícito con cautela y con la debida reverencia averiguar acerca de la cuestión propuesta y recibir la solución y, o sacra provecho o aprovechar, pero no dar temeraria sentencia contra los Sumos Pontífices de la antigua Roma”. Es decir que a pesar de su dignidad sí era posible aún, en el siglo IX, someter a la Iglesia de Roma a escrutinio por parte de un concilio ecuménico. Lo que se prohíbe son las sentencias temerarias contra los papas (cosa que sería asimismo válida en el caso de otros obispos; las sentencias temerarias son simplemente incorrectas).
4. La declaración del Vaticano I dice que la suprema potestad del magisterio del papa “la declararon los mismos Concilios ecuménicos,
aquellos en primer lugar en que Oriente y Occidente se juntaban en unión de fe y caridad” (negritas añadidas). Pero he aquí que el IV Concilio de Constantinopla, contado como VIII ecuménico por Roma,
no fue jamás aceptado por los griegos. Parece que los obispos reunidos en el Vaticano I escogieron un ejemplo particularmente malo de la ünión de fe y caridad”.
Las otros dos «pruebas» que se aducen son de Concilios oocidentales todavía más tardíos (II Lyon de 1274 y el de Florencia de 1438-1445).
En cuanto al “
argumento tomado del consentimiento de la Iglesia” (Denzinger # 1836) , se reduce a una mera enunciación de las ideas romanas sin citar absolutamente
ningún documento histórico.
¿A esto le llaman «tradición apostólica» en Roma???
Se citan además dos textos bíblicos, ninguno de los cuales dice absolutamente nada de la infalibilidad de los obispos de Roma, los consabidos Mateo 16:18 y Lucas 22:32.
En la propia definición
no se cita ni una sola Escritura.
¿A esto se le llama en Roma prueba escritural?
De manera que, respondiendo a su pregunta, “No creerá que el Papa y la Iglesia sean tan ingenuos de exponerse de esa manera, verdad?” , contesto que no se trata de lo que yo crea o deje de creer.
Es manifiesto que sí hicieron tal cosa, y otras peores que si le interesa puedo detallar.
Jetonius:
No me queda clara la expresión «a toda la Iglesia (incluso a los creyentes)».
daniel:
Vale la aclaración, me refería al pueblo fiel, al católico de base.
Eso de “católico de base” suena a partido político, no a Iglesia de Jesucristo.
Además, la distinción católica entre clero y laicos es antibíblica. En las Escrituras se enseñan solamente dos sacerdocios válidos hoy: El sumo sacerdocio de Cristo, y subordinado a éste, el sacerdocio de todos los fieles. Los mismos que son llamados “pueblo” (
laos) son su heredad (
kleros) y su sacerdocio regio. Los ministros del Evangelio
jamás de los jamases son llamados ‘sacerdotes” en contraposición al resto de los fieles.
Jetonius:
De todos modos, esto demuestra que la única razón válida que necesita la Iglesia de Roma para definir un dogma es que la Iglesia lo crea hoy. No importa demasiado si no está en la Biblia o siquiera en los escritos de los primeros siglos. Basta con que un número suficiente de los miembros de la Iglesia (sin excluir los creyentes) lo haya aceptado y voilá!, entonces seguro que proviene del Espíritu Santo.
daniel:
Ni Ud. mismo cree que la Iglesia pueda hacer eso, verdad?
No solamente lo creo: lo afirmo como indiscutible y se demuestra claramente en el dogma de la Inmaculada Concepción, entre otros.
Jetonius:
...snip...
quote:
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El Papa consultó, como dije, a LA IGLESIA, empezando por el Colegio Episcopal, por las distintas Conferencias Episcopales, por las Iglesias Particulares (Obispos) y también al pueblo fiel. ¿Por qué no?. Si vos crees que para salverte debes ser un "erudito" en la Fé, pues preocupate, por lo que Cristo manifestó de los pequeños a los que se les reveló......
