Iglesia.net en peligro y la libertad de expresión en la Internet Española.

D. Isaías MAzzilli:

Webmaster:
Dije antes:
<Maripaz, dice usted:
"Es que los foros también tienen las ruedas cuadradas"
No sé a que se refiere con eso, pero es importante que comparemos la situación de los lugares de Internet controlados o vigilados por los gobiernos, con la situación personal de cada forista controlado por el dueño o administrador de cada foro de Internet.
Y aún más, aunque no sea un foro, siempre habrá un dueño de servidor o de portal que tenga el dominio y censura sobre los visitantes de ese lugar.

Es hora que se abra un debate sobre la falta de libertad o estructura de propiedad privada de la red mundial de Internet>
Cuando dije eso, por supuesto que no estaba refiriéndome en particular a este foro, sino que estaba analizando la situación en general de todos los sitios de Internet.
Es obvio que cada dueño o administrador, como es el caso suyo, está en su derecho y deber de cuidar o controlar el uso de la página a su cargo.
Pero eso nos lleva a la situación presente de una semi-libertad que llega hasta donde lo permite el dueño de cada lugar o página Web.
Aún en las páginas inmorales, la inmoralidad tiene que sujetarse a la inmoralidad del dueño de la página, quien con toda seguridad borrará cualquier mensaje moralizante que pretenda entrar a exhortalos.

Es curioso y paradójico que quienes practican la censura cuando tienen el poder para hacerlo, son los primeros en reclamar que no se apliquen a ellos.
Concretamente, me refiero a grandes religiones o instituciones religiosas, que aplican severos y arbitrarios actos de discriminación y censura, en aquellos países donde son mayoría o tienen el respaldo y los privilegios de esos gobiernos civiles.
Pero esas mismas instituciones religiosas o grandes denominaciones, promueven manifestaciones de protesta en aquellos otros países donde los controlan y no les permiten actuar con privilegios, discriminación y abusos del poder civil.
En el plano político-económico podemos ver una situación análoga con la filosofía neo-liberal propiciada y reclamada a nivel mundial por las grandes empresas multinacionales.
Esas empresas reclaman y desean en todos los países, una total libertad para actuar sin barreras arancelarias, restricciones de industria y comercio o control de los gobiernos de cada país donde actúan.
Pero esas mismas empresas que no desean ser controladas ni restringidas en su industria y comercio, practican severos controles con leyes restrictivas a sus empleados y funcionarios!!

¿Cuál es la solución sabia y justa para el uso y manejo de las redes de Internet, en el mundo y en el futuro?
Hasta ahora los gobiernos de los países no habían intervenido para controlar este maravilloso recurso de la ténica, pero como se ve en el caso de España, pronto empezarán a legislar para reglamentarlo y controlarlo.
¿Se debe dejar el control de la Internet en los dueños de cada servidor o en la sociedad representada por los gobiernos de cada Estado?
¿Es necesario que surjan nuevas redes mundiales con nuevos sistemas de acceso?
Hay muchas interrogantes e inquietudes que necesitan ser analizadas.
Isaías

(Resaltes en negrilla de mi parte)

Coincido con Ud en ese su análisis .
Internet ya cuenta con una “autoridad” “natural” a ella , ... internet ya viene con un “control” eficiente incluido.
La figura y función del Webmaster es de suyo lo natural y suficiente a internet.

Mas siempre habremos de soportar el mismo juego .
Para que Internet sea eficiente ha de lograrse primero que sea “buena” , que sea “gratis” , que sea y quede al alcance de “todos” .
En ello por ejemplo las personas y grupos como las “iglesias” han encontrado una oportunidad y han dado un sentido positivo y “bueno” a Internet .
Lo mismo toda otra normal , seria , responsable , interesante , ...”buena” , ..o al menos “no mala” , no perjudicial ni dañina presencia : desde páginas de la cría de loros hasta clubs de coleccionistas de lo que sea .

Claro , Internet se generaliza , ... y cuando ya se llega a un nivel operativo , ..pues se empieza con la “tijera” .
Razón y argumentos? , ...excusas? ..... : “sobran” : que si la pedofilia , que si la trata de blancas , que si las estafas , que si ... .
Y quién no estará de acuerdo?....
Oponerse a esa acción “controladora” será presentado como favorecer el crimen y esos males .


EN este epígrafe han intervenido personas que , a pesar de esos “tópicos” y acreditados “males” , parece que intuyan o consideren que lo que se persigue es el control “jurídico-político” de los usuarios de la red .
Que lo que se intuye es un disponer de “manos libres” por parte de la “administración” para interferir y condicionar a su antojo e interés .

Y que , por demás, en sus escritos han presentado un panorama claro y comprensible de la bestialidad y “asalto” que se viene encima .
Y a corto plazo : parece que tengan prisa en ultimar que Internet sea exclusivamente lo que ellos han decidido : un arma e instrumento de dominio como jamás antes hubo , ...y , es de suponer , ni habrá .

Privilegiados somos los que la hemos conocido en su “infancia” , cuando “internet” ha mostrado y muestra de su “bondad” sana .


Y eso del “anonimato”en la red , ..en el fondo es pura formalidad y superficialidad ,...ya que con un Websmaster normal su perjuicio es mínimo o inexistente .
Amén de que , y por demás , , ...para qué puede usarse el anonimato en la red? ... para “insultar” parece que es la única utilidad que pueda tener , y , esta , bastante tonta y ridícula utilidad .

Y pienso que en este foro el 99,99% de sus participantes no tendrían problema alguno en presentar sus auténticas identidades .
Mas lo del “alias” ha sido cosa general en la literatura , en el arte , y tantas otras situaciones . Por una parte es práctico , por otra reivindica la “idea” antes que la persona , ... .


Alguno de los escritos se pregunta si no son estas cosas propias de ese “fin de los tiempos” , fin del “mundo” .
Yo le diría que si no lo son , ....contra! , pues que se le parecen mucho .
Esto de la “globalización” lo que está “presentando” es un “gobierno” mundial , un gobierno a medida y posibilidad de un solo “cerebro” , ... de un “principe de este mundo” , ...de un “adversario” que se atreve a ofrecer todos los reinos de este mundo y su esplendor ... porque son “suyos” .

En génova se ha dado de nuevo lo “insólito” , ... esto es , hay personas con “conciencia” contraria a la de los gobernantes de “casi todos” los reinos de este mundo y sus esplendores .

Mas estos les llevan delantera . Los bancos ya se han “globalizado” . El “sistema” ya ha “globalizado” .
Caído el “comunismo” y su “bloque” , no queda quien cuestione al goliat capitalista .
No queda refugio y posada para los que se le enfrentaron siempre .
Se ha instaurado el “monodiscurso” . El mono-Poder .


Y Es de pensar que se legisle un “impuesto” por el uso de Internet . Cuestión de “tiempo” .

Y lo terminante de la situación es que es frustrante .
¿Creen Uds que puede arbitrarse algún sistema efectivo de “oposición” a ese rapto y apropiación de Internet por la “administración”?.

Muy pesimista que parezco , ..no?.

La única opción que parece se dispone es lograr , en este caso de españa , mas de las quinientas mil firmas preceptivas para convocar un referéndum .
Y que el referéndum fuese ganado en el sentido de impedir esa ley o provocar se promulgue una afirmando el actual status .

Como tambien se afirma en este epígrafe no se cuenta con los partidos políticos organizados , que , al respecto , se limitarán en su caso al paripé y compadreo : ya tienen establecido pacto y reparto .

De cualquier forma es táctica política proponer el triple o el cuadrúple de lo que realmente pretenden : si quieren conseguir 3 amenazan y presentan que quieren 33 , ...y , así , podrán demostrar que son “buenos” , “razonables” , “demócratas” , etc etc , “aceptando” humilde y democráticamente que se les recorte de 33 a 3 .
Lo importante es conseguir primero ese 3 , .. y ya luego y poquito a poco y con todo tipo de subterfugios (como ese que presentará el que se sufran legislaciones de cincuenta países) se conseguirá 6 , 10 , .. veinte .. : es cuestión de tiempo .

En fin que el “control” de la red es fuente y hecho de Poder , .. y ya llega la hora de hacerse con el .

¿Habría en españa un millón de ciudadanos dispuestos a impedir esa LSSI?
¿Habría líderes capaces para posibilitar y hacer operativo ese millón de voluntades?.

Que gracia me ha hecho un comentario en este epígrafe respecto del papel de “conejillo de indias” que pueda tener españa y esa su LSSI.

Y acabo con mi personal felicitación a los participantes en este epígrafe : al leerles me “felicito” de tener la oportunidad de participar en este foro .

Que Misericordia nos proteja , ... y ayude .

Un saludo
luisgabriel
 
Luis Gabriel:

Aunque hay buenos Webmasters como el de este foro, ¿quien controla a los malos webmasters de otros sitios?

A su vez, ellos tienen que recibir permiso o comprar su espacio en algun lugar, el cual tambien tiene dominio sobre ellos, pero a esos otros ¿quien los controla?

Pero, ningun Pedro Perez puede tener esa clase de dominio o libertad de expresion, pues siempre esta controlado o censurado por los buenos o malos Webmasters y estos a su vez por alguno mas arriba.

El asunto es, o se busca un sistema de total libertad en el acceso y uso de la red mundial, o nos regimos todos por leyes democraticas que busquen el bien comun y no el interes particular (moral o inmoral).

Isaias.
 
D. Isaias:
El asunto es, o se busca un sistema de total libertad en el acceso y uso de la red mundial, o nos regimos todos por leyes democraticas que busquen el bien comun y no el interes particular (moral o inmoral).

Isaias.

Querido, ...eso de las leyes "democráticas" es un mal asunto .
Porqué?.

Pues porque todo queda reducido a 350 diputados(aquí en españa) , y , estos , no son votados directamente , antes bien se vota a el partido , y este presenta una lista de candidatos . Esto es pone a los que son alguien en el partido . No se vota a persona alguna .
Y , luego, ..qué diputado va a realizar otra labor que no sea "si mi amo" : lo que el partido "ordena" asi vota .
Y el Partido es algo que "negocia" . Es un "comerciante" .Aprobará ley antidemocrática siempre y cuando el tenga parte y % en el asunto .
No hay otra .

PAdecí cárcel por ser antidictador , y en ello , "demócrata" . Bien . Se consiguió la democracia en españa.
Observe lo que le digo : en la época de franco despedir a un obrero conllevaba que miles de personas se manifestaran . Se manifestaran a riesgo de recibir un balazo y a riesgo de una condena de seis meses a seis años en cárcel .
Llegó la "democracia" , despiden a miles de obreros , ... y la ciudadanía NO responde . Y eso que ahora no les reportaría ni balazo ni cárcel , ni nada.
Soy un totalmente escéptico en y de eso de "democracia" .
Aun cuando puedo coincidir con el Churchill que dijo que "democracia es el "menos" "malo" de los sistemas .

MAs ... ma non tropo.
Desde mi personal experiencia y juicio , ..la democracia nada de nada : mas de lo mismo . Ahora no hay "dictador" ,...
mas se ha establecido y hecho casa una feroz y cruel dictadura , dictadura totalizante , agobiante , .... "maligna" : esta de la "Administración" .
Eufemistica palabra que no señala a nadie , pero que es un moloch insaciable , feroz e imbatible.
Así el primer gobierno socialista sacó leyes que , en la época de franco hubieran supuesto una guerra civil posiblemente . MAs ahora nadie movió un dedo , ni parpadeó siquiera .
Ahora hay un gobierno de derechas y ... no se nota ninguna diferencia , solo aquél principio de que el que llega ...peor es y deviene que el anterior .

Desde mi punto de vista y conforme a la experiencia de estos últimos veintitantos años ..... confiar en "democracia" es confiar en un fantasma : los 350 diputados se pasan por la entrepierna todos y cada uno de los principios democráticos .
Y luego solo votan el 60 por ciento del censo ... ya me dirá UD .

Lo que HellDog aprecia será el interin . Esto es usar server que estén en países no ocupados . MAs ... piensa uD que tardarán mucho en resolver tal escape y salida? .

Mi postura es pesimista , lo reconozco .
Y eso del interés "común" ..... en imposible entelequia que lo tengo : a nadie que sea "algo y alguién" le interesa lo mas mínimo .

MAs cuando es del general reflexionar que las "mayorías" siempre están "equivocadas" .
Esto es que el camino ancho y fácil no contiene solución y salida apropiadas y ciertas .

Me temo que mi actitud es nihilista y disolvente . Un estéril e inoperante llanto y queja de impotente e incapaz .

MAs qué podré hacer por evitarlo si me embargan negros augurios cuando pienso en la "bondad" del sistema político por nuy democrático que este sea?.

El PODer se hará con el control , dispensa , administración y dominio de la red . Y no habrá quién lo evite , ...pues aquel que tenga (o quiera) un "poquito" de Poder entrará en el acuerdo obligado de que hay que coger las riendas de internet y repartirse el POder que ella genera y posibilita .

Imagino el panorama futuro en que cualquiera pueda denunciar a esta página por los cargos de atentar contra la "libertad" religiosa , por difundir "mitos" , por ...cualquier otra cosa .

DIos nos perdone .....

Y ojalá surjan organizaciones que lideren una acción en contra de este actuar de la administración . Y que tengan dinero y medios para tal batalla , ...que esa es otra , que en "democracia" para cualquier y toda cosa necesitas obligatoriamente de dinero y de dinero , y de dinero , ..... y de dinero .....
No de justas razones ...

Yo que ya no me apunto a casi nada , ...me apuntaría y ofrecería mis escasas capacidades para ello a una acción decidida en contra de este panorama y futuro .

un saludo Sr. Mazzilli .
luisgabriel .
Pd.- me gusta leer de sus escritos en este foro .
 
Luis Gabriel . Mantener la libertad es tan dificil o mas que conseguirla .

Cada sistema político tiene su propio estilo de violar la libertad y los derechos individuales . El mas sanguinario es el comunismo , seguido o equiparado con la extrema derecha . El de la democracia casi siempre es por medio de la manipulación . Hay que estar vigilantes

El sueño de muchos es el poder , por lo que no podemos dormirnos , o amaneceremos un dia encadenados .
 
