El concilio de la contrareforma, Trento, visto con lupa.

nseigi

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3 Noviembre 2007
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El concilio católico-romano celebrado en Trento entre 1545 y 1563 se ha visto en la historiografía protestante de la Iglesia como un contubernio de papistas conspirando contra los protestantes y reforzando su poder en las iglesias que aún les quedaban, lo cual no deja de ser verdad en cierto modo. No obstante es bastante desconocido entre nosotros sus decretos y resoluciones. Sería útil para una mejor comprensión analizar pormenorizadamente su contenido.

No voy a seguir un orden en su redacción, pues resultan más interesantes algunos de sus puntos para con nosotros y otros de orden interno de su iglesia menos. Empecemos por aquellos que son más importantes:

Sobre la justificación

Cánonones que defienden la necesidad de la Gracia para la salvación del hombre y la imposibilidad de alcanzar la salvación sin la gracia de Dios.

CAN. I. Si alguno dijere, que el hombre se puede justificar para con Dios por sus propias obras, hechas o con solas las fuerzas de la naturaleza, o por la doctrina de la ley, sin la divina gracia adquirida por Jesucristo; sea excomulgado.

Este canon responde a la fe protestante perfectamente, de hecho ha sido uno de los pilares de la apologética evangélica en contra de los católicos. Aún así oficialmente la ICAR nos da la razón.

CAN. II. Si alguno dijere, que la divina gracia, adquirida por Jesucristo, se confiere únicamente para que el hombre pueda con mayor facilidad vivir en justicia, y merecer la vida eterna; como si por su libre albedrío, y sin la gracia pudiese adquirir uno y otro, aunque con trabajo y dificultad; sea excomulgado.

Nuevamente lo mismo que el canon anterior, nos da toda la razón a los protestantes totalmente y sin reserva

CAN. III. Si alguno dijere, que el hombre, sin que se le anticipe la inspiración del Espíritu Santo, y sin su auxilio, puede creer, esperar, amar, o arrepentirse según conviene, para que se le confiera la gracia de la justificación; sea excomulgado.

Más de lo mismo, pero es importante este matiz. Es necesario que el Dios nos auxilie para que podamos creer, no podemos creer sin que Dios nos dé la gracia para hacerlo, no nos podemos justificar sin que Dios se anticipe a nuestras decisiones. Es Dios quien llama

Cánones que condenan el calvinismo extremo y la creencia de la depravación total del hombre que hiere de muerte su libertad

CAN. IV. Si alguno dijere, que el libre albedrío del hombre movido y excitado por Dios, nada coopera asintiendo a Dios que le excita y llama para que se disponga y prepare a lograr la gracia de la justificación; y que no puede disentir, aunque quiera, sino que como un ser inanimado, nada absolutamente obra, y solo se ha como sujeto pasivo; sea excomulgado.

Este canon es una condena al calvinismo más radical, pero no debemos creer que los calvinistas crean así. En realidad era una minoría, y sigue siéndolo, los protestantes que creen que nuestra salvación es determinada por Dios sin que nosotros hagamos nada, como si fuésemos robots o algo así. La Sagrada Escritura nos habla de disposición a Dios, Dios da pero nosotros debemos tener las manos abiertas. El jovern rico fue llamado por Jesús pero no aceptó y se fue, Jesús no fue detrás de él con una cuerda a cogerlo, no, lo dejó marchar.

CAN. V. Si alguno dijere, que el libre albedrío del hombre está perdido y extinguido después del pecado de Adan; o que es cosa de solo nombre, o más bien nombre sin objeto, y en fin ficción introducida por el demonio en la Iglesia; sea excomulgado.

Este punto vuelve apuntar al calvinismo extremo. El protestantismo ha insistido mucho en la depravación del hombre y su libertad herida. De hecho creemos que el hombre sólo es plenamente libre si es plenamente renovado, es decir, plenitud que solo se logrará tras la resurrección de la carne. Pero la ICAR no niega ésto, responde en este canon contra aquellos que creen que el pecado tiene el poder de matarnos ya en vida y dejarnos como un árbol o una planta, sin libertad ninguna. El hecho es que si esto fuese cierto y estuviésemos bajo el yugo absoluto del diablo como se entiende que algunos pecadores inconversos hayan obrado bien según el derecho natural que Dios nos inscribe desde la creación. Así la prostituta ayudo a los israelitas, el romano fue en busca de Jesús, Rut decidió quedarse con su suegra etc... No somos diablos, somos pecadores. La herida del pecado nos condena de por vida pero no nos deja sin la facultad de obrar libremente el bien.

CAN. VI. Si alguno dijere, que no está en poder del hombre dirigir mal su vida, sino que Dios hace tanto las malas obras, como las buenas, no sólo permitiéndolas, sino ejecutándolas con toda propiedad, y por sí mismo; de suerte que no es menos propia obra suya la traición de Judas, que la vocación de san Pablo; sea excomulgado.