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Jetonius
La revelación concluyó con los Apóstoles.
daniel:
La pública sí. La privada no. Aunque no tenga el mismo peso en la Iglesia, no deja de ser fuente de revelación. Dios no "se borró".
Jetonius:
Hoy solamente podemos avanzar en la comprensión de lo que ya fue revelado hace dos mil años, al menos a los efectos de la doctrina.
daniel:
De acuerdo en esto. pero también se ilumina con la revelación privada.
Yo no dije que Dios se hubiese «borrado». Esta es su interpretación.
Es irrelevante por completo al punto en discusión que exista o no revelación privada, en primer lugar porque según el propio criterio de la Iglesia de Roma,
no puede basarse una doctrina en una revelación privada.
En segundo lugar, porque nuevamente según Roma, en una definición
ex cathedra la asistencia del Espíritu Santo al romano pontífice es
negativa en que lo preserva del error,
no positiva en el sentido de darle nuevas revelaciones.
Jetonius:
Además, la propia Iglesia Católica establece dogmáticamente su naturaleza jerárquica.
daniel:
¿Se refiere al I Concilio de Letrán?, que se celebró en el 1123 antes de la Reforma. Eso es antes de la "reforma" por lo que fue aceptado por TODA la Iglesia.
No, no me refiero a I Letrán. Hasta donde sé, este Concilio medieval no definió dogmáticamente en absoluto la constitución jerárquica de la Iglesia. Lo que sí hizo fue algo mucho más modesto pero práctico.
En efecto, en el canon 4 los obispos, preocupados por conservar la administración de los bienes de la Iglesia, establecen que tal tarea es atribución episcopal, y condenan como sacrílego a cualquier laico que se la arrogase.
En el canon 10 se prohíbe consagrar a un obispo que no hubiese sido «canónicamente elegido».
La declaración dogmática sobre la Constitución Jerárquica de la Iglesia debió esperar hasta Trento, específicamente la Sesión XXIII del 15 de julio de 1563,
Doctrina sobre el sacramento del orden, donde se dice entre otras cosas:
...declara el Santo Concilio que, sobre los demás grados eclesiásticos, los obispos que han sucedido en el lugar de los Apóstoles, pertenecen principalmente a este orden jerárquico y están puestos, como dice el mismo Apóstol, por el Espíritu Santo para regir la Iglesia de Dios [Act. 20,28], son superiores a los presbíteros y confieren el sacramento de la confirmación, ordenan a los ministros de la Iglesia y pueden hacer muchas otras más cosas, en cuyo desempeño ninguna potestad tienen los otros de orden inferior [Can. 7]. Enseña además el Santo Concilio que en la ordenación de los obispos, de los sacerdotes y demás órdenes no se requiere el consentimiento, vocación o autoridad ni del pueblo ni de potestad y magistratura secular alguna, de suerte que sin ella la ordenación sea inválida; antes bien, decreta que aquellos que ascienden a ejercer estos ministerios llamados e instituidos solamente por el pueblo o por la potestad o magistratura secular y los que por propia temeridad se los arrogan todos ellos deben ser tenidos no por ministros de la Iglesia, sino por ladrones y salteadores que no han entrado por la puerta [Ioh. 10,1 ; Can. 8]...
Como se dará cuenta, esto se declaró después de iniciada la Reforma, y de hecho está obviamente calculada contra los reformadores.
Jetonius:
De modo que no se puede responsabilizar a los miembros laicos por las decisiones del Magisterio.
daniel:
Por supuesto. Gracias a Dios hay autoridad en la Iglesia, lo que permite que no seamos los católicos una suerte de "anarquistas" del criatianismo.
No, nada de anarquistas. En todo caso, sujetos a un régimen totalitario y despótico.
