Un repaso de las genealogias bíblicas demuestra que la herencia legal no se adquiere solo por descendencia genética.
Por ejemplo, si un primogénito se moría sin tener hijos con su esposa, el hermano tenía que hacerle un hijo acostandose con ella, y el que nacía se consideraba hijo del muerto en todos los asuntos legales. Evidentemente, ese hijo no era descendiente directo del muerto sino de su hermano, pero se le atribuia legalmente al primogénito muerto. Se llamaba matrimónio de levirato.
Otro ejemplo es lo que hacían algunas mujeres estériles para darle descendencia al marido. Ellas escogían una mujer que podía ser una esclava y dársela al marido para que se acostara con ellas y las embarazara. La mujer debía estar todo el tiempo en el acto, y el hijo que la mujer paría se consideraba descendiente del matrimonio.
A nosotros nos puede parecer raro, pero los asuntos legales tenían forma de ser resueltos de maneras extrañas, pero efectivas. Por ejemplo, aunque José no era antecesor carnal de Jesús, lo crio como su hijo y le dió el derecho legal como perteneciénte a la tribu de Judá y descendiente de David. Así era como Jesús aparecía en los registros oficiales y por ley tenía los mismos derechos que cualquier descendiente genético de Judá y David.