SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

DLB,

En estos foros, hasta por una cosa tan sencilla como es el matrimonio, se estan sacando los mocos el uno con el otro. Yo de verdad no parece pueda seguir participando con ustedes. Adios.
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Rafy Armstrong dijo:
DLB,

En estos foros, hasta por una cosa tan sencilla como es el matrimonio, se estan sacando los mocos el uno con el otro. Yo de verdad no parece pueda seguir participando con ustedes. Adios.

que te vaya bien, y recuerda que en la multitud de consejeros hay sabiduria.
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Rafy Armstrong dijo:
DLB,

En estos foros, hasta por una cosa tan sencilla como es el matrimonio, se estan sacando los mocos el uno con el otro. Yo de verdad no parece pueda seguir participando con ustedes. Adios.

Saludos y precisamente esa es la virtud del cristiano, la paciencia y la tolerancia, ok. saludos en Alaska Rafi
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Luis Fernando dijo:
Tobi:
Incluso me sorprende la ignoráncia que hay entre católicos respecto a su propia religión.

Luis:
Ojo, católicos, que llega el sabio a iluminarnos
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Tobi te responde
Para iluminar a un católico que podemos llamar del montón no se necesita mucha sabiduría. Si deseas encontrar la mas supina de las ignoracias solo debes preguntar a vuestros bautiza... (perdon, aspersionados). ¿Es que no has hecho la prueba?

______________________________________-

Tobi:
Cabe preguntarles:
¿Cuando la Institución Romana convirtió el acto de matrimoniar bajo su tutela y lo conviertió en en sacramento?
Pues ni más ni menos que en el Concilio de Trento (1500 y pico)

Luis:
Hale, ya lo sabéis hermanos católicos. Los ortodoxos, que no estuvieron en Trento, no tienen sacramento del matrimonio.
En fin..... epístola de San Ignacio de Antioquía a los filipenses, en la primera década del siglo II:
"los varones y las mujeres que deseen casarse, deben realizar su enlace conforme a las disposiciones del obispo"
--------------------------------
Tobi te replica
¿Acaso estoy hablando de las practicas de los griegos?

___________________________

Tobi:
¿Desde cuando lo acepta? ¿Es que han anulado el llamado "Derecho Paulino"?
Este derecho prescribía que, si uno de los conyugues se adheria a una confesión religiosa no romana era causa suficiente para que el copnyugue que permanecía católico pordía solicitar la anulación del "indisoluble" sacramento.

Luis:
Ese no es el derecho paulino pero en cualquier caso acá no se está hablando de eso. De lo que se trata es de si el matrimonio de dos CRISTIANOS NO CATÓLICOS es válido desde el punto de vista católico.
La realidad es que si los dos cónyuges de un matrimonio protestante se convierten al catolicismo, ¿deben casarse por la Iglesia Católica?
No.

Como enseña el canonista Miguel Ángel Torres-Dulce Lifante, Juez del Tribunal Archidiocesano de Madrid:
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Tobi te replica:
"Romanismo, varias, luego no tienes la verdad" Pregunta a este erudito que era el llamado Derecho Paulino y no hagas de tu ignorancia en este asunto un argumento.
Antes de hacer afirmaciones entérate mejor sobre el tema que pretendes debatir. Dime: Los matrimonios civiles celebrados desde el 1931 al 1939 en España ¿como fueron considerados por vuestra nefasta Institución? ¿No fueron declarados concubinatos? Niégalo si te atreves a negarlo. . Despues ve directamente a cuales son las causas que hacen posible la anulación de un matrimonio por el Tribunal de la Rota. Veras que una de las primeras es el llamado "Derecho Paulino". Vuestra Instirución no acepta el divorcio, pero si instruye causas de anulación. Si tienes el dinero suficiente para pagar a dicho tribunal (NO ES POCO EL QUE PIDEN Y NINGÚN OBRERO SE PUEDE PERMITIR SEMEJANTE LUJO) y una de las partes alega que cuando dió el SI ante el sacerdote fue obligado por cualquier condicionamiento previó, hala (PREVIO PAGO, CLARO) matrimonio anulado. Ah, pero, entonces surge otra problemática. La TUTELA del ESTADO sobre el matrimonio, porque el Estado no asume la decisión de los "Jueces" del Tribunal de la Rota y la pareja cuyo matrimonio ha sido anulado no tienen más remedio que divorciarse. Te pregunto: ¡¡¡Hasta donde llega vuestra capacidad de RIDICULO!!!

________________________________

"Entre bautizados el matrimonio es siempre per se sacramental, con independencia de su fe o de su intención sobre la sacramentalidad, porque el sacramento no depende de la voluntad de los contrayentes, sino de la de Cristo. De la voluntad de los contrayentes depende querer casarse o recibirlo fructíferamente, pero no pueden cambiar el ser del matrimonio. El matrimonio, por ejemplo, entre protestantes es también sacramental, aunque no crean en ello; es fuente de gracia por la misericordia del Señor, aunque ellos lo ignoren."