Por cierto que al menos yo no niego la necesidad de autoridad en la Iglesia, pero tal autoridad debe ejercerse en conformidad con las Escrituras y no al modelo imperial romano.
El problema del catolicismo no es que tenga autoridad, sino que tal autoridad se ha extralimitado ampliamente en sus atribuciones, es establecida de manera extrabíblica (busque por las dudas el colegio cardenalicio en el NT) y decide arbitrariamente sobre doctrina y costumbres.
Jetonius:
Lo que ocurre es que, como dije antes, las dos definiciones ciertamente infalibles han sido más una reafirmación del poder papal que una necesidad.
daniel:
Ya le dije la razón por la que, a mi juicio, se expidieron los Papas. Ud. puede tener el juicio que quiera, según su derecho propio.
Ni que lo diga... Pero a diferencia del suyo que se basa en el reconocimiento de las prerrogativas que el magisterio se ha arrogado, mi juicio se basa en la evidencia.
Jetonius:
quote:
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daniel:
Mal que les pese, Dios SI le confirió tal atributo a la Iglesia, a través de Pedro y sus sucesores. También este atributo es aplicable al Colegio Episcopal, en ciertos casos.
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Los «ciertos casos» es cuando los obispos están de acuerdo con el papa. Si están en desacuerdo, por más «sucesores de los Apóstoles» que sean, de nada les vale.
daniel:
JE, JE, tanto miedo le tiene a la autoridad?. Por supuesto que el acuerdo del Papa es fundamental.
Además ese "si están en desacuerdo", ¿ha ocurrido ya un enfrentamiento entre un Papa y TODO un Colegio Apostólico?: no.
Si como dice la Iglesia de Roma todos los obispos son sucesores de los Apóstoles, no es necesario que
todo el episcopado o «colgeio apostólico» esté en contra del papa.
De todos modos, en el hipotético caso de que ocurriese tal enfrentamiento, pues tanto peor para ellos, porque su palabra unánime en contra del papa tiene menos peso que la de éste,cuyas definiciones solemnes en materia de fe y costumbres son
irreformables. Esta es la estructura que Roma ha construido.
De modo que, con respecto a su pregunta sarcástica, le contesto sin ironía que no le temo a la autoridad legítima, y en cambio sí a la que el obispo de Roma ha usurpado.
Jetonius:
En cuanto a que Dios confirió tal atributo, será necesario insistir en que no es nada que se desprenda de la Biblia o tan siquiera de la tradición primitiva. Quienes lo creen, lo hacen exclusivamente sobre la autoridad de la propia Iglesia de Roma.
daniel:
¿Ahhh sí?. Y que dice de esto:
Mateo 16:19
A ti te daré las llaves del Reino de los Cielos; y lo que ates
en la tierra quedará atado en los cielos, y lo que desates en
la tierra quedará desatado en los cielos.»
Perdón... ¿dice allí “papa”? ¿”obispo de Roma”, tal vez?
No, en absoluto. De modo que hay que confiar en lo que dicen los propios papas para verlos descritos allí. Y los papas ven allí lo que les gustaría que dijese y que el texto no dice.
Entre los Padres hay una diversidad de opiniones acerca de la interpretación del pasaje. Sin embargo, vale la pena destacar que de todos los Padres que escribieron comentarios sobre Mateo 16, no hay
ninguno que aplique este texto específicamente al obispo de Roma como sucesor de Pedro.
Falta pues, y con mucho, el «consentimiento unánime de los Padres».
Opino, pues, que el obispo de Roma se arroga arbitrariamente lo que se le prometió al Apóstol Pedro.
Y de esto?:
Mateo 18:18
«Yo os aseguro: todo lo que atéis en la tierra quedará atado
en el cielo, y todo lo que desatéis en la tierra quedará
desatado en el cielo.