Hola hermanos... no dejen que el nick los engañe por favor... Soy un mexicano, aficionado al hacking, ministro de la Iglesia de la Luz Universal. Desearia que mi primer mensaje fuera en un tema menos desalentador.

El gobierno quiere quitarles la libertad que como cybernautas tienen... no lo permitan... ¿Como? no permitiendo que los <IMG SRC="clown.gif" border="0"> que tienen por gobernantes se salgan con la suya... se que en el viejo continente tambien hay hackers... y muy buenos... no soy partidario de los metodos violentos, pero la historia nos enseña que la unica manera de defender la libertad es por medio de la revolucion... hagan una revolucion digital, saboteen lo que puedan sabotear, demuestrenles que el poder se hizo para servir al pueblo y no al reves.
gracias a Dios, vivo en un pais donde nuestras leyes son un tanto "flexibles", no tenemos legislacion alguna sobre internet, y nuestro gobierno simplemente no tiene los recursos para monitorear los sites mexicanos... quieren libertad? hospedense en un sever mexicano, eso podria servirles en caso de que sus <IMG SRC="clown.gif" border="0"> aprueben tan estupida ley...
<IMG SRC="burla.gif" border="0"> yo no creo que internet sea obra del demonio... y se que ninguno aqui lo cree, si no, estarian escribiendose por cartitas a la antigua... <IMG SRC="burla.gif" border="0">
esta es una nueva era, el poder pertenece a aquellos con conocimientos... espero no sonar demasiado radical, pero si su gobierno quiere guerra, densela.
 
Yo tomé una " balsa " un día , buscando el respeto y la libertad .
Pronto volaré hacia las estrellas , único lugar donde no podrán robármela .

Solo en Cristo viviré segura <IMG SRC="corazon.gif" border="0">
 
Luis Gabriel:

Gracias por gustarle leer mis escritos.
Pienso que usted tiene una mala referencia de lo que es la "Democracia" mirando el sistema de gobierno español.
No es esa una verdadera "Democracia" o por lo menos no es tan avanzada como en los paises americanos.
Comenzando porque han querido mantener la figura de un Rey que hereda por sangre su mandato decorativo.
A eso tendrian que añadirle los titulos nobiliarios, tambien hereditarios por sangre, que acompañan un reinado.
Ademas, esa eleccion de los 350 diputados, como usted lo explica, es indirecta y representativa, mas no es participativa.
Eligen partidos, pero no representantes, estos estan nombrados por las autoridades de esos partidos. Luego el pueblo no elige sus representantes directamente. Eso no es una Democracia perfeccionada.

Pero hay muchos paises, sobretodo en America, donde cualquiera tiene el derecho a elegir y ser elegido directamente.
Desde el presidente (el cual no es elegido por el pueblo en España), hasta los alcaldes de pueblos, pasando por diputados, ediles y senadores.
Todos los ciudadanos son iguales ante la Ley, no hay diferencias por abolengos hereditarios o sangre noble (azul).

Como dijo usted que dijo Churchill, este sistema es "el menos malo" de todos hoy, comparado con las monarquias hereditarias, las dictaduras y los partidos unicos totalitarios.

La decision tomada por millones de personas, en un pais con esta clase de Democracia, es mejor que la decision tomada por un grupo de cinco, diez o cien personas solamente, en un pais sin verdadera democracia (o seudo-democracia).

Un Internet democratico es una necesidad.

Isaias.
 
No se si alguien ya lo ha puesto, pues no he leido todos los mensajes, pero ahi va un articulo salido en la revista digital de ICP.
 
Originalmente enviado por chitoe:
<STRONG>No se si alguien ya lo ha puesto, pues no he leido todos los mensajes, pero ahi va un articulo salido en la revista digital de ICP.
</STRONG>

Perdon, a ver si ahora sale el articulo copiado.

> (3) <> EL PP QUIERE CREAR LA "INQUISICIÓN VIRTUAL" EN INTERNET

PSOE e IU se oponen a que el gobierno apueste por la monopolización con una nueva ley de la sociedad de la información
______________________________________

<< MADRID, 17 julio 2001. El coordinador general de Izquierda Unida, Gaspar Llamazares se reunió hoy con los representantes de las asociaciones de internautas para revisar el anteproyecto de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI) y afirmó que el Gobierno "apuesta por la monopolización de grandes servidores, en lugar de por la pluralidad; por la consideración comercial en lugar de por el uso cívico de la Red".>>

=== Por su parte, los representantes de las asociaciones consideraron que el Gobierno, bajo la excusa de transponer una directiva europea sobre comercio electrónico, pretende crear normas de control y autocensura a los servidores, haciéndoles responsables de sus contenidos.

=== Además, a su juicio, las normas de registro y de envío de información a través de correos electrónicos que quiere imponer el Ejecutivo son absolutamente regresivas para un normal desarrollo de la Sociedad de la Información.

=== Finalmente, IU, PSOE y los colectivos de internautas se han manifestado en contra. Todos acordaron actuar para implicar a otras asociaciones, partidos y sindicatos en la lucha por las libertades constitucionales que, según ellos, "quedan maltrechas" en el proyecto gubernamental.

Fuente: Servimedia
Redacción: ICPRESS

Ahora si, Dios os bendiga.
 
Bueno, eso de pérdida de libertad de expresión es relativo... aquí nuestros mensajes también están siendo monitoreados por un Webmaster, quien decide si es válido o no válido el mensaje expresado. Sea como sea en todo hay subjetivos y nunca objetivos.
 
Extraído de Ibrujula.com:

Las tecnologías de filtrado de contenidos y localización de usuarios, en auge
Del sueño utópico de una Internet sin fronteras a la legislación por países

IBLNEWS / MARÍA AMAIUR -
"Gobiernos del mundo industrial, en nombre del futuro, les pido que nos dejen solos. No son ustedes gratos entre nosotros. Carecen ustedes de soberanía y legitimidad ética para implantar reglas o métodos. Tenemos motivos para temerles. El ciberespacio no se ajusta a sus fronteras". Hermosa manifestación, que es parte de la "Declaración de Independencia de Internet", proclamada en febrero de 1996 por el activista norteamericano de ciberderechos John Perry Barlow. En cinco años y medio transcurridos hasta hoy, la proclama, aunque utópica, presenta una fuerza simbólica que merece subrayar.

En China, el acceso a sitios web extranjeros está férreamente controlado y todo lo que se publica es escrupulosamente monitorizado por las autoridades de Pekín. En Singapur y Arabia Saudí se filtran y censuran los contenidos, y en Irán está prohibida la utilización de la Red por parte de niños, al tiempo que los ISPs están obligados a impedir la consulta de espacios web que puedan ser considerados inmorales o contrarios a la interpretación islámica. En la civilizadísima Europa, el Gobierno de Bruselas ha aprobado una directiva o marco legislativo bajo cuyo paraguas los respectivos países podrán aprobar textos jurídicos para reforzar su poder local. La España de Aznar trata de aprovechar la oportunidad para, mediante la LSSI, extender a Internet el control mediático que ha logrado por vías, en numerosos casos, dudosamente democráticas.

La sentencia sobre el caso Yahoo en Francia sentará precedente

El panorama de las nuevas barreras de Internet, que describía la semana pasada The Economist, se aleja notablemente del sueño libertario de un universo de libre transmisión de datos y contenidos donde no existía más ley que el respeto a los derechos humanos. El filtrado de contenidos y las tecnologías para localizar la posición del usuarios están conquistando posiciones día a día, en parte impulsadas por los jueces. En noviembre de 2000, un Tribunal francés ordenó a Yahoo que impidiera la compra de artículos nazis fuera cual fuera el país desde el que se subastara el material. Yahoo recurrió el dictamen argumentando que ello sentaría el precedente negativo de que los portales y sitios web deberían ajustarse a la ley específica de cada país. Lo cual impediría, por ejemplo, que un país vecino difundiera contenidos censurados en un lugar concreto.

La sentencia definitiva será, desde luego, muy relevante, por más que, hoy por hoy, existan tecnologías para impedir el filtrado y la geolocalización (como el acceso a la Red a través de ISPs extranjeros, utilización de ordenadores intermedios y foráneos para navegar, e-mails cifrados...). Parece claro, y seguramente necesario, que se arbitren leyes de defensa de los consumidores y de protección de las transacciones online, pero de ahí a regular los contenidos y el funcionamiento de la actividad normal en la Red, media un abismo.

Al abrigo de la preocupación que suscitan los nuevos delincuentes, los pederastas y los ciberterroristas, algunos gobiernos de talante restrictivo están aprovechando la situación para establecer barreras a la libertad de expresión y de difusión. Acostumbrados como estamos a los bruscos movimientos pendulares en Internet (de la euforia dot com al cementerio punto com) no suscita extrañeza comprobar cómo de la libertad total hemos pasado al intento -o con suerte, debate- de la restricción total.
 
Extraído de: http://iblnews.com/news/noticia.php3?id=20631

El PP acusa a Sánchez Almeida de ser 'tremendista' sobre la LSSI

El Senado español ha sido, el martes 4, el escenario del primer asalto de la LSSI en el nuevo curso político. Los abogados representantes del sitio web Kriptópolis, Carlos Sánchez Almeida y Javier Maestre, y Pedro Tur, colaborador de la Asociación de Internautas, han explicado a la Comisión de la Sociedad de la Información de dicha cámara, su visión del actual y controvertido anteproyecto de ley. La jornada estuvo marcada por el enfrentamiento dialéctico entre Carlos Sánchez Almeida y la senadora Delgado, del Partido Popular, quien señaló que el discurso del abogado era "tremendista" y "catastrófico". También indicó que la ley sólo afectaría a actividades económicas y no a la libertad de expresión.

Martes, 4 septiembre 2001
V.S., IBLNEWS
Sánchez Almeida abogó por dotar de más medios a los cuerpos del Estado para perseguir los delitos en la Red y remarcó los puntos en los que el actual anteproyecto perjudica a la libertad de expresión. Replicado por la senadora Delgado, del Partido Popular, quien calificó su discurso de tremendista, Almeida señaló que el poder judicial es el único que puede intervenir para cerrar un sitio web y que la directiva europea no habla de la información telemática.
La senadora del Partido Popular argumentó que la ley incorpora una directiva europea y que el Ministerio de Ciencia y Tecnología ha sido muy transparente en el proceso al "colgar" el texto del anteproyecto en la página web y aceptar propuestas por parte de diversas asociaciones. Almeida replicó que no se conocían los nombres de dichas asociaciones y catedráticos que supuestamente han apoyado el texto, con lo que se desvirtúa la transparencia del mismo.

'Queda mucho por entender de Internet', dice Almeida

Además, señaló a IBLNEWS TV que aún queda mucho que explicar para que Internet se conozca en toda la sociedad. Anunció, también, que Kriptópolis ha trasladado su servidor a Estados Unidos como medida de protesta ante el anteproyecto de ley, y como ejemplo de lo que va a pasar con las empresas españolas de Internet. Esta visión la corroboró el senador socialista Félix Lavilla, quien indicó el retraso de España frente al resto de Europa en nuevas tecnologías e hizo hincapié en la importancia del mercado hispano en la Red.

Una ley contra los 'señores de Internet'

Por su parte, Pedro Tur señaló la necesidad de defender a los internautas de los prestadores de servicios de Internet, a los que llamó 'señores de Internet'; explicó que la ley puede dar mayor seguridad a los usuarios y señaló que el anteproyecto es poco preciso en definir cuándo debe intervenir la autoridad judicial.

Tur explicó la postura de diálogo de la Asociación con el Ministerio y recalcó la necesidad de un marco jurídico de cara a proteger al usuario. Además, afirmó ser optimista en cuanto a la inclusión de las propuestas de la AI en el nuevo borrador de la ley.

La directiva europea no habla de información, según Maestre

Mientras, Javier Maestre matizó que la directiva europea que trata de recoger la ley no obliga a ser traspuesta en una ley específica, sino que puede hacerse en las diferentes normas ya establecidas. Maestre indicó que la citada directiva no habla en ningún momento de los servicios de información en línea, y que la ley LSSI sí recogía el suministro de información como parte de los servicios de la sociedad de la información.

Añadió, además, que el Gobierno no hubiera tenido el arrojo de hacer una ley de estas características en la prensa de papel. Sin embargo, Maestre se mostró optimista de cara a que la ley, en sus actuales términos, no será aprobada.
 
Extraído de: http://villanos.net/makypress/especial/noticias/senado.html

ESPECIAL LSSI en el SENADO

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Aqui os ofrecemos una transcripción literal y de urgencia de las intervenciones en el día de hoy (4 de setiembre de 2001) en Senado de las intervenciones de Carlos Sánchez Almeida, Pedro Tur y Javier Maestre.


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COMISIÓN DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DEL CONOCIMIENTO

Sesión celebrada el martes, 4 de septiembre de 2001


Se abre la sesión a las once horas y cinco minutos.

La señora PRESIDENTA: Buenos días, señorías. Se abre la sesión.
Obra en poder de los portavoces el acta de la sesión anterior.
)Puede considerarse aprobada por asentimiento? (Pausa.)
Queda aprobada por asentimiento.

COMPARECENCIAS:
DE CON CARLOS SÁNCHEZ ALMEIDA, ABOGADO EXPERTO EN INTERNET.

La señora PRESIDENTA: En primer lugar, quiero darles la bienvenida nuevamente a este período de sesiones. Espero que hayan disfrutado de las vacaciones, que vengan con mucha fuerza para seguir trabajando, como lo vienen haciendo a lo largo del curso político en esta Comisión.
Sin más dilación, vamos a pasar al orden del día, que es la comparecencia, en primer lugar, de don Carlos Sánchez Almeida, abogado experto en Internet.
Tiene la palabra, señor Almeida, y esperamos sus aportaciones para los trabajos que tiene encomendada esta Comisión.