Por tanto el verdadero matrimonio entre protestantes, es decir, el contraído sin que ninguno de los cónyuges esté impedido para ello por un divorcio previo, es considerado como un sacramento válido para la Iglesia Católica. Punto y final a la discusión.
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Tobi te replica:
¿Acaso he discutido lo que la iglesia católica considera o deja de considerar?
Lo que he dicho es que hasta el concilio de Trento no asumió la tutela del acto de matrimoniar, pero aun así, manifestó que los ministros de lo que se les ocurrió llamar "sacramento" :confused: (¿El matrimonio una acción de gracias?) :confundid son la pareja.

Ignacio de Antioquia y los ortodoxos no vienen al caso puesto que dejé claro que estamos tratando del matrimonio entre los cismáticos romanistas. (Cismáticos de la llamada "ortodoxia") Aporte el testimonio de Pedro Lombardo y ni siquiera has intentado mostrarme lo contrario.
Las cosas fueron y son como son y no como desearías que fuesen.
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Tobi:
Los matrimonios civiles celebrados desde el 1931 al 1939 en España ¿como fueron considerados por vuestra nefasta Institución? ¿No fueron declarados concubinatos? Niégalo si te atreves a negarlo

Luis:
Sin duda un matrimonio civil no religioso es considerado como concubinato. Pero es que eso era así en el 31, en el 39 y ahora en el 2005.


Tobi:
Despues ve directamente a cuales son las causas que hacen posible la anulación de un matrimonio por el Tribunal de la Rota. Veras que una de las primeras es el llamado "Derecho Paulino".

Luis:
Puesssss...... veamos:
Las causas de nulidad en el matrimonio canónico

Por explicarlo de un modo sencillo, para que un matrimonio sea válido debe ser realizado en forma válida, entre personas hábiles y además que sean capaces de prestar consentimiento. En sentido contrario, las causas de nulidad son el defecto de forma, o celebrado con impedimento o con vicio de consentimiento. Cada uno de estas tres causas generales se divide también en varios tipos. La terminología canonística habla de caput nullitatis, o capítulo de nulidad, para referirse a cada motivo de nulidad. Se ofrece aquí un elenco general de los caput de nulidad de los matrimonios canónicos. En esta relación se pretende sólo enunciar las causas de nulidad a título exclusivamente orientativo; no se pretende, a través de este artículo, analizar exhaustivamente cada una de ellas. Para poder determinar si un matrimonio es nulo, debe realizarse un proceso judicial ante el juez competente, al que se le deben aportar las pruebas pertinentes, y en el que deben intervenir todas las partes procesales, como son el promotor de justicia y el defensor del vínculo. No es posible, por lo tanto, pretender que, a través de unas pocas líneas, el lector sea capaz de obtener conclusiones definitivas sobre una determinada situación.

Por otro lado, las circunstancias de los católicos en el mundo moderno son tan diversas, que es imposible recogerlas todas en este artículo. Por eso, se recomienda que quien quiera conocer exactamente algún capítulo de nulidad, o consultar algún caso concreto, examine el canon correspondiente que se cita, además de acudir a un experto en la materia.

Nulidades derivadas de impedimentos

Impedimentos que nacen de circunstancias personales

Impedimento de edad (16 años para el varón y 14 para la mujer): c. 1083
Artículo relacionado: la edad necesaria para contraer matrimonio.

Impedimento de impotencia antecedente y perpetua: c. 1084
Impedimentos que nacen de causas jurídicas

Impedimento de vínculo o ligamen: c. 1085
Impedimento de disparidad de cultos: c. 1086
Impedimento de orden sagrado: c. 1087
Impedimento de voto público y perpetuo de castidad en un instituto religioso: c. 1088
Impedimentos que nacen de delitos

Impedimento de rapto: c. 1089
Impedimento de crimen: c. 1090
Impedimentos de parentesco

Impedimento de consanguinidad: c. 1091
Impedimento de afinidad: c. 1092
Impedimento de pública honestidad: c. 1093
Impedimento de parentesco legal: c. 1094
Artículo relacionado: Los impedimentos en el derecho matrimonial canónico.

Nulidades por vicio de consentimiento

Nulidad por carecer de uso de razón: canon 1095, 1º
Nulidad por grave defecto de discreción de juicio: canon 1095, 2º
Nulidad por incapacidad de asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica (incapacitas assumendi): canon 1095, 3º
Artículo relacionado: La incapacidad psíquica y la nulidad matrimonial: comentarios al canon 1095, 3º.

Ignorancia de las propiedades esenciales del matrimonio: canon 1096.
Error acerca de la persona: canon 1097 § 1
Error acerca de una cualidad de la persona directa y principalmente pretendida (error redundans): canon 1097 § 2
Dolo provocado para obtener el consentimiento: canon 1098.
Error determinante acerca de la unidad, de la indisolubilidad o de la dignidad sacramental del matrimonio (error determinans): canon 1099.
Simulación total del matrimonio o exclusión de una propiedad esencial: canon 1101
Artículo relacionado: Naturaleza sacramental del matrimonio entre bautizados.

