Mensaje 27
Vida interior
Desarrollo, crecimiento y madurez
Lectura bíblica
Hch.10:43 ...todos los que en El creen recibirán perdón de pecados.
1 Jn. 1:9 Si confesamos nuestros pecados, El es fiel y justo para perdonarnos nuestros pecados, y limpiarnos de toda injusticia.
Las medidas a poner en práctica con respecto a los pecados
El objeto de las medidas a tomar tiene dos facetas: por un lado se trata de nuestro historial de pecados delante de Dios, y por el otro se trata de la acción misma de pecar.
Nuestro Señor sufrió el justo juicio de Dios en nuestro lugar. Su sangre satisfizo los requisitos de la ley de Dios, en nuestro beneficio; por lo tanto, la cuenta de todos nuestros pecados que obraba delante de Dios, ha sido anulada. Sin embargo, si esta realidad objetiva ha de convertirse en nuestra experiencia subjetiva, debemos aplicarla a nosotros. Hablaremos de esta aplicación dividiéndola en dos etapas: antes de ser salvos y después de ser salvos.
[Según Hechos 10:43] la anulación de la cuenta de nuestros pecados antes de ser salvos depende de nuestra fe.
En 1 Juan 1:9… leemos [las palabras] que el apóstol escribe a los que son salvos, donde hace referencia a todos los pecados que cometemos después de que hemos sido salvos… La anulación de la cuenta de nuestros pecados después de que somos salvos… depende de nuestra confesión. Aquí la aplicación tiene lugar por medio de nuestra confesión.
¿Qué medidas debemos tomar con respecto a la acción misma de pecar? Si hemos ofendido a Dios, debemos resolver este asunto delante de El y pedirle perdón. Si hemos pecado contra el hombre, también debemos confesarlo ante él pidiéndole perdón…Al tomar medidas con respecto a los pecados cometidos contra los hombres, hay cuatro principios básicos que debemos recordar y que debemos observar … Independientemente del pecado respecto del cual tomamos las medidas correspondientes y sin importar cómo tomamos estas medidas, siempre debemos atender a estos cuatro principios y preguntarnos: [1] Las medidas a tomar respecto de este pecado ¿disiparán la discordia existente en nuestras relaciones con la otra parte afectada? [2] ¿Harán que nuestra conciencia esté limpia y libre de ofensa? [3] ¿Harán que podamos testificar en cuanto a la salvación de Dios y así darle a El la gloria? [4] ¿Beneficiarán a otros? Si nuestras respuestas se conforman a estos cuatros principios, entonces podemos proseguir a confesar nuestros pecados con confianza. No obstante, si una de las respuestas no concuerda con uno de estos principios, debemos ser cautelosos; de otro modo, el enemigo tomará ventaja de nuestra resolución y la usará para producir un resultado opuesto. A fin de que nuestra resolución sea llevada a cabo apropiada
y cabalmente para que Dios sea glorificado, para que obtengamos gracia y para que otros se beneficien, daremos ahora algunos detalles específicos que están en conformidad con los cuatros principios que hemos mencionado.
Primero, aquello con respecto de lo cual debemos tomar medidas: Debemos tratar directamente con la persona a quien hemos ofendido y tomar medidas con respecto a esa ofensa específica. Si hemos pecado solamente contra Dios, confesamos dicha ofensa ante Dios solamente. Si hemos pecado contra Dios y contra determinadas personas, debemos confesar ante Dios y ante esas personas… No es necesario confesar ante quienes no hemos ofendido… Las medidas que tomemos no deben exceder la esfera del pecado cometido. Esto asegura que no perjudiquemos a otros y que obtengamos nuestra paz interna… Segundo, las circunstancias en las que debemos tomar medidas respecto de los pecados… Si los pecados fueron cometidos delante de los demás, las medidas a tomar deberán ser ejecutadas en público; si hemos pecado en secreto, las medidas a tomar deberán ejecutarse en secreto. El pecado que hemos cometido en privado no requiere resolución pública. Tercero, la atribución de responsabilidades con respecto a nuestros pecados. Cuando nos enfrentemos a nuestros pecados, debemos ocuparnos sólo de aquello por lo cual nosotros somos responsables, nunca deberíamos involucrar a otros… No debo poner en evidencia lo que otros han hecho y causarles problemas. Cuarto, rembolsar a otros. Si el pecado que hemos cometido involucra bienes materiales o ganancias de otros, debemos hacer restitución. Al devolver lo que habíamos tomado, debemos restituir el valor original y añadir un poco más para compensar la pérdida. En el Antiguo Testamento, en Levítico 5, se nos dice que un quinto debe ser añadido. En el Nuevo Testamento tenemos el ejemplo de Zaqueo (Lc. 19), quien restituyó cuadruplicado a aquellos a los cuales había engañado. Estas no son leyes ni normas establecidas, sino principios y ejemplos que nos muestran que siempre que hagamos restitución, debemos hacerlo añadiendo algo al valor original.
