Este artículo sobre el documento Crimen Sollicitationis de 1961 y confirmado en 2001 por J Ratzinger con el documento De Delictis Gravioribus:
“El documento secreto del Vaticano fue elaborado por el Santo Oficio (hoy la Congregación para la Doctrina de la fe) en 1961, y contiene una serie de instrucciones para los obispos sobre cómo manejar los casos del “peor crimen”.
Es decir, los casos en que los sacerdotes se ven envueltos en relaciones sexuales con animales, personas o niños.
Y en los que utilizan las confesiones para obtener favores sexuales de los fieles.Crimen Sollicitationis llama a manejar en secreto dichos casos y el secreto se extiende al mismo documento.
El castigo por la violación del secreto incluye la excomunión, la que sólo puede ser retirada por el mismo Papa. Tal vez esto explica la negación de la existencia de dicho documento por parte de algunos obispos. Crimen Sollicitationis salió a la luz en el contexto del escándalo de la denuncia de los miles de casos de abusos sexuales a menores cometidos por sacerdotes católicos en Estados Unidos.
Abogados estadounidenses involucrados en diversos casos sobre pedofilia eclesial dijeron que dicho documento era una evidencia de la política de obstrucción a la justicia practicada de forma oficial y como política de estado por el Vaticano. En respuesta, la Iglesia católica arguyó que la política de secretismo no incluía ocultar los crímenes de pedofilia cometidos por sacerdotes.
Crimen Sollicitationis fue también reproducido por el diario estadounidense Worcester Telegram & Gazette, que obtuvo una copia en 2003. El documento en cuestión se mantuvo por 40 años custodiado en secreto y catalogado como “extremadamente confidencial” en los archivos secretos de la Santa Sede. Daniel Shea, abogado estadounidense y ex seminarista lo descubrió y lo dio a conocer a la opinión pública de Estados Unidos. El documento, explicó Shea, fue citado como todavía en vigor, en una epístola del entonces cardenal Joseph Ratzinger titulada: “De Delictis Gravioribus” del 18 de mayo de 2001.
Con dicha fecha el cardenal Joseph Ratzinger y hoy Benedicto XVI envió la epístola “Delictis Gravioribus” (“Normas de delitos más graves”) a los obispos de toda la Iglesia católica y otros ordinarios y superiores, anunciándoles qué actos “más graves quedaban reservados” al único juicio de su congregación. Añadía que la instrucción Crimen sollicitationis “en vigor, promulgada por la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio el 16 de marzo de 1962, debía ser reconocida por los nuevos Códigos canónicos”.
Las jerarquías del Estado Vaticano se defendieron afirmando que las normas contenidas en el documento de 1962 no tienen ningún valor vinculante después de la entrada en vigor de las disposiciones que en 1983 reformaron el Código de Derecho Canónico. Sin embargo, en la epístola de Ratzinger de 2001, como ya dijimos, no hay dudas sobre la vigencia del documento Crimen Sollicitationis.
La justicia estadounidense persistió en las pesquisas y en enero de 2005, en la Corte del distrito de Harris County (Texas) el entonces cardenal y hoy Papa Benedicto XVI fue acusado de obstrucción de la justicia.
La epístola fue incluida en la demanda presentada a principios de 2005 contra la Iglesia Católica de Texas y contra Ratzinger por los abusos sexuales cometidos a tres menores por Juan Carlos Patiño Arango, un seminarista de origen colombiano asignado a la iglesia San Francisco de Sales, de Houston. Patiño Arango fue acusado de haber abusado sexualmente de ellos durante sesiones de “orientación psicopedagógica” en la iglesia, a mediados de los noventa.
Según abogados de las víctimas, el cardenal Ratzinger “conspiró para obstruir la acción de la justicia”. El padre John Beal, catedrático de Derecho Canónico de la ######## University of America, en declaración oral jurada, el 8 de abril de 2005, reconoció ante Daniel Shea que la carta ampliaba la jurisdicción y el control de la Iglesia Católica sobre delitos de abusos sexuales. La carta de Ratzinger estaba cofirmada por Tarsicio Bertone (hoy flamante Secretario de Estado), quien, en una entrevista de hace tres años, ya aludió a la oposición de la Iglesia Católica a permitir que organismos ajenos a ella pudieran investigar las denuncias de abusos sexuales cometidos por curas. “En mi opinión, no tiene fundamento la exigencia de que un obispo esté obligado a contactar con la policía para denunciar a un sacerdote que ha admitido ser culpable de pedofilia” dijo Bertone en ese entonces – vaya “joya” de sinvergüenza -.