Nulidad por atentar matrimonio bajo condición de futuro (canon 1102 § 1) o bajo condición de pasado o de presente que no se verifica (canon 1102 § 2).
Matrimonio contraído por violencia o por miedo grave: canon 1103.
Artículo relacionado: Posibilidad de declarar nulo el matrimonio en que hay malos tratos.

Nulidades por defecto de forma
Matrimonio nulo por celebrarse sin la asistencia del ordinario del lugar o párroco, o sin su delegación: canon 1108.
Matrimonio por procurador nulo por vicio del mandato: canon 1105.

Tobi, ¿te importaría decirme dónde está lo del "derecho paulino" ahí?
¿Quizás en lo de la disparidad de cultos?

Pues nada, leamos el artículo del Código de Derecho canónico referente a ese tema:

C1086 P1 Es inválido el matrimonio entre dos personas, una de las cuales fue bautizada en la Iglesia católica o recibida en su seno y no se ha apartado de ella por acto formal, y otra no bautizada.
P2 No se dispense este impedimento sino se cumplen las condiciones indicadas en los cann. 1125 y 1126.

C1125 Si hay una causa justa y razonable, el Ordinario del lugar puede conceder esta licencia; pero no debe otorgarla si no se cumplen las condiciones que siguen:
1º. que la parte católica declare que está dispuesta a evitar cualquier peligro de apartarse de la fe, y prometa sinceramente que hará cuanto le sea posible para que toda la prole se bautice y se eduque en la Iglesia católica; 2º. que se informe en su momento al otro contrayente sobre las promesas que debe hacer la parte católica, de modo que conste que es verdaderamente consciente de la promesa y de la obligación de la parte católica;
3º. que ambas partes sean instruidas sobre los fines y propiedades esenciales del matrimonio, que no pueden ser excluidas por ninguno de los dos.

C1126 Corresponde a la Conferencia Episcopal determinar tanto el modo según el cual han de hacerse estas declaraciones y promesas, que son siempre necesarias, como la manera de que quede constancia de las mismas en el fuero externo y de que se informe a la parte no católica.

Ta clarito, ¿verdad?
Pos eso


Tobi:
Vuestra Instirución no acepta el divorcio, pero si instruye causas de anulación. Si tienes el dinero suficiente para pagar a dicho tribunal (NO ES POCO EL QUE PIDEN Y NINGÚN OBRERO SE PUEDE PERMITIR SEMEJANTE LUJO) y una de las partes alega que cuando dió el SI ante el sacerdote fue obligado por cualquier condicionamiento previó, hala (PREVIO PAGO, CLARO) matrimonio anulado.

Luis:
Los tribunales eclesiásticos sólo cobran, como consta en la lista de tasas del Tribunal de Madrid, 80.000 pesetas en primera instancia y 40.000 en segunda, más 40.000 en caso de que sea necesario recurrir a los peritos. En el Tribunal de la Rota, las tasas son de 50.000 pesetas para confirmación de sentencia y de 65.000 pesetas en el caso de ampliación de sentencia. Pero el 30% se conceden gratuitamente. Tanto es así que la Rota de Madrid es deficitaria en un 50%, déficit que cubre la Conferencia Episcopal.
Pero aún hay más, entre el 35% y el 45% de las causas introducidas en los tribunales es de «gratuito patrocinio». En el caso de Madrid, el 35% de las causas se acoge a esta figura. En otros tribunales, como el de Santiago de Compostela, este porcentaje sube hasta el 43%. Tienen derecho al gratis total todas las personas que acrediten que sus ingresos rondan el doble del salario mínimo interprofesional (140-150.000 pesetas) o que están haciendo frente a circunstancias especiales, como pago de créditos o de hipotecas. Además, al 20% de los casos presentados en Madrid se les ha concedido reducción de costas, que pueden oscilar entre el 50% y el 75% del total. En estos casos se les asigna un abogado y un procurador que no pueden cobrarles nada o casi nada. Es decir, que las causas que pagan todas las tasas son, en Madrid, la mitad de las presentadas. Y aún éstas porque así lo quieren los demandantes.

Hale... listo

Tobi:
Ah, pero, entonces surge otra problemática. La TUTELA del ESTADO sobre el matrimonio, porque el Estado no asume la decisión de los "Jueces" del Tribunal de la Rota y la pareja cuyo matrimonio ha sido anulado no tienen más remedio que divorciarse. Te pregunto: ¡¡¡Hasta donde llega vuestra capacidad de RIDICULO!!!