Esta condena es correcta, Dios no destina a los hombres al pecado, sería como hacer de Dios un autor de pecados. También sigue con la idea anterior de condenar la supuesta falta de libertad del hombre.

CAN. VII. Si alguno dijere, que todas las obras ejecutadas antes de la justificación, de cualquier modo que se hagan, son verdaderamente pecados, o merecen el odio de Dios; o que con cuanto mayor ahinco procura alguno disponerse a recibir la gracia, tanto más gravemente peca; sea excomulgado.

Este canon parece condenar una doctrina protestante inexistente en realidad, está de más, no conozco ninguna iglesia importante en el protestantismo que se crea semejante barbaridad, parece más bien una condena a los excesos de algunos polemistas protestantes. Resulta también cierto el canon pues la escritura nos habla de actos buenos hechos por hombres inconversos

Cánones en contra de algunos aspectos psicológicos en la mentalidad del creyente

CAN. VIII. Si alguno dijere, que el temor del infierno, por el cual doliéndonos de los pecados, nos acogemos a la misericordia de Dios, o nos abstenemos de pecar, es pecado, o hace peores a los pecadores; sea excomulgado.

Me suena, como el canon anterior, que está dirigido a ciertos excesos también entre polemistas protestantes. El temor de Dios nos dice la Escritura que es bueno y útil. Jer 2:19 Tu maldad te castigará, y tu apartamiento te condenará: sabe pues y ve cuán malo y amargo es tu dejar á Jehová tu Dios, y faltar mi temor en tí, dice el Señor Jehová de los ejércitos. No es que sea el más ideal de los caminos buscar el perdón por temor de Dios pero tampoco debe ser considerado como si fuese un mal camino que nos condena más

Seguiremos...
 
Re: El concilio de la contrareforma, Trento, visto con lupa.

Si por lupa te refieres a la lupa REFORMANTE, te lo acepto, bien sabes que Trento como el Concilio Dogmatico que fue nacio para frenar el increible avance del protestantismo en Europa Central, pero mas que nada los enormes errores que se estaban gestando en el Protestantismo y a la larga dividirian la Reforma en multiples Iglesias con Credos distintos (pues no me negaras que no se ponen deacuerdo ni en el Bautismo) y que provocarian que asi como cambiaban de ropa interior, los principes alemanes cambiaran de religion.

Trento es mi Concilio favorito ( por su defensa doctrinal) contra los excesos de la Reforma, excesos que Lutero, Calvino y otros reformadores condenarian por considerarlos dañinos a la Fe Cristiana, respecto al Canon VII. debes recordar que Trento recoge toda la doctrina disidente (desde el siglo XIV) y que explota con Lutero en 1517, imagino que es una condena la Doctrina Valdense o NeoCatara del siglo XV pero te investigare el dato.

Buen epigrade, espero lo continues.
 
Re: El concilio de la contrareforma, Trento, visto con lupa.

Cuando digo con lupa digo pormenorizadamente, es decir, canon a canon y comentándolos.

De momento en los cánones comentados aún no he encontrado defecto alguno desde la teología protestante histórica, claro está que tal vez para algunos calvinistas extremistas no valiese, pero para la gran mayoría de los protestantes sí. De cerca para la Iglesia Anglicana son todos válidos.
 
Re: El concilio de la contrareforma, Trento, visto con lupa.

Prosigamos...

CAN. IX. Si alguno dijere, que el pecador se justifica con sola la fe, entendiendo que no se requiere otra cosa alguna que coopere a conseguir la gracia de la justificación; y que de ningún modo es necesario que se prepare y disponga con el movimiento de su voluntad; sea excomulgado.

Este canon resulta ambiguo, ambiguo intencionadamente. Está claro que no se explica que de que fe hablan aquí, de ser una definición clásica de fe, como la que se explica junto con el amor y la esperanza entonces hay que darles la razón, sin amor no somos nada ni nos salvamos. Pero de ¿Qué fe habla la Reforma Protestante? ¿De la fe de los diablos? ¿De creer sin más? No, obviamente, habla de una fe vivida que no se entiende sin amor ni esperanza. La definición de fe en el protestantismo no es la misma que en el catolicismo pero ambas iglesias creen lo mismo. La salvación es por la Gracia de Dios y esa gracia es vivir en Cristo, con fe, con amor, con esperanza.

Por otro lado habla de "que se prepare y disponga el movimiento de su voluntad" esto no se entiende, lo sentimos mucho. Si con ésto se entiende que el hombre es un sujeto activo en su salvación cierto, si se entiende que el hombre por las obras de su voluntad se salva falso, pues como pone en el primer canon: CAN. I. Si alguno dijere, que el hombre se puede justificar para con Dios por sus propias obras, hechas o con solas las fuerzas de la naturaleza, o por la doctrina de la ley, sin la divina gracia adquirida por Jesucristo; sea excomulgado.