Posteriormente el gobierno de Estados Unidos ordenó al tribunal de Texas que el Papa Benedicto XVI debía recibir inmunidad en la demanda sobre Patiño Arango. El subsecretario de Justicia de Estados Unidos, Meter Keisler, dijo que como Jefe de Estado del Vaticano, Benedicto XVI goza de inmunidad. Y señaló que permitir que continúe la demanda sería “incompatible con los intereses de política exterior de Estados Unidos”.
La Corte Suprema de Justicia afirmó por su parte que los tribunales de Estados Unidos están obligados a acatar esas “sugerencias de inmunidad”. De tal manera, la elección de Ratzinger como Papa lo salvó de enfrentarse a la justicia estadounidense o tener que esconderse tras lo muros del Vaticano de una orden de captura de la INTERPOL.
Otra demanda presentada en 1994 contra el anterior Papa Juan Pablo II, también en Texas, fue desechada después de que el gobierno de Estados Unidos presentara una moción similar.
Trascendió que la embajada de la Santa Sede en Washington había pedido al gobierno de Estados Unidos que emitiera su sugerencia de inmunidad, e hiciera todo lo posible para que el caso fuese desestimado. Patiño Arango es hoy un prófugo de la justicia.”
Entonces no es de Extrañar, la actitud del magisterio romano primero de proteger, luego de amparar, esconder a los criminales, haciéndose cómplices de los autores.
Jesús dice claramente:
Marcos 9:42 Cualquiera que haga tropezar a uno de estos pequeñitos que creen en mí, mejor le fuera si se le atase una piedra de molino al cuello, y se le arrojase en el mar.
Y dicen que representa a CRISTO, en la TIERRA, sera Tan ASI.........?
Isaias
“El documento secreto del Vaticano fue elaborado por el Santo Oficio (hoy la Congregación para la Doctrina de la fe) en 1961, y contiene una serie de instrucciones para los obispos sobre cómo manejar los casos del “peor crimen”.
Es decir, los casos en que los sacerdotes se ven envueltos en relaciones sexuales con animales, personas o niños.
Y en los que utilizan las confesiones para obtener favores sexuales de los fieles.Crimen Sollicitationis llama a manejar en secreto dichos casos y el secreto se extiende al mismo documento.
El castigo por la violación del secreto incluye la excomunión, la que sólo puede ser retirada por el mismo Papa. Tal vez esto explica la negación de la existencia de dicho documento por parte de algunos obispos. Crimen Sollicitationis salió a la luz en el contexto del escándalo de la denuncia de los miles de casos de abusos sexuales a menores cometidos por sacerdotes católicos en Estados Unidos.
Abogados estadounidenses involucrados en diversos casos sobre pedofilia eclesial dijeron que dicho documento era una evidencia de la política de obstrucción a la justicia practicada de forma oficial y como política de estado por el Vaticano. En respuesta, la Iglesia católica arguyó que la política de secretismo no incluía ocultar los crímenes de pedofilia cometidos por sacerdotes.
Crimen Sollicitationis fue también reproducido por el diario estadounidense Worcester Telegram & Gazette, que obtuvo una copia en 2003. El documento en cuestión se mantuvo por 40 años custodiado en secreto y catalogado como “extremadamente confidencial” en los archivos secretos de la Santa Sede. Daniel Shea, abogado estadounidense y ex seminarista lo descubrió y lo dio a conocer a la opinión pública de Estados Unidos. El documento, explicó Shea, fue citado como todavía en vigor, en una epístola del entonces cardenal Joseph Ratzinger titulada: “De Delictis Gravioribus” del 18 de mayo de 2001.