Luis:
No, aquí el único que está haciendo el ridículo eres tú. La declaración de nulidad de un matrimonio eclesiástico TIENE EFECTOS CIVILES, de tal forma que ese matrimonio es declarado nulo civilmente, ¡¡¡ LISTO !!!
Porque por si no lo sabes, además de la separación y el divorcio, en el derecho matrimonial civil TAMBIÉN EXISTE LA FIGURA DE LA NULIDAD.... ¡¡¡LISTO!!!


Tobi:
¿Acaso he discutido lo que la iglesia católica considera o deja de considerar?

Luis:
¿entonces de qué narices estamos hablando?
¿o es que vas tú a decir lo que la Iglesia enseña o deja de enseñar y cuando se te demuestra que no tienes ni puñetera idea, vas y dices que no estás hablando de eso?
Anda yaaaa....


Tobi:
Lo que he dicho es que hasta el concilio de Trento no asumió la tutela del acto de matrimoniar, pero aun así, manifestó que los ministros de lo que se les ocurrió llamar "sacramento" (¿El matrimonio una acción de gracias?) son la pareja.

Luis:
¿Acaso estás diciendo que hasta Trento el matrimonio católico no se celebraba delante de un cura y no era considerado un sacramento?
Es que, de verdad.... ¿no te da un poco de vergüenza hacer el ridículo de forma tan continua una y otra vez, Tobi?

Tobi:
Ignacio de Antioquia y los ortodoxos no vienen al caso puesto que dejé claro que estamos tratando del matrimonio entre los cismáticos romanistas.

Luis:
Tú búscame un solo ortodoxo que niegue que el matrimonio católico no es un verdadero sacramento.... LISTO


Tobi:
Aporte el testimonio de Pedro Lombardo y ni siquiera has intentado mostrarme lo contrario.

Luis:
¿Me puedes dar una sola cita LITERAL de Pedro Lombardo en el que niegue el carácter sacramental del matrimonio?


Tobi:
Las cosas fueron y son como son y no como desearías que fuesen.

Luis:
ESTO ES como fueron las cosas. Cito de la Enciclopedia Católica que sin duda es una fuente mucho más fiable que tú:

La doctrina de que el matrimonio es un sacramento de la Nueva Ley nunca ha sido materia de disputa entre la Iglesia Católica Romana y ninguna de las Iglesias Orientales separadas de ella—una prueba convincente de que esta doctrina siempre ha formado parte de la tradición eclesiástica y deriva de los Apóstoles. La correspondencia (1576-81) entre los profesores de Tübingen, defensores del protestantismo, y el patriarca griego Jeremías, es bien conocida. Terminó con el rechazo indignado de este último de la sugerencia de que pudiera ser ganado a la doctrina de sólo dos sacramentos, y en su solemne reconocimiento de la doctrina de siete sacramentos, incluyendo el matrimonio, como la enseñanza constante de la Iglesia Oriental. Más de medio siglo después el Patriarca Cirilo Lucar, que había adoptado la doctrina calvinista de sólo dos sacramentos , fue por esa razón declarado públicamente hereje por los Sínodos de Constantinopla en 1638 y 1642 y de Jerusalén en 1672 – tan firmemente se había mantenido la doctrina de los siete sacramentos y del matrimonio como sacramento por los griegos y por los teólogos orientales en general.

En muy pocos casos aislados surgieron dudas respecto del carácter plenamente sacramental del matrimonio, cuando se hizo el intento de formular, según la ciencia especulativa, la definición del sacramento y determinar exactamente sus efectos. Sólo se puede mencionar a un destacado teólogo que negó que el matrimonio confiera gracia santificante, y por consiguiente que fuera un sacramento de la Nueva Ley en el sentido estricto del término—Durandus de St. Pourçain, después obispo de Meaux. Incluso él admitía que el matrimonio en alguna forma produce gracia, y por tanto debía ser llamado sacramento; pero era sólo la ayuda actual de gracia para someter la pasión, lo que deducía del matrimonio como efecto, no ex opere operato, sino ex opere operantis (cf. Perrone, “De matrimonio christiano”, I, i, 1, 2). Como autoridades sólo podía citar a algunos juristas. Los teólogos, con la máxima unanimidad rechazaron esta doctrina como nueva y opuesta a la enseñanza de la Iglesia, así que el célebre teólogo del Concilio de Trento, Domingo Soto, dijo de Durandus que sólo con dificultad había evitado el peligro de ser tachado de hereje. Muchos de los principales escolásticos hablaron en realidad del matrimonio como un remedio contra la sensualidad –vg: Pedro Lombardo (cuyos cuatro libros de sentencias fueron comentados por Durandus), y sus muy distinguidos comentaristas Santo Tomás de Aquino, San Buenaventura, Pedro de Palude. Pero no se excluye por eso el otorgamiento de la gracia santificante ex opere operato, al contrario, debe considerarse como el fundamento de esa gracia actual, y como la raíz de la que surge el derecho a recibir la ayuda divina que requiere la ocasión. Que esta es la enseñanza de esos grandes teólogos es evidente en parte por sus explícitas declaraciones referentes al sacramento del matrimonio, y en parte por lo que definían como elemento esencial de los Sacramentos de la Nueva Ley en general. Es suficiente con dar aquí las referencias: Santo Tomás, “In IV Sent.”, dist. II, i, 4; II, ii, 1; XXVI, ii, 3; San Buenaventura, “In IV Sent.”, dist. II, iii; XXVI, ii.