El señor SÁNCHEZ ALMEIDA (Abogado experto en Internet): Gracias, señora Presidenta.
Buenos días, señorías. Es para mí un honor hablar ante esta Comisión en nombre de Kriptópolis, que es la comunidad virtual a la que represento. Se me ha presentado como abogado experto en Internet, pero debo decir que no soy experto en nada. Pertenezco a Kriptópolis, que si en algo es experta es en meterse en líos en líos -desde el año 1996, en que tenemos presencia en Internet, no hemos parado de meternos en líos-. El último lío que hemos protagonizado fue una campaña, que empezamos coincidiendo en el mes de mayo -por otra parte el histórico mes de revueltas, tanto en España como en otros países-, escogiendo los días 7, 8 y 9 de mayo -después explicaré por que-, decidimos iniciar una campaña en contra del anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, que en ese momento estaba en fase de consulta pública, gracias a la gran idea del Ministerio de Ciencia y Tecnología -porque en el momento en que se presenta por primera vez en público a través de Internet un proyecto de ley hay que reconocer que ha levantado polémica, y esperemos que en lo sucesivo todos los proyectos de ley que se presenten tengan una polémica como ésta-. En cualquier caso, el anteproyecto de ley va a ser analizado con profundidad tanto por los Letrados don Pedro Tur como don Luis Maestre y, por lo tanto, únicamente voy a hablar, desde mi punto de vista, de la idea de regulación de la sociedad de la información sin entrar en tecnicismos jurídicos, simplemente a nivel filosófico, sobre los principios que entiendo deberían regir a la hora de regular la sociedad de la información.
Lo primero que tengo que decir -y lamento con ello cuestionar los trabajos de esta Comisión-, es que el concepto de sociedad de la información, desde mi punto de vista, es un concepto absolutamente erróneo. )Por qué? Porque solamente hay una sociedad, que es en la que estamos. Y la sociedad de la información pertenece a esa sociedad, y los principios jurídicos que han de regir en la sociedad de la información son los mismos que han de regir en la sociedad real. Lo que tiene que regir en Internet en la sociedad de la información es la Constitución y la declaración universal de derechos humanos.
Esta es la idea de la campaña, porque consideramos que el anteproyecto de ley que se presenta es un proyecto excepcional, que convierte a Internet en un gueto y, en consecuencia, convierte la excepción en norma y, desde nuestro punto de vista, en la Constitución está muy claro en qué casos se puede decretar el estado de alarma, excepción y sitio. Lo que tiene que regir siempre como principio, sobre todo cuando hablamos de sociedad de la información, es una sociedad de libertad, que es lo que rige el artículo 20 de la Constitución.
Ello porque censurar Internet es muy peligroso. Hay un artículo publicado por el que fuera presidente de Fronteras Electrónicas, don David Casa Cuberta, en el que explica el llamado efecto )yilmor?, que son las consecuencias que tiene intentar censurar una información en Internet. Cuando se intenta censurar una información en Internet la consecuencia inmediata es que la red responde como un cuerpo vivo y va replicando el documento censurado en todas partes, con lo cual ese documento se hace mucho más conocido. Lo que ha sucedido con la campaña de LSS=> ha sido eso, a partir del momento en que se ha hablado de censura el efecto catarata ha sido espectacular.
Voy a hablarles un poquito, en la medida en que el tiempo me lo permita, de lo que ha sido la lucha por las libertades civiles en Internet, y más en la sociedad digital, porque muchas veces al hablar de Internet se hace toda la historia, pero hay un año que es fundamental, que es 1994, momento en que Internet llega al gran público. Hasta ese momento Internet se ha ceñido al ámbito universitario, militar, gubernamental de Estados Unidos pero no llega al gran público hasta que se decide ponerlo a disposición de las empresas en el año 1994. Sin embargo, antes del año 1994 ya existían unas comunidades virtuales muy vivas, tanto en Estados Unidos como en Europa, que eran las BBS. Eran círculos muy reducidos, donde ya había publicaciones electrónicas, y en estos círculos se dieron los primeros combates entre los libertarios civiles y las fuerzas de seguridad, las fuerzas de la ley en Estados Unidos, y se produjo concretamente lo que se vino a denominar la caza de hacker, que empieza exactamente los días 7, 8 y 9 de mayo de 1990, exactamente once años antes de que empiece la campaña del SSL?
Esa caza del hacker se dirige contra una publicación electrónica de nombre Frac=>, el servicio secreto de Estados Unidos decide incautar 150 computadoras, se cierran 25 BBS, que se conocen con el nombre en clave de Operación diablo del sol.
La operación estaba pensada como un aparato de imagen del FBI y de los fiscales especializados en delitos informáticos de los Estados Unidos y se saldó con un rotundo fracaso, hasta el punto que después de haber pedido treinta años de cárcel para el editor de la publicación, el propio fiscal tuvo que acabar pidiendo el archivo del asunto, uno de los fiscales que más había hablado en contra de los hackers acabó siendo despedido y la Electronic Frontier Fundation?? demandó al FBI precisamente por vulnerar la primera enmienda. Asimismo, un Senador del Partido Demócrata dijo textualmente que no podemos pararle los pies excesivamente a un curioso chico de trece años porque gracias a lo que experimente hoy, puede desarrollar en el futuro la tecnología informática de telecomunicaciones que lleve a Estados Unidos al siglo XXI; representa nuestro futuro y nuestra mayor esperanza para seguir siendo una nación tecnológicamente competitiva. Esto es lo que dijo un Senador del Partido Demócrata en los Estados Unidos.
Hay unas consecuencias adicionales a esta caza de hackers, que no es tan importante en sí misma como la persecución de la libertad de expresión. La consecuencia accesoria es que los grupos de defensa de derechos civiles se organizan a partir de ese momento, se forma la Electronic Frontier Fundation y cuando el Gobierno Clinton, en el año 1996, intenta aprobar la Ley de Decencia en las Telecomunicaciones, estos grupos están ya tan consolidados que deciden organizar una campaña, no ya a nivel nacional sino a nivel internacional, de protesta contra esa Ley de Decencia en las Telecomunicaciones, en la cual había una lista de palabras prohibidas. Se ha dicho muchas veces -el primero que lo dijo en el Senado fue precisamente David Casacuberta??, hablando en nombre de Fronteras Electrónicas- que, por ejemplo, la palabra pechos se hubiese declarado ilegal tanto en un texto erótico como en un texto médico sobre el cáncer de mama.
Se organizó una campaña mundial que se denominó Campaña Global por la Libertad en Internet, GILC -que es una organización mundial a la que, en este momento, está adscrita Kriptópolis-, que agrupa a todas las agrupaciones de ciberderechos del mundo, pero simultáneamente a ello la Unión Americana de Libertades Civiles presenta una demanda contra la Fiscal General de los Estados Unidos ante un Tribunal de Pensilvania en contra de esta ley. El fallo de la Corte del Distrito Oeste de Pensilvania puede ponerse al nivel de las grandes declaraciones de derechos del hombre porque lo que dice es algo que tendrían que tener en cuenta todos los legisladores a la hora de intentar regular Internet; textualmente: dejando aparte las siglas y el argot que han sembrado la vista, Internet puede muy bien ser descrita como una conversación universal, sin fin. El Gobierno no puede, a través de la Ley de Decencia en las Telecomunicaciones, interrumpir esa conversación. Como la forma participativa de expresión de masas más desarrollada jamás conocida, Internet merece la más estricta protección frente a la intrusión gubernamental. Es cierto que muchos encuentran algunas de las expresiones o manifestaciones en Internet ofensivas y es cierto también que en medio del estruendo del ciberespacio muchos oyen voces que consideran indecentes. La ausencia de regulación gubernativa de los contenidos de Internet ha producido, incuestionablemente, una especie de caos, pero como uno de los expertos propuestos por los demandantes indicó en el curso de la vista, lo que ha hecho de Internet un éxito es el caos que representa. La fuerza de Internet es ese caos; como sea que la fuerza de Internet es el caos, la fuerza de nuestra libertad depende del caos y de la cacofonía de expresión sin trabas que protege la primera enmienda.
El Gobierno americano aprendió la lección y, a partir de ese momento, lo que hizo para combatir la delincuencia en Internet fue dotar de medios a los fiscales, dotar de medios al FBI, dotar de medios a los cuerpos especializados en la persecución del cibercrimen y, en este momento, estos cuerpos son los mejores del mundo con diferencia. Existen leyes que permiten la intervención de comunicaciones en según qué condiciones autorizadas por el juez y, realmente, estos cuerpos están funcionando.
Lo que yo siempre quiero preguntar es dónde está en este momento Estados Unidos en lo que se refiere al desarrollo de Internet y dónde queremos que esté España en los próximos diez años porque lo que tenemos que pensar es que si la España del siglo XXI, esa España basada en las nuevas tecnologías se ha de basar en Internet, si ese ha de ser uno de los cimientos de esa España, primero tenemos que edificar un cimiento sólido y hoy tengo el honor de hablar para ustedes, precisamente en el lugar donde se puso la primera piedra de ese edificio, porque la primera piedra de ese edificio en España precisamente la puso el Senado con la Declaración de Derechos de Internet en las conclusiones de la Comisión Especial sobre Redes Informáticas. En esa Declaración, exactamente en la conclusión segunda, se establece textualmente: la libertad es una condición inherente a la red, que no podrá ser restringida por ningún poder público o privado. La libertad debe ser total en cuanto al acceso, la circulación, la información y la comunicación; las únicas limitaciones posibles son aquellas que vengan delimitadas por la Carta Universal de Derechos Humanos. Ésta ha de ser la norma, todo lo demás debe ser excepción.
La LSSI?? -y por esto el escándalo de Kriptópolis-, lo establece al revés, establece las excepciones como norma y solamente se establecen excepciones a la responsabilidad en segundos apartados de segundos artículos, cuando se tendría que poner al principio de todo.
Otra de las conclusiones de la Comisión Especial sobre Redes Informáticas se refiere a la necesidad de incrementar las dotaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la necesidad de crear una Fiscalía Especial de Delitos Informáticos, que es algo que todavía no se ha hecho. Me consta, por mi trabajo -y llevamos varios años así-, que desde el año 1996 las denuncias en los buzones virtuales tanto del Cuerpo Nacional de Policía, de la Guardia Civil, como de las Policías Autonómicas no paran de crecer y las dotaciones no crecen; en estos momentos, las Fuerzas de Seguridad están desbordadas con lo que se les viene encima y el cibercrimen no va a parar de crecer. Además, tienen que escoger prioridades y nos estamos encontrando con el hecho de que hay delitos, como por ejemplo el delito de injurias, que ya no se pueden perseguir porque tienen que dedicarse a cuestiones más importantes como las estafas o la pornografía infantil. Tenemos que empezar a pensar que antes de regular Internet tenemos que aplicar el Código Penal, dotando de medios a aquellos agentes que tienen que aplicarlo. Desde luego, hay otro problema que ya pusieron aquí de manifiesto los Comisarios que dirigen las investigaciones y es el de la distribución territorial de nuestra Administración de Justicia, lo que dificulta notablemente la persecución de delitos a través de Internet. En ese sentido, un delito que se comete en La Coruña puede haber sido cometido por una persona de Sevilla y tiene que intervenir un juez de Barcelona porque es allí donde se ha puesto la denuncia. Todos, sistemáticamente, se quitan el asunto de encima mientras que si hubiese una fiscalía de delitos informáticos que dirigiese esa investigación, el tema podría cambiar.
He dicho al principio de mi intervención que el concepto mismo de sociedad de la información es erróneo porque sólo hay una sociedad, una sociedad que queremos que sea democrática, en la que rijan los principios de libertad y seguridad; una sociedad que se base en la Constitución que tenemos desde el año 1978 y en pocos discursos de responsables políticos se ha definido tan bien esa sociedad ideal que queremos buscar como en una cita que les voy a leer textualmente y que, al final, les diré de quién es: Los países que más han progresado, los que más han avanzado hacia la prosperidad de sus ciudadanos han sido los países más abiertos y son los países más abiertos; abiertos a nuevas ideas, a nuevas corrientes, abiertos a evoluciones en su sociedad, abiertos a la expansión de las libertades, abiertos en sus economías y en sus mercados. La sociedad de la información es sobre todo un impulso a la libertad. Estamos comprometidos en la defensa de las libertades de todos, la libertad para emitir su opinión y para recibir la que otros puedan generar. Nada bueno le ha sucedido nunca a ninguna sociedad cuando ha pretendido aislarse o encerrarse en un localismo empobrecedor.
Dicen que los hackers se infiltran en todas partes y uno empieza a pensar que incluso se infiltran en el equipo de redacción de los discursos políticos, y digo esto porque las palabras que les he leído las pronunció el Presidente del Gobierno, el señor Aznar, en la presentación del Plan de Acción Info XXI, en Vitoria, exactamente el día 24 de enero del año 2001.
Tengo que decir que Kriptópolis comparte al cien por ciento estas palabras. Queremos una sociedad libre porque pensamos que una sociedad libre será una sociedad próspera. En este contexto, hay que hablar mucho del comercio electrónico y solamente va a haber comercio electrónico cuando haya libertad porque la base de cualquier sociedad ha de ser la libertad.
Resumiendo mucho los puntos básicos de la campaña que hemos iniciado, he de decir que estamos en contra del actual anteproyecto de ley porque se establecen prerrogativas para el poder administrativo que solamente deben ser competencia del Poder Judicial; solamente el Poder Judicial, en base al artículo 20 de la Constitución, puede secuestrar publicaciones y así ha de ser, tanto fuera como dentro de Internet. Dentro de Internet no se puede establecer un gueto, no se puede establecer una sociedad de excepción.
Al margen de las dudas y de las discusiones jurídicas que se van a producir sobre si la ley es inconstitucional o no lo es, lo que quiero es que cada uno de ustedes se intente poner en la piel de un proveedor de servicios de Internet, que ofrece alojamiento a múltiples personas, y que en el momento en que alguien le genere un conflicto lo que va a hacer es autocensurarse. Una ley como ésta, por la que le puede caer una multa de hasta cien millones de pesetas, va a provocar la autocensura.
En caso de dificultades, lo que va a hacer es borrar la página directamente, sin consultar a nadie; y éste es el gran problema: no tanto que se extralimite un funcionario público, que se extralimite un funcionario administrativo, que no podría hacerlo porque, por otra parte, sería delito, sino que los operadores de la sociedad de la información decidan autocensurarse. Esto es terrible para el desarrollo de la sociedad de la información en España, y es tan terrible que puede provocar el exilio, la emigración de muchos proveedores de Internet, de la misma forma que hemos empezado a exiliarnos para dar ejemplo. Como acto supremo de protesta, Kriptópolis ha decidido la emigración virtual; hemos decidido este verano el exilio virtual y hemos cogido nuestro servidor y nos hemos ido a Estados Unidos, y vamos a estar en Estados Unidos en tanto en cuanto la ley esté en estos términos; vamos a seguir así, y vamos a seguir hablando para nuestros 42.000 suscriptores, porque consideramos que es prioritaria la defensa de la libertad, incluso en el supuesto de que ello conlleve nuestra extinción. Vamos a ser coherentes hasta el final con lo que pensamos, porque no sólo entendemos que se está vulnerando el derecho a la libertad de expresión, sino que se está vulnerando el derecho a la igualdad, porque no se pueden establecer condiciones distintas para las empresas que operan en Internet de las que operan fuera de Internet, y muy especialmente para las empresas periodísticas, porque si yo tengo el derecho de repartir octavillas en el metro, en protesta, sin necesidad de dar explicaciones a nadie, sin necesidad de ponerme en ningún registro público; si yo puedo actuar como actuábamos hace 25 ó 30 años, con la vietnamita o con la fotocopiadora, para emitir determinada publicidad política, esa publicidad política la quiero seguir haciendo a través de Internet, y sin ningún tipo de restricciones. Porque poner restricciones es convertir a Internet en un estado de excepción, y eso es peligrosísimo y tiene efectos devastadores para la propia Constitución.
Pensemos cuál es el papel que reserva la Constitución a los partidos políticos y a los sindicatos, en sus artículos 6 y 7, y pensemos qué está pasando en estos momentos en Internet, que es algo que se tiene que tener muy en cuenta por los representantes públicos. Lo que está pasando en Internet es que las organizaciones no gubernamentales están cogiendo el papel de los partidos políticos y de los sindicatos en Internet, y eso está pasando a diario; y los partidos políticos, mientra no se conciencien de que esa sociedad de la información ha de ser tan libre como en la que vivimos, no van a tomar su papel, y estamos en unos momentos muy delicados, en plena globalización. Los partidos políticos han de ser conscientes del papel que han de desarrollar, y establecer una sociedad de excepción no puede ser el mejor principio.
No voy a alargarme más; he consumido ya veinte minutos, y sólo voy a insistir en una cosa: creo que en un mundo global no se puede controlar la información. Tenemos que entender de una vez que lo que no se publique en España se va a publicar en Estados Unidos; que han de ser precisamente los actuales poderes públicos, basados en el Estado, los que se comprometan en la defensa de las libertades; va a ser muy importante apoyarse en la red en lo sucesivo porque cada vez las presiones de los grandes poderes, de los lobbies mediáticos que están en manos de las grandes corporaciones van a ser mayores, y tenemos que pensar que Internet es uno de los pocos sitios donde la información es realmente libre. Las campañas electorales se van a desarrollar a partir de ahora en Internet cada vez más; hay que ser conscientes de eso, y sobre todo a nivel parlamentario.
Simplemente quería acabar con una referencia a las heridas que la lucha por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información ha causado en la comunidad internauta; creo que no se debe ahondar en estas heridas; lo que se tiene que hacer es ser consciente de que hay que establecer unos cimientos sólidos para esa sociedad de la información que, repito, es una sociedad que está dentro de la otra, y simplemente insistiré en una cosa: muchas veces se ha tildado a Kriptópolis de revolucionarios y tengo que desengañarles; somos muy poco revolucionarios, somos muy conservadores; lo único que queremos es conservar los derechos fundamentales que tanto ha costado conseguir y que todavía está costando conseguir, porque quizá lo más revolucionario hoy en día -y es triste decirlo- es luchar para que la Constitución sea cada vez más efectiva y se aplique cada vez más, y quizá la verdadera utopía está en conseguir la aplicación universal de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Nada más y muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Sánchez Almeida.
Quisiera pedirle excusas por haberle presentado como abogado experto en Internet, y no como miembro de Criptópolis. Dentro del currículum que yo tenía, que sé que es muy amplio el que usted tiene, no tenía lo de Kriptópolis, aunque sí sabía que pertenecía a ella. Por tanto, le brindo mis excusas.
En turno de portavoces, por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el Senador Lavilla.