Con dicha fecha el cardenal Joseph Ratzinger y hoy Benedicto XVI envió la epístola “Delictis Gravioribus” (“Normas de delitos más graves”) a los obispos de toda la Iglesia católica y otros ordinarios y superiores, anunciándoles qué actos “más graves quedaban reservados” al único juicio de su congregación. Añadía que la instrucción Crimen sollicitationis “en vigor, promulgada por la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio el 16 de marzo de 1962, debía ser reconocida por los nuevos Códigos canónicos”.
Las jerarquías del Estado Vaticano se defendieron afirmando que las normas contenidas en el documento de 1962 no tienen ningún valor vinculante después de la entrada en vigor de las disposiciones que en 1983 reformaron el Código de Derecho Canónico. Sin embargo, en la epístola de Ratzinger de 2001, como ya dijimos, no hay dudas sobre la vigencia del documento Crimen Sollicitationis.
La justicia estadounidense persistió en las pesquisas y en enero de 2005, en la Corte del distrito de Harris County (Texas) el entonces cardenal y hoy Papa Benedicto XVI fue acusado de obstrucción de la justicia.
La epístola fue incluida en la demanda presentada a principios de 2005 contra la Iglesia Católica de Texas y contra Ratzinger por los abusos sexuales cometidos a tres menores por Juan Carlos Patiño Arango, un seminarista de origen colombiano asignado a la iglesia San Francisco de Sales, de Houston. Patiño Arango fue acusado de haber abusado sexualmente de ellos durante sesiones de “orientación psicopedagógica” en la iglesia, a mediados de los noventa.
Según abogados de las víctimas, el cardenal Ratzinger “conspiró para obstruir la acción de la justicia”. El padre John Beal, catedrático de Derecho Canónico de la ######## University of America, en declaración oral jurada, el 8 de abril de 2005, reconoció ante Daniel Shea que la carta ampliaba la jurisdicción y el control de la Iglesia Católica sobre delitos de abusos sexuales. La carta de Ratzinger estaba cofirmada por Tarsicio Bertone (hoy flamante Secretario de Estado), quien, en una entrevista de hace tres años, ya aludió a la oposición de la Iglesia Católica a permitir que organismos ajenos a ella pudieran investigar las denuncias de abusos sexuales cometidos por curas. “En mi opinión, no tiene fundamento la exigencia de que un obispo esté obligado a contactar con la policía para denunciar a un sacerdote que ha admitido ser culpable de pedofilia” dijo Bertone en ese entonces – vaya “joya” de sinvergüenza -.
Posteriormente el gobierno de Estados Unidos ordenó al tribunal de Texas que el Papa Benedicto XVI debía recibir inmunidad en la demanda sobre Patiño Arango. El subsecretario de Justicia de Estados Unidos, Meter Keisler, dijo que como Jefe de Estado del Vaticano, Benedicto XVI goza de inmunidad. Y señaló que permitir que continúe la demanda sería “incompatible con los intereses de política exterior de Estados Unidos”.
La Corte Suprema de Justicia afirmó por su parte que los tribunales de Estados Unidos están obligados a acatar esas “sugerencias de inmunidad”. De tal manera, la elección de Ratzinger como Papa lo salvó de enfrentarse a la justicia estadounidense o tener que esconderse tras lo muros del Vaticano de una orden de captura de la INTERPOL.
Otra demanda presentada en 1994 contra el anterior Papa Juan Pablo II, también en Texas, fue desechada después de que el gobierno de Estados Unidos presentara una moción similar.
Trascendió que la embajada de la Santa Sede en Washington había pedido al gobierno de Estados Unidos que emitiera su sugerencia de inmunidad, e hiciera todo lo posible para que el caso fuese desestimado. Patiño Arango es hoy un prófugo de la justicia.”
Entonces no es de Extrañar, la actitud del magisterio romano primero de proteger, luego de amparar, esconder a los criminales, haciéndose cómplices de los autores.
Jesús dice claramente:
Marcos 9:42 Cualquiera que haga tropezar a uno de estos pequeñitos que creen en mí, mejor le fuera si se le atase una piedra de molino al cuello, y se le arrojase en el mar.
Y dicen que representa a CRISTO, en la TIERRA, sera Tan ASI.........?
Isaias