Esto fue dicho a todos los discípulos, en el contexto de un juicio que es ejercido
por toda la congregación, como lo indica el contexto inmediato:
Y si tu hermano peca, ve y repréndelo a solas; si te escucha, has ganado a tu hermano. Pero si no te escucha, lleva contigo a uno o dos más, para que toda palabra sea confirmada por boca de dos o tres testigos. Y si rehúsa escucharlos, dilo a la Iglesia; y si también rehúsa escuchar a la Iglesia, sea para ti como el gentil y el recaudador de impuestos.
De modo que lo que puedo decirle acerca de este texto es que pone la autoridad en la Iglesia como cuerpo, adonde verdaderamente pertenece, y no en una autodesignada jerarquía.
Y de la tradición primitiva, hallé algunos argumentos que me han parecido valiosos y los transcribo:
Unas cifras para empezar:
«Los evangelistas citan el nombre de Pedro exactamente 195 veces. LA SUMA
TOTAL de ocasiones en que aparecen los nombres de los demás apóstoles no
sube de 130. El que sigue inmediatamente después de Pedro en número de
citas es Juan, que tan sólo aparece nombrado 29 veces.
¿No es esto más significativo que una declaración de principios (que la
hay, no se olvide)?».
El nombre de Pedro aparece 96 veces en los Evangelios; 57 en Hechos (aunque ya no se lo nombra después del capítulo 15), 5 en Gálatas y 1 en 1 Pedro y 2 Pedro. Total 160 veces.
Además se lo nombra como Simón (sin incluir las que aparece también como Pedro) 26 veces en los Evangelios y los Hechos. Y luego en cinco ocasiones más como Cefas. Yo sumo 191.
Pablo/Saulo es nombrado 187 veces en el Nuevo Testamento.
El número de veces que estos Apóstoles son nombrados puede brindar una idea de su liderazgo y protagonismo. Y nadie niega que ellos dos, junto con Juan, fueron los Apóstoles más destacados.
Ahora bien, no entiendo qué pueda tener que ver este hecho indisputado con la supuesta autoridad del obispo de Roma.
Respecto a los que se apoyan en Agustín:
Cuando los errores de Pelagio y Celestio, San Agustín reunió dos sínodos provinciales con la única finalidad de condenar a aquéllos como herejes. Los obispos africanos, una vez reunidos, pidieron urgentemente al Papa que se pronunciara y que condenara. En respuesta, Inocencio I les envía
tres cartas en las que se exponen las verdades de la fe y se excomulga expresamente a Pelagio y a Celestio. Cuando estas cartas papales llegan a Hipona, San Agustín pronuncia su célebre frase, convertida por la posteridad en expresión de máxima fidelidad al Sumo Pontífice:
Roma locuta, causa finita (Roma ha hablado, fin de la discusión)».
Y esta expresión precisa está registrada en... (proveer referencia y contexto si no le incomoda)
Es obvio que, siendo Roma la sede más importante de Ocidente, los obispos africanos valorasen grandemente su ratificación de lo ya decidido por ellos.
Y ahora, un poco de fuego graneado:
Ahórrate los ejemplos. La roca sobre la que se asienta la Iglesia y la
piedra angular son dos imágenes literarias diferentes que no se
confunden para nada.
Se trata de un «fuego graneado» bastante inoucuo. Yo concuerdo con esta apreciación.
