El Purgatorio...
Sesion XXV
Que es la IX y ultima celebrada en tiempo del sumo pontifice Pio IV, principiada en el dia 3 y acabada en el 4 de diciembre de 1563.
DECRETO SOBRE EL PURGATORIO.
Habiendo la iglesia catolica, instruida por el Espiritu Santo, segun la doctrina de la Sagrada Escritura y de la antigua tradicion de los padres, ensenando en los sagrados concilios, y ultimamente en este general de Trento, que hay purgatorio; y que las almas detenidas en el reciben alivio con los sufragios de los fieles, y en especial con el aceptable sacrificio de la misa; manda el santo concilio a los obispos que cuiden con suma diligencia que la sana doctrina del purgatorio, recibidaa de los santos padres y sagrados concilios, se ensene y predique en todas partes, y se crea y conserve por los fieles cristianos. Excluyanse empero de los sermones, predicados en lengua vulgar a la ruda plebe, las cuestiones muy dificiles y sutiles que nada conducen a la edificacion, y con la que rara vez se aumenta la piedad. Tampoco permitan que se divulguen, y traten cosas inciertas, o que tienen vislumbre o indicios de falsedad. Prohiban como escandalosas y que sirven de tropiezo a los fieles las que tocan en cierta curiosidad, o supersticion, o tienen resabios de intereses o sordida ganacia. Mas cuiden los obispos que los sufragios de los fieles, es a saber, los sacrificios de la misas, las oraciones, las limosnas y otras obrasde piedad, que se acostumbran hacer por otros fieles difuntos, se ejecuten piadosa y devotamente segun lo establecido por la iglesia; y que se satisfaga con diligencia y exactitud cuanto se debe hacer por los difuntos, segun exijan las fundaciones de los testadores, u otras razones, no superficialmente, sino por sacerdotes y ministros de la iglesia y otros que tienen esta obligacion...
Busquemos la verdad dentro de lo expuesto en el parrafo anterior...
Sesion XXV
Que es la IX y ultima celebrada en tiempo del sumo pontifice Pio IV, principiada en el dia 3 y acabada en el 4 de diciembre de 1563.
DECRETO SOBRE EL PURGATORIO.
Habiendo la iglesia catolica, instruida por el Espiritu Santo, segun la doctrina de la Sagrada Escritura y de la antigua tradicion de los padres, ensenando en los sagrados concilios, y ultimamente en este general de Trento, que hay purgatorio; y que las almas detenidas en el reciben alivio con los sufragios de los fieles, y en especial con el aceptable sacrificio de la misa; manda el santo concilio a los obispos que cuiden con suma diligencia que la sana doctrina del purgatorio, recibidaa de los santos padres y sagrados concilios, se ensene y predique en todas partes, y se crea y conserve por los fieles cristianos. Excluyanse empero de los sermones, predicados en lengua vulgar a la ruda plebe, las cuestiones muy dificiles y sutiles que nada conducen a la edificacion, y con la que rara vez se aumenta la piedad. Tampoco permitan que se divulguen, y traten cosas inciertas, o que tienen vislumbre o indicios de falsedad. Prohiban como escandalosas y que sirven de tropiezo a los fieles las que tocan en cierta curiosidad, o supersticion, o tienen resabios de intereses o sordida ganacia. Mas cuiden los obispos que los sufragios de los fieles, es a saber, los sacrificios de la misas, las oraciones, las limosnas y otras obrasde piedad, que se acostumbran hacer por otros fieles difuntos, se ejecuten piadosa y devotamente segun lo establecido por la iglesia; y que se satisfaga con diligencia y exactitud cuanto se debe hacer por los difuntos, segun exijan las fundaciones de los testadores, u otras razones, no superficialmente, sino por sacerdotes y ministros de la iglesia y otros que tienen esta obligacion...
Busquemos la verdad dentro de lo expuesto en el parrafo anterior...