El señor LAVILLA MARTÍNEZ: Muchas gracias, señora Presidenta.
Gracias, señor Sánchez Almeida, porque es difícil preguntar a un compareciente que comparte muchos de los principios que ha enumerado, no solamente con el Grupo Parlamentario Socialista, porque, como muy bien ha dicho, en esta Cámara precisamente se aprobaron 14 conclusiones, y la número 2 es una exaltación de la libertad en la red. En el Grupo Parlamentario Socialista pensamos que ésa es la dirección que ha de adoptar la ley, aunque tampoco descuidamos el tema de la seguridad; hablamos precisamente de dotar de medios, de crear la fiscalía; es decir, seguridad y libertad no sólo no están reñidas, sino que van unidas normalmente. No hay libertad sin seguridad. Pero no se puede poner en peligro la libertad apelando a la seguridad.
Me gustaría que nos aportara un poco de luz -si es que tiene algún dato-, ya que Kriptópolis también se dedica a temas de seguridad. Desde su punto de vista, )cuántas personas cree que se están dedicando a la seguridad en España, en Internet, y cómo se debería resolver esto? Algunas veces me ha comentado usted algunas cifras y son verdaderamente escalofriantes; tenemos delitos que ya están tipificados en el Código Penal y estamos observando que no se pueden perseguir porque faltan medios; entonces, para qué hacer una ley que restrinja la libertad si no somos capaces de gestionar siquiera lo que ya tenemos regulado.
Comparto totalmente lo que usted dice, en el sentido de que en una red global es muy difícil limitar la libertad, pero también es verdad que aquellos países que profundicen en este camino pueden perder posiciones, de alguna manera, con relación a otros países.
Le quería preguntar si es posible, a nivel técnico, la censura en una red global, en un mundo global, porque la red, como usted muy bien ha dicho, pertenece al mundo; no es algo inventado, sino que es parte de la realidad; es la realidad misma.
También quisiera preguntarle si usted cree que esta ley, tal y como está redactada en estos momentos, va a desarrollar o va a paralizar, teniendo en cuenta que el desarrollo de la sociedad de la información es dinámico, no es una foto fija, porque los demás países también avanzan. Por ello quisiera conocer su opinión sobre si esta ley va a permitir dotar a España de más instrumentos para que la sociedad de la información se desarrolle más y mejor, y que nuestro comercio sea más competitivo, que podamos estar a la vanguardia de los países, no como ahora, que estamos prácticamente los penúltimos de Europa, y cuál es su valoración sobre todo ello. Por ejemplo, tengo datos respecto a que el comercio electrónico moverá 550.000 millones de dólares el próximo año, por lo que es importante, y además supone un 44 por ciento de crecimiento en América Latina. En consecuencia, el idioma castellano es también uno de nuestros recursos en la red, y desde nuestro punto de vista está poco explotado, por lo que quisiéramos saber si esta ley va a aprovechar estas potencialidades de España para desarrollar más la sociedad de la información.
Me gustaría decirle que menos mal que se meten en estos líos; es bueno que la sociedad sea dinámica, sea viva, y el foro del Senado ha sido precisamente receptor de muchas opiniones de los internautas, de las quejas sobre la ley, y han demostrado también que se leen algunos textos del Senado, reclamando igualmente nuestra opinión. En este lío en el que se han metido hemos estado muchos, y muchos internautas también han dejado su opinión en el foro del Senado.
También me gustaría preguntarle sobre la autocensura. Usted que comparte la responsabilidad en Kriptópolis, en un portal que distribuye información, cómo cree que puede incidir en la sociedad española todo este tema, porque los portales más pequeños, las web que no tengan grandes recursos o bufetes de abogados para poder defenderse es cierto que, desde nuestro punto de vista, como usted señalaba, se pueden autocensurar, con lo cual estaría limitando de manera previa su libertad, y de forma grave.
Compartimos totalmente que la sociedad española es madura, no es una sociedad en la que haya que establecer una ley de excepción, ese no es un buen camino, y está claro -lo comparto plenamente, casi más que una pregunta sería una reflexión en voz alta- que en una sociedad global ante los delitos lo que hace falta son los medios para perseguirlos, porque, como decía anteriormente, seguridad y libertad no solamente no están reñidas, sino que van unidas.
Nada más y muchas gracias en nombre del Grupo Socialista por su comparecencia y por el trabajo que han venido desarrollando a lo largo de este tiempo.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, Senador Lavilla.
En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la Senadora Delgado.