Witness Lee. Living Stream Ministry
Henry
Vida interior
Desarrollo, crecimiento y madurez
Lectura bíblica
Hch.10:43 ...todos los que en El creen recibirán perdón de pecados.
1 Jn. 1:9 Si confesamos nuestros pecados, El es fiel y justo para perdonarnos nuestros pecados, y limpiarnos de toda injusticia.
Las medidas a poner en práctica con respecto a los pecados
El objeto de las medidas a tomar tiene dos facetas: por un lado se trata de nuestro historial de pecados delante de Dios, y por el otro se trata de la acción misma de pecar.
Nuestro Señor sufrió el justo juicio de Dios en nuestro lugar. Su sangre satisfizo los requisitos de la ley de Dios, en nuestro beneficio; por lo tanto, la cuenta de todos nuestros pecados que obraba delante de Dios, ha sido anulada. Sin embargo, si esta realidad objetiva ha de convertirse en nuestra experiencia subjetiva, debemos aplicarla a nosotros. Hablaremos de esta aplicación dividiéndola en dos etapas: antes de ser salvos y después de ser salvos.
[Según Hechos 10:43] la anulación de la cuenta de nuestros pecados antes de ser salvos depende de nuestra fe.
En 1 Juan 1:9… leemos [las palabras] que el apóstol escribe a los que son salvos, donde hace referencia a todos los pecados que cometemos después de que hemos sido salvos… La anulación de la cuenta de nuestros pecados después de que somos salvos… depende de nuestra confesión. Aquí la aplicación tiene lugar por medio de nuestra confesión.
¿Qué medidas debemos tomar con respecto a la acción misma de pecar? Si hemos ofendido a Dios, debemos resolver este asunto delante de El y pedirle perdón. Si hemos pecado contra el hombre, también debemos confesarlo ante él pidiéndole perdón…Al tomar medidas con respecto a los pecados cometidos contra los hombres, hay cuatro principios básicos que debemos recordar y que debemos observar … Independientemente del pecado respecto del cual tomamos las medidas correspondientes y sin importar cómo tomamos estas medidas, siempre debemos atender a estos cuatro principios y preguntarnos: [1] Las medidas a tomar respecto de este pecado ¿disiparán la discordia existente en nuestras relaciones con la otra parte afectada? [2] ¿Harán que nuestra conciencia esté limpia y libre de ofensa? [3] ¿Harán que podamos testificar en cuanto a la salvación de Dios y así darle a El la gloria? [4] ¿Beneficiarán a otros? Si nuestras respuestas se conforman a estos cuatros principios, entonces podemos proseguir a confesar nuestros pecados con confianza. No obstante, si una de las respuestas no concuerda con uno de estos principios, debemos ser cautelosos; de otro modo, el enemigo tomará ventaja de nuestra resolución y la usará para producir un resultado opuesto. A fin de que nuestra resolución sea llevada a cabo apropiada
y cabalmente para que Dios sea glorificado, para que obtengamos gracia y para que otros se beneficien, daremos ahora algunos detalles específicos que están en conformidad con los cuatros principios que hemos mencionado.
Primero, aquello con respecto de lo cual debemos tomar medidas: Debemos tratar directamente con la persona a quien hemos ofendido y tomar medidas con respecto a esa ofensa específica. Si hemos pecado solamente contra Dios, confesamos dicha ofensa ante Dios solamente. Si hemos pecado contra Dios y contra determinadas personas, debemos confesar ante Dios y ante esas personas… No es necesario confesar ante quienes no hemos ofendido… Las medidas que tomemos no deben exceder la esfera del pecado cometido. Esto asegura que no perjudiquemos a otros y que obtengamos nuestra paz interna… Segundo, las circunstancias en las que debemos tomar medidas respecto de los pecados… Si los pecados fueron cometidos delante de los demás, las medidas a tomar deberán ser ejecutadas en público; si hemos pecado en secreto, las medidas a tomar deberán ejecutarse en secreto. El pecado que hemos cometido en privado no requiere resolución pública. Tercero, la atribución de responsabilidades con respecto a nuestros pecados. Cuando nos enfrentemos a nuestros pecados, debemos ocuparnos sólo de aquello por lo cual nosotros somos responsables, nunca deberíamos involucrar a otros… No debo poner en evidencia lo que otros han hecho y causarles problemas. Cuarto, rembolsar a otros. Si el pecado que hemos cometido involucra bienes materiales o ganancias de otros, debemos hacer restitución. Al devolver lo que habíamos tomado, debemos restituir el valor original y añadir un poco más para compensar la pérdida. En el Antiguo Testamento, en Levítico 5, se nos dice que un quinto debe ser añadido. En el Nuevo Testamento tenemos el ejemplo de Zaqueo (Lc. 19), quien restituyó cuadruplicado a aquellos a los cuales había engañado. Estas no son leyes ni normas establecidas, sino principios y ejemplos que nos muestran que siempre que hagamos restitución, debemos hacerlo añadiendo algo al valor original.
Witness Lee. Living Stream Ministry
Henry