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Los códices griegos de los siglos IV y V que han llegado hasta nosotros confirman la tradición patrística, pues contienen los deuterocanónicos. Pero éstos no están puestos al final, como en apéndice, sino en su lugar determinado. Así nos los presentan los códices principales Sinaítico (S), Vaticano (B) y Alejandrino (A).
Otra prueba fuerte de la canonicidad de los deuterocanónicos nos la dan los concilios provinciales africanos de Hipona (año 393 d.C.) y el III y IV de Cartago (años 397 y 419), que nos presentan el catálogo completo de los Libros Sagrados, incluyendo también los deuterocanónicos. El papa S. Inocencio I, en una carta al obispo de Tolosa, Exuperio, del año 405, da también el catálogo completo de los libros canónicos.
San Isidoro de Sevilla expresaba muy bien el sentir de la Iglesia con estas palabras: “Quos (deuterocanonicos libros) licet Hebraei inter apocrypha separent, Ecclesia Christi tamen inter divinos libros et honorat et praedicat” (“aunque los hebreos cuenten a estos libros –los deuterocanónicos- entre los apócrifos, sin embargo la Iglesia de Cristo los honora y predica como libros divinos”).
Las primeras decisiones oficiales de la Iglesia de nosotros conocidas son del siglo IV. El concilio Hiponense (año 393) establece, en efecto, que “praeter Scripturas canonicas nihil in Ecclesia legatur sub nomine divinarum Scripturarum” (“en la Iglesia no se lea con el nombre de Escrituras divinas nada sino sólo las Escrituras canónicas”), y a continuación da el catálogo completo de los Libros Sagrados. Este mismo canon es propuesto por los concilios III y IV de Cartago, celebrados los años 397 y 419 respectivamente, y por el papa San Inocencio I en una carta suya al obispo tolosano Exuperio (año 405).
También son testimonios de la tradición eclesiástica de esta época los catálogos de los Libros Sagrados que se encuentran en algunos antiguos códices de la Sagrada Escritura. El códice Claromontano (DP), compuesto en el siglo V-VI, contiene el canon del siglo III-IV, con los libros deuterocanónicos. El Canon Mommseniano, del siglo IV, también nos presenta el canon completo.
Bueno, más tarde continúo con otros datos.
Fraternalmente en Cristo
Fegna
Los códices griegos de los siglos IV y V que han llegado hasta nosotros confirman la tradición patrística, pues contienen los deuterocanónicos. Pero éstos no están puestos al final, como en apéndice, sino en su lugar determinado. Así nos los presentan los códices principales Sinaítico (S), Vaticano (B) y Alejandrino (A).
Otra prueba fuerte de la canonicidad de los deuterocanónicos nos la dan los concilios provinciales africanos de Hipona (año 393 d.C.) y el III y IV de Cartago (años 397 y 419), que nos presentan el catálogo completo de los Libros Sagrados, incluyendo también los deuterocanónicos. El papa S. Inocencio I, en una carta al obispo de Tolosa, Exuperio, del año 405, da también el catálogo completo de los libros canónicos.
San Isidoro de Sevilla expresaba muy bien el sentir de la Iglesia con estas palabras: “Quos (deuterocanonicos libros) licet Hebraei inter apocrypha separent, Ecclesia Christi tamen inter divinos libros et honorat et praedicat” (“aunque los hebreos cuenten a estos libros –los deuterocanónicos- entre los apócrifos, sin embargo la Iglesia de Cristo los honora y predica como libros divinos”).
Las primeras decisiones oficiales de la Iglesia de nosotros conocidas son del siglo IV. El concilio Hiponense (año 393) establece, en efecto, que “praeter Scripturas canonicas nihil in Ecclesia legatur sub nomine divinarum Scripturarum” (“en la Iglesia no se lea con el nombre de Escrituras divinas nada sino sólo las Escrituras canónicas”), y a continuación da el catálogo completo de los Libros Sagrados. Este mismo canon es propuesto por los concilios III y IV de Cartago, celebrados los años 397 y 419 respectivamente, y por el papa San Inocencio I en una carta suya al obispo tolosano Exuperio (año 405).
También son testimonios de la tradición eclesiástica de esta época los catálogos de los Libros Sagrados que se encuentran en algunos antiguos códices de la Sagrada Escritura. El códice Claromontano (DP), compuesto en el siglo V-VI, contiene el canon del siglo III-IV, con los libros deuterocanónicos. El Canon Mommseniano, del siglo IV, también nos presenta el canon completo.
Bueno, más tarde continúo con otros datos.
Fraternalmente en Cristo
Fegna