A ver qué le parece a usted la siguiente (negritas añadidas):
El Evangelio que ha sido leído recién ... nos da a entender que el mar es el mundo presente, y el Apóstol Pedro el tipo de la única Iglesia. Pues Pedro, primero en el orden de los Apóstoles, y en el amor de Cristo, adelantadísimo, responde a menudo solo por todo el resto. De nuevo, cuando el Señor Jesucristo preguntó, “Pero ¿quién decis vosotros que soy?” Pedro respondió “Tú eres el Cristo, el Hijo del Dios viviente”. Uno dio la respuesta por muchos, Unidad en la multiplicidad. Entonces le dijo el Señor, “Bendito eres tú, Simón bar Jonás, porque carne y sangre no te lo ha revelado, sino mi Padre que está en el cielo”. Entonces agregó “Y te digo a ti” . Como si Él hubiera dicho, “Porque tú me lo dijiste a mí, « eres el Cristo, el Hijo del Dios viviente», yo también te digo «Tú eres Pedro»”. Pues antes él era llamado Simón. Ahora, este nombre de Pedro le fue dado por el Señor, y esto en una figura, que él significaba la Iglesia. Pues viendo que Cristo es la Roca (Petra), Pedro es el pueblo cristiano. Pues la roca (Petra) es el nombre original. Por tanto, Pedro es así llamado por la roca, no la roca por Pedro; al igual que Cristo no es llamado Cristo por los cristianos, sino los cristianos por Cristo. “Por tanto”, dijo, “tú eres Pedro; y sobre esta Roca” que tú has confesado, sobre esta Roca que has reconocido, diciendo “Tú eres el Cristo, el Hijo del Dios viviente, edificaré mi Iglesia”. Te construiré a ti sobre mí, no a mí sobre ti.
[/B]
A continuación Agustín trata del incidente registrado unos pocos versículos más adelante, en Mateo 16:22ss, donde cuando el Señor anuncia su pasión, Pedro trata de persuadirlo, y Jesús le dice “Apártate de mí, Satanás, porque me eres tropiezo”. El obispo de Hipona prosigue:
Distingamos, mirándonos a nosotros mismos en este miembro de la Iglesia, lo que es de Dios y lo que es nuestro. Pues entonces no vacilaremos, entonces estaremos fundados sobre la Roca, entonces estaremos fijos y firmes contra los vientos, y tormentas, y corrientes, las tentaciones, quiero decir, de este mundo presente. Empero ved a este Pedro, quien era entonces nuestra figura; ahora confía, ahora vacila; ahora confiesa al Inmortal, y ahora tema que Él muera. ¿Por qué? Porque la Iglesia de Cristo tenía tanto débiles como fuertes ... En que Pedro dijo “Tú eres el Cristo, el hijo del Dios viviente”representa a los fuertes”; pero en que vacila, y no admite que Cristo pueda sufrir, en temer la muerte de Él, y no reconocer la vida, él representa a los débiles de la Iglesia. En aquel un Apóstol, entonces, esto es Pedro, en el orden de los Apóstoles primero y principal, en quien la Iglesia estaba figurada, ambas clases estaban representadas, esto es, tanto los fuertes como los débiles; porque la Iglesia no existe sin ambos.
Sermón 26.
[/B]
Del obispo de Roma, ni sombra. Pedro es para Agustín un tipo
de toda la Iglesia.
«Cuando le recordé este verano a don Antonio Piñero, catedrático
deGriego de la Universidad Complutense de Madrid, un dato tan
incuestionable como que la lista de los Sumos Pontífices está
atestiguada hasta el siglo II, se puso tan nervioso que empezó a
titubear...»
¿¿¿¿????
Pobre hombre, ¿por qué habría de ponerse nervioso por una lista que empieza con una conjetura casi seguramente errónea?
«Pero, además, ni siquiera hizo falta descubrir la tumba del apóstol
durante el reinado de Pío XII: es que la Tradición ya lo tenía
clarísimo. Si no, no se entiende por qué desde los mismos orígenes se
insistió en ubicar el centro físico de la Iglesia en un descampado
inhospito, insalubre y pantanoso como era en los primeros tiempos la
colina del Vaticano...».
Esto, desde luego, se refiere a la tradición acerca de la
muerte del Apóstol Pedro en Roma, que es probablemente cierta, no a que haya sido el primer obispo monárquico de esa ciudad o que haya fundado esa Iglesia. Por tanto, es irrelevante para las pretensiones de los obispos de Roma.
(Continuará)
Bendiciones en Cristo,
Jetonius
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