CAN. X. Si alguno dijere, que los hombres son justos sin aquella justicia de Jesucristo, por la que nos mereció ser justificados, o que son formalmente justos por aquella misma; sea excomulgado.

?¿ No lo entiendo bien. Si alguien entiende este canon que me lo explique. Nadie puede ser justificado sino por la justicia que ganó Cristo y que gratuitamente nos regala. Los hombres que son justificados lo son así. Lo que no entiendo es que se entiende aquí por "formalmente justos"

CAN. XI. Si alguno dijere que los hombres se justifican o con sola la imputación de la justicia de Jesucristo, o con solo el perdón de los pecados, excluida la gracia y caridad que se difunde en sus corazones, y queda inherente en ellos por el Espíritu Santo; o también que la gracia que nos justifica, no es otra cosa que el favor de Dios; sea excomulgado.

Bueno, este canon debe ser para los católicos y no para los protestantes. Ellos sí creen que con ir al confesionario y adquirir el perdón de Dios ya son justos y pueden morir tranquilos. ¿No es así? Pues no entiendo a quienes se dirige este canon. Ciertamente los protestantes creemos en que no se puede excluír la gracia redentora de Dios de esta ecuación, ni la caridad, ni la obra del Espíritu Santo; y desde luego no creemos que la Gracia que nos justifica sea el favor de Dios, entendido como una especie de agradecimiento o merecimiento, no, es la pura gracia de Dios, totalmente inmerecida, que nos redime del pecado pero también nos renueva por dentro y nos convierte en Hijos de Dios, nos hace vivir la fe con amor y esperanza, nos hace recibir al Espíritu Santo en nuestros corazones.

CAN. XII. Si alguno dijere, que la fe justificante no es otra cosa que la confianza en la divina misericordia, que perdona los pecados por Jesucristo; o que sola aquella confianza es la que nos justifica; sea excomulgado.

La gracia no es confianza humana, ambas cosas son distintas, pero una sí nos lleva a la otra. Por la confianza en Dios (y no hay confianza sin fe y amor) se nos conduce a Dios y Dios responde con su gracia. Habría que preguntar a los católico-romanos si nos salva aquel que confiando en que Dios perdona sus pecados hace un acto sincero de contricción en la hora de la muerte. ¿Necesita a caso de los santos óleos para pasar el umbral de este mundo y entrar en los cielos? ¿Necesita de las aguas bautismales? ¿Necesitó esto o aquello el buen ladrón que murió en la cruz al lado de nuestro Señor? No, a este le valió confiar en Dios. !Dios mío perdóname! Esto es suficiente si es auténtico y de corazón.

Es suficiente, pero no es lo único claro está, en la Iglesia están los sacramentos que también son medio de salvación, hay más cosas, pero si bien son necesarias para quien puede recibirlas no son condición necesaria para quien no las puede y desea salvarse.

El canon acierta en decir que la gracia que salva no es la confianza, la gracia que salva es la gracia de Dios. La confianza en Dios es no obstante necesaria para recibirla.


CAN. XIII. Si alguno dijere, que es necesario a todos los hombres para alcanzar el perdón de los pecados creer con toda certidumbre, y sin la menor desconfianza de su propia debilidad e indisposición, que les están perdonados los pecados; sea excomulgado.

El cristiano debe creer solemnemente en que Cristo puede perdonarle y de hecho le perdona. ¿Sino en que Cristo creen? ¿En un Cristo dormilón que no escucha sus pecados? ¿En un Cristo discriminador que a unos perdona y a otros no? ¿En un Cristo que vende su salvación a los que sólo le complacen? ¿En un Cristo sin poder? No en un Cristo que perdona y por él se recibe el perdón. Ahora bien, aunque indeseablemente se dudase los pecados podrían ser perdonados, pues es Dios quien perdona a quien le pide perdón e incluso puede perdonar la falta de piedad y devoción en quien le suplica. Esto no es en nada deseable pero no es un impedimento insuperable. Este canon como está redactado esta en la cuerda floja de resbalar y caerse, pues podría entenderse mal y dar a pensar que dice que se puede salvar cualquiera aunque no crea y diga por decir "Dios mio perdóname". Yo entiendo que se refiere a las personas que tienen dudas, una parte de ellas cree o quiere creer y otra no, en esos casos daría igual.

CAN. XIV. Si alguno dijere, que el hombre queda absuelto de los pecados, y se justifica precisamente porque cree con certidumbre que está absuelto y justificado; o que ninguno lo está verdaderamente sino el que cree que lo está; y que con sola esta creencia queda perfecta la absolución y justificación; sea excomulgado.

Para la perfecta absolución no sólo vasta con la fe, hace falta contrición, es decir, dolor de los pecados y sincero arrepentimiento por amor ante Dios. Con creer que Dios te perdona no sería suficiente, también saben los demonios que Dios puede perdonar y que perdona, pero no quieren su perdón. Un pecador puede creer en Dios y en todo cuanto enseñó Jesús pero no sentir ni desear el más mínimo perdón ni cambio en su vida.