Y esta es mi última intervención en este epígrafe en respuesta a tus mensajes, Tobi. No tengo intención de perder un segundo más contigo
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Mediante el cut&paste pretendes obviar la raiz del asunto, pero conmigo no te vale.
Ahora atiendo lo que sigue:
Canon 1141: El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte.


Por lo tanto, es posible anular el matrimonio si éste no es rato, o no ha sido consumado. Se entiende que el matrimonio es rato si es sacramental, es decir, cualquier matrimonio válido entre bautizados. Y se entiende que el matrimonio ha sido consumado “si los cónyuges han realizado de modo humano el acto conyugal apto de por sí para engendrar la prole” (canon 1061). En estos casos, es posible pedir al Romano Pontífice la anulación del matrimonio. Los cánones 1142 y siguientes regulan los supuestos más comunes, [B]entre los que se cuentan el privilegio paulino[/B], el privilegio petrino y la disolución del matrimonio rato y no consumado.

Ja..................... Así aquello que uno de los canones dice que ningún poder humano, ni por causa fuera de la muerte pueden disolver se inventan el privilegio petrino y hala a disolver lo indisoluble con lo que el papa SE ARROGA MÁS AUTORIDAD QUE DI-S. ¡¡¡FORMIDABLE!!!
Despues de esto puedes serguir copiando y otras lidezas por el estilo.
No tienes respuestas a eso y por ello finalizas tu aportación con estas palabras:

Y esta es mi última intervención en este epígrafe en respuesta a tus mensajes, Tobi. No tengo intención de perder un segundo más contigo

QUE REMEDIO, ¿NO?
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

C1141 El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte.

C1142 El matrimonio no consumado entre bautizados, o entre parte bautizada y parte no bautizada, puede ser disuelto con causa justa por el Romano Pontífice, a petición de ambas partes o de una de ellas, aunque la otra se oponga.

C1143 P1 El matrimonio contraído por dos personas no bautizadas se disuelve por el privilegio paulino en favor de la fe de la parte que ha recibido el bautismo, por el mismo hecho de que ésta contraiga un nuevo matrimonio, con tal de que la parte no bautizada se separe.


¿Hay algún católico que no lo entienda?
Es por explicárselo

Por cierto, el privilegio paulino es ESTE:
1ª Cor 7,12-15
A los demás digo yo, no el Señor: que si algún hermano tiene esposa no creyente, y ella consiente en vivir con él, no la abandone.Y si alguna esposa tiene esposo no creyente, y él consiente en vivir con ella, no lo abandone.
Porque el esposo no creyente es santificado en la esposa, y la esposa no creyente en el creyente. De otra manera vuestros hijos serían impuros, pero ahora son santos. Pero si el no creyente se separa, que se separe. En tal caso, el hermano o la hermana no han sido puestos bajo servidumbre, pues Dios os ha llamado a vivir en paz.

Así de simple
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Afirmaciones de Luis Fernando
Primera.
No volvere a este epigrafe

Segunda:
Tobi:
¿Desde cuando lo acepta? ¿Es que han anulado el llamado "Derecho Paulino"?
Este derecho prescribía que, si uno de los conyugues se adheria a una confesión religiosa no romana era causa suficiente para que el copnyugue que permanecía católico pordía solicitar la anulación del "indisoluble" sacramento.

Luis:
Ese no es el derecho paulino pero en cualquier caso acá no se está hablando de eso.

Ah, pero, luego lo consulta (tuvo que hacerlo antes) y este es el resultado:

Canon 1141: El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte.


Por lo tanto, es posible anular el matrimonio si éste no es rato, o no ha sido consumado. Se entiende que el matrimonio es rato si es sacramental, es decir, cualquier matrimonio válido entre bautizados. Y se entiende que el matrimonio ha sido consumado “si los cónyuges han realizado de modo humano el acto conyugal apto de por sí para engendrar la prole” (canon 1061). En estos casos, es posible pedir al Romano Pontífice la anulación del matrimonio. Los cánones 1142 y siguientes regulan los supuestos más comunes, entre los que se cuentan el privilegio paulino, el privilegio petrino y la disolución del matrimonio rato y no consumado.

De lo que se deduce que aquello que de parte de Di-s era indisoluble hasta la muerte, El Privilegio petrino (digamos mejor papal) esta por encima del mismo Di-s.

Con todo eso ya estamos en el juego a que tan aficionados son los romanistas. El del SI, pero NO.
El matroimonio rato NO se puede disolver. Pero SI se puede si el papa así lo desea.