La señora DELGADO GARCÍA: Muchas gracias, señora Presidenta.
Gracias, señor Sánchez Almeida, por su exposición.
La verdad es que cuando le estaba oyendo hablar por un momento he dudado de si el texto al que usted estaba haciendo mención era el mismo que he leído yo, porque, sinceramente, no se ajustan en nada. Difícilmente puedo preguntar cuando me da la sensación de que usted se está refiriendo a otro tipo de cosas diferentes de lo que es realmente el anteproyecto de ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, pero sí quiero puntualizar algunos aspectos y quizá a partir de esas puntualizaciones surjan algunas preguntas y podamos entrar en un diálogo cuando usted nos conteste.
Habla usted de que la sociedad de la información es igual que la sociedad en la que estamos viviendo. Totalmente de acuerdo, no vamos a entrar a comentar el nombre de los conceptos porque muchas veces son arbitrarios y no tienen más importancia, pero es cierto que si la sociedad de la información ha de ser exactamente igual que la sociedad en la que estamos viviendo nosotros hay que tener en cuenta que por muy democráticos que seamos somos un Estado de Derecho y tenemos una libertad, pero una libertad marcada por una legislación. Es cierto que usted tiene toda la libertad del mundo, pero hay que tener presente aquello de que la libertad de usted termina donde empieza la mía, y esa barrera que hay entre donde está su libertad y donde empieza la mía es sutil pero en un Estado de Derecho la establece una constitución; en esas reglas es donde nos movemos todos y ahí no echamos a faltar la libertad porque esa libertad precisamente la tenemos garantizada con una legislación que es la que defiende a los ciudadanos. Por lo tanto, si eso nos ocurre en esta sociedad de a pie, donde todos los mortales nos vamos moviendo, tendrá que ser lo mismo en esa sociedad virtual, y usted mismo reconoce que ha de ser igual una que la otra.
En un primer momento podríamos pensar que hay una lectura deformada del texto por su parte, cosa que no creo porque le han presentado como experto -aunque usted de una manera muy elegante ha dicho que no lo era, pero nosotros reconocemos que es usted experto en la materia- y por lo tanto entendemos que la lectura no haya sido deformada, pero entonces, sinceramente, no entiendo su discurso. Este anteproyecto de ley de los servicios de la sociedad de la información tiene como objeto la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2000/31/CE, y esa Directiva precisamente se titula así: determinar aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico. Es decir, que es la propia Directiva la que contempla que tengamos que incorporar no sólo comercio puro, dicho de una manera escueta, sino también servicios de la sociedad de la información, luego no es el anteproyecto el que se lo inventa, sino que es la propia Directiva la que lo marca. Según sus argumentos, )qué hacemos, nos salimos de la Unión Europea? Porque si la Directiva de la Unión Europea compromete a los Estados miembros y dice que se regulen estos aspectos jurídicos, al estar en la Unión Europea tendremos que trasladar a nuestro ordenamiento jurídico esa Directiva o de lo contrario tendríamos que salirnos de la Unión. Yo no sé si lo que usted ha pretendido insinuar en ese discurso tan libertario al referirse a ese caos o a esa libertad es que ni siquiera estuviéramos en la Unión, pero creo que no es así. En estos momentos tampoco somos los primeros, por ejemplo Luxemburgo ya ha sacado la suya, y los distintos Estados van a ir haciendo lo propio porque además tenemos los tiempos tasados para que cada país la tenga incorporada.
Una vez entendido que tenemos que incorporar esa Directiva, el Ministerio de Ciencia y Tecnología -que en este caso es el responsable directo de incorporar la Directiva y usted lo ha reconocido- lo ha hecho con un mecanismo, una metodología, un procedimiento totalmente transparente y además participativo, porque es verdad que es la primera vez que se cuelga un texto en la página de Internet y se deja abierto para que cada uno de los colectivos y ciudadanos puedan hacer llegar lo que piensan sobre el texto y sus conclusiones. De hecho tengo unos datos -tampoco sé si son matemáticamente exactos- que reflejan que ha habido más de 50 organizaciones y asociaciones, instituciones públicas y privadas, que han accedido al texto y que ha habido más o menos unas 600 observaciones. El texto se ha ido enriqueciendo y la prueba está en que llevamos tres documentos -el de septiembre del año pasado, el de enero y el del 30 de abril-, y al mismo tiempo me consta que se han mantenido reuniones con representantes de asociaciones y colectivos. Además el texto tiene que pasar ahora unos controles: el de la Comisión Europea en Bruselas, que tiene que notificar el texto, tendrá que pasar el control del Consejo General del Poder Judicial, luego tendrá que pasar el control del Consejo de Estado... Es decir, que no es que en una noche de pesadilla calenturienta alguien se sienta en el Ministerio y escribe un texto para fastidiar a todos los que participan en Internet, sino que es un texto abierto, obedece a una Directiva, se somete a la opinión pública, se recogen conclusiones, se hacen reuniones, se modifica el texto tantas veces como ha sido necesario, todo ello con el fin de que recoja de alguna manera el sentir general, con lo cual hasta ahí tampoco vemos ningún problema en una sociedad democrática.
Hay otro punto que me ha desconcertado, y es cuando usted ha hablado de la ley de decencia y el caso de Pensilvania -que conocemos-, porque cuando yo he leído el anteproyecto a mí me ha quedado muy claro. El texto dice taxativamente en varios sitios e incluso al final ya, cuando se recoge el anexo de vocabulario para dejar claros algunos conceptos, como por ejemplo para diferenciar los servicios de un tipo o de otro, etcétera, que este anteproyecto de ley se ciñe a aquellos servicios que desarrollan una actividad económica, es decir, en la medida en que represente una actividad económica para el prestador de servicios. Esto es clarísimo, con lo cual en ningún momento se plantea si hay censura, o un gueto, o si en una conversación telefónica uno dice una palabra a ver qué va a pasar; eso no se contempla para nada puesto que aquí estamos hablando de actividad económica, y voy a aprovechar esta ocasión para aclarar algo que, por lo que he podido comprobar al leer algunas páginas web y opiniones vertidas en Internet, a veces se confunde.
Cuando una página web es de carácter gratuito se dice: No es así porque si es de carácter gratuito también le aplican la ley. Aprovecho para dejar claro que se refiere a que represente actividades económicas. Es cierto que el carácter gratuito de un servicio no determina por sí mismo que no esté sujeto a la ley, porque hay multitud de servicios gratuitos que aparecen en la Red pero que representan actividades económicas para su prestador; por ejemplo, hay páginas que lo que ofrecen es gratuito pero hay publicidad, o al mismo tiempo sirve para un ingreso de patrocinadores, o va a recibir personas que se incorporan o van a recabar sus servicios, es decir, que a través de esa página web la persona que la ha puesto va a recibir unos beneficios. Con lo cual eso del carácter gratuito hay que entenderlo y profundizar para ver hasta dónde es una simple página en la que por hobby quiero colgar la clasificación de los insectos, o si estoy pensando que a través de este medio me van a llamar y voy a tener un cierto beneficio, o aprovecho para financiarla con publicidad de algún producto, porque entonces detrás hay ya una actividad económica.
Leído detenidamente, el texto se remite única y exclusivamente a cuando hay un beneficio económico en esa actividad. Si la página web es personal -como le he dicho hace un momento- y no se utiliza con fin económico para realizar actividades comerciales no está sujeta a esta ley. Por lo tanto, podríamos hablar hoy en esta sesión de la ley de la decencia y opinar sobre ello, pero yo creo que no es este el motivo de la comparecencia ni el tiempo.
Usted dice que la ley en Internet ha de ser el caos. Mire usted, hasta hace unos años -como usted también ha dicho- Internet tenía otro tipo de connotación. Era un grupo de gente que conocía este mundo, que participaba en él, que se movía no digo entre la élite, pero sí entre un grupo mucho más significativo.
En estos momentos la incorporación que va teniendo Internet en la vida de los ciudadanos se está convirtiendo ya en una herramienta casi de uso cotidiano, como el teléfono, de tal manera que cualquier ciudadano que no entienda mucho de Internet ni navegue muchísimas horas va a ver en Internet una herramienta con la cual puede alquilar su casa, organizar sus vacaciones o hacer una compra. Cuando ese usuario entra en Internet no puede hacerlo en un mundo oscuro o caótico o en un mundo donde el canto libertario es muy romántico y muy bonito. Mire usted, verdaderamente en nuestra historia de España a finales del siglo XIX se desarrolla un movimiento de romanticismo que se parece bastante al canto libertario del que usted me hablaba.
Usted sabe muy bien que tenemos en la literatura a Espronceda con una gran cantidad de poemas donde defiende el canto de esa libertad que usted hace un momento citaba . Pero ese mundo oscuro sin legislación invita a que el ciudadano normal y corriente busque una solución a su problema comercial y económico. No quiero apartarme de ese tema porque es el que contempla el anteproyecto. Salirme de ahí sería hablar de otras cosas y no es lo que procede hoy. Lo que se quiere es transparencia y saber verdaderamente con lo que se va a encontrar y que no le engañen.
No vamos a entrar en detalles porque, como usted muy bien ha dicho, para eso están otros comparecientes. Luego, si acaso, ya tocaremos el tema más a fondo. Vamos a hablar simplemente de legislar o no en Internet, pues lo que se quiere de antemano saber es cuándo se va a poder hacer un contrato como se tiene que hacer. Un señor quiere saber efectivamente si la persona que en esa página web aparece y a la que él le va a pedir que le organice sus vacaciones es quien dice ser o hay una suplantación de personalidad.
Piense usted en un centro comercial del que no voy a hacer publicidad, pero si lo nombrara seguro que todos sabemos a qué centro me refiero. Un centro en el que yo entro confiada pues es bueno y nunca me ha pasado nada y, por tanto, yo compro. La verdad es que el ciudadano quiere saber si es verdad que ese señor dice ser quien es. Cualquier ciudadano conoce las medidas de consumo que a veces te recomiendan cuando vas, por ejemplo, a comprar una casa, pues conviene que uno se asesore. Cualquier ciudadano que compra un piso lo que hace es ir al registro para ver si está libre de cargas o se va a encontrar con una hipoteca. De estas cosas nos aseguramos en la vida real los ciudadanos. El romanticismo es muy bonito, pero a la hora de jugar con el dinero la gente deja de ser romántica y quiere seguridad. Esa misma seguridad que busca el ciudadano cuando está moviéndose en el mundo físico y normal es la misma que le tenemos que proporcionar los estados democráticos cuando este señor entra en el mundo virtual. Repito que estoy hablando de actividades económicas. No estoy hablando de otro tipo de cosas. Luego se puede conversar y decir mucho más. El anteproyecto no dice nada de todo esto. No hay esa censura de la que usted habla porque no se refiere a esos temas. Difícilmente los puede censurar cuando se está hablando aquí simplemente de cuestiones comerciales.
Después de oírle a usted me da la sensación de que si al ciudadano le metemos en el mundo de Internet entra en un mundo que es un caos -como usted mismo ha dicho- y allí no hay leyes que regulen nada ni que protejan a nadie y uno no sabe ni adonde va. )Y sabe usted qué pasa al final? Que el que entra siempre se va a encontrar con tres o cuatro que se lo saben todo, que son los que le van a ofrecer ayuda para guiarle, para orientarle, cobrándole, por supuesto, y que en un momento dado si le pasa algo o le estafan, cobrándole también, le van a defender.
Como puede comprender nuestra obligación, como representantes y como Cámara legislativa, es la de asegurar al ciudadano. Yo antes que eso tan sumamente especial y exótico, como sería ese mundo - y repito que estoy hablando de actividades comerciales y económicas y no de otra cosa- prefiero que en un Estado democrático sea el que administre la legislación y de forma gratuita le ofrezcamos al ciudadano un marco normativo donde antes de entrar sabe ya qué puede hacer para que no le estafen y en el supuesto de que tenga la desgracia de que le ocurra alguna pequeña o gran estafa, que le podría ocurrir, que tiene, también de forma gratuita, un marco legislativo donde puede acogerse.
Me gusta más esa línea que la otra que no deja de ser un tanto aventurera, pero no precisamente para que el ciudadano se juegue su dinero.
Ha hablado usted también en algún momento sobre la libertad de expresión. He leído detenidamente ese punto y es cierto que si las páginas de Internet pueden albergar contenidos, informaciones u opiniones protegidas por el derecho a la libertad de expresión que proclama la Constitución, el anteproyecto de ley va indicando cada dos o tres puntos la salvaguarda sobre la protección a los derechos de la intimidad personal y familiar, sobre la protección de los datos personales y la libertad de expresión. Después que dice no sé cuantas cosas, viene, a continuación, en varios artículos esa salvaguarda. Es decir, la ley no autoriza a los órganos administrativos - en algún momento lo ha dejado usted caer - a cerrar una publicación o a retirar informaciones u opiniones disponibles en la red. Antes bien, al contrario, recuerda en varios de sus preceptos que sólo los órganos jurisdiccionales podrán ejecutar estas decisiones de acuerdo con lo previsto en la Constitución cuando pueda afectar al derecho fundamental de la libertad de expresión.
Por tanto, no se cierran los periódicos que están en soporte de papel. Es cierto también que nuestra prensa es muy consciente de que hay una Constitución que es la que protege los derechos de los españoles. Nuestros periódicos se mueven dentro de esa Constitución y, por tanto, no se cierra ningún periódico. Los periódicos que puedan emitir noticias en el mundo virtual tienen la Constitución por encima de ellos y , por eso, no se les va a cerrar ningún periódico. Lo dice precisamente para defender esa libertad de expresión.
La conclusión que he sacado al leer el texto es que el objetivo de esta ley es garantizar que se mantiene el mismo régimen de derechos y obligaciones para las empresas y prestadores de servicios que operen en los medios físicos que en Internet. Me parece normal. No me parece bien que en un centro comercial aquí en Madrid en el que se abren tiendas de repente se abra una farmacia que vende medicamentos sin receta médica, siendo que está prescrito por sanidad que se vendan con receta médica. Está clarísimo que las autoridades correspondientes tienen unas leyes sectoriales, no ésta, que les da la capacidad para poder intervenir y si es preciso mandar el cierre de esa farmacia que está incumpliendo la ley. Si eso ocurre en el mundo físico no tendría sentido que un medicamento se quisiera comprar sin receta. Yo no me voy a la farmacia de la esquina porque no me lo vende. Lo hace lógicamente basándose en la ley sectorial, la ley que corresponda a quien tenga que regir la venta de productos farmacéuticos, que ahí no se mete para nada este anteproyecto. El anteproyecto considera que las leyes sectoriales han de cumplirse como se tengan que cumplir. Pero yo me puedo ir a la red que allí hay patente de corso y me venden el medicamento.
Usted mismo lo ha dicho. No hagamos dos sociedades. Hagamos una sola. Lo que es ilegal en el mundo físico será ilegal en el mundo de Internet. En este caso concreto cuando hablamos de ilegalidad nos estamos refiriendo única y exclusivamente a actividades económicas y comerciales donde hay unos beneficios lucrativos por parte del que vende y un riesgo por parte del que compra.

La señora PRESIDENTA: Senadora Delgado, le ruego que vaya concluyendo.

La señora DELGADO GARCÍA: Muchas gracias, señora Presidenta.
Termino. Un minutito sólo.
Está muy bien -como usted ha dicho- que se armen revoluciones. Es positivo. Es positivo que los debates se abran. Eso es muy bueno, me comprende usted, pero el discurso tremendista que nos ha hecho es inapropiado o al menos no procede a este anteproyecto. Yo no sé si puede tener cabida en otro contexto, pero el anteproyecto queda al margen del discurso que usted nos ha hecho. Esto es lo que a mí me ha parecido.
Muchísimas gracias. Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA: Gracias, Senadora Delgado.
Para responder a los portavoces, tiene la palabra el señor Sánchez Almeida.

