Cisma Lefebvrista.
Cisma Lefebvrista.
DIOS Y ALMAS
Querido hermano en Cristo Merovignio:
¿O sea que ya dejó todo cisma anti-Iglesia Universal para así agradar a nuestra Madre Santísima?
Espero que así sea.
Otra vez ignorando lo evidente............
Veamos:
Toda la controversia inicia cuando Lefebvre comienza a decir que hay error en algunos puntos del Concilio Vaticano II.
La Iglesia por medio de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fé prepara un Protocolo naturalmente referente a los mismos puntos controvertidos por Lefebvre para que mediante la adhesión de él a éste, declarase así su retractación formal.
La retractación era necesaria, pues sus negaciones del Magisterio Infalible constituían herejía.
Es así que el 5 de Mayo de 1988 se suscita encuentro oficial entre Lefrebvre y el entonces Cardenal Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fé, donde se le presenta el Protocolo y él lo firma; de ésto se sigue ostensiblemente que Lefebvre se retracta formalmente de sus controversias que constituían herejía.
Este juego de palabras carece de sentido.
Repasemos:
La labor de la Iglesia es la Pastoral.
La Pastoral de la Iglesia en materia de Fé y Moral se llama Magisterio.
Todo Concilio es declaración solemne del Magisterio Infalible de la Iglesia.
Por tanto: no existe tal contraposición de términos aludida por usted.
No hay Concilio que sea "o Pastoral", "o Dogmático".
Todo Concilio de la Iglesia -que es su ejercicio Pastoral formal- es dogmático por su propia configuración, la cual se señala claramente en el numeral 85 del Catecismo de la Iglesia.
Y la objeción propuesta por usted del Concilio de Constanza ya fué aclarada por mi parte, puesto que dicho Concilio no tuvo obligatoriedad por no haber sido sancionado oficialmente por el Sumo Pontífice.
Todos los demás Concilios de la Iglesia sí han reunido las características y son obligatorios, incluyendo Vaticano II.
Usted confunde forma y fondo; es decir, los aspectos formales y sustanciales/materiales del asunto.
La verdad es que toda enseñanza Magisterial que provenga del Epíscopo en comunión con el Supo Pontífice es dogmática, sea que se exprese de una forma u otra (lo que es el aspecto formal).
Si en el aspecto sustancial o material trata el Magisterio específicamente de un área particular de la Fé, entonces se expresa como Constitución Dogmática, por ejemplo Dei Verbum que se refiere a la Revelación en relación con la Sagrada Escritura.
Pero no hay que confundir forma y fondo.
Lo enseñado oficialmente por la Iglesia y proveniente de la fuente infalible, es doctrina obligatoria sin importar su expresión concreta.
a) Las Constituciones Dogmáticas de Vaticano II enseñan Doctrina infalible y obligatoria; reitero que en efecto no son símbolo de fé.
No son -por ejemplo- el símbolo de fé concreto que sería la declaración de la Inmaculada Concepción.
El hecho de que no sea un símbolo de fé concreto no quita que sea Magisterio Infalible de la Iglesia.
Los símbolos de fé son arquetipos de una determinada Doctrina, mas no toda o únicamente la Doctrina Infalible.
b) En efecto no hubo anatemas.
Esto en nada quita que sea Doctrina Infalible.
Los anatemas son especificaciones reprobatorias particulares que se refieren a diversas negaciones que se van dando de las Doctrinas en concreto.
Y de igual manera, nada impide que haya anatemas específicos referentes a Doctrina oficial de Vaticano II en el futuro.
Pero claro que existieron, o sea: Magisterio de la Iglesia propuesto como tal por el Epíscopo en comunión con el Papa.
Todas las Constituciones Dogmáticas son para ser creías por los fieles.
La Iglesia no tiene que decir: "esta Constitución Dogmática es para ser creída por los fieles" en el proemio.
Normalmente esa es la fórmula para los Símbolos de Fé, pero no así en las Constituciones Dogmáticas.
ALABADO SEA JESUCRISTO
Cisma Lefebvrista.
DIOS Y ALMAS
Querido hermano en Cristo Merovignio:
Merovignio dijo:Señor Mobile despues de prepararnos para las fiestas Marianas
¿O sea que ya dejó todo cisma anti-Iglesia Universal para así agradar a nuestra Madre Santísima?
Espero que así sea.
1.- Señor Mobile, no encuentro NINGUNA SOLA ALOCUCION, O DOCUMENTO que afirme que Mons. Lefebvre haya aceptado el Concilio Vaticano II como Dogmatico y no como Pastoral, favor de darme la cita o fuente de su afirmacion.