De no ser así, ¿para que sirve el Tribunal de la Rota?

Para que el juego sea completo observe eso:
C1143 P1 El matrimonio contraído por dos personas no bautizadas se disuelve por el privilegio paulino en favor de la fe de la parte que ha recibido el bautismo, por el mismo hecho de que ésta contraiga un nuevo matrimonio, con tal de que la parte no bautizada se separe

¿La parte no bautizada? Estoy hablando del privilegio paulino, que en España y durante vuestro Nacional Catolicismo se trato de alguien que deja el romanismo y cambia de religión. Luego, ¿Donde se puede separar aquel que ha cambiado de religión?
El galimatías está servido.
Claro que, en el mundo entero ya no hay un solo Estado donde la tutela matrimonial este en manos del romanismo.
Los nacionales catolicismo se han acabado .... gracias al cielo.
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Rafy Armstrong dijo:
DLB,

En estos foros, hasta por una cosa tan sencilla como es el matrimonio, se estan sacando los mocos el uno con el otro. Yo de verdad no parece pueda seguir participando con ustedes. Adios.
:jump: Que gracioso eres. ¿ Puedo saber que pensabas tu encontrar en un foro de DISCUSIÓN ? :05:
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Jamalt dijo:
No se porque sospecho que no entendemos bien el consepto del matrimonio desde la perspectiva biblica.

que me dicen de esto:

<SUP>16</SUP>¿O no sabéis que el que se une con una ramera, es un cuerpo con ella? Porque dice: Los dos serán una sola carne.?

cotejado con esto:
<SUP>5</SUP>y dijo: "Por esto el hombre dejará padre y madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne"?<SUP> 6</SUP>Así que no son ya más dos, sino una sola carne; por tanto, lo que Dios juntó no lo separe el hombre.

Veo que nadie le dio importancia a este dilema, o nadie supo que contestar o nadie quiso atreverse?

La verdad es que estos textos paresen tener bastante relacion, pero lo que no entiendo es que si algun hombre se una con una ramenra. Queda casado con ella? Si una mujer comete adulterio queda casada con el hombre que adultero?
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Estimado Jamalt:

Está claro que todo sexo fuera del Sacramento del Matrimonio es ilícito.

El cristiano no debe tener ninguna relación sexual antes del matrimonio puesto que Dios estableció el Matrimonio precisamente para esa forma de relación íntima entre 2 personas.

Cualquier persona que actúa contra ésto comete el pecado de fornicación, por tanto en lo referido a la prostitución (o aunque no sea prostitución) la Biblia es coherente en la postura: sexo y matrimonio deben de ir juntos y nunca
separados
.

En el caso de que una persona tuviera la fornicación por "normal" no estaría casada con la persona con la que fornica, puesto que no lo hace con la intención de establecer un hogar (de hecho, lo hace con la intención de pecado).

Así, de dicha fornicación no surge el Sacramento del Matrimonio sino un pecado mortal (por ser materia grave) y considerando que uno es medio de santificación (el Sacramento) y lo otro es medio de perdición (el pecado), son incompatibles entre sí y por tanto excluyentes.

Me despido con un abrazo en Jesús y María Inmaculada.
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

cristocéntrica dijo:
Me llamó mucho la atención, justamente ayer, en que estaba hablando con una persona que NO ES evangélico.
Esta persona me dijo, que ante los ojos de Dios, los que nos hemos casado en una iglesia evangélica, NO ESTAMOS CASADOS... En pocas palabras me dijo: "Tu matrimonio no es agradable ante los ojos de Dios, por el tema este del concubinato y la fornicación"... Me quedé de una pieza...
Luego de despedirnos, me quedé un poco mal... porque no es la primera persona que me dice eso... :(
¿Qué dicen ustedes?
Bendiciones a todos...

jejeje, estos evangelicos...

una amiga muy apreciada, se ha casado con un señor que tiene su esposa, hijos, en una iglesia evangelica... dejo a su familia...

deben permitir las iglesias evangelicas estas situaciones?



la paz,


JCSS
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

JCSS dijo:
una amiga muy apreciada, se ha casado con un señor que tiene su esposa, hijos, en una iglesia evangelica... dejo a su familia...
deben permitir las iglesias evangelicas estas situaciones?
JCSS

Si lo que dices es que tu amiga se ha casado con un señor que tiene a su mujer e hijos en una iglesia Evangélica, y que este señor los ha abandonado a su suerte (es lo que te he entendido):

a) Tu amiga está en adulterio
b) Ese señor está en adulterio
c) Si los han casado -sabiendo los datos que das- en una iglesia evangélica esa iglesia es una iglesia apóstata.

¿Qué pueden hacer las iglesias evangélicas al respecto?