El señor SÁNCHEZ ALMEIDA (Miembro de Kriptópolis)): Muchas gracias, señora Presidenta.
Empezaré por la Senadora Delgado dado que ha tocado muchos temas. Seguramente me dejaré alguno en el tintero porque los otros dos ponentes van a desarrollar en profundidad el tema de los aspectos legislativos.
Quiero referirme a lo que usted ha dicho que he dicho. Al principio de su intervención la señora Senadora ha comentado que quizá no hablábamos del mismo texto legislativo, que había una lectura deformada. Sinceramente, tengo que contestarle lo mismo, que quizá no hablamos de la misma intervención. Es decir, no he dicho lo que usted dice que he dicho y sobre todo en lo referente a revolución y caos. Si algo he dejado claro es que quiero una sociedad regulada para Internet, y bien regulada. Y no he hablado de romanticismo libertario, sino de realismo. Y no voy a citar ahora a Pérez Galdós. Sí voy a citar a un legislador del siglo pasado, de la misma época del Realismo, que es Manuel Alonso Martínez; un legislador que a la hora de desarrollar la sociedad del siglo XX dio una buena base, un buen cimiento jurídico a esa sociedad porque hemos tenido un Código Penal, un Código Civil , una Ley de Enjuiciamiento Civil, una Ley de Enjuiciamiento Criminal y un Código de Comercio que bien o mal han servido a la sociedad española durante un siglo.
Cuando hablamos de la sociedad de la información de lo que se trata precisamente es de desarrollar ese marco normativo; un marco normativo basado en la Constitución. Y éste es el gran problema, porque la Constitución en su artículo 20 dice que en materia de libertad de expresión sólo puede intervenir un poder que es el judicial. Y el problema es que la LSSI?? no dice eso. Dice otras muchas cosas y deja muchos flecos sueltos. Y quiero que cuando hablemos de información publicada en Internet -porque parece que sólo estamos hablando de productos y servicios- la única autoridad que pueda intervenir sea un juez; que la única que pueda secuestrar una publicación sea un juez.
Por tanto, el problema surge en el anexo de la Ley, que interpreta mal la directiva, porque el suministro de información por vía telemática no figura en el articulado, y no es obligatorio regular ni legislar sobre el suministro de información. El problema es que en el anexo de la ley se establece como actividad a priori económica, cuando dice que son servicios de la sociedad de la información, entre otros, las siguientes actividades económicas: el suministro de información por vía telemática,; el alojamiento de información, aplicaciones o servicios facilitados por el destinatario del servicio de alojamiento; el ofrecimiento de instrumentos de búsqueda, acceso y recopilación de datos; la transmisión de información a través de una red de telecomunicaciones, etcétera. Todos son servicios de información. Y aquí solamente puede intervenir el poder judicial. Me da lo mismo que en la venta de lechugas a través de Internet intervenga la autoridad administrativa. Ahora, cuando se trata de opiniones, quiero que intervenga solamente un juez porque eso es lo que ocurre en el mundo real. Y cuando en la exposición de motivos del anteproyecto se nos dice que se acoge en la Ley un concepto amplio empiezo a temblar. Se refiere a un concepto amplio de servicios de la sociedad de la información que engloba, además de la contratación de bienes y servicios por vía electrónica, el suministro de información por dicho medio, como el que efectúan los periódicos o revistas que pueden encontrarse en la red. )Adónde vamos pues? Éste es el gran problema de la Ley.
Ésta no es una ley de comercio electrónico, como podía haber sido desarrollando correctamente la directiva. No es una ley que regule la exclusión de responsabilidad de los proveedores de servicio, como podía haber sido igualmente desarrollando correctamente la directiva. No. Es una ley de bases muy amplia en la que se está reintentando regular absolutamente todo. Y éste es el gran problema porque al regular absolutamente todo también se incluye el suministro de información. Y es ahí donde una sociedad y otra son diferentes, porque en la vida real una cosa es vender productos y otra es opinar. Y cuando se trata de opinión, de publicar información, solamente puede intervenir el poder judicial.
Con respecto a la protección de consumidores también tengo que decir que hay leyes. Lo que quizá debería hacerse, incorporando la directiva, es regular todas aquellas leyes que se ven afectadas por ésta e ir a la Legislación e Consumidores, a la Ley General de Publicidad y tocar aquellas materias que haga falta, porque quizá de esta forma no se vulneraría el derecho de igualdad.
Sobre las actividades económicas he de decirles que para ello está la Legislación Tributaria . Si es que quizá no tiene medios para actuar a través de Internet hay que dárselos. )Es que la policía o los jueces no pueden intervenir a través de Internet? Por tanto, deben darles medios porque de eso se trata, de aplicar el Código Penal.
Cuando hablamos de libertades una cosa es la Constitución y otra es la constitución en negativo que es el Código Penal. Y en materia de libertad de prensa, de opinión, no hay intermedios. No hay sanciones administrativas por opinar. Simplemente se puede decir lo que no es delito. Y así es. Y por ello precisamente nos estamos planteando marcharnos a Estados Unidos a opinar. Precisamente por eso. Y precisamente por eso nos estamos planteando dejar de utilizar nombres y apellidos para opinar en Internet. Es quizá lo que va a ocurrir con la entrada en vigor de esta ley.
En cuanto a las 600 observaciones realizadas a la ley por las 50 organizaciones, he de decir que en esta cuestión no ha habido ninguna transparencia. Y quiero saber quién ha opinado sobre esta ley porque todavía no lo sé. En la página web del Ministerio no lo dice. Solamente figura el texto legal pero no se dice quién ha hecho las observaciones ni se refiere a las organizaciones. Tampoco se menciona el nombre de los catedráticos que están a favor de esta ley porque todavía no ha salido ninguno. Por algo será.
El Senador Lavilla me ha preguntado cuántas personas, cuantos medios existen para perseguir el delito informático y sería muy interesante que esta Comisión llamase a los agentes que realmente están día a día interviniendo en la persecución de conductas delictivas en la red porque se llevarán una sorpresa, sobre todo en lo referente a pornografía infantil, a estafas y a injurias porque en muchas ocasiones los agentes tienen que compatibilizar la persecución de diferentes delitos y en algunas áreas -no voy a decir cuáles- sólo hay cuatro personas para toda España, con todo lo que está ocurriendo que está apareciendo a diario en los medios de comunicación.
Pienso que deben ser los agentes quienes vengan a explicar las personas que deben dedicarse a la seguridad. Pero el gran negocio que existe -y con esto contesto también a la señora Senadora- es el de la seguridad informática, precisamente la seguridad privada. Desgraciadamente, cuando el Estado hace dejación de sus responsabilidades es cuando florecen los negocios de seguridad privada, y esto es lo que va a ocurrir en Internet porque si a mí no me ofrecen unos servicios tendré que poner un guardia de seguridad. Y, repito, es lo que está ocurriendo en Internet. Quizás antes de legislar mal y deprisa habría que plantearse ofrecer unos medios para que se apliquen las leyes que ya tenemos, lo que ahora no está ocurriendo, no se está aplicando el Código Penal, y eso es muy serio.
Respecto a América Latina, si entrara en vigor esta ley podría ocurrir que todo el negocio se vaya a dirigir a Miami directamente porque no le van a poner tantas cortapisas, con lo cual todo el negocio de Internet que se podría realizar gracias al empleo del idioma español seguramente se vaya a dirigir a empresas de Miami. Y lo peor es que quizá sean empresas con capital español las que se van a instalar allí precisamente para no estar sometidas a las normas de esta ley. Creo que la proveedora de contenidos de Terra ya se ha marchado a Miami. Uno empieza a pensar si tendrá algo que ver con la próxima aprobación de esta ley.
El señor Senador se ha referido a la posible autocensura y he de decirle que hay que ponerse en la piel de un proveedor de servicios de una pequeña empresa de Internet que puede tener alojados 2.000 clientes, que cobra una cantidad módica por ofrecer ese servicios, con una infraestructura pequeña y al que un buen día le llega una propuesta de sanción de una multa de 50 millones de pesetas. Tendrá que efectuar una gran inversión en abogados, en medios para defenderse, etcétera, además con la Espada de Damocles encima. Pues bien, este proveedor va a desplazar su negocio y se va a ir a Estados Unidos. Eso es lo que va a ocurrir. Éste es el gran drama de una economía global, de una sociedad global. Como pongamos estas pegas, además del recorte de libertades con el que nos vamos a encontrar, vamos a tener unas pérdidas económicas serias. Las empresas españolas van a tener serios problemas para desarrollarse en Internet. Yo quiero protección para los consumidores, que a nadie se le estafe, pero para eso hay que sentar unas bases sólidas. La primera de todas es que se pueda circular por las calles, seguridad. En cualquier barrio, en cualquier centro comercial debe haber policía y en este momento no hay. Lo primero es la seguridad. Después establezcamos normas sobre cómo tenemos que decorar, cuáles son las normas administrativas, cómo se debe abrir un negocio. Pero, insisto, lo primero es la seguridad. Es la base del comercio electrónico. Mientras no se de seguridad, no se ofrezca al consumidor una sensación de seguridad, nadie va a comprar en Internet y es lo primero que se ha de hacer. Después establezcamos las condiciones para indemnizar y pienso que no sería tan errado hacerlo dentro de la propia legislación de consumidores para que de esta forma todas las empresas sepan a qué atenerse. El gran problema de la LSSI es que es una ley especial para un mundo tan amplio como Internet; un mundo tan amplio como el real. Y quizás lo lógico sería hacerlo de acuerdo con la regulación normal, para todas las actividades de la sociedad. Vayamos a la Ley de Registro Mercantil, al Código de Comercio, a la Ley de Defensa de la Competencia, a la Legislación de Consumidores, etcétera, y aquellas cosas específicas que haya que cambiar las cambiamos. Eso sería lo lógico. Y desde luego empezando por ofrecer seguridad, lo que ahora no está ocurriendo.
Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Sánchez Almeida.
)Algún señor Senador quiere intervenir? (Pausa.)
Tiene la palabra el Senador Lavilla.

El señor LAVILLA MARTÍNEZ: Gracias.
Muy brevemente, quería hacer una pregunta al señor Sánchez Almeida.
Es importante que se opine desde fuera por otros expertos, por lo que me gustaría recabar su información sobre si a nivel internacional ha habido asociaciones, colectivos como de defensa de los derechos civiles, alguna revista especializada que se hayan posicionado valorando la ley española y quisiera conocer cuál es su opinión.
Y también me gustaría preguntarle respecto a un artículo que casualmente tengo sobre la mesa, que fue publicado en Ciberpaís, en su número 13, firmado por una experta en nuevas tecnologías y Derecho, Paloma Llaneza, en el que, a la pregunta sobre si es cierto que la LSSI va a acabar con la libertad de expresión en la Internet española, esta periodista concluye, desde su punto de vista, razonándolo jurídicamente, diciendo que sí. Quería saber si ha leído este artículo.
Nada más y muchas gracias.

La señora PRESIDENTA: Gracias, Senador Lavilla.
Tiene la palabra la Senadora Delgado.

La señora DELGADO GARCÍA: Gracias, señora Presidenta.
Quería insistir en lo mismo. De su lectura se puede hacer distintas interpretaciones, porque todo puede ser interpretable en esta vida, pero lo que le puedo asegurar es que leyendo el texto sin ningún tipo de prejuicios se observa que en el mismo no se hace ninguna atribución nueva a ninguna autoridad que no existiera antes. Las leyes sectoriales son las que primarán para estas otras administraciones que tengan algo que decir al respecto. No se les da ninguna atribución nueva.
Y en cuanto a lo que dice usted sobre cerrar periódicos, la información, etcétera, la salvaguarda que va repitiendo en todos los momentos lo deja muy claro. Precisamente, lo que recuerda en sus preceptos es que sólo los órganos jurisdiccionales podrán adoptar y ejecutar estas decisiones. Uno es libre de interpretar lo que quiera, pero leyendo el texto no se observa ninguna atribución legal nueva a ninguna autoridad. Si las tenían ya antes debido a leyes sectoriales que las apliquen como las están aplicando en el mundo físico, pero no hay ninguna atribución nueva respecto a esto. Lo demás me parece que es sacar de lugar el contexto.
Dice usted que además ha hablado de regular y que no ha empleado el término caos. El Diario de Sesiones estará publicado dentro de unos días. El mensaje que usted ha lanzado o, al menos, lo que se ha podido interpretar por mi parte es que la palabra caos y ese mensaje sobre no regularización ha sido comentado por usted. Y en ese aspecto es en lo que yo me he pronunciado.
Por tanto, sinceramente, tengo que decirle que sigo pensando que la ley se mueve dentro de los parámetros económicos, que dentro de estos parámetros está el de proteger al usuario y que es un marco regulador para un Estado democrático de Derecho. No digo que cuando posteriormente se celebre su debate parlamentario, como procede, no sea más o menos enriquecido con las aportaciones de los distintos grupos, cosa que siempre es muy buena, pero, de entrada, verdaderamente tan apolíticamente como usted nos lo ha presentado, en nuestro Grupo no lo vemos de esa manera.
Gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA: Gracias, Senadora Delgado.
Tiene la palabra el señor Sánchez Almeida.

El señor SÁNCHEZ ALMEIDA (Miembro de Kriptópolis)): Muchas gracias, señora Presidenta.
Contestaré primero a la señora Delgado.
En cuanto a lo que su señoría manifiesta sobre que no se da ninguna atribución nueva a ninguna autoridad, a mí me preocupa mucho el artículo 11, apartado c), concretamente, que dice que todos los prestadores de servicios de la sociedad de la información deberán cumplir las siguientes obligaciones en relación con los contenidos: suspender la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio de la sociedad de la información en ejecución de resoluciones dictadas por una autoridad judicial o administrativa -insisto, administrativa-.
En la vida real, cuando hablamos de suspender la transmisión o alojamiento de datos, solamente un juez puede decir que se suspenda la distribución de un periódico. Y es así. Pero aquí se está estableciendo la posibilidad de que sea la autoridad administrativa. En cuanto a que luego me diga el apartado segundo que se respetarán los derechos a la intimidad personal y familiar y la libertad de expresión, lo que a mí me preocupa es lo que dice la norma, no lo que dice la sección. Este es el gran problema, porque )quién revisará que se cumpla la segunda parte, qué funcionario administrativo se encargará de esto? A mí lo que me preocupa es que no se establezca como norma la libertad, que es lo que se tendría que hacer. Desde mi punto de vista, en el artículo primero de cualquier legislación sobre Internet lo que se tendría que decir es que la esencia de la red es la libertad de información, que no puede haber otras limitaciones a esa libertad que las que surjan de la Constitución y la Declaración Universal de Derechos Humanos, que solamente mediante auto judicial motivado se puede impedir la publicación de información en Internet y que el secuestro administrativo de información constituye delito.
Si ponen esto en el artículo primero seguramente empezaremos a entendernos, porque el problema es que se pone como excepción y yo quiero que la norma sea la libertad; así nos entenderemos. Luego regulemos el comercio, pero primero la libertad.
En cuanto a lo que me preguntaba el Senador Lavilla sobre qué grupos internacionales de ciberderechos se han hecho eco de la protesta, nada menos que la Campaña Global de Libertad de Internet, la asociación de ciberderechos más importante del mundo, ha lanzado una alerta sobre esta ley. Y es que salimos retratados junto a países como Vietnam, como Arabia Saudí, como Irán, que cierra cibercafés. Y sale España que quiere publicar esta Ley. Y no lo ha dicho solamente el HILK?, la Campaña Global de Libertad de Internet, lo ha dicho también la principal revista de Internet, que es Wairet?, que ha dicho cosas como que la santa inquisición resucita en España de la mano de una ley sobre Internet. Y esto es preocupante.
Y, desde luego, comparto al cien por cien los argumentos de Paloma Llaneza. Es un artículo, además, que analiza muy en profundidad el problema de la LSSI. Se ha publicado recientemente en Ciberpaís, en el número de julio, y creo que es de lectura recomendada para todos los Senadores, porque además da casos concretos en los que se pueden producir sobre todo problemas de autocensura, que es lo que más se va a repetir, porque no va a ser tanto el peligro de que un funcionario se extralimite como que los proveedores de servicios vayan censurando directamente a sus clientes.
Nada más. (La señora Delgado García pide la palabra.)

La señora PRESIDENTA: Senadora Delgado, vamos muy retrasados.

La señora DELGADO GARCÍA: Sólo un minuto.

La señora PRESIDENTA: No un minuto, veinte segundos.
La señora DELGADO GARCÍA: Veinte segundos.
Respecto a cuando el aparado c) del artículo 11 hace mención a Aautoridad administrativa@, ya lo he dicho anteriormente: son las leyes sectoriales que ya existen. Y he puesto el caso de una farmacia. Si se tiene que sancionar a una farmacia porque vende tal medicamento, a lo mejor lo hace ahora Sanidad si es que la Ley lo contempla. A eso se refiere. Pero no se dan atribuciones nuevas.

La señora PRESIDENTA: Gracias, Senadora Delgado.
)Quiere responder el señor Sánchez Almeida?

El señor SÁNCHEZ ALMEIDA (Miembro de Kriptòpolis)): Creo que se va a tratar el tema con más en profundidad a continuación y, desde luego, en el trámite parlamentario, cuando en todo caso serán todos los Senadores los que tengan que hablar.
Nada más. Gracias.
 
ESTAMOS EN LOS ULTIMOS TIEMPOS, DONDE LO UNICO QUE NOS RESTA ES SANTIFICAR NUESTRAS VIDAS PORQUE EL SEÑOR ESTA MUY CERCA, DICE SU PALABRA QUE SIN SANTIDAD NADIE VERA AL SEÑOR.
 