Otra vez ignorando lo evidente............
Veamos:
Toda la controversia inicia cuando Lefebvre comienza a decir que hay error en algunos puntos del Concilio Vaticano II.
La Iglesia por medio de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fé prepara un Protocolo naturalmente referente a los mismos puntos controvertidos por Lefebvre para que mediante la adhesión de él a éste, declarase así su retractación formal.
La retractación era necesaria, pues sus negaciones del Magisterio Infalible constituían herejía.
Es así que el 5 de Mayo de 1988 se suscita encuentro oficial entre Lefrebvre y el entonces Cardenal Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fé, donde se le presenta el Protocolo y él lo firma; de ésto se sigue ostensiblemente que Lefebvre se retracta formalmente de sus controversias que constituían herejía.
2.- Siempre se ha dicho que el CV II fue pastoral y no dogmático, por que así lo señalaba la misma convocatoria de Juan XXIII.
Este juego de palabras carece de sentido.
Repasemos:
La labor de la Iglesia es la Pastoral.
La Pastoral de la Iglesia en materia de Fé y Moral se llama Magisterio.
Todo Concilio es declaración solemne del Magisterio Infalible de la Iglesia.
Por tanto: no existe tal contraposición de términos aludida por usted.
No hay Concilio que sea "o Pastoral", "o Dogmático".
Todo Concilio de la Iglesia -que es su ejercicio Pastoral formal- es dogmático por su propia configuración, la cual se señala claramente en el numeral 85 del Catecismo de la Iglesia.
Y la objeción propuesta por usted del Concilio de Constanza ya fué aclarada por mi parte, puesto que dicho Concilio no tuvo obligatoriedad por no haber sido sancionado oficialmente por el Sumo Pontífice.
Todos los demás Concilios de la Iglesia sí han reunido las características y son obligatorios, incluyendo Vaticano II.
3.- De dicho Concilio emanaron 4 documentos "dogmáticos"
Usted confunde forma y fondo; es decir, los aspectos formales y sustanciales/materiales del asunto.
La verdad es que toda enseñanza Magisterial que provenga del Epíscopo en comunión con el Supo Pontífice es dogmática, sea que se exprese de una forma u otra (lo que es el aspecto formal).
Si en el aspecto sustancial o material trata el Magisterio específicamente de un área particular de la Fé, entonces se expresa como Constitución Dogmática, por ejemplo Dei Verbum que se refiere a la Revelación en relación con la Sagrada Escritura.
Pero no hay que confundir forma y fondo.
Lo enseñado oficialmente por la Iglesia y proveniente de la fuente infalible, es doctrina obligatoria sin importar su expresión concreta.
mas sin embargo que esos documentos se autotitulen "constituciones dogmáticas" no quiere decir que en ellas se hayan DEFINIDO dogmas o ANATEMATIZADO a quienes piensen en contrario de ese dogma.
a) Las Constituciones Dogmáticas de Vaticano II enseñan Doctrina infalible y obligatoria; reitero que en efecto no son símbolo de fé.
No son -por ejemplo- el símbolo de fé concreto que sería la declaración de la Inmaculada Concepción.
El hecho de que no sea un símbolo de fé concreto no quita que sea Magisterio Infalible de la Iglesia.
Los símbolos de fé son arquetipos de una determinada Doctrina, mas no toda o únicamente la Doctrina Infalible.
b) En efecto no hubo anatemas.
Esto en nada quita que sea Doctrina Infalible.
Los anatemas son especificaciones reprobatorias particulares que se refieren a diversas negaciones que se van dando de las Doctrinas en concreto.
Y de igual manera, nada impide que haya anatemas específicos referentes a Doctrina oficial de Vaticano II en el futuro.
En efecto, para la nota de infalibilidad se requieren las formas solemnes que en este caso no existieron.
Pero claro que existieron, o sea: Magisterio de la Iglesia propuesto como tal por el Epíscopo en comunión con el Papa.
Por otro lado, una cosa es promulgar un documento (para tener fuerza de ley) y otra el PROPONER alguna definicion PARA SER CREIDA por todos.
Todas las Constituciones Dogmáticas son para ser creías por los fieles.
La Iglesia no tiene que decir: "esta Constitución Dogmática es para ser creída por los fieles" en el proemio.
Normalmente esa es la fórmula para los Símbolos de Fé, pero no así en las Constituciones Dogmáticas.
ALABADO SEA JESUCRISTO