<><
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Joxan dijo:
Si lo que dices es que tu amiga se ha casado con un señor que tiene a su mujer e hijos en una iglesia Evangélica, y que este señor los ha abandonado a su suerte (es lo que te he entendido):

a) Tu amiga está en adulterio
b) Ese señor está en adulterio
c) Si los han casado -sabiendo los datos que das- en una iglesia evangélica esa iglesia es una iglesia apóstata.

¿Qué pueden hacer las iglesias evangélicas al respecto?

<><

ella de una iglesia llamada Mi-el, el de otra, que tiene un nombre que no recuerdo,

el caso entonces es que no existe una comunicacion entre las iglesias evangelicas

la paz,

JCSS
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Estimado JCSS:

Como dije, el Matrimonio válido depende directamente de la convicción interna de contraerlo válidamente, por lo tanto ese señor y esa mujer pueden ir por "todas las bendiciones que quieran" que saben que están en adulterio.

Que Dios le bendiga hoy y siempre.
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Saludos en Cristo Jamalt

Quien encendio este petardo?

Jamalt>>>¿O no sabéis que el que se une con una ramera, es un cuerpo con ella? Porque dice: Los dos serán una sola carne.?

cotejado con esto:
5y dijo: "Por esto el hombre dejará padre y madre, y se unirá a su mujer, y los dos serán una sola carne"? 6Así que no son ya más dos, sino una sola carne; por tanto, lo que Dios juntó no lo separe el hombre.

Veo que nadie le dio importancia a este dilema, o nadie supo que contestar o nadie quiso atreverse?

La verdad es que estos textos paresen tener bastante relacion, pero lo que no entiendo es que si algun hombre se una con una ramenra. Queda casado con ella? Si una mujer comete adulterio queda casada con el hombre que adultero?

Israel>>>Cual dilema? Si el hombre se une con la ramera es porque Dios no se lo mando y como Dios no los junto, nomas echenles agua pa'que se separen. :gato:

Dios instituyo las autoridades y a ellas hay que avocarnos, nada tiene que ver si Roma aprueba o no los matrimonios de evangelicos, primero esta la ley de Dios(Iglesia) luego las leyes del hombre o el registro civil, luego la ley de la suegra o la familia de la novia.

Unidos hasta que la muerte(o la suegra en algunos casos) los separe

Bendiciones

La paz de Dios
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Israel Robles dijo:
Israel>>>Cual dilema? Si el hombre se une con la ramera es porque Dios no se lo mando y como Dios no los junto, nomas echenles agua pa'que se separen.

Como cual dilema? se necesita analizar el texto para comprenderlo, empecemos.

1.- El matrimonio biblico quedaba oficial con la realizacion del acto sexual. Solo hasta consumarse el acto sexual quedaba la pareja casada.

2.- El matrimonio ante la iglesia y ante la ley civil ha sido un invento de la era posterior a el canon de la biblia, ya que esta no da instrucciones respecto a ello, no hay un ejemplo biblico de que el matrimonio deberia realisarse ante interposita persona.

3.- Pablo estaba acentando que los hermanos ya sabian que el que se unia con una ramera era una sola carne con ella.

4.- Jesus dice que el matrimonio queda sellado cuando la pareja son una sola carne.

Cual fue la razon por la cual dice ?O no sabeis que el que se une con ramenra con ella es un sola carne? En otras palabras o no sabei que el que se une con ramenra con ella queda casado?

Conclucion: Un dilema no muy facil de entender.
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Saludos en Cristo Jamalt

Jamalt>>>>Como cual dilema? se necesita analizar el texto para comprenderlo, empecemos.

1.- El matrimonio biblico quedaba oficial con la realizacion del acto sexual. Solo hasta consumarse el acto sexual quedaba la pareja casada.

2.- El matrimonio ante la iglesia y ante la ley civil ha sido un invento de la era posterior a el canon de la biblia, ya que esta no da instrucciones respecto a ello, no hay un ejemplo biblico de que el matrimonio deberia realisarse ante interposita persona.

3.- Pablo estaba acentando que los hermanos ya sabian que el que se unia con una ramera era una sola carne con ella.

4.- Jesus dice que el matrimonio queda sellado cuando la pareja son una sola carne.

Cual fue la razon por la cual dice ?O no sabeis que el que se une con ramenra con ella es un sola carne? En otras palabras o no sabeis que el que se une con ramenra con ella queda casado?

Conclucion: Un dilema no muy facil de entender.

Israel>>>>

Al punto uno yo pregunto, Asi te casaste?

Al dos: No estamos antes del canon y si tenemos ley civil a ella nos debemos de sujetar

Al tres: Claro pero estar unido en fornicacion es muy diferente a estar casado, o no?

Al cuarto:Asi es, tambien pero el matrimonio comienza antes de eso, lee la historia de Maria y Jose y se CONSUMA en el acto sexual

El que se una a una ramera es un adultero pero no queda casado con ella, esa es una deduccion tuya, quedo casado Juda con su nuera, por tomarla como ramera? No.