Originalmente enviado por AIMEE:
<STRONG>ESTAMOS EN LOS ULTIMOS TIEMPOS, DONDE LO UNICO QUE NOS RESTA ES SANTIFICAR NUESTRAS VIDAS PORQUE EL SEÑOR ESTA MUY CERCA, DICE SU PALABRA QUE SIN SANTIDAD NADIE VERA AL SEÑOR.</STRONG>

Hermosas palabras Aimeé, gracias por recordarnoslas. <IMG SRC="corazon.gif" border="0">


"Santificalos en tu verdad, tu Palabra es verdad" (Jesús)

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Extraído de: http://www.internautas.org/article.php?sid=272&mode=thread&order=1

La LSSI irá a Consejo de Ministros tan pronto como tenga los dictámenes del CGPJ

El Anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) está sólo pendiente de los dictámenes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Consejo de Estado para su aprobación como Proyecto de Ley y posterior remisión a las Cortes Generales, según informó el Gobierno, en respuesta a una pregunta de la diputada de Izquierda Unida Presentación Urán sobre la transposición de la Directiva Europea sobre Comercio Electrónico (2000/31/CE) al ordenamiento jurídico español.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCYT) precisa a la diputada que ya se han emitido los informes de los consejos asesores de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, del Consejo de Consumidores y Usuarios, y de la Agencia de Protección de Datos para la aprobación de la LSSI, cuya tramitación parlamentaria se espera "en un breve plazo".

El Ejecutivo añade que esta futura Ley tiene como objetivo fundamental establecer un marco jurídico estable que favorezca el desarrollo de la Sociedad de la Información y del comercio electrónico en España, regulando la responsabilidad de los prestadores de servicios, la determinación de sus obligaciones, los derechos de los consumidores y usuarios en la contratación electrónica, etc.

Empresas importantes del sector de las telecomunicaciones, de los servicios de la Sociedad de la Información y del medio audiovisual; asociaciones representativas de los prestadores de servicios; organizaciones de usuarios de Internet; entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual; organizaciones empresariales y bancarias; sindicatos; colegios profesionales de ingenieros de telecomunicación; y otras asociaciones, han sido consultadas al respecto o han hecho aportaciones al Anteproyecto.

El MCYT confía, con la LSSI, en "cumplir con el mandato de transponer el contenido de la Directiva" y, por otro lado, en "diseñar una Ley que otorgue confianza y seguridad para todos los ciudadanos en sus transacciones electrónicas", protegiendo "los derechos fundamentales y las libertades públicas".

El texto se subdivide en siete títulos: disposiciones generales, prestación de servicios de la sociedad de la información, comunicaciones por vía electrónica, solución judicial y extrajudicial de conflictos, información y control y, por último, infracciones y sanciones.

Reproducido de Europa Press
 
Webmaster:
Me meti al foro y al sitio para saber mas sobre la revelacion profetica para estos dias, y es lo que estoy obteniendo.
Webmaster , tienes mis oraciones a favor para que Dios Resista esto.

Hermanos y hermanas, seamos conscientes de lo que a partir de ya escribimos, porque podria en el futuro ser usado en nuestra contra, no lo estoy diciendo para que nos desbaratemos de miedo, ( es mas necesario obedecer a Dios que a los hombres ), nuestros puntos creo que deberan ser mas claros y directos, sin que "nadie" los pueda manipular.
Webmaster, que nos ofreces en caso de que esta ley se apruebe ?....podrias de un solo golpe eliminar toda informacion y rastro que pueda ser manipulada como de crimen a la nacion ?.
Amados y amadas, es tiempo de Sabiduria, es tiempo de santidad, es tiempo de no volver atras, y si estamos en las azoteas no bajar.

El diablo esta jugando muy bien su juego, pero si logra avanzar, no es porque el sea muy inteligente o fuerte, sino porque Dios se lo esta permitiendo para que se cumplan las profecias de su retorno por nosotros.

Por favor oremos , pongamos en las manos de Dios todo esto y a todos nosotros y nuestras familias.

Es muy interesante el ver como se pueden tratar tan interesantes temas aqui, no perdamos el tiempo en cosa seculares, me refiero, a que si se mete fulano o perengano a hablar de lo bueno de su iglesia, de su religion, de los islamicos, pues que ni los pelemos :D , yo en realidad he leido titulos tan tontos de temas que ni entro, no perdamos el tiempo con ellos (satanas quiere cansarnos y hacer dudar), si alguien se metio al foro y no conoce a Cristo, que entre a los temas de nosotros ( que se conviertan ellos a ti y no tu ellos...dice la escritura)...si acaso pegan sus ideas que ni al caso con el tema, olvidenlo , ni los pelen <IMG SRC="dormido2.gif" border="0"> , y sigamos con el debate principal....

Animo, todo esto es para que se cumpla la escritura, somos tan privilegiados de estar en estos tiempos, guardemos la fe ( por mi parte hoy hice una rabieta con Dios..y estaba necio...pero no es tiempo de ser necio, sino sabios y humildes...no nos enojemos con Dios....me voy a ir a arrepentir terminando de escribir esto de lo que dije en mi rabieta y espero salir perdonado por El).

Gracias a Dios por el Webmaster que abrio este sitio, por su trabajo para nosotros, gracias webmaster, no es una despedida, es tiempo de darte las gracias, pase lo que pase somos Hermanos en Cristo y algun dia nos conoceremos, donde no haya necesidad de politica y reglas de hombres, donde no haya reestriccion para la liberta de expresion...esto sera en la ciudad Celestial.

Mientras tanto que siga la fiesta..Cristo No esta muerto.

Sean Benditos y Benditas en Crsito Jesus

Luman
 
Nuevas noticias

Nuevas noticias

Hola, aquí os pego nuevas noticias relacionadas con la LSSI, para que estéis al día de las leyes que intentan proliferar para acabar con la libertad de expresión en España (y como ya está sucediendo en otros países).

DLBM.

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Webmaster

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Extraído de Kriptopolis.

Los proveedores de internet acusan al Gobierno de querer controlar la Red

(CINCO DIAS).- La patronal Asimelec, que agrupa al 80% de los proveedores de servicio de Internet, ha mostrado su rotunda oposición al anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSI) que está a punto de ser aprobada por el Consejo de Ministros tras recibir los dictámenes del Consejo de Estado y del Consejo Económico y Social. Asimelec, patronal en la que están incluidas empresas como Airtel, Arrakis, BT Telecomunicaciones, Retevisión, Telefónica Data, Terra y Ya.Com, define la nueva regulación como "una férrea herramienta de control demasiado intervencionista con unos controles administrativos que representan claras barreras para las pymes y el desarrollo del sector". La asociación insiste en que ha hecho llegar sus criticas al Ministerio de Ciencia y Tecnología en varias ocasiones sin obtener respuesta alguna.

La noticia en Cinco Días

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Extraído de Kriptopolis.

El PSOE considera que la futura LSSI vulnerará derechos constitucionales


El Grupo Socialista del Senado ha presentado sus Conclusiones ante la Comisión de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, entre las que destaca una frase que a muchos les sonará: "Internet no es algo ajeno a la realidad, es la realidad misma y por tanto, aún contando con la especifidad técnica precisa, no puede ser considerado como un gueto al margen de la realidad."

El Grupo Socialista y Entesa Catalana de Progrès piden la modificación sectorial de normativas, "si es posible simplificando y actualizando, y no por una ley especial de Internet".

La posición del Grupo Socialista en el Senado contrasta con la de la Asociación de Internautas, que ha recibido el apoyo del Gobierno y de los redactores de la LSSI, Borja Adsuara y Baudilio Tomé, los cuales celebrarán próximamente un acto en la sede del Ministerio para apoyar la reciente campaña de la AI en pro de la seguridad en Internet.
 
LSSI, una ley, nueve riesgos

LSSI, una ley, nueve riesgos

Hola, aquí les pego un interesante artículo extraído de Tendencias Científicas, que exclarece un poco más los peligros de esta temible ley, que amenaza el futuro de iglesia.net y otras webs similares (en españa) :(.

DLBM.

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Webmaster


LSSI, una ley, nueve riesgos

La aplicación de la Directiva Europea a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) debe completarse antes de enero de 2002. Sin embargo, la transposición automática de las directrices europeas comporta riesgos que amenazan la implantación en España de la sociedad de la información. Por Ignacio Boixo y Darío Alvarez.


En la Directiva Europea 2000/31/CE se define a los prestadores de servicios de la sociedad de la información, y se establece una normativa común, en relación al mercado interior Europeo, sobre identificación de los prestadores de servicios, comunicaciones comerciales (solicitadas y no solicitadas), códigos de conducta, misma validez del contrato electrónico que cualquier otro, requisitos de contratos y pedidos, cooperación con la autoridad del prestador de servicios y salvaguardas en su responsabilidad.
El objetivo de la ley es generar confianza en el ciudadano para la utilización de los servicios de la sociedad de la información, y del comercio electrónico. Se favorece el establecimiento y prestación de servicios, sin necesidad de autorización previa alguna. Como normal general, en ningún caso el establecimiento u operación de empresas (u otras organizaciones) en el espacio "virtual" (Internet) conllevaría mayores cargas o trabas que una situación equivalente en el espacio "físico".
La Directiva Europea debiera trasponerse a la Legislación Española antes del 17 de Enero del 2002. En ciertos puntos de la transposición a la legislación española, como Anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI en siglas), se han detectado riesgos.
Quizá el más llamativo sea que los progenitores de un/a menor con espíritu emprendedor pueden llegar a afrontar multas de cincuenta a cien millones de pesetas, en base a esta Ley, por ejemplo si la criatura no identifica a un amigo destinatario de un servicio. O de quince a cincuenta millones por enviar cuatro correos electrónicos no solicitados. O de medio a quince millones de pesetas por no dar de alta el dominio en el Registro Público, o no denunciar presuntos ilícitos (suponiendo que a su tierna edad sepa siquiera qué es todo eso).
En fin, que hay ciertos riesgos de que puntos concretos de la actual redacción de esta Ley no ayuden precisamente al desarrollo de la Sociedad de la Información en España, y los Ingenieros Informática, como profesionales del tratamiento de la Información, queremos ayudar señalándolos.

Riesgo 1: En prestación de servicios sin ánimo de lucro

Por el mero hecho de poner una simple pancarta “banner” de publicidad no gratuita en su página personal, su autor ya podría ser considerado prestador de servicios incurso en esta Ley, pues la página personal ya constituiría actividad económica, que además suministra información y ofrece recopilación de datos por vía telemática.
Entendemos que los servicios (por ejemplo páginas web) sin orientación comercial en ningún caso deberían entrar en el ámbito de la ley. Lo contrario significaría cortar de raíz el desarrollo de la sociedad de la información democrática por parte de los ciudadanos "de a pie" y de las asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro.
Por ejemplo, por el mero hecho de poner una página personal en Internet se encontrarían expuestos a sanciones partiendo de un mínimo 3.000 euros. Como es evidente, ante este riesgo pocas personas físicas o asociaciones sin ánimo de lucro contribuirían al crecimiento de la sociedad de la información.
La definición de prestador de servicios debiera contemplarse en relación a las transacciones económicas por parte del destinatario de esos servicios, que es quien precisa de garantías adicionales. O se hace una campaña intensiva, o la mayoría de quienes pudieran ser considerados “Prestador de Servicios de la Sociedad de la Información” no tendrán consciencia de serlo, ni sabrán de sus obligaciones como tales ni de las multas a las que se arriesgan.
Si el flamante “Prestador de Servicios” es un menor, puede que sus progenitores no sepan, ni aún se imaginen, que se arriesgan a multas de hasta 600.000 Euros por algo de lo que todos ellos pueden ignorar hasta el concepto.
Y los prestadores de servicios advertidos, procurarán, además de no incurrir en falta alguna, pensar si les compensa esta actividad en función del riesgo que ahora corren. Muchas personas físicas, organizaciones sin ánimo e lucro y PYMES habrán de sopesar su interés en contribuir a la Sociedad de la Información.
Y es precisamente la colaboración de “muchos pequeños” quien ha creado la Sociedad de la Información, pues como se explica en la Ley de Metcalfe “el valor de una red se incrementa geométricamente con el número de usuarios conectados a ella”.
Nuestra recomendación es que la figura de prestador de servicios podría definirse con mayor precisión, excluyendo de los efectos sancionadores de esta Ley a los prestadores de servicios sin actividad económica significativa, por ejemplo que no tengan un volumen de negocio mínimo (¿10.000 Euros/año?) como prestadores de servicios.

