Una esperanza para la vida

18 Noviembre 1998
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El Mundo del Siglo XXI, 22/06/01.La Fiscalía del Supremo francés pide que un feto sea considerado jurídicamente como una vida

El día 29, el Alto tribunal decidirá si un conductor ebrio que provocó un accidente de tráfico es culpable del homicidio involuntario de un feto

EFE

PARIS.- La Fiscalía del Tribunal Supremo de Francia ha afirmado que un feto es jurídicamente una vida que debe ser protegida contra los delitos desde su concepción y ha pedido a ese órgano judicial un dictamen en ese sentido, en un caso que puede sentar precedente.

"El feto tiene una vida biológica propia y, desde su concepción, los médicos lo consideran un paciente", subrayó la Fiscalía y se ha preguntado si "la muerte de un niño que va a nacer es un 'no hecho'".
El próximo día 29, el Tribunal Supremo decidirá si un conductor ebrio que en 1995 provocó un accidente de tráfico en el departamento de Moselle (nordeste de Francia) es culpable del homicidio involuntario de un feto.

Protección de los niños no nacidos

En el automóvil contra el que chocó iba una mujer embarazada de seis meses y, a causa del accidente, el feto resultó afectado, por lo que los médicos sometieron a la mujer a un parto prematuro, pero el bebé nació muerto.

Según el informe médico, "el niño no ha vivido debido a las importantes lesiones cerebrales sufridas, que guardan relación directa con el accidente en el que su madre se vio involucrada".

En 1997, el Tribunal Correccional de Metz (nordeste) condenó al acusado por homicidio involuntario. Sin embargo, un año después, en apelación, la corte anuló esta sentencia, al considerar que "el niño nacido muerto no es una 'persona' protegida por la ley penal porque para que haya 'persona' es necesario que haya un ser vivo, es decir venido al mundo, y en este caso el niño no respiró y su corazón no latió".

Ante esta decisión, el fiscal general de Metz elevó el caso al Tribunal Supremo, bajo el argumento de que "provocar la muerte de un bebé que va a nacer es un homicidio involuntario siempre que el feto sea viable en el momento del accidente. Poco importa que, tras su nacimiento, el niño no respire o su corazón no lata".

En los límites de la Etica

El abogado de los padres ha pedido que el Tribunal Supremo proteja, no a los niños concebidos, sino a los fetos que eran viables pero nacieron muertos por causas ajenas al embarazo.

Este caso supera los límites del derecho y se inmiscuye en los de la ética, al tener que determinar si un feto es o no una vida biológica, y toca también los cimientos de la interrupción voluntaria del embarazo.

Según fuentes próximas al caso, "la ley no define con precisión la condición de embrión y de feto y, además, se sitúa entre dos exigencias contradictorias: respetar el derecho al aborto y asegurar la protección del feto. La opinión pública reclama los dos supuestos a la vez".