El problema con el acto sexual es que debe de ser exclusivo del matrimonio, fuera de el sus consecuancias son nefastas, porque lleva la finalidad de fundir a la pareja, esta experiencia fuera del matrimonio trae resultados espirituales, sentimentales y como dicen al mal paso dadle Gerber.

Bnediciones

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Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Israel Robles dijo:
Al punto uno yo pregunto, Asi te casaste?
Estamos hablando del matrimonio biblico. Muestrame siquiera una insinuacion en la biblia de que para poder casarse se tenia que ir ante un juez o ante un pastor o sacerdote. le la biblia entera y encontrarar que para casarse solo se agarraba a la mujer y se le llevava a la alcoba y quedaban casados.

En nuestro tiempo es diferente, pues existen leyes civiles y si queremos tener privilegios hay que sujetarnos a ellas pero no son leyes biblicas, son civiles.


Israel Robles dijo:
Al dos: No estamos antes del canon y si tenemos ley civil a ella nos debemos de sujetar
de acuerdo, ahi esta el dilema, pues entonces las leyes civiles coartan las leyes de Dios?

Israel Robles dijo:
Al tres: Claro pero estar unido en fornicacion es muy diferente a estar casado, o no?
Que es estar en fornicacion para ti? La fornicacion la delimita la ley de Dios o la ley civil? Si una pareja se conocio, fueron novios, se unieron, viven juntos, siempre se has sido fiel, tienen sus hijos, pero nunca fueron ante un juez o ante un pastor o sacerdote, viven en fornicacion?
Si la respuesta es si: Entonces todos los que se unieron antes de que se inventara el matrimonio civil estubieron en fornicacion.

Entonces Jose y maria vivieron en fornicacion, pues solo tomo a maria y nunca fue hante un juez o sacerdote.

Si la respuesta es no: Entonces lo que vale es la fidelidad y no el papal, pero no se tendrian los derechos legales correspondiente

Israel Robles dijo:
Al cuarto:Asi es, tambien pero el matrimonio comienza antes de eso, lee la historia de Maria y Jose y se CONSUMA en el acto sexual
Esta es una exepcion obia, no es un ejemplo valido.
sera ante Dios valido un matrimonio que casandose ante un juez, vivan juntos por un año sin tener ningun contato sexual? El matrimonio es valido ante la ley civil, pero ante Dios.

Ahora bien, soy cristiano, creo en el matrimonio legal y biblico, entiendo lo que es fornicacion, entiendo lo que es adulterio, estoy encontra totalmente de esto, pero si creo que no es cosa facil decifrar esto, que levanta muchas interrogantes.

La paz de Dios[/QUOTE]
 
Re: SI ESTÁS CASADO EN UNA IGLESIA EVANGÉLICA, NO ESTÁS CASADO...

Saludos en Cristo Jamalt

Agraciadamente el tiempo no puede erocionar el plan de Dios que es firme pero flexible a la vez, por ejemplo Pablo dice: “el que se he resuelto dejar su hija virgen” estaremos fuera de la voluntad de Dios porque ahora, cada quien escoje a su pereja?
Es rebeldia escoger pareja?

En tiempos biblicos existian los esclavos, te conformarias con ser esclavo en estos tiempos porque es biblico? Como se veria un buen cristiano con esclavos a su servicio?

El asunto del matrimonio tambien se ha visto afectado por los tempos, aunque mi teologia insista en que la relacion matrimonial ha cambiado, no creo que yo dejaria a mis hijos, hijas principalmente compartir su vida en union libre, o si?

Al acto sexual le antecede una relacion de noviazgo, boda y le sigue un plan de compartir la vida juntos, procrear familia y terminar juntos, dijo Jesus hablando del divorcio, “en un principio no fue asi” nomas le falto decir, pero ahora si es asi.

Se parece el matrimonio a la fornicacion? No.
La fornicacion no tiene compromiso, es solo placer pasajero.

Jamalt>>>Que es estar en fornicacion para ti? La fornicacion la delimita la ley de Dios o la ley civil? Si una pareja se conocio, fueron novios, se unieron, viven juntos, siempre se has sido fiel, tienen sus hijos, pero nunca fueron ante un juez o ante un pastor o sacerdote, viven en fornicacion?
Si la respuesta es si: Entonces todos los que se unieron antes de que se inventara el matrimonio civil estubieron en fornicacion.

Israel>>>Este no es el caso de la ramera, pues ya los rodeaste de noviazgo, vivir juntos y fidelidad, pero para comenzar su matrimonio es ilegal, ante los ojos de los hombres y eso arrastra una bola de anormalidades legales, si viven en el monte aun alli necesitan su papaleria en orden, si ya son cristianos deben de reglularizar su situacion por cuestion del testimonio.

Mira pon tu teologia antigua del matrimonio en la balanza y en el otro lado pones, una buen dosis de moral, una pizca de pudor, sin faltar la legalidad, luego le agregas tus hijos, y para donde se incline la balanza eso predica. :gato:

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