Riesgo 2 : Costes en Registro Público del dominio

Las altas, modificaciones y bajas de los nombres de dominio utilizados deberán comunicarse a los Registros Públicos en un mes (Art. 9), bajo multa de 3.000 a 90.000 Euros (Art. 45 y 46). Como los datos de cada dominio ya están en el Registro de Dominios Internet, registrarlos en cualquier otro Registro siempre será una tarea adicional.
El riesgo se genera porque el Registro Público encarece la inscripción y consulta de nombres de dominio a los prestadores de servicios y a los usuarios, con el riesgo de desanimar su uso. Como ejemplo, en España son más populares los dominios “.com” que los “.es”, ya que cuestan la cuarta parte.
Cada dominio “.com” significa al menos 6 $/año de pago desde España al exterior, contra cero pesetas de un “.es”, que además conecta más rápido en España.
El mismo registro ha de hacerse en dos sitios: primero en Internet, al comprar el dominio, y luego en los Registros Públicos. ¿Cuántos y cuales son los Registros Públicos donde registrar? ¿A cuál debe dirigirse cada prestador de servicios? ¿Quién comprueba que los datos coincidan entre los Registros Públicos, y entre éstos e Internet?. ¿Cómo saben los usuarios españoles los Registros Públicos a los que hay que consultar?. ¿Será la consulta inmediata y gratuita como en Internet?. ¿Y para los usuarios europeos?. ¿Porqué la inscripción y consulta de los datos de un dominio en España ha de seguir un procedimiento distinto y más caro?.
La obligación de comunicar a los Registros Públicos es para los nombres de dominio que se utilicen con carácter permanente. Convendría aclarar qué se ha de entender por permanente. Es práctica habitual adquirir sobre la marcha nuevos nombres de dominio específicos para actividades o productos diferentes dentro de la misma empresa. Muchos de estos nombres de dominio no "cuajan" o bien tienen por definición una vida limitada.
Por otro lado, la obligación de comunicar los nombres antes de un mes de su obtención parece definir indirectamente el carácter permanente: que se utilice más de un mes. Si hubiera que comunicar todos los nombres que se utilicen, aunque sea temporalmente, esto aumentaría la probabilidad de olvidarse de comunicarlo al Registro Público, con la consiguiente multa de 3.000 a 90.000 euros.
La consecuencia puede ser, de nuevo, que se evite esta práctica habitual en Internet, poniendo a las empresas españolas en situación de desventaja frente a sus competidoras.
Nuestra recomendación al respecto es reforzar el valor legal Registro de Dominios Internet, que por razones técnicas forzosamente ha de utilizarse siempre para los nombres de dominio, por lo que no sería entonces necesario el obligar a repetir el registro del nombre de dominio en otro Registro Público.
Asimismo, exigir al prestador de servicios sus datos actualizados y completos en el Registro de Dominios Internet, potenciar los buscadores españoles de técnica de identificación del usuario para garantizar que la vinculación entre el prestador, su establecimiento físico y su "establecimiento" o localización en la Red, que proporciona su dirección de Internet, sea fácilmente accesible para los ciudadanos y la Administración Pública.

Riesgo 3: Sanciones desproporcionadas

El rango (importe máximo expresado en número de veces el importe mínimo) de las sanciones muy graves y graves varía de 1 a 3; en las sanciones leves de 1 a 30 (Art. 46). La multa coercitiva de 1 a 100 (Art. 36).
El rango del volumen de negocio de los proveedores de servicios varía desde una persona física a la empresa española con mayor valor en Bolsa; por tanto supóngase de 1 a 1.000.000.
El riesgo surge porque el régimen sancionador varía de 1 a 3, pero el tamaño del “viajero” de 1 a 1.000.000. Estadísticamente, en la mayoría de los casos, o sobra o queda corto. Una sanción demasiado pequeña no tiene carácter ejemplarizante. Y existen abundantes antecedentes de infractores que prefieren pagar la sanción, pues así y todo les sigue resultando más beneficioso incidir en el comportamiento punible.
Una sanción demasiado elevada causa directamente la quiebra del sancionado. A una persona física, una sanción leve de 60.000 Euros le supone prácticamente lo mismo que una muy grave de 600.000: es la ruina económica, y probablemente la incapacidad de pagarla.
El riesgo es que las grandes empresas queden “de facto” exoneradas del cumplimiento de la Ley, mientras que los particulares y PYMES se abstendrían de prestar servicios de la Sociedad de la Información por temor a la más leve sanción.
Este régimen sancionador corre el riesgo asimismo de constituir una nueva traba para que las empresas establezcan servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico, especialmente las pequeñas y medianas empresas.
Aunque existe la posibilidad de graduar la sanción, la más leve infracción lleva aparejada de manera inevitable un mínimo de 3.000 euros (499.158 pesetas), quizá por olvidar el plazo al comunicar al Registro Público la adquisición de un nuevo nombre de dominio. Olvidar incluir el NIF en una página web es una infracción grave castigada con un mínimo de 90.001 euros (14.974.906 pesetas).
La graduación de las sanciones podría ser más progresiva, con unos mínimos más pequeños, y más acorde con el impacto económico de las infracciones, por ejemplo distinguiendo el perjuicio económico potencial que podrían conllevar, pues no parecen hacerse distinciones en cuanto al monto de las transacciones económicas afectadas por la infracción.
Como regla general, en la Sociedad de la Información las publicaciones convendría comunicarlas preferentemente mediante procedimientos de esa misma Sociedad, por ejemplo las sanciones podrían ser publicadas principalmente en la red y subsidiariamente en papel (Art. 46.2)
Nuestra recomendación: adaptar en lo posible el montante de las sanciones a las características económicas de los infractores. Publicar las faltas graves y muy graves en un registro de la Sociedad de la Información (como en la página del Ministerio de Ciencia y Tecnología) y, en lo posible, que la publicación en papel sea subsidiaria.

Riesgo 3: Conocimiento de actividad presuntamente ilícita

Los prestadores de servicios de la sociedad de la información [...] deberán [...] comunicar a las autoridades judiciales o administrativas competentes, tan pronto como tengan conocimiento de su existencia, la actividad presuntamente ilícita, realizada por el destinatario del servicio. (Art. 11 1.a)
Sobre la actividad presuntamente ilícita, parece conveniente definir claramente qué significa conocimiento de su existencia, puesto que tal y como está, se deja la interpretación al prestador de servicios de una manera muy abierta. Si esta interpretación no coincidiera con la de la autoridad, la sanción que acarrea es de 3.000 a 30.000 euros.
Esto es de nuevo una traba para la el establecimiento de servicios, puesto que esta indefinición aumenta el riesgo para el prestador de servicios, que puede decidir no instalarse o bien instalarse en otro país con una legislación más favorable al comercio electrónico.
Pues como ni se define cómo se alcanza el conocimiento de la actividad presuntamente ilícita, ni si el conocimiento es conocimiento “a secas” (Art. 15) o conocimiento efectivo (Art. 16), ni si hay que informar al destinatario del servicio de que se va a proceder a la denuncia (Art.45 4.c), ni cuales son l as autoridades judiciales o administrativas competentes, quizá habría que recurrir, por analogía, a alguna figura ya conocida, para mejor describir el comportamiento del prestador de servicios de la sociedad de la información.
Nuestra recomendación es poner sumo cuidado y delicadeza en todo lo referente a la denuncia, pues existe un historial de siglos que no invita precisamente al optimismo.

Riesgo 5: Modificación y terminación de los contratos electrónicos

La presente Ley describe cómo formalizar y celebrar contratos electrónicos (Art. 28 al 31). Pero nada se dice de cómo modificarlos y terminarlos. En consecuencia, el consumidor se puede encontrar con toda clase de facilidades a la hora de formalizar y celebrar un contrato.
Pero cuando el consumidor quiera modificar los términos del contrato, o terminarlo (por ejemplo, en contratos de servicios), puede encontrarse con que el prestador de servicios de la sociedad de la información se niegue a seguir utilizando vías electrónicas, y el consumidor tenga que utilizar el desplazamiento personal a las oficinas del prestador de servicios, o múltiples llamadas telefónicas, o fax, u otros medios fuera del ámbito de esta Ley.
De hecho, esta situación se viene produciendo con algunos prestadores de servicios, según han recogido los medios de comunicación. Nuestra recomendación es que sería muy útil incluir la modificación y terminación de los contratos electrónicos en el ámbito de esta Ley.

Riesgo 6: Prestador de servicios más sancionado que el infractor

No poner fin a una infracción o por no impedirla (Art.45.2 y 46) es falta muy grave, multada de 300.001 a 600.00 Euros. Pero para nada se tiene en cuenta que la tipificación de la infracción a la que se quiere poner fin o impedir, que podría ser mucho menos gravosa.
La infracción (aún la menos punida) sin “poner fin o impedir” por parte del prestador de servicios le supone una multa que puede ser mucho más onerosa que la multa al infractor original.
Esto expone al prestador de servicios al riesgo de que alguien provoque a propósito una infracción levemente multada (según la Ley aplicable al caso) para poder implicarle en una infracción muy gravemente multada (según esta Ley). Y el prestador de servicios tendrá que correr con la carga de la prueba para demostrar la confabulación.
El prestador de servicios “cómplice a su pesar” se ve más castigado que el propio autor de los hechos. Nuestra recomendación, por tanto, es que el prestador de servicios quizá no debiera ser sancionado por no “poner fin o impedir” una infracción en mayor medida que el autor de la propia infracción.

Riesgo 7: Indefinición de Autoridad

En el proyecto de Ley, la palabra “autoridad” se utiliza con las palabras “pública”, “judicial”, “administrativa” y “competente” formando las siguientes uniones, que en cada caso se repiten el número de veces señalado entre paréntesis: autoridad (5), autoridad competente (8), autoridad pública (3), autoridad judicial competente (1), autoridad administrativa competente (4), autoridad judicial o administrativa competente (2), autoridad judicial o administrativa (1).
En total, la Ley distingue hasta siete ámbitos diferentes de autoridad. Pero no explica sus diferencias. En consecuencia, las personas que hayan de atenerse a esta Ley deberán catalogar a cada autoridad en uno (o varios) de los tipos definidos.
Esto entraña riegos cuando, por ejemplo, haya que distinguir a una “autoridad judicial o administrativa competente” (Art. 11.a y 11.b) de una “autoridad judicial o administrativa” a la que no se especifica si ha de ser competente o no. (Art. 11.c).
Por tanto, existe el riesgo de que las personas que hayan de atenerse a esta Ley tomen a todo tipo de autoridades como autoridad [pública] [judicial] [administrativa] [competente] (táchese lo que no proceda).
Y al obrar así, se expongan a actuar, por acción u omisión, sin el respaldo de la autoridad [pública] [judicial] [administrativa] [competente], con los consiguientes perjuicios que puedan llegar a causarse.
Puesto que la suspensión del servicio puede provocar incluso la quiebra del prestador del servicio y/o del destinatario, sería bienvenida la máxima seguridad jurídica sobre si basta con una simple orden administrativa, o debería ejecutarse sólo mediante una orden judicial.
En aras al principio de seguridad jurídica, sería conveniente por tanto que las referencias a las distintas autoridades fueran más fácilmente identificables para los destinatarios de esta Ley, por ejemplo reduciendo en lo posible el número de distintos ámbitos de autoridad [pública] [judicial] [administrativa] [competente] referenciados y definiéndoles con claridad. Una solución posible sería prestar el servicio de publicar a efectos legales en la red, quizá por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, la lista que se cita en el Art. 42 de autoridades competentes [...] en los artículos 8, 10, 11, 16 y 17.

Riesgo 8: Texto sin contenido

El texto normativo de la directiva 2000/31/CE consta de unas 5.000 palabras, y este Proyecto de Ley lo traspone de unas 8.000, lo que supone un incremento de un 60% del texto en la transposición.
A lo largo de los Artículos de la Ley, se incluyen diversos textos sin contenido normativo ni explicativo. En consecuencia, las personas que hayan de atenerse a esta Ley, ante su extensión, podrían utilizar “resúmenes” o “compendios” cuya redacción será más o menos afortunada, pero nunca podrá alcanzar la seguridad jurídica que la propia redacción del legislador otorga.
Las personas que hayan de atenerse a esta Ley española estarían en desventaja sobre otras personas en Europa, cuyas Leyes sean mas cortas y fáciles de conocer. Por ello convendría reducir en lo posible el texto sin contenido normativo en los Artículos de la Ley, y preferiblemente ponerle en la exposición de motivos. Se sugiere utilizar siempre la misma expresión significante para describir el mismo significado.

Riesgo 9: Indefinición de la normativa técnica aplicable

En el Art. 15 se citan las normas generalmente aceptadas y aplicadas por el sector para la actualización de la información, así como la tecnología generalmente aceptada y empleada por el sector.
Según el Art. 18 la Administración General del Estado impulsará [...] la elaboración y aplicación de códigos de conducta [...] por parte de las corporaciones [...] profesionales [...], con objeto de hacer efectivo lo dispuesto en esta Ley, a las que se da legitimación en la acción de cesación (Art. 33).
Pero la Corporación de Derecho Público de los Ingenieros Informáticos (Colegio Oficial de Ingenieros Informáticos), especializado en las técnicas en las que se basa la Sociedad de la Información, sigue sin existir en el ámbito estatal, y sólo está constituido en cinco Autonomías, entre las que no se incluye Madrid.
Según el ordenamiento Constitucional, los Colegio Profesionales, como Corporaciones de Derecho Público, tienen precisamente encomendadas misiones como las citadas en esta Ley. Y así es en las demás profesiones establecidas.
En Informática, por su relativa novedad, a pesar de que las primeras promociones de Ingenieros en Informática egresaron hace más de un cuarto de siglo, los Colegios profesionales están empezando a constituirse. El más antiguo, de la Comunidad de Murcia, apenes tiene un par de años de existencia.
Como importantes Autonomías como Madrid no tienen Colegio, ni existe Colegio ni Consejo de Colegios de ámbito estatal, la profesión informática tiene dificultades al prestar su colaboración a la Administración General del Estado.
Establecer la Sociedad de la Información sin la colaboración de los Ingenieros Informáticos puede significar no contar, precisamente, con los facultativos del tratamiento automático de la información, técnica en la que en buena parte se basa la Sociedad que se quiere construir.
Por ello los Ingenieros en Informática agradeceríamos colaboración e impulso a la creación de Colegios de Ingenieros en Informática y del Consejo de Colegios de Ingenieros en Informática.


* Ignacio Boixo es Presidente de la Asociación de Ingenieros en Informática de Madrid.
* Darío Álverez es miembro del Colegio de Ingenieros en Informática de Asturias.



Bibliografía:
Documento de riesgos de la LSSI elaborado por la Asociación de Informáticos de Madrid:
http://www.ai2.as/docs/Ai2lssi.pdf

Anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico:
http://www.setsi.mcyt.es/novedad/antepr_elect_300401.doc
http://www.setsi.mcyt.es/novedad/antepr_elect_300401.pdf

Directiva 2000/31/CE
http://www.setsi.mcyt.es/legisla/comunita/L178.pdf
http://europa.eu.int/eur-lex/es/lif/dat/2000/es_300L0031.html

Directiva 98/34/CE
http://europa.eu.int/eur-lex/es/consleg/pdf/1998/es_1998L0034_do_001.pdf

Directiva 98/27/CE
http://europa.eu.int/eur-lex/es/consleg/pdf/1998/es_1998L0027_do_001.pdf


AUTEUR : I. Boixo y Darío Alvarez    DATE : 18 novembre 2001