Me parece una buena noticia. Poco a poco la ICR va perdiendo el monopolio del "cristianismo" y al Gran Negocio parece que se le acerca su fin.
Bendiciones.
Demócrito
-------------------------------------------------------------------
Flexibilizan inscripción de iglesias no católicas en Registro Nacional de Culto <o
></o
>
Hilario Wynarczyk, BUENOS AIRES, Argentina, Septiembre 26, 2005<o
></o
>
La Secretaría de Culto de la Nación flexibilizó la inscripción de organizaciones religiosas no católicas en el Registro Nacional de Culto con el propósito de "garantizar la más amplia libertad de culto y convicciones, tal como lo establece la Constitución y los tratados internacionales", según indica la respectiva resolución.<o
></o
>
Un comunicado de la Cancillería precisa que la medida fue adoptada a raíz de "los reclamos y sugerencias de representantes de los diversos cultos y el hecho de que la legislación vigente condiciona los derechos colectivos al libre ejercicio de creencias y convicciones".<o
></o
>
La resolución presenta varios cambios respecto a los derechos individuales, las características y cultura de las organizaciones religiosas y sus posibilidades económicas para hacer trámites administrativos. Asimismo simplifica las formalidades jurídicas para la presentación de la documentación fundacional de las iglesias.<o
></o
>
Según la norma, la capacitación de las autoridades religiosas podrá ser acreditada por cualquier medio reconocido por la propia entidad peticionaria y ya no será necesario presentar certificados de antecedentes penales de los dirigentes religiosos y otros dirigentes.<o
></o
>
Hasta antes de la nueva disposición, esa práctica resultaba ofensiva para las iglesias pues significaba que los clérigos o funcionarios eran evaluados por su pasado. De otro lado las organizaciones religiosas podrán ahora elevar las descripciones de sus doctrinas y actividades religiosas firmadas por sus representantes ante el Estado.<o
></o
>
La ley marco que rige las relaciones de los cultos con el Estado, sigue siendo la misma creada por la dictadura militar de 1976; sin embargo estos aspectos administrativos pueden ser modificados sin alterar la legislación en vigencia.<o
></o
>
Unas 3.000 comunidades religiosas figuran inscriptas en el registro de Cultos de la Cancillería, la mayoría grupos evangélicos pentecostales y en menor número cultos afrobrasileños (umbandistas).<o
></o
>
También están registradas las iglesias ortodoxas y evangélicas históricas como la luterana, metodista, bautista, los hermanos libres, y adventistas, las comunidades judías e islámicas.<o
></o
>
Estos cambios, aunque son parciales, contribuyen a democratizar la vida de la nación. Queda en el horizonte de la sociedad y la cultura de la Argentina, la producción de una nueva ley de culto que reemplace la actualmente en vigor. De lo contrario, estos pasos seguirán siendo parches en odres viejos.<o
></o
>
Fuente: ALC<o
></o
>
Bendiciones.
Demócrito
-------------------------------------------------------------------
Flexibilizan inscripción de iglesias no católicas en Registro Nacional de Culto <o


Hilario Wynarczyk, BUENOS AIRES, Argentina, Septiembre 26, 2005<o


La Secretaría de Culto de la Nación flexibilizó la inscripción de organizaciones religiosas no católicas en el Registro Nacional de Culto con el propósito de "garantizar la más amplia libertad de culto y convicciones, tal como lo establece la Constitución y los tratados internacionales", según indica la respectiva resolución.<o


Un comunicado de la Cancillería precisa que la medida fue adoptada a raíz de "los reclamos y sugerencias de representantes de los diversos cultos y el hecho de que la legislación vigente condiciona los derechos colectivos al libre ejercicio de creencias y convicciones".<o


La resolución presenta varios cambios respecto a los derechos individuales, las características y cultura de las organizaciones religiosas y sus posibilidades económicas para hacer trámites administrativos. Asimismo simplifica las formalidades jurídicas para la presentación de la documentación fundacional de las iglesias.<o


Según la norma, la capacitación de las autoridades religiosas podrá ser acreditada por cualquier medio reconocido por la propia entidad peticionaria y ya no será necesario presentar certificados de antecedentes penales de los dirigentes religiosos y otros dirigentes.<o


Hasta antes de la nueva disposición, esa práctica resultaba ofensiva para las iglesias pues significaba que los clérigos o funcionarios eran evaluados por su pasado. De otro lado las organizaciones religiosas podrán ahora elevar las descripciones de sus doctrinas y actividades religiosas firmadas por sus representantes ante el Estado.<o


La ley marco que rige las relaciones de los cultos con el Estado, sigue siendo la misma creada por la dictadura militar de 1976; sin embargo estos aspectos administrativos pueden ser modificados sin alterar la legislación en vigencia.<o


Unas 3.000 comunidades religiosas figuran inscriptas en el registro de Cultos de la Cancillería, la mayoría grupos evangélicos pentecostales y en menor número cultos afrobrasileños (umbandistas).<o


También están registradas las iglesias ortodoxas y evangélicas históricas como la luterana, metodista, bautista, los hermanos libres, y adventistas, las comunidades judías e islámicas.<o


Estos cambios, aunque son parciales, contribuyen a democratizar la vida de la nación. Queda en el horizonte de la sociedad y la cultura de la Argentina, la producción de una nueva ley de culto que reemplace la actualmente en vigor. De lo contrario, estos pasos seguirán siendo parches en odres viejos.<o


Fuente: ALC<o

